Qué es la nacionalidad española por residencia y por qué la documentación cambia según el país de origen
La nacionalidad española por residencia es la vía que permite a una persona extranjera adquirir la nacionalidad de España tras haber vivido en territorio español de forma legal y continuada durante el tiempo que marca la ley. La regula el Código Civil español y la tramita y resuelve el Ministerio de Justicia de España, a través de su página de ciudadanía.
La parte esencial del trámite ocurre siempre en España: se solicita, se prueba la integración y se firma ante el Registro Civil correspondiente. Sin embargo, la documentación de respaldo —partidas de nacimiento, certificados de antecedentes o de matrimonio— la expide cada país con sus propios organismos y bajo su propia ley. Por eso la documentación cambia para un mexicano, un argentino, un chileno o un peruano: no porque España lo pida distinto, sino porque cada Estado emite y legaliza sus papeles de forma distinta, con plazos, costes y vías de apostilla diferentes.
Entender esa diferencia es la clave para no quedarse atascado en la cola del Registro Civil con un documento que España no admite. La parte común es fija; la variable es de origen.
Requisitos comunes a casi todos los solicitantes, vivan donde vivan
Más allá del país de origen, España exige unos principios compartidos que cualquier solicitante, sea de México, Argentina, Chile o Perú, debe acreditar:
- Residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud en territorio español, durante el plazo que corresponda a su supuesto.
- Buena conducta cívica, valorada con el certificado de antecedentes penales de España y los del país de origen.
- Suficiente integración en la sociedad española, demostrada con las pruebas CCSE y DELE del Instituto Cervantes, salvo dispensa legal.
- Tener documentación personal válida (pasaporte en vigor y, cuando proceda, tarjeta de identidad de extranjero).
- Capacidad civil para actuar y, si se solicita en nombre de otra persona, representación legal acreditada.
Estos requisitos son comunes, pero los plazos, las pruebas concretas que exoneran y los medios de prueba admitidos dependen del perfil de cada solicitante. El siguiente apartado los desgrana.
Plazos generales de residencia que exige España, según el supuesto del solicitante
El Código Civil español fija los plazos generales para acceder a la nacionalidad por residencia. Aunque los años concretos cambian según el caso, la lógica es la misma: cuanto más estrecho es el vínculo con España, menor es el tiempo de espera.
| Supuesto del solicitante | Plazo general de residencia legal en España |
|---|---|
| Regla general | 10 años |
| Nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí | 2 años |
| Casados o registradas como pareja con español/a, al menos un año de matrimonio y sin separación legal | 1 año |
| Nacidos fuera de España de padre o madre originariamente españoles; nacidos en España; quienes hayan estado bajo tutela española dos años; viudos de español/a sin separación al fallecimiento | 1 año |
Este plazo se cuenta hacia atrás desde el día anterior a la solicitud y debe ser continuado, legal e inmediatamente anterior; no vale sumar periodos sueltos.
Los nacionales de México, Argentina, Chile y Perú acceden por la regla abreviada de dos años al ser países iberoamericanos. Quienes, además, contraigan matrimonio con una persona española, podrían reducirlo a un año si se cumplen los demás requisitos del supuesto.
Documentos que España pide siempre, sin importar el país de origen
La Sede Electrónica del Ministerio de Justicia de España resume la solicitud telemática de nacionalidad por residencia y enumera una documentación básica común a todos los expedientes:
- Impreso de solicitud firmado electrónicamente (AutoFirma) o formulario 790-026 si se paga la tasa en banco.
- Pasaporte completo y en vigor del país de origen, escaneado.
- Certificado de empadronamiento expedido por el ayuntamiento del municipio donde se reside en España.
- Justificante de pago de la tasa administrativa correspondiente.
- Certificados de las pruebas CCSE y DELE del Instituto Cervantes, salvo dispensa.
- Certificado de antecedentes penales expedido por el Registro Central de Penados de España, con menos de tres meses de antigüedad.
Si la solicitud se presenta de forma telemática, el plazo para completar el borrador creado es de dos meses desde su creación, tras los cuales el sistema lo borra automáticamente. La firma requiere AutoFirma, descargable desde la página de firma electrónica del Gobierno de España.
Documentos del país de origen: por qué no son los mismos para un mexicano que para un argentino o un peruano
España necesita documentos personales del país de origen —nacimiento, matrimonio y antecedentes—, pero no los emite ella. Cada país decide qué organismo los expide, en qué plazo, en qué soporte y con qué formalidad los legaliza para que tengan validez en el extranjero.
La diferencia está en tres frentes: el organismo emisor (un Registro Civil en México, un RENAPER más registros civiles provinciales en Argentina, el Servicio de Registro Civil e Identificación en Chile o la RENIEC en Perú), la vía de legalización (apostilla de La Haya, legalización diplomática o convenio bilateral) y el idioma (si el documento no está en español, precisará traducción jurada en España). Por eso un mexicano con su acta apostillada no tramita igual que un peruano que, según el caso, puede precisar legalización diplomática si su país y España no comparten exclusivamente el sistema de La Haya.
La consecuencia práctica es clara: la documentación del país de origen se prepara de forma paralela al trámite en España, y anticiparse evita meses de espera cuando el expediente ya está abierto.
Nacionalidad española por residencia en España
Para quien ya reside en España, la vía es telemática desde la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia, aunque el primer contacto suele hacerse en el Registro Civil del domicilio.
Los pasos básicos son los siguientes:
- Reunir la documentación del país de origen, apostillada o legalizada y, si procede, traducida.
- Pedir cita en el Registro Civil del lugar de empadronamiento para revisar el expediente, si así lo requiere la oficina.
- Presentar la solicitud online con certificado digital o Cl@ve, firmando con AutoFirma y adjuntando los documentos digitalizados.
- Pagar la tasa con el formulario 790-026 o de forma electrónica.
- Esperar la citación para las pruebas CCSE y DELE del Instituto Cervantes, salvo dispensa.
- Recibir la resolución, que se notifica electrónicamente y puede consultarse en la consulta telemática de expedientes de la Sede del Ministerio de Justicia.
Documentación básica que España solicita al residente en territorio español
Sobre la base común ya descrita, conviene verificar en cada caso que se cuenta con:
- Solicitud firmada en modelo oficial.
- Pasaporte completo y en vigor, con todas sus páginas escaneadas.
- Certificado de empadronamiento vigente.
- Justificante de pago de la tasa.
- Diploma CCSE y diploma DELE del Instituto Cervantes.
- Certificado de antecedentes penales del Registro Central de Penados de España, reciente.
Prueba de integración: CCSE y DELE ante el Instituto Cervantes
La prueba CCSE evalúa conocimientos constitucionales y socioculturales de España, y el DELE acredita el nivel de lengua española. Ambos los convoca el Instituto Cervantes, que también publica los calendarios, sedes y tarifas.
Están dispensados de las pruebas, entre otros, los menores de edad, las personas con capacidad modificada judicialmente cuando así se determine y quienes acrediten dificultades de aprendizaje que les imposibiliten su realización, tramitándose la dispensa ante la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.
Cómo seguir el expediente una vez presentado en España
Tras presentar la solicitud, el seguimiento se hace íntegramente online. La consulta telemática de expedientes de nacionalidad permite conocer la fase del trámite y descargar la resolución de concesión una vez firmada. Esta información no tiene carácter de notificación, por lo que conviene revisar periódicamente la Sede Electrónica y los avisos del expediente.
Nacionalidad española por residencia para personas de origen chileno
En Chile, los certificados personales los emite el Servicio de Registro Civil e Identificación, y el primer punto de contacto consular para el trámite de nacionalidad por residencia es el Consulado General de España en Santiago, dependiente del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
El consulado informa y facilita el procedimiento, pero la solicitud se presenta en el Registro Civil español del domicilio del solicitante una vez reside en España. La cita previa se solicita a través de la Sede Electrónica del MAECUEC, sin que este consulado resuelva el expediente.
Documentos del país de origen que Chile debe expedir
Para un solicitante de origen chileno, la documentación mínima que Chile debe aportar es:
- Certificado de nacimiento vigente emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
- Certificado de antecedentes, con vigencia no superior a tres meses, que Chile expide a través del mismo servicio.
- Certificado de matrimonio o de estado civil, si corresponde, también emitido por el Registro Civil chileno.
Cada documento debe legalizarse o apostillarse para que España lo reconozca.
Apostilla de La Haya en Chile y traducción jurada al español
Chile está adherido al Convenio de La Haya, por lo que la apostilla emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile es la vía de legalización admitida por España. El documento apostillado, además, debe ir acompañado de traducción jurada al español si está en otro idioma, realizada por un traductor jurado registrado en España o por el servicio consular español. La apostilla se solicita tras obtener el certificado y se entrega en pocos días hábiles, según el flujo del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Cita previa y atención consular en el Consulado General de España en Santiago
Para acceder a información sobre el trámite, los servicios consulares se piden con cita previa en la Sede Electrónica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. El consulado ofrece información general, legalizaciones y Apostilla de La Haya, registro civil consular y otros servicios, pero no tramita la solicitud de nacionalidad por residencia, que se resuelve por el Registro Civil español competente.
Preguntas frecuentes sobre la documentación para la nacionalidad española por residencia
1. ¿Cómo se rellena la solicitud de nacionalidad española por residencia?
El formulario oficial es el modelo 790-052, que se cumplimenta en el portal del Ministerio de Justicia de España. Solo tienes que escribir tus datos personales, indicar el país de origen y el motivo por el que pides la residencia legal, sin dejar ningún campo obligatorio vacío antes de firmar.
2. ¿Qué requisitos hay que cumplir para pedir la nacionalidad española por residencia?
Lo principal es llevar al menos diez años viviendo en España de forma legal y continuada, con cinco años si procedes de Iberoamérica, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o el Sáhara Occidental. Además, no debes tener antecedentes penales en España ni en tus países de residencia anteriores, y debes superar las pruebas CCSE y DELE A2.
3. ¿Se puede pedir la nacionalidad española por residencia por internet?
Sí, el trámite se inicia en la sede electrónica del Ministerio de Justicia de España con cl@ve, certificado digital o DNI electrónico. Allí adjuntas los documentos escaneados y abonas la tasa de 104,55 euros (2026) con tarjeta, sin necesidad de ir presencialmente a una oficina.
4. ¿Dónde está el PDF de la solicitud de nacionalidad española por residencia?
El PDF editable se descarga desde la página del modelo 790-052 en la web del Ministerio de Justicia de España. Una vez abierto, solo tienes que rellenarlo desde el ordenador o imprimirlo para escribirlo a mano con letra clara y presentarlo después en un registro oficial.
5. ¿Cómo descargo el formulario para solicitar la nacionalidad española?
Entra en la sección “Trámites y procedimientos” del portal del Ministerio de Justicia de España y busca el modelo 790-052, que aparece en PDF listo para descargar. Conviene guardarlo en el ordenador antes de empezar a rellenarlo para no perder los datos al imprimirlo.
6. ¿Qué formulario se usa para pedir la nacionalidad española?
El documento oficial es el modelo 790-052, disponible en la sede electrónica del Ministerio de Justicia de España. Sirve para identificar al solicitante, declarar el motivo de la petición y detallar la documentación que se aporta en el expediente.
7. ¿Se puede solicitar la nacionalidad española por Internet?
Sí, desde la sede electrónica del Ministerio de Justicia de España puedes registrar la solicitud y subir los documentos sin desplazarte. El sistema te asigna un número de expediente para hacer el seguimiento online y, en su día, consultar la resolución del expediente.
8. ¿Qué documentos se necesitan para la nacionalidad española por residencia?
Como base, el pasaporte completo del país de origen, el NIE o tarjeta de residencia en vigor, el certificado de nacimiento apostillado o legalizado y un certificado de antecedentes penales de los últimos cinco años. La documentación adicional varía según el país de origen, por lo que conviene revisar el portal del Ministerio de Justicia de España antes de presentarla.
Fuentes
- AbogadadeextranjeriaRequisitos y Documentación para obtener la nacionalidad española …consultado el 30/09/2026
- CgeonlineNacionalidad española – Buenos Aires – cgeonline.com.arconsultado el 30/09/2026
- CrechileNacionalidad Española | CRE Chileconsultado el 30/09/2026
- NvcabogadosNacionalidad española para peruanos después de dos años de …consultado el 30/09/2026
- VenturaextranjeriaDocumentación necesaria para la solicitud de nacionalidad por …consultado el 30/09/2026