Trabajar por cuenta propia no es lo mismo en todos los países: cambia el organismo donde te das de alta, el nombre del régimen, las cotizaciones obligatorias y la lista de prestaciones a las que accedes. Lo que sí comparten casi todos los ordenamientos es el principio de fondo: quien ejerce una actividad lucrativa de forma habitual debe registrarse ante la autoridad tributaria y ante la seguridad social, cotizar periódicamente y, a cambio, tiene derecho a asistencia sanitaria, cobertura por incapacidad y, con los años, una jubilación. Lo que viene a continuación aterriza ese principio en España, México, Argentina, Chile y Perú, con leyes, organismos y pasos concretos en cada caso.
España: cómo darse de alta y qué cotiza un trabajador por cuenta propia
En España, quien ejerce una actividad económica por cuenta propia se da de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), gestionado por la Seguridad Social. El alta se solicita con el modelo oficial TA.0521 a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, eligiendo la base de cotización y, en su caso, la cuota reducida por inicio de actividad que contempla el nuevo sistema de cotización para autónomos introducido por el Real Decreto-ley 13/2022. Ese nuevo sistema liga la cuota a los rendimientos netos, de modo que la cuota inicial para quien empieza una actividad es una cantidad reducida fija durante los primeros doce meses, con otra reducción adicional durante los meses siguientes si los rendimientos se mantienen bajos.
Junto con el alta en el RETA, hay que comunicar el inicio de la actividad a la Agencia Tributaria con la declaración censal (modelo 036 o 037) y, si la actividad lo exige, darse de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, así como cumplir los requisitos sectoriales (sanidad, registro mercantil, colegiación profesional, etc.). Para verificar vida laboral y cuotas, el portal Importass permite al autónomo consultar su informe con clave, certificado electrónico o Cl@ve.
Pasos resumidos del trámite:
- Darse de alta en el RETA con el modelo TA.0521 en la Sede Electrónica de la Seguridad Social, indicando actividad, base de cotización y, si corresponde, la cuota reducida por inicio.
- Presentar la declaración censal ante Hacienda con el modelo 036 o 037 en los días previos al inicio de la actividad.
- Comunicar el alta a la mutua colaboradora con la Seguridad Social con la que se quiera cubrir la incapacidad temporal y los riesgos profesionales.
- Solicitar, si se necesitan, las licencias municipales y los permisos sectoriales aplicables a la actividad.
En España, autónoma o autónomo es, ante todo, una persona que cotiza al RETA y que cumple sus obligaciones fiscales; el resto —nombre del régimen, cuota reducida, mutua— son piezas del mismo engranaje.
España: qué prestaciones y derechos tiene un autónomo
El Estatuto del trabajo autónomo (Ley 20/2007) y la Ley General de la Seguridad Social reconocen al trabajador por cuenta propia un catálogo de derechos análogo al de los asalariados, con peculiaridades derivadas de cómo cotiza. En la práctica, esto se traduce en:
- Asistencia sanitaria pública a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), financiada con la cotización al RETA.
- Prestación por incapacidad temporal (baja médica) gestionada por la mutua colaboradora elegida al darse de alta, con requisitos de carencia específicos para autónomos.
- Prestación por incapacidad permanente y jubilación contributiva, calculada sobre las bases de cotización elegidas en el RETA; las bases mínimas se actualizan cada año.
- Prestación por nacimiento y cuidado de menor, y por riesgo durante el embarazo o la lactancia, en condiciones similares a las de los trabajadores por cuenta ajena.
- Cobertura de la actividad con bonificaciones y reducciones de cuota por inicio, cuidado de menores o personas dependientes, y por determinadas situaciones (discapacidad, víctimas de violencia de género).
- Derecho a formación profesional para el empleo y a programas de apoyo al emprendimiento, gestionados por el SEPE y las comunidades autónomas.
El organismo gestor de las pensiones y de la asistencia sanitaria derivada de las contingencias comunes es el INSS. Las contingencias profesionales y la incapacidad temporal corresponden a la mutua elegida, salvo que se haya optado por la opción de cobertura con el INSS.
España: si el autónomo es extranjero no residente
Para una persona extranjera no residente que quiera trabajar por cuenta propia en España, el primer trámite es una autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta propia. La norma básica es la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, junto con su Reglamento de desarrollo, el Real Decreto 1155/2024, que regula las condiciones, el procedimiento y los requisitos de esta autorización.
La solicitud se presenta con el impreso oficial EX-07 ante la oficina consular española del país de origen, dirigida al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Entre los requisitos destacan: no ser ciudadano de la UE, EEE ni Suiza; carecer de antecedentes penales en España y en los países de residencia de los últimos cinco años; acreditar la cualificación profesional o experiencia suficiente para la actividad; demostrar la viabilidad económica del proyecto, con la inversión prevista y su incidencia en la creación de empleo, incluido el autoempleo; y abonar la tasa del procedimiento. La autorización, una vez concedida, habilita a entrar en España, darse de alta en el RETA y comenzar la actividad.
Pasos resumidos del trámite:
- Reunir la documentación: pasaporte completo en vigor, antecedentes penales de los últimos cinco años, acreditación de la inversión, cualificación profesional y, si la actividad es comercio minorista de la Ley 12/2012 con superficie útil de hasta 750 m², la declaración responsable o comunicación previa del artículo 69 de la Ley 39/2015.
- Presentar el modelo EX-07 en el consulado de España en el país de origen, junto con la documentación traducida al castellano o lengua cooficial por traductor jurado.
- Esperar la resolución de la autoridad competente —el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones—, que en este tipo de autorizaciones cuenta con plazos concretos fijados por la normativa de extranjería.
- Una vez concedida, entrar en España, darse de alta en el RETA y en la Agencia Tributaria, y comenzar la actividad dentro del plazo de vigencia de la autorización.
México: cómo darse de alta un trabajador por cuenta propia
En México, quien presta servicios profesionales o realiza una actividad empresarial por cuenta propia tiene dos altas simultáneas: una ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), como autoridad tributaria, y otra ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), como organismo de seguridad social. El SAT administra el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), donde se dan de alta las personas físicas con actividad empresarial y profesional; esa inscripción se realiza con la ficha de trámite correspondiente en el portal del SAT. El IMSS, por su parte, exige un alta como trabajador independiente (asegurado voluntario a la seguridad social) o como patrón si se tienen empleados, mediante los formatos de afiliación disponibles en su portal.
El régimen fiscal aplicable suele ser el de personas físicas con actividad empresarial y profesional, con obligaciones como llevar contabilidad, expedir comprobantes fiscales digitales (CFDI) y presentar declaraciones mensuales y anuales. La base de cotización al IMSS se calcula sobre el salario base de cotización que el propio independiente fija, con un tope mínimo equivalente a un salario mínimo general y un tope máximo de veinticinco veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Pasos resumidos del trámite:
- Obtener la firma electrónica (e.firma) del SAT y darse de alta en el RFC con la actividad económica que corresponda.
- Acudir a la subdelegación del IMSS que corresponda al domicilio fiscal, formalizar la inscripción como trabajador independiente y elegir el salario base de cotización.
- Determinar el régimen fiscal (actividad empresarial o profesional) y, en su caso, el esquema de facturación electrónica para emitir CFDI.
- Presentar declaraciones y pagos provisionales ante el SAT y cuotas obrero-patronales ante el IMSS en los plazos que establece la legislación fiscal y la Ley del Seguro Social.
México: qué prestaciones y derechos tiene un independiente
El trabajador independiente afiliado al IMSS accede a las mismas ramas de aseguramiento que un asalariado, reguladas por la Ley del Seguro Social. En concreto, la cobertura incluye:
- Seguro de enfermedades y maternidad: asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria, y en su caso prestaciones en dinero por incapacidad.
- Seguro de riesgos de trabajo: atención por accidentes y enfermedades profesionales, con indemnizaciones y pensiones según el tipo de incapacidad.
- Seguro de invalidez y vida: pensión en caso de invalidez y, en su caso, prestaciones a los beneficiarios por fallecimiento.
- Seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez: acumulación de recursos en la cuenta individual administrada por una Afore, más la pensión que corresponde.
- Seguro de guarderías y prestaciones sociales: acceso a guarderías del IMSS o, en su defecto, ayuda equivalente.
- Crédito para vivienda del INFONAVIT, financiado con las cuotas patronales equivalentes que el independiente abona.
Fiscalmente, los ingresos se regulan por la Ley del ISR, con la posibilidad de aplicar deducciones por gastos e inversiones relacionados con la actividad, y de tributar en el régimen simplificado de confianza u otros esquemas según los ingresos.
México: si el independiente es extranjero
En México, para ejercer una actividad lucrativa por cuenta propia, una persona extranjera necesita una condición de estancia que se lo permita. La norma básica es la Ley de Migración y su Reglamento, que prevén permisos de trabajo ante el Instituto Nacional de Migración (INM) vinculados a distintas actividades. Las opciones habituales son la autorización de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas y, para actividades de mayor duración o inversión, la residencia temporal o permanente con permiso de trabajo por cuenta propia.
Entre los requisitos comunes están: pasaporte vigente; documento migratorio expedido por el INM (forma migratoria vigente); acreditar la actividad que se va a realizar y, en su caso, la solvencia económica o la inversión; y, para ciertas actividades, contar con la autorización de la autoridad competente o la colegiación profesional. Una vez regularizada la estancia migratoria, el extranjero puede darse de alta en el RFC ante el SAT y afiliarse al IMSS como trabajador independiente.
Pasos resumidos del trámite:
- Acudir a la oficina del INM o iniciar el trámite en línea para solicitar el permiso de trabajo por cuenta propia ligado a una estancia de residencia temporal o, en su caso, de visitante con actividades remuneradas.
- Obtener el documento migratorio vigente que acredita la autorización para trabajar por cuenta propia en México.
- Con esa constancia, darse de alta en el RFC ante el SAT y afiliarse al IMSS como trabajador independiente, eligiendo el salario base de cotización.
- Renovar el documento migratorio en los plazos que fija la Ley de Migración, mientras se mantenga la actividad por cuenta propia.
Argentina: cómo darse de alta un trabajador independiente
En Argentina, el alta fiscal de un trabajador independiente se tramita ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, antes AFIP), tanto para personas humanas como jurídicas. La primera decisión importante es elegir el régimen: el monotributo, un régimen simplificado con cuota mensual que unifica impuestos y aportes a la seguridad social y que está pensado para pequeños contribuyentes; o el régimen general, donde se da de alta como responsable inscripto en el IVA y en el impuesto a las ganancias. La elección depende de los ingresos brutos anuales, la actividad y el consumo de servicios; una vez inscripto, el cambio de régimen tiene reglas y plazos propios que fija la ARCA.
En paralelo, la cobertura de seguridad social se canaliza hoy a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), que administra el sistema público de reparto para los trabajadores autónomos que aportan al régimen general, y que también paga las prestaciones (jubilación, asignaciones familiares, cobertura de salud a través de obras sociales o del sistema público). El trámite de alta en la seguridad social se realiza con la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT/CUIL) y con la registración previa en ARCA.
Pasos resumidos del trámite:
- Obtener la CUIT/CUIL ante la ARCA, ya sea como persona humana (monotributo o responsable inscripto) o como persona jurídica.
- Elegir régimen fiscal, darse de alta en los impuestos correspondientes y, si se ejerce una actividad con empleados, también en el régimen de Empleadores.
- Inscribirse en la obra social o en el sistema público de salud y verificar la relación de dependencia o de independencia para los aportes al régimen de seguridad social.
- Presentar declaraciones juradas y pagos mensuales en los vencimientos que publica la ARCA y, si corresponde, gestionar las prestaciones ante la ANSES.
Para dimensionar la protección contributiva, los topes suelen fijarse sobre el Salario Mínimo, Vital y Móvil, que en 2026 se sitúa en 372.400 pesos argentinos (ARS) y sube a 376.600 ARS en agosto de 2026, según la Resolución 9/2025 del Consejo Nacional del Empleo. La elección entre monotributo y responsable inscripto cambia tanto el monto de los aportes como las prestaciones a las que se accede.
Chile y Perú: panorama comparado
En Chile, el trabajador por cuenta propia se inscribe en el Servicio de Impuestos Internos (SII) como persona natural con inicio de actividades, lo que le permite emitir boletas de honorarios o facturas electrónicas y, si corresponde, tributar en el régimen de primera categoría o en el régimen de boletas de honorarios. La cotización al sistema de pensiones es obligatoria desde 2008 y se canaliza a través de una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) regulada por la Superintendencia de Pensiones; los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios están sujetos a una retención para pensiones que opera como anticipo y se imputa a su declaración anual.
En Perú, el alta se realiza ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) mediante el Registro Único de Contribuyentes (RUC), eligiendo el régimen fiscal (Nuevo RUS, Régimen Especial o Régimen MYPE según ingresos). La afiliación a la seguridad social se hace en EsSalud (salud) y, para pensiones, en el Sistema Nacional de Pensiones a cargo de la ONP o en una AFP. La SUNAT publica el valor de la UIT cada año y el Ministerio de Trabajo fija la Remuneración Mínima Vital; en 2026, la RMV se mantiene en 1.130 soles (PEN) y la UIT en 5.500 PEN, según el Decreto Supremo 301-2025-EF.
A grandes rasgos, el panorama comparado puede resumirse así:
| País | Alta fiscal | Seguridad social | Prestaciones clave |
|---|---|---|---|
| España | AEAT (modelo 036/037) | RETA (Seguridad Social) | Asistencia sanitaria, jubilación, incapacidad temporal, nacimiento y cuidado |
| México | SAT (RFC) | IMSS (trabajador independiente) | Enfermedades, riesgos de trabajo, invalidez, retiro, vivienda (INFONAVIT) |
| Argentina | ARCA (CUIT/CUIL) | ANSES (régimen público o AFJP hoy sistema de reparto) | Jubilación, obra social, asignaciones familiares |
| Chile | SII (inicio de actividades) | AFP + sobre de salud (FONASA o isapre) | Jubilación, salud, accidentes del trabajo (mutualidad) |
| Perú | SUNAT (RUC) | EsSalud + ONP o AFP | Salud, jubilación, riesgos de trabajo (SCTR) |
La regla común es que el alta fiscal y el alta en seguridad social se hacen por separado y en momentos distintos, y que la cotización periódica es la llave para acceder a las prestaciones contributivas. Lo que cambia —y mucho— es el nombre del régimen, el organismo que recauda, la forma de calcular la base de cotización y los requisitos para jubilarse o cobrar una pensión por incapacidad. Por eso, antes de empezar a facturar, conviene confirmar la categoría tributaria aplicable y la cobertura de salud y pensiones que se quiere tener, no solo la cuota mensual.
Preguntas frecuentes
¿Conviene empezar como monotributo en Argentina si apenas se va a facturar?
En Argentina, el monotributo es útil cuando los ingresos brutos anuales se mantienen dentro de los topes fijados por la ARCA, porque unifica IVA, impuesto a las ganancias y aportes a la seguridad social en una cuota única. Si se superan esos topes, se pasa automáticamente al régimen general, donde se tributa por separado y se cotiza como autónomo. La elección conviene revisarla cada año, porque cambiar de régimen tiene efectos sobre las prestaciones y sobre los impuestos.
¿Un trabajador independiente en México tiene derecho a crédito Infonavit?
Sí, en México los trabajadores independientes afiliados al IMSS generan derechos a crédito de vivienda del INFONAVIT, porque aportan la cuota equivalente a la patronal. La disponibilidad del crédito depende de la antigüedad de cotización, el saldo acumulado en la subcuenta de vivienda y la capacidad de pago. Es uno de los derechos menos conocidos del régimen independiente mexicano.
¿Qué pasa si un autónomo en España no emite facturas a un cliente extranjero?
La obligación de emitir factura electrónica o comprobante fiscal depende del país y del régimen, no del lugar del cliente. En España, el autónomo debe expedir factura con los datos del cliente y la retención aplicable si se trata de un servicio profesional; en México, los CFDI se emiten ante el SAT sin importar la residencia del cliente, pero la forma de acreditar la operación para efectos de IVA y de doble imposición fiscal cambia según el país receptor. Operar con clientes extranjeros suele obligar a revisar también los convenios de doble imposición y la normativa de facturación electrónica de cada país.
¿Se puede cotizar por menos en Chile como independiente para pagar menos?
En Chile, la cotización obligatoria a una AFP para trabajadores que emiten boletas de honorarios opera como una retención sobre la renta bruta, calculada sobre el ingreso imponible declarado. Cotizar por una cifra menor que la real no es legal: la retención se aplica sobre lo efectivamente percibido. Además, una cotización baja durante muchos años reduce la pensión futura, porque el monto de la jubilación depende del saldo acumulado en la cuenta individual.
¿Cuál es el plazo para darse de alta como autónomo en España una vez se empieza la actividad?
En España, el alta en el RETA debe comunicarse a la Seguridad Social antes de iniciar la actividad; en la práctica, se tramita con carácter previo al inicio, con la posibilidad de regularizar la fecha real de comienzo. La comunicación al censo fiscal (modelo 036/037) ante la Agencia Tributaria también debe hacerse antes del inicio. Pasado el plazo sin alta, la Seguridad Social puede reclamarlo con efectos retroactivos, y Hacienda puede exigir el alta censal fuera de plazo con recargos.
¿Qué coberturas tiene un independiente en Perú si tiene un accidente laboral?
En Perú, el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) es voluntario para los trabajadores independientes; al no estar afiliado a una empresa, no hay una afiliación automática como ocurre con los dependientes. Un independiente que quiera protegerse puede contratar el SCTR con una aseguradora privada y, en paralelo, mantiene su cobertura en EsSalud, que es financiada por sus aportes como independiente. La elección entre uno y otro depende del nivel de exposición al riesgo de la actividad y de la cotización que se esté dispuesto a asumir.
Preguntas frecuentes sobre trabajar por cuenta propia
1. ¿Cómo consigo la residencia en España si voy a trabajar por cuenta propia?
Necesitas una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia que tramitas en la oficina de extranjería de tu provincia. Te pedirán acreditar la viabilidad de tu proyecto, una inversión suficiente, no tener antecedentes y contar con la documentación que exige la Ley de Extranjería de España. Una vez concedida, te dan residencia legal y alta en la Seguridad Social en España.
2. ¿Qué es el arraigo por cuenta propia y puedo pedirlo este año?
Es una autorización de residencia que pide quien ya lleva tiempo en España de forma irregular y quiere regularizarse montando su propio negocio. Exige demostrar continuidad de la estancia, medios económicos y un plan de actividad viable. Se solicita en la oficina de extranjería correspondiente siguiendo el procedimiento del Reglamento de Extranjería de España.
3. ¿Cómo se pide el permiso de trabajo por cuenta propia en España?
Lo solicitas en la oficina de extranjería de la provincia donde vivirás, con el modelo oficial, NIE, pasaporte, alta en Hacienda, alta en la Seguridad Social en España y un plan de negocio con memoria y viabilidad. Si tu proyecto cumple los requisitos de la Ley de Extranjería de España, recibirás la autorización con residencia legal por un periodo inicial ampliable.
4. ¿Qué permisos hay para vivir en España trabajando por cuenta propia?
El principal es la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia, pensada para quien dirige una actividad económica en España. También puedes acceder al régimen de profesionales altamente cualificados o, si llevas años empadronado, al arraigo social o laboral. Cada vía tiene requisitos distintos según el Reglamento de Extranjería de España.
5. ¿Qué requisitos debo cumplir para trabajar por cuenta propia en España?
Debes ser mayor de edad, no tener antecedentes penales, no figurar como rechazable y acreditar que tu proyecto es viable. Además, has de darte de alta como autónomo en la Seguridad Social en España y en la Agencia Tributaria española. Si eres extranjero no comunitario, necesitarás además la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.
6. ¿En qué consiste la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia?
Es el permiso que permite a un extranjero no comunitario vivir y trabajar en España como autónomo o al frente de un negocio. Se concede por un año inicial y se puede renovar por periodos de dos años si la actividad sigue funcionando. La tramita la oficina de extranjería de tu provincia bajo la Ley de Extranjería de España.
7. ¿Qué diferencia hay entre arraigo por cuenta ajena y por cuenta propia?
El arraigo por cuenta ajena te permite trabajar como empleado tras demostrar una relación laboral de al menos seis meses, mientras el de cuenta propia exige un proyecto empresarial viable y, en general, una inversión. Ambos comparten el requisito de permanencia continuada en España y se piden en la oficina de extranjería según el Reglamento de Extranjería de España.
Fuentes
- ExterioresVisado de trabajo por cuenta propia – Servicios consularesconsultado el 29/09/2026
- CdmxImpulsamos proyectos de empleo por cuenta propia – Gobierno CDMXconsultado el 29/09/2026
- Wise¿Cuánto se puede transferir sin declarar en Argentina? – Wiseconsultado el 29/09/2026
- ServiciomigracionesPaso a Paso para solicitar un permiso para extranjeros que …consultado el 29/09/2026
- ChullostravelperuViajar a Perú: ¿Por cuenta propia o con agencia?consultado el 29/09/2026