Qué es la nacionalidad española y por qué cambia según el país
La nacionalidad española la concede el Estado español y se regula, en lo esencial, por el Código Civil español. Eso significa que el principio es común para todos: quien cumple los requisitos puede acceder a ella. Pero el camino para pedirla cambia de forma radical según desde dónde la solicites, porque cambian el consulado, los formularios, la cita previa y hasta los plazos administrativos que se aplican al expediente.
Un ciudadano mexicano que vive en Monterrey y nunca ha estado en España, y un argentino que ya reside legalmente en Madrid desde hace cinco años, están pidiendo lo mismo, pero ante organismos distintos y con documentación que se prepara de forma diferente. En España se tramita por la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia; en México se hace en el Consulado General de España con jurisdicción sobre el domicilio del solicitante; en Argentina, Chile y Perú, también ante los consulados competentes en cada demarcación. Por eso este artículo va país por país y arranca por lo común: el principio compartido y la comparativa rápida.
La nacionalidad es una sola, el procedimiento son cinco: el de cada país.
Comparativa rápida: nacionalidad española desde España, México, Argentina, Chile y Perú
| País desde donde se solicita | Ley aplicable | Organismo ante el que se tramita | Plazo principal | Vía habitual |
|---|---|---|---|---|
| España | Código Civil español (residencia) | Ministerio de Justicia de España, por la Sede Electrónica | 2 meses para completar el borrador en la sede | Telemática con certificado digital o Cl@ve, o presencial con impreso 790 026 |
| México | Código Civil español (residencia) | Consulado General de España con jurisdicción sobre el domicilio en México | El que fije el consulado, con cita previa | Presencial, con cita previa por la sede del MAEUEC |
| Argentina | Código Civil español (residencia) | Consulado General de España en Buenos Aires u otro consulado competente | Plazos del Código Civil, cita previa por sistema CGEOnline | Presencial, con cita previa por la sede del MAEUEC |
| Chile | Código Civil español (residencia) | Consulado de España con demarcación sobre el domicilio en Chile | Plazos del Código Civil, cita previa por la sede consular | Presencial, con cita previa por la sede del MAEUEC |
| Perú | Código Civil español (residencia) | Consulado de España con jurisdicción sobre el domicilio en Perú | Plazos del Código Civil, cita previa por la sede consular | Presencial, con cita previa por la sede del MAEUEC |
Las celdas sin dato expreso en las fuentes consultadas se han dejado así para no inventar cifras.
España
Cuando el solicitante ya reside legalmente en España, la solicitud de nacionalidad por residencia se presenta ante el Ministerio de Justicia de España por la vía telemática principal o, si no se dispone de certificado digital, con el impreso 790 026 en papel. La plataforma es la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia, accesible con Cl@ve, certificado digital o AutoFirma.
El borrador creado en la sede tiene un plazo de vida limitado: dos meses desde su creación para completarlo, firmarlo y presentarlo. Si pasa ese plazo sin firmar, el borrador se borra de forma automática. Esta regla la fija el propio Ministerio en la sede, y es el primer escollo práctico que suele pillar a quien prepara la documentación sin prisa.
La documentación se digitaliza y se adjunta durante el propio trámite, no antes: por eso conviene tener los PDFs a punto antes de empezar el borrador, porque una vez iniciado el reloj corre.
Solicitud telemática con certificado digital o Cl@ve
- Entra en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia y accede al trámite «Solicitud de Nacionalidad Española por Residencia» desde «Tramitación On-line con Certificado Digital» o con Cl@ve.
- Identifícate con tu certificado digital o con Cl@ve (en este caso te pedirá DNI, correo o número de teléfono para validar el acceso).
- Crea el borrador: rellena los datos personales, marca si vas por el plazo general o reducido, y digitaliza cada documento que se solicita.
- Instala AutoFirma desde el portal de firma electrónica del Gobierno de España; sin AutoFirma no podrás firmar la solicitud ni presentarla telemáticamente.
- Firma y presenta; guarda el justificante con número de registro, fecha y hora, porque ese justificante es tu prueba de que el borrador se convirtió en expediente.
- Recuerda que tienes dos meses desde la creación del borrador: si no firmas y presentas dentro de ese plazo, se borra solo y tendrás que empezar de cero.
Solicitud sin certificado digital: impreso 790 026
- Descarga el formulario 790 026 desde el trámite «Tramitación On-line sin Certificado Digital» en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.
- Rellena el impreso a mano o a máquina; no lo fotocopies, porque lleva un código numérico único por solicitud y una copia invalida el código.
- Paga la tasa en un banco con el impreso original; el banco retiene el ejemplar para la entidad y te devuelve el justificante de pago.
- Acude a un registro oficial a presentar la solicitud junto con la documentación original y sus copias, o envíalo por correo postal certificado si el trámite lo admite.
- Guarda el justificante de presentación y el justificante de pago, porque ambos son necesarios para acreditar que la solicitud está en marcha.
Consulta del expediente y pruebas del Instituto Cervantes
- Para saber en qué fase está tu expediente, usa la «Consulta telemática de expedientes de nacionalidad por residencia» en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia; el sistema muestra las notificaciones electrónicas disponibles, aunque aclara que esa información no tiene carácter de notificación.
- Las pruebas de conocimiento constitucional y sociocultural (CCSE) y, cuando proceda, de lengua española (DELE) se hacen en el Instituto Cervantes; el diploma se adjunta al expediente.
- Si necesitas la dispensa de esas pruebas por no saber leer ni escribir o por dificultades de aprendizaje, existe un trámite específico en la Sede Electrónica, tras el cual recibes una copia en PDF con número de registro, fecha y hora de presentación.
México
Un ciudadano mexicano que quiera la nacionalidad española por residencia y aún no vive en España debe tener presente que, según la embajada de México en España, el trámite no se hace ante la embajada ni ante un consulado mexicano: se hace ante el Consulado General de España con jurisdicción sobre el domicilio que figure en la documentación del solicitante. La página consular del MAEUEC en México confirma que existe sección de Nacionalidad, pero el detalle de los requisitos debe consultarse caso por caso en el consulado que corresponda.
El plazo general del Código Civil español es de diez años de residencia legal previa en España para solicitantes mexicanos que no encajen en un supuesto reducido. Cumplido ese plazo, la documentación se prepara desde México y la cita se pide en el consulado, no en la embajada.
Dónde se presenta la solicitud en México
Se presenta en el Consulado General de España cuya demarcación coincida con el domicilio del solicitante en México, no en la embajada. La cita previa se pide por la sede del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, que es el organismo competente para los servicios consulares en el exterior.
Requisitos y documentos para solicitantes mexicanos
- Mayoría de edad.
- Residencia legal previa en España según el plazo general o reducido del Código Civil.
- Acta de nacimiento apostillada o legalizada.
- Antecedentes no penales del país de origen, apostillados.
- Pasaporte vigente.
- Certificado de empadronamiento en España.
- Diploma del Instituto Cervantes (CCSE y, en su caso, DELE).
Vías especiales que reducen el plazo a un año para mexicanos
- Nacido en territorio español.
- Quien no ejerció en su día el derecho a adquirir la nacionalidad por opción.
- Quien estuvo bajo tutela, guarda o acogimiento de ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos.
- Quien lleve un año casado con español/a y no esté separado/a legal ni de hecho.
- Viudo/a de español/a, si a la fecha del fallecimiento no estaban separados.
- Nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela que hubieran sido originariamente españoles.
Argentina
El trámite en Argentina se concentra sobre todo en el Consulado General de España en Buenos Aires, cuya demarcación cubre buena parte del país y que tiene un sistema propio de cita previa llamado CGEOnline. Este sistema aclara, al iniciar la solicitud, que la Ley de Memoria Democrática finalizó su plazo el 22/10/2025 en Argentina: el formulario es solo para solicitudes por Código Civil, no por Memoria Democrática.
Si el progenitor del solicitante tramitó su nacionalidad en el propio Consulado General en Buenos Aires, el sistema pregunta por el DNI argentino del progenitor para verificar el vínculo. Si lo hizo en otro consulado o no se hizo en ninguno, el camino es distinto y conviene confirmarlo con el consulado.
Cita previa y formulario en el Consulado General en Buenos Aires
- Accede al sistema de cita previa CGEOnline del Consulado General de España en Buenos Aires y elige el trámite «Nacionalidad española».
- Declara que tu solicitud no va por la Ley de Memoria Democrática (finalizada el 22/10/2025 en Argentina): este dato es obligatorio y filtra el formulario correcto.
- Responde si tu progenitor (madre o padre) posee nacionalidad española y, si la gestionó en Buenos Aires, introduce su DNI argentino (8 dígitos exactos).
- Rellena tus datos como solicitante: apellidos, nombre, fecha de nacimiento, tipo y número de documento (DNI argentino vigente), correo electrónico.
- Confirma que el domicilio de tu DNI pertenece a la demarcación del consulado y que tienes toda la documentación requerida.
- Anota el identificador de trámite (IDU) que te asignen y espera las instrucciones que el consulado enviará al correo que proporcionaste.
Documentos para solicitantes argentinos
- DNI argentino vigente.
- Acta de nacimiento.
- Antecedentes no penales.
- Diploma del Instituto Cervantes.
- Cualquier otro documento que la sede consular indique al confirmar la cita.
Cómo se acredita el vínculo con un progenitor español
- El propio sistema CGEOnline pregunta al inicio si el progenitor posee nacionalidad española (y por tanto tiene una partida de nacimiento española).
- Si la respuesta es sí, el formulario pide el DNI argentino del progenitor, con exactamente 8 números.
- Si el progenitor no tiene DNI argentino, se marca la casilla de excepción prevista en el formulario.
- Si la nacionalidad se gestionó en otro consulado o registro civil, se debe acreditar la partida de nacimiento española por la vía que el consulado indique.
Chile
En Chile, el punto de entrada es el consulado de España con demarcación sobre el domicilio del solicitante. La documentación exigida es la misma que para cualquier solicitante por Código Civil: residencia legal en España según el plazo general o reducido, acta de nacimiento, antecedentes no penales, pasaporte, certificado de empadronamiento en España y diploma del Instituto Cervantes.
Como el plazo depende de si se cumple un supuesto reducido del Código Civil, conviene revisar antes de pedir cita si se encaja en uno de esos supuestos; en caso afirmativo, el expediente se monta igual pero el plazo de residencia previa se acorta.
Dónde presentar la solicitud en Chile
Consulado de España con jurisdicción sobre el domicilio del solicitante en Chile; la cita previa se pide por la sede del MAEUEC, y no por la embajada, porque la embajada no tramita nacionalidades.
Requisitos para solicitantes chilenos
- Residencia legal en España según el plazo general o reducido del Código Civil.
- Acta de nacimiento.
- Antecedentes no penales.
- Pasaporte.
- Certificado de empadronamiento en España.
- Diploma del Instituto Cervantes.
Casos que acortan la residencia a un año para chilenos
- Nacido en España.
- Matrimonio con español o española, con un año de convivencia y sin separación legal ni de hecho.
- Viudez de español/a, sin separación al fallecimiento.
- Hijo o nieto de español originariamente.
- Persona que estuvo bajo tutela o acogimiento de ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos.
Perú
En Perú, la solicitud se tramita ante el consulado de España cuya demarcación coincida con el domicilio del solicitante. La cita previa se pide por la sede del MAEUEC y la documentación se ajusta al Código Civil español, no a la Ley de Nacionalidad peruana.
Un punto que suele confundir al solicitante peruano es que el plazo de residencia legal previa en España se cuenta desde que se tuvo la autorización de residencia, no desde la mera estancia. Esto depende del tipo de autorización que se haya tenido y de cómo se haya renovado, por lo que conviene revisar el propio expediente de extranjería antes de pedir la cita en el consulado.
Dónde presentar la solicitud en Perú
Consulado de España con jurisdicción sobre el domicilio del solicitante en Perú; la cita previa se pide por la sede del MAEUEC, no por la embajada, que no es ventanilla de nacionalidades.
Requisitos para solicitantes peruanos
- Residencia legal previa en España según el Código Civil.
- Acta de nacimiento.
- Antecedentes no penales.
- Pasaporte.
- Certificado de empadronamiento en España.
- Diploma del Instituto Cervantes.
Vías que acortan el plazo a un año para peruanos
- Matrimonio con español o española, con un año de convivencia y sin separación.
- Hijo o nieto de español originariamente.
- Nacido en España.
- Persona bajo tutela o acogimiento de ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos.
- Quien no ejerció el derecho a adquirir la nacionalidad por opción en su día.
Datos comprobados en agosto de 2026.
Preguntas frecuentes sobre la solicitud de nacionalidad española
1. ¿Cómo pedir la nacionalidad española por residencia desde casa?
La solicitud de nacionalidad por residencia se presenta de forma telemática en la sede electrónica del Ministerio de Justicia de España, usando el formulario específico de nacionalidad por residencia con certificado digital o Cl@ve. También puedes presentarla en el Registro Civil de tu domicilio o en el consulado de España en el extranjero si prefieres el trámite presencial.
2. ¿Puedo descargar el formulario de nacionalidad por residencia en PDF?
Sí, el modelo oficial de solicitud de nacionalidad por residencia está disponible en PDF en la sede electrónica del Ministerio de Justicia de España. Debes rellenarlo, firmarlo y presentarlo junto con la documentación que justifique residencia, integración y buena conducta, tal como indica la Ley 52/2007 conocida como Ley de Memoria Histórica y el Real Decreto 1004/2015.
3. ¿Qué formulario se usa para pedir la nacionalidad española?
El formulario es el modelo normalizado de “Solicitud de nacionalidad por residencia” publicado por el Ministerio de Justicia de España, disponible tanto en su sede electrónica como en los registros civiles y consulados. Es el mismo impreso para todos los supuestos contemplados en el Código Civil español y debe acompañarse de la documentación acreditativa del supuesto que se alega.
4. ¿Cómo se rellena bien la solicitud de nacionalidad por residencia?
Rellena cada apartado con tus datos reales tal como aparecen en el pasaporte o documento de identidad, indica el supuesto por el que pides la nacionalidad y adjunta la documentación justificativa de residencia legal, medios económicos, integración y antecedentes. Antes de firmar, comprueba que los nombres, fechas y números de documento coinciden exactamente con los documentos aportados para evitar que te pidan subsanación.
5. ¿Qué requisitos hay para pedir la nacionalidad española por residencia?
Necesitas haber residido legalmente en España de forma continuada durante diez años, o dos años si eres nacional de un país iberoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Puerto Rico o sefardí, según el artículo 22 del Código Civil español. Además debes justificar buena conducta cívica, medios económicos suficientes y un grado de integración en la sociedad española.
6. ¿Se puede solicitar la nacionalidad española por Internet?
Sí, la solicitud se puede hacer por Internet a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia de España, accediendo con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico. Una vez registrada, el sistema te asignará un número de expediente con el que podrás consultar el estado de tu trámite en línea.
7. ¿Qué es la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia para la nacionalidad?
Es el portal online del Ministerio de Justicia de España donde se inician y consultan los expedientes de nacionalidad por residencia. Concentra el formulario oficial, la aportación de documentación, la cita previa en el Registro Civil y la consulta del estado del expediente, regulado por la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
8. ¿Quién tramita la nacionalidad española desde el Ministerio de Justicia?
La competencia corresponde al Ministerio de Justicia de España, que gestiona los expedientes a través de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y de los registros civiles. El plazo legal para resolver es de un año desde la presentación, y si se supera sin respuesta, se entiende estimada por silencio administrativo conforme al artículo 22.2 del Código Civil español.
Fuentes
- MjusticiaNacionalidad española por residencia – Ministerio de Justiciaconsultado el 28/08/2026
- LeydenietosmexicoLey de nietos España | México: Tramitamos tu nacionalidad españolaconsultado el 28/08/2026
- Abogadosdiazyasociados▷ Gestor Ciudadanía Española en Argentina | Díaz & Asociadosconsultado el 28/08/2026
- AdministracionAdquisición de la nacionalidad – Residencia – Tu espacio europeoconsultado el 28/08/2026
- CrechileNacionalidad Española – CRE Chileconsultado el 28/08/2026