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Contrato abierto: qué es, para qué sirve y cómo cambia según el país

septiembre 25, 2026 Derecho Facil 15 min read
Contrato abierto: qué es, para qué sirve y cómo cambia según el país

Qué es un contrato abierto y por qué no significa lo mismo en todos lados

Un contrato abierto es un acuerdo en el que la cantidad, el alcance o el presupuesto no se cierran de antemano: se pactan mínimos y máximos, y el compromiso real se ajusta según las necesidades que vayan apareciendo. Esa idea de fondo —dejar abierta una parte del objeto— se repite en muchos ordenamientos, pero el nombre, la ley que lo regula, los porcentajes mínimos, los plazos y el organismo competente son distintos en cada país. Aquí lo importante es entender el principio común y saber, después, dónde encaja cada caso.

En contratación pública, el contrato abierto aparece cuando la Administración no puede estimar con precisión cuánto va a necesitar, pero tampoco quiere quedar expuesta al desabasto ni asumir el costo de almacenar de más. En cada país la figura toma un nombre y un encaje legal propios: en España se trabaja con procedimientos abiertos y presupuestos base de licitación; en México la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) lo regula expresamente y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM) tiene una figura equivalente; en Argentina el marco general es el Decreto 1023/2001; en Chile lo gestiona ChileCompra con su plataforma MercadoPúblico.cl; y en Perú lo ordenan la Ley de Contrataciones del Estado y la Dirección General de Abastecimiento. Por eso, antes de hablar de cifras conviene tener claro el país.

Para qué sirve y cuándo se usa

  • Bienes o servicios de requerimiento reiterado, en los que conviene fijar un proveedor durante un periodo sin cerrar el volumen total.
  • Necesidades difíciles de estimar, donde sería arriesgado comprometer de golpe toda la cantidad.
  • Riesgo de desabasto que la Administración no está dispuesta a asumir si espera a una nueva licitación.
  • Altos costos de almacenamiento o de desechamiento, que hacen preferible ir pidiendo por tramos.
  • Trabajos de mantenimiento por órdenes sucesivas, típicos en obras y servicios públicos.
  • Suministros críticos (medicamentos, combustibles, refacciones) donde la continuidad pesa más que el precio unitario más bajo.

Ninguno de estos usos es una regla universal: en cada país se permite o se limita de forma distinta, y los porcentajes mínimos exigibles, cuando los hay, cambian.

España

En España, el marco general de la contratación pública es la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, que adapta al ordenamiento español las Directivas UE 2014/23 y 2014/24. La autoridad responsable de la información es el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado y la Secretaría de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado. La “cantidad abierta” no aparece como una figura con ese nombre, pero se consigue combinando los pliegos con un presupuesto base de licitación que puede moverse entre mínimos y máximos, y eligiendo el procedimiento que mejor se ajuste.

Procedimiento abierto y procedimiento abierto simplificado

El procedimiento abierto ordinario permite que cualquier operador económico presente oferta y, según la Ley 9/2017, queda excluida toda negociación sobre los términos del contrato. El procedimiento abierto simplificado es una variante más rápida, pensada para contratos de menor importe, y exige inscripción obligatoria en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas (ROLECE) o en el registro equivalente de cada Comunidad Autónoma.

Aspecto Abierto ordinario Abierto simplificado
Quién puede ofertar Cualquier operador económico Cualquier operador inscrito en ROLECE o registro autonómico
Negociación con el órgano de contratación Excluida por ley No procede
Plazos de licitación Los generales de la Ley 9/2017 Más breves, según importe
Cuándo conviene Contratos de mayor cuantía o complejidad Contratos de menor importe y menor complejidad

Cómo encaja la "cantidad abierta" en la contratación pública

La cantidad abierta se gestiona en España a través de los pliegos y del presupuesto base de licitación, fijando mínimos y máximos y dejando que el contrato se ejecute por demanda real dentro de ese marco. No existe una cifra cerrada que marque el porcentaje mínimo exigible: depende de lo que el órgano de contratación justifique en el expediente. Esta lógica se parece a la del contrato abierto mexicano, pero con reglas, plazos y autoridades distintas, así que conviene no mezclarlas.

Dónde consultar licitaciones abiertas en España

  • Ministerio de Hacienda, a través de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado.
  • Plataformas autonómicas, como las de Andalucía, Castilla y León, Extremadura, Galicia, Aragón, Canarias, Castilla-La Mancha y Cataluña, cada una con su propia ventanilla.
  • La carpeta ciudadana facilita el seguimiento personalizado.

México

En México, los contratos abiertos están regulados expresamente en la LAASSP y la LOPSRM. La autoridad rectora es la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. La guía oficial sobre contratos abiertos explica los dos regímenes y los riesgos que la propia autoridad ha detectado al usarlos.

Contratos abiertos según el artículo 47 de la LAASSP

El artículo 47 de la LAASSP permite celebrar contratos abiertos para bienes, arrendamientos o servicios de requerimiento reiterado, fijando cantidad mínima y máxima o presupuesto mínimo y máximo. La regla de fondo es que el mínimo no puede ser inferior al 40 % del máximo, y los importes se manejan en pesos mexicanos (MXN).

Dato Regla en México (LAASSP, art. 47)
Mínimo exigible respecto al máximo No inferior al 40 %
Objeto Bienes, arrendamientos y servicios de requerimiento reiterado
Referencia de precio Cantidad mínima y máxima, o presupuesto mínimo y máximo
Moneda Pesos mexicanos (MXN)

Ejemplo con cifras en MXN: si una dependencia mexicana prevé un máximo de 5.000.000 MXN en medicamentos durante un año, el contrato abierto podría fijar un mínimo de 2.000.000 MXN (el 40 % de 5.000.000 MXN) y un máximo de 5.000.000 MXN, ajustando las órdenes de suministro dentro de esa banda.

Contratos sobre base de precios unitarios del artículo 45 TER de la LOPSRM

El artículo 45 TER de la LOPSRM permite, sin denominarlos contratos abiertos, celebrar contratos sobre base de precios unitarios para trabajos de mantenimiento, ejecutados según las necesidades de la dependencia mediante órdenes de trabajo o servicio. La dependencia va emitiendo las órdenes y el contratista cobra por precios unitarios ya pactados, lo que permite ir dosificando el alcance real.

Riesgos y recomendaciones de la autoridad mexicana

La Unidad de Política de Contrataciones Públicas, citada en la guía de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, advierte que la indefinición del contrato abierto (fecha de entrega imprecisa, posible limitación al mínimo) la asume el proveedor, que suele trasladarla en precios más altos a la dependencia. Por eso recomienda usar esta figura solo cuando se cumpla al menos uno de estos tres criterios:

  1. Sea imposible estimar con precisión la cantidad requerida.
  2. El riesgo de desabasto sea inaceptable para la dependencia.
  3. Los costos de almacenamiento o desechamiento sean demasiado elevados.

Además, sugiere retomar en los contratos del artículo 45 TER los principios de una iniciativa de reforma de 2014: presupuesto mínimo no menor al 40 % del máximo y catálogo de conceptos no adicionable, prohibición de anticipos, y garantía, costos indirectos y por financiamiento calculados con base en el presupuesto mínimo, con penas convencionales por atraso según trabajos no ejecutados en la fecha de la orden de trabajo. Esos puntos no son derecho vigente, pero la autoridad los recomienda para reducir la incertidumbre jurídica.

Dónde consultar contratos abiertos en México

  • Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, con su apartado de contratos abiertos LOPSRM y LAASSP.
  • Portal gob.mx para licitaciones y seguimiento de contratos.

Argentina

En Argentina, el régimen general de las contrataciones de la Administración Nacional es el Decreto 1023/2001, disponible en Infoleg. La autoridad de aplicación es la Oficina Nacional de Contrataciones, y todas las cifras se manejan en pesos argentinos (ARS). El decreto fija objeto, ámbito, principios, tipos contractuales y programaciones, y deroga o modifica normas anteriores que perjudicaban la competitividad.

Tipos contractuales donde puede operar la cantidad abierta

El artículo 4° del Decreto 1023/2001 enumera los contratos comprendidos. En cualquiera de ellos puede operar la lógica de cantidad abierta, ajustando mínimos y máximos en los pliegos:

  • Compraventa.
  • Suministros.
  • Servicios.
  • Locaciones.
  • Consultoría.
  • Alquileres con opción a compra.
  • Permutas.
  • Concesiones de uso.
  • Obras públicas.
  • Concesiones de obras y servicios públicos.
  • Licencias.

Principios que rigen cualquier modalidad contractual

El artículo 3° del Decreto 1023/2001 fija los principios generales: razonabilidad y eficiencia, promoción de concurrencia y competencia, transparencia, publicidad y difusión, responsabilidad de los agentes y funcionarios públicos, e igualdad de tratamiento. Cualquier modalidad contractual, incluida la que opere con cantidades abiertas, debe ajustarse a ese marco rector.

Exclusiones y excepciones relevantes

El artículo 5° del Decreto 1023/2001 fija los contratos excluidos, que se han ido actualizando por decretos posteriores. El Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) quedó exceptuado por el Decreto 486/2002. Los contratos con estados extranjeros, entidades de derecho público internacional o instituciones multilaterales de crédito se rigen por el Decreto 666/2003. Y los servicios profesionales o logísticos en el exterior destinados a la defensa de la República Argentina ante tribunales extranjeros se incorporaron como exclusión por el Decreto 946/2020.

Dónde consultar y cómo se programa cada contratación

  • Oficina Nacional de Contrataciones, que administra el régimen.
  • Sistema COMPR.AR para licitaciones en curso.
  • Infoleg para consultar el texto vigente del Decreto 1023/2001 y sus modificatorios.

El artículo 6° del decreto exige además a cada jurisdicción o entidad formular su programa de contrataciones ajustado a los créditos de la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional, lo que condiciona la apertura de cualquier procedimiento.

Chile

En Chile, la contratación pública se gestiona a través de ChileCompra, dependiente del Ministerio de Hacienda, que administra la plataforma MercadoPúblico.cl. La Dirección ChileCompra, con sede en Monjitas 392, Piso 8, Santiago, opera también un centro de ayuda telefónica (600 0061 211 / +56 2 2595 0820). Las cifras se manejan en pesos chilenos (CLP) y las unidades de referencia son la UF y la UTM, esta última reajustada cada mes por el Servicio de Impuestos Internos.

Gestión del contrato y módulo de Gestión de Contratos

La Gestión de Contratos es una etapa clave de las compras públicas chilenas donde cualquier persona puede verificar cuánto pagó el Estado por los bienes o servicios contratados. El módulo de Gestión de Contratos, disponible en MercadoPúblico.cl, precarga información desde la propia plataforma y desde el SIGFE de la Dirección de Presupuesto (DIPRES), permite editar datos básicos de la ficha, registrar garantías, levantar encuestas de evaluación y mejorar la competitividad.

Notas de desempeño contractual y umbrales en pesos chilenos

ChileCompra distingue dos notas que se muestran en la Ficha del Proveedor de MercadoPúblico:

Nota de desempeño Cómo se calcula Umbral de aplicación
Comportamiento Contractual Base Por medidas sancionatorias (multas, término anticipado, cobro de garantía) Aplica a todos los contratos
Comportamiento Contractual por Evaluación Según evaluación del organismo comprador Contratos mayores a 1.000 UTM

El umbral de 1.000 UTM corresponde, con la UTM de julio de 2026 (71.649 CLP), a contratos por encima de 71.649.000 CLP. Como la UTM cambia con cada reajuste mensual por IPC, conviene revisar el valor vigente en el SII antes de cualquier operación concreta.

Sanciones administrativas y tipología

Las sanciones generales, aplicadas por los organismos públicos, son:

  1. Multa: pago de un monto calculado en las bases de licitación.
  2. Cobro de garantía de fiel cumplimiento: cobro del documento entregado por el proveedor adjudicado.
  3. Término anticipado: el comprador pone fin al contrato antes de lo previsto por incumplimientos graves.

Las sanciones propias del Convenio Marco, aplicadas por la Dirección ChileCompra (salvo multa y término anticipado, que aplican los organismos públicos), son:

  1. Amonestación: la más leve, con registro; varias pueden escalar a una sanción mayor.
  2. Suspensión del producto o servicio en la tienda virtual del Convenio Marco, por catalogación errónea, precio fuera de rango o información falsa.
  3. Término anticipado o exclusión de la tienda de Convenio Marco, por ejemplo al vencer la garantía de fiel cumplimiento, acumular sanciones o existir inhabilidad de socios en una Unión Temporal de Proveedores.

En Chile, las sanciones administrativas generales (multa, cobro de garantía y término anticipado) las aplica el organismo público comprador; las sanciones de Convenio Marco (amonestación, suspensión y exclusión) las aplica la Dirección ChileCompra, con dos excepciones que también quedan en manos del organismo comprador.

Dónde operar y dónde denunciar

  • Plataforma MercadoPúblico.cl para operar y consultar contratos.
  • ChileCompra y su centro de ayuda para consultas generales.
  • Glosarios oficiales de proveedor, convenio marco, bases de licitación y unión temporal de proveedores para resolver dudas de nomenclature.

Perú

En Perú, el régimen general es la Ley de Contrataciones del Estado, con la Dirección General de Abastecimiento (DGA) del Ministerio de Economía y Finanzas como rectora del sistema y el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) como supervisor. El portal SEACE concentra las contrataciones abiertas o en curso. Las cifras se manejan en soles (PEN) y la unidad de cuenta de referencia es la UIT, fijada en 5.500 PEN para 2026 según el Decreto Supremo 301-2025-EF.

Modalidades de contratación donde puede existir alcance abierto

La Ley de Contrataciones del Estado contempla varias modalidades en las que puede existir un alcance abierto, aunque el material disponible no aporta cifras cerradas de mínimos y máximos como en México. Las principales son:

  • Licitación pública.
  • Concurso público.
  • Contratación directa, en los supuestos tasados por la ley.
  • Catálogos electrónicos de Acuerdo Marco, donde los proveedores adjudicados cubren necesidades reiteradas de las entidades.

Órgano rector y registros oficiales

  • Dirección General de Abastecimiento (DGA), del Ministerio de Economía y Finanzas.
  • Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).
  • Portal SEACE para consultar contrataciones abiertas o en curso.
  • Defensoría del Pueblo para quejas por actuación de entidades públicas; recuerda que la Defensoría no resuelve conflictos entre particulares, solo supervía la actuación estatal (Defensoría del Pueblo).

Buenas prácticas para proveedores peruanos

El proveedor que participe en contrataciones con alcance abierto en Perú debe mantener al día, entre otros, los siguientes documentos y registros ante la DGA y la OSCE:

  • Registro Nacional de Proveedores (RNP) vigente y sin sanciones.
  • Ficha RUC activa y actualizada en SUNAT.
  • Certificaciones técnicas requeridas para el objeto de la contratación.
  • Constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

Como las reglas específicas dependen del objeto y de la modalidad, conviene revisar cada convocatoria en SEACE y confirmar los requisitos ante la DGA y la OSCE antes de presentar oferta.


Datos verificados en septiembre de 2026.

Preguntas frecuentes sobre el contrato abierto

1. Qué es un contrato abierto de trabajo y para qué se usa

Es un acuerdo laboral sin fecha de fin definida desde el inicio, pensado para cubrir necesidades estables o de larga duración de la empresa. En España se regula en el Estatuto de los Trabajadores; en México en la Ley Federal del Trabajo; en Argentina en la Ley de Contrato de Trabajo (20.744) y en Chile en el Código del Trabajo. Sirve, por ejemplo, para plantilla fija o para obras y proyectos concretos con fecha cierta de terminación.

2. Cómo funciona el procedimiento abierto en la ley de contratos del sector público

Es la regla general de adjudicación en las leyes de contratación pública: el órgano de contratación publica el objeto, condiciones y criterios, y cualquier empresario interesado puede presentar una oferta. En España se llama así en la Ley 9/2017 (LCSP); su equivalente mexicano es la licitación pública en la Ley de Adquisiciones, y en Chile la licitación pública en la Ley 19.886. El criterio suele ser la mejor relación calidad-precio, no solo el precio más bajo.

3. Qué es un procedimiento abierto y qué pasos sigue

Publicación del anuncio en el perfil o diario oficial, presentación de ofertas en sobre cerrado o electrónico, apertura de la documentación, valoración según los criterios fijados, propuesta de adjudicación y firma del contrato. En España la LCSP marca, además, un plazo mínimo de presentación de ofertas que depende del tipo de contrato (obras, suministros o servicios). El plazo exacto y la autoridad que fiscaliza cambian en Colombia, Perú o Chile.

4. En qué consiste el procedimiento abierto simplificado

Es una versión más ligera del procedimiento abierto, con menos documentación y plazos más cortos, pensada para contratos de menor importe y objeto sencillo. En España lo creó la Ley 9/2017 (LCSP) y la Ley 11/2023; en México existe la licitación pública simplificada en la Ley de Adquisiciones y en Chile la licitación privada o simplificada según el monto en la Ley 19.886. El umbral económico que activa cada modalidad cambia en cada país.

5. Cómo se regulan los contratos privados en la Ley 9/2017

En la Ley 9/2017 (LCSP) de España los contratos privados son los celebrados por entes del sector público con personas físicas o jurídicas privadas para objetos no administrativos, como arrendamientos o ciertos servicios. Su preparación y adjudicación siguen la LCSP, pero sus efectos y extinción se rigen por el derecho privado (Código Civil). No hay equivalente exacto con ese nombre en las leyes de México, Argentina, Chile, Colombia o Perú.

6. Qué contratos quedan fuera de la LCSP

La Ley 9/2017 (LCSP) de España excluye, entre otros, las relaciones laborales, la actividad financiera, los convenios, los contratos del dominio público y los menores de cierto importe (los contratos menores). Cada exclusión responde a una razón propia y se interpreta de forma restrictiva. En México, Chile, Colombia o Perú hay listas similares en sus leyes de contratación pública, con denominaciones y umbrales distintos.

7. Qué ley española regula los contratos de las Administraciones Públicas

La norma general es la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), complementada por normativa autonómica y por leyes especiales en agua, defensa o patrimonio. En México se aplica la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados; en Chile la Ley 19.886 y su reglamento; en Colombia la Ley 80 de 1993 y la 1150 de 2007.

8. Qué formas de adjudicación prevé la Ley 9/2017

La Ley 9/2017 (LCSP) de España distingue cuatro formas principales: procedimiento abierto, procedimiento restringido, procedimiento negociado y diálogo competitivo, junto con el abierto simplificado y el sistema dinámico de adquisición. El abierto es la regla general y los demás se usan solo cuando la ley lo permite. Las leyes de México, Chile, Colombia y Perú manejan catálogos parecidos aunque con nombres y condiciones diferentes.

Fuentes

  1. JcylContratos abiertos: qué son y cómo sacarles el máximo provechoconsultado el 23/09/2026
  2. VlexArtículo 47. Contratos abiertos – vLex Méxicoconsultado el 23/09/2026
  3. ComprarDatos de la Orden de Compra Abiertaconsultado el 23/09/2026
  4. Gobierto¿Que es un contrato abierto?consultado el 23/09/2026
  5. Open-contractingContratación abierta: por qué – Open Contracting Partnershipconsultado el 23/09/2026