Qué es un trámite requerido en extranjería y por qué aparece en tu expediente
Una autoridad migratoria de España, México, Argentina, Chile o Perú puede pedirte que completes o aclares documentación antes de resolver tu solicitud. Esa petición se conoce, según el país, como trámite requerido, requerimiento de información o actuación administrativa complementaria. En todos los casos es una medida de instrucción, no una denegación: el expediente sigue vivo y la Administración te concede un plazo para que lo subsanes.
Si contestas dentro de plazo y la documentación es correcta, el expediente sigue adelante. Si no contestas, las consecuencias cambian según el país: en algunos se archiva la solicitud y hay que empezar de cero; en otros se resuelve con los datos que tiene la autoridad. Por eso, entender qué te piden y dónde mirar el estado del expediente marca la diferencia entre un trámite que avanza y uno que se queda en el camino.
Como principio compartido, ningún país obliga a contestar con abogado, aunque contar con uno facilita los casos complejos. Y en todos los países hay un canal oficial para seguir el expediente —un portal o una ventanilla— al que conviene entrar antes de responder, para no aportar documentos de más o de menos.
Tabla comparativa: cómo opera el trámite requerido en España, México, Argentina, Chile y Perú
| País | Autoridad competente | Norma que rige el procedimiento | Plazo para responder | Consecuencia si no respondes |
|---|---|---|---|---|
| España | Oficina de Extranjería del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática | Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, conocida como Ley de Extranjería | 10 días hábiles desde la notificación oficial | Archivo del expediente; hay que volver a iniciar la solicitud |
| México | Instituto Nacional de Migración (INM) | Ley de Migración (DOF 25/05/2011) y su Reglamento | El que indique el aviso de prevención o requerimiento en el SETRAM | Solicitud negada por datos erróneos o incompletos |
| Argentina | Dirección Nacional de Migraciones (DNM) | Ley 25.871, de Migraciones (infoleg) y Disposición 2638/2019 | El que indique la DNM al notificar el requerimiento | El trámite se cierra sin emisión del certificado si no se completan los requisitos |
| Chile | Servicio Nacional de Migraciones (SERNIEXMEN) | Ley Nº 19.880, sobre procedimientos administrativos | El que indique la resolución que pide la aclaración | Archivo o resolución sin los antecedentes pendientes |
| Perú | Superintendencia Nacional de Migraciones (MIGRACIONES) | Ley 27444, del Procedimiento Administrativo General (PDF) y normativa de extranjería | 10 días hábiles, salvo plazo distinto fijado por MIGRACIONES | Se declara el abandono y se archiva el procedimiento |
España: el trámite requerido de la Oficina de Extranjería
La Oficina de Extranjería del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática es la autoridad que, en España, examina los expedientes de visado, residencia y trabajo. Cuando revisa una solicitud y detecta que falta documentación o que hay errores formales, le asigna el estado «trámite requerido» y abre un plazo para que el interesado subsane. La norma de cabecera es la Ley Orgánica 4/2000, conocida como Ley de Extranjería, y su Reglamento de desarrollo.
Los estados que puede mostrar el expediente en la sede electrónica son: en trámite (en revisión), resuelto favorable (aprobada), resuelto no favorable (denegada), archivado (por abandono tras un trámite requerido), en vía de recurso y inadmitido a trámite. Reconocerlos ayuda a entender en qué punto estás y si toca contestar o, por el contrario, presentar un recurso.
Causas más habituales del trámite requerido en España
- Documentación incompleta: pasaporte con todas sus páginas, contrato de trabajo firmado por ambas partes, certificados de antecedentes penales traducidos y apostillados vigentes.
- Errores formales en la solicitud inicial: formularios mal cumplimentados, documentos sin firma, certificados caducados o aclaraciones que la propia Oficina pide por escrito.
- Expedientes que casi siempre acaban en un requerimiento: solicitudes de arraigo social o laboral (que acumulan informe de integración social, contrato laboral y certificados penales), renovaciones de residencia con nóminas incompletas o contratos ya vencidos, y residencias temporales por cuenta propia con el plan de actividad sin justificar.
Plazo para responder y cómo te lo notifican en España
- La Oficina de Extranjería emite una notificación oficial con el motivo del requerimiento y los documentos que debes aportar.
- La notificación llega por correo postal, por medios electrónicos (si cuentas con certificado digital o cl@ve) o, en algunos casos, mediante comparecencia.
- Desde ese momento corren 10 días hábiles para responder. No cuentan fines de semana ni festivos nacionales o locales; si el último día cae en sábado o festivo, se prorroga al siguiente día hábil.
- El seguimiento del expediente se hace en la sede del Ministerio con número de expediente, NIE, fecha y año de nacimiento.
En España, 10 días hábiles significa que un plazo que empieza un lunes y no tiene festivos termina en -2 al lunes siguiente; un sábado no cuenta.
Qué ocurre si no respondes y cómo evitarlo
Si dejas pasar el plazo sin contestar, el expediente se considera abandonado y se archiva. Para volver a solicitar lo mismo tendrás que iniciar el procedimiento desde cero, con tasas otra vez. La forma de evitarlo es revisar la notificación con calma, preparar la respuesta antes de los últimos días y comprobar que cada documento está completo, actualizado y, cuando proceda, traducido por traductor jurado, apostillado y con escaneos legibles si lo presentas por la vía electrónica con certificado digital.
Lista de comprobación antes de presentar la respuesta en España
- Documentos solicitados, todos, en original o copia cotejada.
- Traducciones juradas cuando el documento no esté en castellano.
- Apostilla de La Haya o legalización consular cuando venga del extranjero.
- Escaneos legibles (200-300 ppp) si la presentación es electrónica.
- Justificantes de pago de tasas actualizados.
México: el requerimiento de documentación del Instituto Nacional de Migración
En México, el Instituto Nacional de Migración (INM) tramita las solicitudes migratorias bajo la Ley de Migración y su Reglamento. El canal oficial es el SETRAM (Sistema Electrónico de Trámites Migratorios), accesible desde la página del INM, donde se presentan las solicitudes de estancia y se da seguimiento a cada expediente.
Cuando el INM detecta que falta información o que hay datos erróneos, emite un aviso oficial dentro del propio sistema —lo que popularmente se conoce como trámite requerido— en el que indica qué falta y en qué plazo debe subsanarse. En la práctica, responder a tiempo con la documentación correcta determina que tu trámite siga adelante o quede negado.
Qué te puede pedir el INM en un trámite migratorio de estancia en México
Checklist de campos y documentos habituales en el SETRAM
- Datos del extranjero: NUE (Número Único de Extranjero) o CURP, nombres, apellidos, sexo, fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil y lugar de nacimiento (país, estado, provincia o departamento).
- Datos del pasaporte o documento de identidad: tipo, número, país de expedición, fecha de expedición y de vencimiento.
- Domicilio del extranjero en México: código postal, estado, municipio o alcaldía, colonia, calle, números exterior e interior, lada y teléfono fijo.
- Datos del empleador si se presenta oferta de empleo (persona física o moral).
- Personas autorizadas para tramitar, oír y recibir notificaciones, mediante el botón «Agregar persona».
- Correo electrónico para notificaciones, con confirmación obligatoria.
El sistema, además, muestra un aviso oficial que conviene leer antes de enviar: el INM no puede modificar la información introducida por el usuario, de modo que cualquier dato erróneo es responsabilidad de quien lo escribió.
Cómo se presenta y se corrige la solicitud en el SETRAM
- Antes de empezar, desactiva el bloqueador de elementos emergentes del navegador y ten instalado Acrobat Reader; necesitarás una cuenta de correo electrónico para recibir notificaciones.
- Completa el formulario por secciones (tipo de trámite, datos del extranjero, pasaporte, domicilio, empleador y, si aplica, personas autorizadas).
- Al enviar, el sistema genera un duplicado de solicitud con CURP, RFC (Registro Federal de Contribuyentes), número de expediente y un código de verificación. Imprímelo o guárdalo: ese comprobante es tu respaldo.
- Si el INM emite un requerimiento, entras al SETRAM con CURP, RFC y código de verificación, subsanas lo que falte y reenvías. No corregir dentro del plazo que indique el aviso implica que la solicitud quede negada por datos incompletos.
En México, el SETRAM no edita por ti: si tu CURP, tu RFC o la fecha de vencimiento del pasaporte están mal, la solicitud se rechaza; revisa tres veces antes de enviar.
Aviso de Privacidad y protección de datos en el SETRAM
El responsable del tratamiento es el INM, a través de la Dirección General de Regulación y Archivo Migratorio. Los datos se usan para registrar, dar seguimiento y resolver solicitudes de trámites migratorios, y se protegen conforme a la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. El aviso integral del SETRAM puede consultarse en la página del Instituto y, también, mediante código QR al inicio del formulario.
Argentina: las certificaciones de la Dirección Nacional de Migraciones
En Argentina, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) es la autoridad competente en materia migratoria, bajo la Ley 25.871, de Migraciones. Cuando un organismo te pide acreditar tu situación migratoria, la DNM emite certificaciones —de residencia o de movimientos migratorios— que son instrumentos públicos. El procedimiento está regulado por la Disposición 2638/2019 y por las normas generales de protección de datos personales.
La DNM puede emitir un requerimiento cuando la documentación está vencida, no coincide con el titular o falta acreditar el domicilio. Como toda certificación es un documento público, los requisitos formales son estrictos.
| Tipo de certificación | Qué acredita | Pago | Plazo de acreditación |
|---|---|---|---|
| Certificado actualizado de Radicación (Admisión) | Residencia otorgada desde 1923 | Tasa vigente en el cuadro de tasas migratorias | Inmediato con tarjeta; 5 días hábiles en efectivo |
| Certificado de Movimientos Migratorios | Entradas y salidas al país | Una tasa por cada año calendario solicitado desde el 1 de enero de 2005 | Inmediato con tarjeta; 5 días hábiles en efectivo |
Documentación que exige la DNM para una certificación en Argentina
Checklist de presentación en Argentina
- DNI argentino, pasaporte, cédula de identidad del país de origen o certificado de nacionalidad, todos vigentes.
- Certificado de domicilio o factura de servicio público a nombre del solicitante.
- Toda la documentación, en original.
- Reglas distintas según el origen: para documentos del MERCOSUR se exige visación de la Autoridad Consular Argentina en el país emisor, «apostille» de la Convención de La Haya o intervención del consulado del país emisor en Argentina; no necesitan traducción si están en portugués. Para documentos de países no Mercosur, se añade traducción por traductor público, legalizada por el colegio profesional.
Excepciones al trámite personal ante la DNM en Argentina
- Familiar directo, acreditando el parentesco con partidas de nacimiento, defunción, matrimonio o libreta de familia.
- Movimientos migratorios de menores: consentimiento de ambos padres con DNI vigente o consentimiento ante escribano público; si falta uno de ellos, oficio judicial.
- Actuación mediante apoderado, con poder ante Escribano Público legalizado por el Colegio de Escribanos, o credencial de apoderado acreditado ante la DNM.
Pago, tasas y entrega del certificado en Argentina
- Inicia el trámite con alguna de estas claves válidas: MiAnses, DNI más número de trámite, MI ARGENTINA o AFIP nivel 3, desde el portal de certificaciones de la DNM.
- Adjunta imágenes de la documentación original (escaneos o fotos con el celular, siempre legibles).
- Abona las tasas con tarjeta de crédito —acreditación inmediata— o en efectivo en Provincia NET o Banco Nación —5 días hábiles—.
- La solicitud se cierra solo cuando todas las tasas están abonadas; el certificado se notifica por el correo electrónico registrado.
Para movimientos migratorios, el máximo por trámite es de 15 solicitudes; si necesitas más, abres un nuevo trámite.
Chile: los trámites digitales del Servicio Nacional de Migraciones
En Chile, el Servicio Nacional de Migraciones (SERNIEXMEN) administra los procedimientos de residencia a través del Portal de Trámites Digitales, accesible con ClaveÚnica o mediante registro de cuenta. La ley marco para los recursos frente a resoluciones es la Ley Nº 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos.
Cuando el Servicio detecta información faltante o inconsistente en tu expediente, te envía una notificación dentro del portal —lo que opera como un requerimiento— con un plazo concreto para responder. Si no lo haces, el expediente puede ser archivado o resuelto con los antecedentes disponibles, según el tipo de trámite.
Qué procesos del Servicio Nacional de Migraciones pueden terminar en un requerimiento en Chile
- Residencia temporal y residencia definitiva, tanto dentro como fuera de Chile.
- Ampliación del certificado de residencia en trámite, cuando la certificación vigente ha vencido y el expediente aún no se resuelve.
- Estampado electrónico, disponible para quienes hicieron su solicitud en formato papel desde el 23/09/2020: un documento que acredita la condición de residente temporal mientras se resuelve el expediente.
- Recurso administrativo contra resoluciones del Servicio, salvo la medida de expulsión, conforme a la Ley Nº 19.880.
Cómo operar en el Portal de Trámites Digitales en Chile
- Crea una cuenta en el Portal si aún no tienes una; si ya la tienes, inicia sesión con ClaveÚnica.
- Actualiza domicilio y datos de contacto si eres residente temporal o tienes trámites pendientes; esa información es la que el Servicio usa para notificarte.
- Si recibes un requerimiento, entra al portal con tu ClaveÚnica, revisa qué falta y sube los documentos solicitados dentro del plazo indicado.
- Para consultar el estado de tu Residencia Temporal o Definitiva, inicia sesión y revisa la etapa del expediente. La información que muestra el portal es la fuente oficial de seguimiento.
Dónde pedir ayuda presencialmente en Chile
- Oficinas regionales del Servicio Nacional de Migraciones: revisa el listado oficial antes de ir, porque los horarios y la demanda varían por región.
- Reserva de hora previa a través del sistema de citas, que evita colas y permite elegir oficina y horario.
- Plataforma de ayuda en línea del propio Servicio: Ayuda Migraciones para consultas escritas y seguimiento de tickets.
- Sección de noticias del Servicio, donde se publican cambios normativos y operativos que afectan a los trámites en curso.
Perú: el procedimiento migratorio ante la Superintendencia Nacional de Migraciones
En Perú, la Superintendencia Nacional de Migraciones (MIGRACIONES) es la autoridad competente en materia de extranjería, bajo la Ley 27444, del Procedimiento Administrativo General, y normas específicas de migración. La sede central está en Lima y existen jefaturas descentralizadas en las principales ciudades del país. Para trámites puntuales, conviene confirmar ante qué oficina se presenta el procedimiento, porque depende del tipo de solicitud.
Cuando MIGRACIONES detecta información faltante o inconsistente en una solicitud, emite un requerimiento al administrado con un plazo para subsanar, generalmente de 10 días hábiles, salvo disposición distinta en la normativa aplicable. Si no respondes, se declara el abandono y se archiva el procedimiento.
Trámites migratorios en Perú que pueden derivar en un requerimiento
- Solicitudes de residencia: primera residencia, renovaciones y cambios de calidad migratoria (trabajador, rentista, jubilado, familiar, entre otras).
- Permisos especiales: por trabajo, estudios, negocios o razones humanitarias.
- Recursos administrativos frente a actos de MIGRACIONES, en el marco del procedimiento administrativo general.
- Regularización de residencia: habilitada por la Ley 30103 para extranjeros en situación migratoria irregular, con sus propios requisitos.
Cómo presentar y dar seguimiento a un trámite en Perú
- Identifica el canal de presentación según el trámite: presencial en sede central o en la jefatura descentralizada que corresponda, o por canales digitales habilitados por MIGRACIONES.
- Prepara la documentación general: formulario oficial completo, documentos de identidad vigentes, antecedentes y los requisitos específicos del trámite (contrato, carta de la universidad, entre otros). Confirma la lista exacta en la página del trámite, porque cambia según la calidad migratoria.
- Presenta la solicitud y conserva el cargo o número de expediente: ese comprobante es la llave para el seguimiento.
- Consulta el estado del trámite en los canales oficiales de MIGRACIONES —la plataforma digital del expediente o la atención al usuario— para detectar a tiempo cualquier requerimiento y responder dentro del plazo.
Preguntas frecuentes sobre el trámite requerido en extranjería
1. ¿Cómo puedo consultar el estado de mi expediente cuando está en trámite requerido?
En España, la consulta se hace desde la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, entrando con Cl@ve o certificado digital y entrando al apartado «Mis expedientes»; en México, el seguimiento se realiza en el portal del Instituto Nacional de Migración con la clave del trámite y, en Chile, el estado se revisa en el sitio del Departamento de Extranjería y Migración con el número de la solicitud. Cada país tiene su propio canal y no hay un sistema común entre ellos.
2. ¿Qué significa «trámite requerido» en un expediente de extranjería en España?
«Trámite requerido» en España indica que tu solicitud recibió un primer visto bueno, pero el órgano competente (la Oficina de Extranjería de la provincia donde se presentó) te está pidiendo documentación adicional para poder resolver el expediente. Hasta que no aportes lo que falta, el plazo del procedimiento queda suspendido según la Ley Orgánica 4/2000 (LOEx) y su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 557/2011, y el expediente no se puede dictar. Mientras permanezca en ese estado, no tienes la autorización ni el permiso concedidos todavía.
3. ¿Cuánto tarda un expediente de Extranjería cuando está en trámite requerido?
Que el expediente esté en «trámite requerido» no tiene un plazo propio: la duración depende de cuándo presentes el documento que te piden y de los plazos generales del procedimiento, marcados en el artículo 61 de la Ley 4/2000 (LOEx) y en el artículo 70 de su Reglamento. Si tú aportas lo que falta en menos de diez días hábiles, el plazo se reanuda ese mismo día; en cambio, en Chile tras un «requerimiento», la respuesta suele pedirse en cinco días hábiles (artículo 27 del DL 1.094 de 1975), y en Perú el plazo es hasta de diez días útiles por documento (TUO del D.Leg. 1350, D.S. 067-2023-RE) por lo que no conviene demorarse.
4. ¿Qué hago cuando mi expediente aparece como «trámite requerido»?
Lo primero es abrir la notificación electrónica en la sede del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática y leer exactamente qué falta. Después, aportas la documentación en el mismo registro o sede donde presentaste la solicitud, dentro del plazo que te dieron. Si se te pasó el plazo o no puedes aportar algo, lo habitual es pedir una ampliación antes de que venza, prevista en el artículo 76 de la Ley 39/2015 (LRJSP). Conviene guardar el justificante de cada envío por si vuelves a necesitarlo.
5. ¿Que el expediente esté como trámite requerido es buena o mala señal?
En la práctica, en España estar en trámite requerido significa que avanzaste bien hasta la fase de instrucción, pero que la Administración necesita un documento para cerrar el expediente antes de dictar la resolución que corresponda. No es ni aprobación ni denegación, sino una suspensión del plazo del procedimiento hasta que completes ese paso, según el artículo 21.1.a) de la Ley 39/2015 (LRJSP). En cambio, en Argentina el estado «en trámite» equivale a una espera activa; en Colombia, «en verificación» cumple un rol parecido y, aunque no es rechazo, no garantiza que luego se conceda.
6. ¿Cómo puedo saber si ya pasaron a la fase de resolución después del trámite requerido?
Cuando la Administración recibe lo que te pidió, el expediente deja de estar en trámite requerido y pasa a fase de instrucción o a propuesta de resolución, en España recogido en el artículo 64 de la Ley 4/2000 (LOEx) y en el artículo 197 del Real Decreto 557/2011, aunque en tu sede electrónica siga saliendo «en trámite». En Chile la «resolución» aparece tras cumplir el «requerimiento»; en México se publica la resolución en la página del Instituto Nacional de Migración; y en Perú el cambio de estado se publica en el portal de la Agencia de la Migración para tu número de solicitud.
7. Después del trámite requerido, ¿cuál es el siguiente paso en el expediente de Extranjería?
Una vez entregada la documentación que te pidieron, la Oficina de Extranjería competente revisa el expediente y dicta la resolución que corresponda, según los artículos 61 a 64 de la Ley 4/2000 (LOEx) y los artículos 197 a 211 de su Reglamento. Esa resolución es la que concede o deniega tu autorización, y se te notifica por la sede electrónica o por el portal del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. En Chile, se pasa al «requerimiento cumplido» y luego a la «Resolución» del Departamento de Extranjería y Migración; en Perú, superado el plazo de diez días hábiles del artículo 27 del D.S. 067-2023-RE, se continúa con la fase resolutiva de la Superintendencia Nacional de Migraciones.
Fuentes
- MachelindiazPreguntas frecuentes sobre tu expediente de extranjería en Madridconsultado el 23/09/2026
- ServiciomigracionesResidencia Definitiva en Chile | SERMIGconsultado el 23/09/2026
- MigracionesConsulta Unificada Migraciones | argentina.gob.arconsultado el 23/09/2026
- TolentinoabogadosTrámite requerido – Tolentino Abogadosconsultado el 23/09/2026
- SreVisa de Residencia Permanente – Consulado De Méxicoconsultado el 23/09/2026