Nacionalidad

Cómo solicitar la nacionalidad chilena: requisitos y diferencias según tu país de origen

septiembre 26, 2026 Derecho Facil 13 min read
Cómo solicitar la nacionalidad chilena: requisitos y diferencias según tu país de origen

Qué es la nacionalidad chilena y por qué cambia de un país a origen

Solicitar la nacionalidad chilena es el camino para obtener el pasaporte de Chile y, con él, derechos políticos en el país. Casi todos los extranjeros comparten un mismo principio: acreditar el vínculo con Chile y demostrar una situación migratoria regular, ya sea por años de residencia, por matrimonio, por descendencia o por una gracia del Congreso. Lo que cambia —y mucho— es la documentación que cada país de origen debe entregar. Una partida de nacimiento mexicana, una argentina y una española no se piden al mismo organismo ni se firman igual, y ahí es donde este artículo se detiene país por país.

Chile es el único punto en común: el trámite se canaliza en el Servicio Nacional de Migraciones, en sus oficinas regionales o en los consulados chilenos en el exterior. Desde ahí se aplican plazos, formatos de archivo (PDF, menos de 2 MB por archivo, resolución mayor a 300 dpi) y exigencias que no dependen del origen del solicitante, sino de la ley chilena.

La consecuencia práctica para el lector es directa: antes de tocar el portal chileno conviene tener listos los documentos del país de origen, porque si falta la apostilla, la traducción o un sello consular, el expediente no avanza.

Las cinco vías para ser chileno según la Constitución

El artículo 10 de la Constitución chilena abre cinco caminos independientes: solo se puede ir por uno a la vez.

  • Territorialidad (art. 10 N° 1): cualquier persona nacida en territorio chileno, salvo hijos de extranjeros transeúntes que no residían en Chile. Para nacidos en Chile que perdieron la nacionalidad y quieren recuperarla, el plazo fatal es de un año desde que cumplen 18 años, y se presenta una Declaración de Opción a la Nacionalidad ante el Intendente Regional, el Gobernador Provincial o el Cónsul de Chile en el exterior.
  • Consanguinidad (art. 10 N° 2): hijos de padre o madre chilenos nacidos en el extranjero, siempre que alguno de los ascendientes en línea recta (primer o segundo grado) haya adquirido la nacionalidad chilena por carta de nacionalización o por gracia.
  • Carta de nacionalización (art. 10 N° 3): extranjeros mayores de 18 años con Residencia Definitiva vigente y cinco años o más de residencia continua en Chile, contados desde el estampado electrónico de la Residencia Temporal que originó esa Residencia Definitiva. Se materializa en un Decreto Exento del Ministro del Interior por orden del Presidente.
  • Nacionalización por ley o gracia (art. 10 N° 5): beneficio que otorga el Congreso por méritos relevantes (Andrés Bello, Ignacio Domeyko).
  • Vía especial (art. 85 de la Ley N° 21.325): residentes definitivos con dos años de residencia y vínculo familiar directo —cónyuge chileno con matrimonio inscrito en Chile, parientes hasta segundo grado o hijo de chileno que perdió la nacionalidad antes de su nacimiento— pueden acceder a una carta de nacionalización calificada con plazos abreviados.

Errores frecuentes al solicitar la nacionalidad chilena

El primer tropiezo es mezclar requisitos de un país de origen con los de otro. Un argentino no pide CURP; un mexicano no necesita el DNI argentino. Cada consulado y cada oficina regional chilena evalúa solo lo que su solicitante presenta, y confunde los papeles del vecino solo retrasa la solicitud.

El segundo error es traducir cuando no hace falta. La traducción jurada al español se exige solo cuando el documento original está en un idioma distinto al español; un acta mexicana en español no requiere traductor, y una partida argentina tampoco. Apostillar, en cambio, sí es obligatorio casi siempre: Chile exige la [apostilla de La Haya](https://www.hcch.net/es/instruments/conventions/specialised/ apostille) para todo documento público extranjero, salvo los legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.

Quien confunde Residencia Temporal con Residencia Definitiva no puede pedir carta de nacionalización: la Constitución exige Residencia Definitiva vigente, y el plazo de cinco años se cuenta desde el estampado electrónico de la Temporal que la originó.

El cuarto error es saltarse la apostilla por ahorrar tiempo o por confiar en que "ya viene legalizado". El plazo de vigencia también importa: si el documento fija fecha propia, se respeta; si no, Chile lo considera válido por 90 días desde su emisión.

España como país de origen: cómo aportar la documentación

En España, los certificados que Chile pide se solicitan en dos ventanillas muy distintas: el Registro Civil español para la partida de nacimiento, y el Ministerio de Justicia para los antecedentes penales. Cada documento sale en español, por lo que Chile no exige traducción jurada en este caso, pero sí la apostilla del Convenio de La Haya cuando el documento no lleva sello electrónico verificable.

El certificado de antecedentes penales se obtiene en línea a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia, y permite descargarlo con un CSV de verificación. Para nacimientos inscritos en consulados españoles en Chile, el interesado debe pedir el certificado literal en el Registro Civil Central de Madrid. La apostilla puede solicitarse en el Ministerio de Justicia o ante notario, según la comunidad autónoma; cada oficina regional cobra una tarifa propia en euros.

Certificados españoles que pide Chile

  • Partida de nacimiento literal del Registro Civil español (no vale el extracto).
  • Certificado de antecedentes penales del Ministerio de Justicia, con CSV de verificación.
  • Si hay matrimonio, certificado literal de matrimonio del Registro Civil.
  • DNI español vigente o, en su defecto, pasaporte español con fotocopia legible.

Apostilla y traducción desde España

  1. Solicitar el documento original en la oficina correspondiente: Registro Civil, Ministerio de Justicia o consulado.
  2. Apostillar el documento en el Ministerio de Justicia o ante notario autorizado, con el Código de Verificación Electrónica de La Haya.
  3. Traducción al español solo si el documento original está en lengua cooficial distinta al español (catalán, gallego, euskera) y la oficina regional de Chile lo exige.
  4. Digitalizar el documento en PDF, menos de 2 MB y a más de 300 dpi, antes de subirlo al portal del Servicio Nacional de Migraciones.

Dónde se entrega la documentación española

En el consulado de Chile correspondiente a la ciudad de residencia en España, o directamente en Chile si ya se tiene ClaveÚnica. El portal de trámites digitales solo permite iniciar solicitudes desde Chile; en el extranjero hay que pasar por el consulado. Conviene revisar antes la jurisdicción consular para evitar derivaciones internas que retrasen la cita.

México como país de origen: cómo aportar la documentación

En México, los documentos del país de origen no son los mismos que en España, aunque la lógica general se parezca: acta del Registro Civil, antecedentes penales y CURP, todo apostillado por la Secretaría de Gobernación. La CURP no requiere apostilla porque es una clave alfanumérica, pero sí debe estar vigente y coincidir con el nombre del pasaporte.

El certificado de no antecedentes penales se tramita en la Fiscalía General de la República o en las fiscalías estatales, según el lugar de residencia; las fiscalías estatales son válidas cuando el solicitante tramitó ahí su documento de identidad. Todos los documentos deben llegar apostillados y, si están en lengua indígena distinta al español, traducidos por perito autorizado.

Documentos mexicanos que pide Chile

  • Acta de nacimiento expedida por el Registro Civil mexicano, con sello de la oficialía.
  • Certificado de no antecedentes penales de la FGR o de la fiscalía estatal correspondiente.
  • CURP vigente descargada de la página del RENAPO, no capturas de pantalla.
  • Pasaporte mexicano vigente, hoja de identificación completa.

Apostilla y traducción desde México

  1. Obtener el acta de nacimiento en el Registro Civil local (costo variable según estado, entre 50 y 200 pesos mexicanos por copia certificada).
  2. Tramitar el certificado de no antecedentes penales en la FGR o en la fiscalía estatal, con cita previa.
  3. Apostillar ambos documentos en las oficinas de la Secretaría de Gobernación (SEFER) o en las representaciones estatales autorizadas; cada documento se apostilla por separado y la tarifa federal ronda los 25 pesos mexicanos por pieza, aunque el estado puede añadir un sobrecosto.
  4. Contratar traducción al español solo si el documento viene en lengua indígena o idioma distinto, firmada por perito traductor registrado.
  5. Escanear a más de 300 dpi y guardar en PDF para subirlo al portal.

Dónde se entrega la documentación mexicana

En el Consulado de Chile en Ciudad de México o el más cercano al domicilio, o ante el Servicio Nacional de Migraciones si el solicitante ya cuenta con Residencia Definitiva en Chile. Algunos consulados ofrecen cita previa por correo electrónico; otros mantienen agenda telefónica.

Argentina como país de origen: cómo aportar la documentación

En Argentina, la partida de nacimiento sale del Registro de las Personas, el certificado de antecedentes penales se pide al Registro Nacional de Reincidencia, y el documento de identidad es el DNI argentino vigente. Argentina tiene una particularidad: la Cancillería argentina apostilla también en sus delegaciones del interior, no solo en Buenos Aires.

El certificado del Registro Nacional de Reincidencia se obtiene en línea con clave fiscal (ARCA, antes AFIP) o de forma presencial en sus sedes; el documento tiene un código de verificación que Chile no exige apostillar porque ya trae QR, pero por seguridad institucional la Cancillería suele pedirlo igual. Los aranceles en pesos argentinos (ARS) cambian con frecuencia, por eso es mejor consultar la página oficial antes de pagar.

Documentos argentinos que pide Chile

  • Partida de nacimiento del Registro de las Personas de la provincia donde se inscribió.
  • Certificado de antecedentes del Registro Nacional de Reincidencia.
  • DNI argentino vigente, tarjeta y hoja de identificación del pasaporte.
  • Si hubo cambio de nombre, documentación que lo acredite (sentencia judicial o partida rectificada).

Apostilla y traducción desde Argentina

  1. Obtener la partida en el Registro de las Personas provincial y el certificado en el Registro Nacional de Reincidencia.
  2. Solicitar la apostilla en la Cancillería (Ministerio de Relaciones Exteriores) en Buenos Aires o en sus delegaciones del interior, con turno previo.
  3. Contratar traducción jurada al español solo si el documento original no está en español; las partidas argentinas rara vez lo necesitan.
  4. Digitalizar a PDF, máximo 2 MB por archivo, y conservar los originales para cuando Chile los pida físicamente.

Dónde se entrega la documentación argentina

En el Consulado de Chile en Buenos Aires o en el de la jurisdicción correspondiente (Córdoba, Mendoza, Rosario), o directamente en Chile si ya se ingresó con ClaveÚnica. La Cancillería argentina y la red consular chilena funcionan con cita previa, así que conviene agendarla con al menos cuatro semanas de anticipación.

Chile como país de origen: cuándo aplica y qué se acredita

Esta vía no es para extranjeros, sino para chilenos que perdieron la nacionalidad, hijos o nietos de chilenos nacidos en el extranjero, y jóvenes que optan dentro del año siguiente a cumplir 18 años. Se acredita con certificado de nacimiento chileno y documentos del vínculo familiar.

Cuando el solicitante es chileno de nacimiento y nunca perdió la nacionalidad, no necesita acreditar residencia: basta su partida de nacimiento y su documento de identidad. La pérdida puede haber ocurrido por renuncia voluntaria, por obtención de otra nacionalidad con reglas distintas, o por una ley anterior que la extinguía al avecindarse en el extranjero. Recuperarla o transmitirla a descendientes tiene reglas de plazo precisas.

Quién usa esta vía

  • Chilenos por nacimiento que la perdieron por renuncia o por aplicación de leyes anteriores.
  • Hijos o nietos de chilenos nacidos en el extranjero, cuando el ascendiente nació en Chile.
  • Personas que cumplen 18 años y optan a la nacionalidad dentro del año siguiente, presentando una Declaración de Opción a la Nacionalidad chilena.

Documentos chilenos que pide el propio trámite

  • Certificado de nacimiento del Servicio de Registro Civil e Identificación.
  • Cédula de identidad chilena vigente.
  • Si aplica, certificado de matrimonio o de vínculo con el ascendiente chileno.
  • Para extranjeros con vínculo familiar con chileno, además, los certificados del país de origen apostillados.

Dónde se presenta dentro de Chile

  1. Ingresar al portal con ClaveÚnica en el Servicio Nacional de Migraciones.
  2. Completar la ficha con los datos personales y del vínculo con Chile.
  3. Adjuntar los documentos escaneados en PDF, sin superar 2 MB por archivo.
  4. Esperar la notificación por correo electrónico o SMS sobre el estado del trámite, y revisar la Gobernación Provincial o la Intendencia Regional si la opción se ejerce presencialmente.

Dudas frecuentes sobre la nacionalidad chilena

1. ¿Cómo puede un extranjero acceder a la nacionalidad chilena?

La vía ordinaria es la naturalización por residencia: tras cinco años de residencia definitiva en Chile y, en general, más de diez años con una visa de permanencia definitiva, puedes solicitar la carta de nacionalización ante el Departamento de Extranjería y Migración. También existen modalidades abreviadas por matrimonio, por ser hijo o nieto de chileno, o por servicios destacados al país, cada una con sus propios plazos.

2. ¿En qué consiste la nacionalidad chilena por matrimonio?

Si estás casado o casada con un ciudadano chileno y el matrimonio lleva más de dos años celebrado en Chile, puedes pedir la carta de nacionalización sin necesidad de cumplir el plazo general de cinco años de residencia. Debes acreditar el vínculo y mantener la residencia definitiva en el país al momento de presentar la solicitud ante el DEM.

3. ¿Cómo se solicita la nacionalidad española por residencia?

La nacionalidad española por residencia se tramita ante el Registro Civil español del lugar donde resides, tras cumplir plazos legales de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud: diez años en general, reducida a dos años para nacionales de ciertos países iberoamericanos o a un año para cónyuges de español, entre otros casos. La resolución corresponde al Ministerio de Justicia, y el procedimiento se rige por el Código Civil y el Reglamento del Registro Civil de España.

4. ¿Qué requisitos hay para pedir la nacionalidad chilena?

Los requisitos generales son ser mayor de edad, tener más de cinco años de residencia definitiva en Chile, poseer más de diez años con permiso de permanencia definitiva, acreditar medios de subsistencia, buena conducta y salud compatible, además de hablar español y conocer la geografía, historia y educación cívica de Chile, según lo exigido por el Decreto Supremo 5.142 de 1960.

5. ¿Cómo se rellena la solicitud de nacionalidad española por residencia?

El formulario oficial es el modelo de solicitud de nacionalidad por residencia, disponible en la sede electrónica del Ministerio de Justicia de España. Se completa con tus datos personales, fecha y lugar de residencia, modalidad que solicitas y documentos acreditativos; se firma electrónicamente y se presenta telemáticamente, salvo excepciones que permiten presentarlo en el Registro Civil competente.

6. ¿Quién puede obtener la nacionalidad española como sefardí?

Pueden solicitarla quienes acrediten la condición de sefardí, normalmente por el llamado “criterio de Justicia”: vínculo con España, topónimos españoles en el apellido, idioma ladino o descendencia de sefardíes, entre otros indicios. La Ley 12/2015 regula esta modalidad y la solicitud se tramita ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia, en España.

7. ¿Tienen derecho a la nacionalidad chilena los hijos de chilenos nacidos en el extranjero?

Sí, los hijos de padre o madre chilena nacidos fuera de Chile son chilenos por nacionalización y pueden requerir su reconocimiento ante un consulado chileno en el extranjero o ante el Departamento de Extranjería y Migración si ya residen en el país. El trámite exige acreditar el vínculo de parentesco con la documentación que exige la ley y, generalmente, más de un año de residencia definitiva en Chile para que se conceda.

Fuentes

  1. EchileNacionalidad chilenaconsultado el 23/09/2026
  2. ServiciomigracionesGuía – Solicitud de Carta de Nacionalización – Ayuda Migracionesconsultado el 23/09/2026
  3. ChilenosaespanaChilenos a España — Estudio jurídico de extranjería españolaconsultado el 23/09/2026
  4. CancilleriaOpción por la Nacionalidad Argentinaconsultado el 23/09/2026
  5. ChileatiendeSolicitud de Carta de Nacionalización – ChileAtiendeconsultado el 23/09/2026