despido improcedente

Despido por necesidades de la empresa injustificado: cómo reclamarlo país por país

octubre 19, 2026 Derecho Facil 15 min read
Despido por necesidades de la empresa injustificado: cómo reclamarlo país por país

Qué se entiende por despido por necesidades de la empresa y por qué se vuelve "injustificado"

Cuando un empleador pone fin al contrato alegando razones económicas, técnicas, organizativas o de producción —lo que en Chile se llama "necesidades de la empresa" y en España "despido objetivo por causas ETOP"—, el trabajador suele quedarse con la duda de si esa causa era real y si el trámite se hizo bien. Esa duda es la que convierte el despido en injustificado: la causa no se acredita, el procedimiento falla o la indemnización no se entrega como manda la ley de cada país. El problema es que el mismo hecho recibe nombres distintos según el ordenamiento: rescisión sin causa en México, despido sin justa causa en Argentina, despido improcedente en España cuando el objetivo no se sostiene, y despido arbitrario en Perú cuando la causa justa se objeta. Y con cada nombre cambian el plazo para reclamar, la indemnización y el organismo al que hay que acudir.

Por eso este artículo no busca darte "la regla universal", porque no existe. Lo que sí existe es un principio compartido —nadie puede ser despedido sin una causa legalmente prevista— y cinco aplicaciones concretas de ese principio en los países hispanohablantes que más pesan en este asunto: España, México, Argentina, Chile y Perú. Lo que sigue es el mapa para que sepas qué te toca en cada uno.

Lo que casi todos los países hispanohablantes comparten sobre este despido

  • La causa tiene que estar prevista en la ley y ser real, no un pretexto genérico.
  • El empleador debe comunicarla por escrito, con hechos concretos y fecha de efectos.
  • El trabajador puede impugnar el despido ante la autoridad laboral o los tribunales competentes, según la legislación de cada país.
  • Existe una indemnización cuando el despido no es procedente, aunque su cálculo cambia por completo de un país a otro.
  • Antes de demandar, casi todos los países exigen un intento de conciliación ante un organismo administrativo.
  • El preaviso, cuando la ley lo exige, debe abonarse o compensarse si se omite.
  • La carga de probar la causa suele recaer en el empleador, no en el trabajador.

En resumen: el principio es común, pero el plazo, la indemnización y la autoridad competente son distintos en cada país.

España: despido objetivo por necesidades de la empresa declarado improcedente

En España, el Estatuto de los Trabajadores contempla el despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP). Para que sea procedente, la empresa debe acreditar la causa, entregar una carta con hechos y cifras concretas, conceder un preaviso de 15 días naturales y poner a disposición del trabajador, en el mismo momento, una indemnización de 20 días de salario por año de servicio con tope de 12 mensualidades. Cuando falla cualquiera de esos requisitos —la causa no se demuestra, el preaviso no llega, la indemnización no se abona o la carta es genérica— el despido se declara improcedente en el procedimiento ante los juzgados de lo social.

Cómo se calcula la indemnización en España cuando se declara improcedente

La indemnización por despido improcedente se calcula por tramos. Para los días trabajados después del 12 de febrero de 2012, son 33 días de salario bruto por año de servicio, con un tope de 24 mensualidades. Para los días anteriores a esa fecha, son 45 días por año con tope de 42 mensualidades. Ejemplo: Lucía, 8 años y 4 meses de antigüedad, salario bruto de 1.800 EUR al mes (26.000 EUR anuales). Antigüedad posterior al 12/02/2012: 33 días × 8 años = 264 días; el prorrateo de los 4 meses no añade medio año porque la fracción es inferior. 264 días × (1.800 EUR ÷ 30) = 264 × 60 EUR = 15.840 EUR. Tope de 24 mensualidades: 24 × 1.800 EUR = 43.200 EUR, muy por encima de los 15.840 EUR, así que se cobran los 15.840 EUR. La antigüedad anterior al 12/02/2012 se calcularía aparte si la hubiera, con el otro tramo.

Plazos y trámites para reclamar en España

  1. Presentar papeleta de conciliación ante el SMAC (o su equivalente autonómico) en los 20 días hábiles siguientes a la notificación del despido.
  2. Si no hay avenencia, presentar demanda ante el Juzgado de lo Social, con asistencia obligatoria de abogado laboralista, dentro del mismo plazo.
  3. La empresa, una vez notificada la demanda, puede optar entre readmitir al trabajador o abonar la indemnización incrementada; si no se pronuncia en 5 días, se entiende que opta por la indemnización.

Qué revisar en la carta de despido en España

  • Que la causa esté detallada con cifras (pérdidas, caída de ventas, cambios técnicos) y no sea una fórmula genérica.
  • Que conste el preaviso de 15 días naturales o su compensación económica.
  • Que se acredite el abono simultáneo de la indemnización de 20 días por año (tope 12 mensualidades) en el despido objetivo.
  • Que se hayan entregado junto a la carta los documentos contables o informes que la respaldan.
  • Que figure la puesta a disposición de esa indemnización, no solo su mención.

México: rescisión sin causa justificada y cómo se reclama ante la Junta

En México, la Ley Federal del Trabajo sólo permite la rescisión sin responsabilidad para el patrón cuando existe causa justificada (ebriedad, agresión, faltas de más de tres días en un mes, entre otras). Si el patrón despide sin acreditar ninguna de esas causales, el despido se considera injustificado y el trabajador puede optar entre la reinstalación en su puesto o una indemnización constitucional. La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) ofrece asesoría jurídica gratuita y, desde la reforma de 2019, el camino obligado antes de demandar es la conciliación prejudicial ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral o el centro de conciliación estatal que corresponda; la demanda posterior se presenta ante los Tribunales Laborales del Poder Judicial.

Derechos del trabajador en México frente a un despido sin justificación

  1. Opción A: reinstalación en el mismo puesto y condiciones, con el pago de salarios caídos desde el despido hasta que se cumpla la sentencia.
  2. Opción B: indemnización constitucional de 3 meses de salario, más 20 días por año de antigüedad (prorrateable), más salarios vencidos devengados.
  3. Pago de prestaciones pendientes: vacaciones, prima vacacional y aguinaldo proporcionales.
  4. Si el patrón no comparece al juicio o no exhibe pruebas, procede el despido justificado en su contra por vía de la presunción.

Cómo presentar la demanda en México y en qué plazos

  1. Acudir a la Profedet o a la Procuraduría estatal para recibir asesoría gratuita y revisar el caso.
  2. Solicitar la conciliación prejudicial ante el Centro de Conciliación federal o local; el plazo varía por entidad, pero suele citarse en pocos días hábiles.
  3. Si no hay convenio, presentar demanda escrita ante el Tribunal Laboral competente, identificando al patrón, salario, antigüedad y hechos.
  4. Notificación al patrón, etapa de ofrecimiento y admisión de pruebas, y audiencia de juicio oral.

Ejemplo numérico: lo que cobra un trabajador mexicano despedido sin causa

Carlos, operario en Monterrey, 4 años de antigüedad y salario mensual de 14.000 MXN. Si opta por indemnización constitucional en lugar de reinstalación: 3 meses de salario = 42.000 MXN. Más 20 días por año: 20 × (14.000 MXN ÷ 30) = 9.333 MXN por año × 4 = 37.333 MXN. Más prestaciones proporcionales (vacaciones + prima vacacional + aguinaldo) que rondan 1 mes de salario = 14.000 MXN. Total aproximado: 93.333 MXN, antes de impuestos. Si optara por reinstalación, sumaría los salarios caídos (14.000 MXN por cada mes que el patrón tarde en cumplir la sentencia).

Argentina: despido sin justa causa y la vía del reclamo laboral

En Argentina, la Ley de Contrato de Trabajo reconoce distintas causales de despido con justa causa en su articulado (incumplimiento, injurias, etc.). Cuando el empleador termina la relación sin invocar ninguna de esas causales, o las invoca sin poder probarlas, el despido es sin justa causa y genera indemnización. La vía previa es la conciliación obligatoria —en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires funciona el SECLO; en las provincias el organismo y el nombre cambian— y, si fracasa, la demanda se presenta ante el fuero laboral provincial.

Indemnización en Argentina: antigüedad, preaviso y SAC

Un mes de sueldo por año trabajado o fracción mayor a tres meses (conforme al Art. 245 LCT), con un tope indemnizatorio que fija anualmente la normativa vigente. A eso se suma el preaviso omitido: un mes de sueldo cuando la antigüedad supera los 5 años; medio mes si la antigüedad va de 3 meses a 5 años; y 15 días en el resto de los casos. Más el SAC (sueldo anual complementario) proporcional sobre esos rubros. Ejemplo rápido, todo en pesos argentinos: Marta, 6 años en la empresa, mejor sueldo mensual 480.000 ARS. Indemnización por antigüedad: 6 mensualidades = 2.880.000 ARS. Preaviso omitido: 1 mes = 480.000 ARS. SAC sobre ambos: (2.880.000 + 480.000) ÷ 12 × 6 meses corridos del año = 1.680.000 ARS. Total estimado: 5.040.000 ARS, antes de ajustes y aportes.

Pasos para reclamar un despido sin causa en Argentina

  1. Enviar telegrama laboral o carta documento al empleador intimando el pago de indemnizaciones y rubros adeudados; fija fecha cierta y sirve como prueba.
  2. Deducir reclamo en el organismo de conciliación que corresponda: en CABA, SECLO; en la Provincia de Buenos Aires y en el resto, los organismos provinciales de trabajo o los centros de mediación local.
  3. Si la audiencia no prospera, presentar demanda laboral ante el juzgado del trabajo de la jurisdicción provincial competente, con patrocinio letrado.

Documentos que conviene reunir antes de iniciar el reclamo en Argentina

  • Telegrama o carta documento enviada y su constancia de recepción.
  • Recibos de sueldo de los últimos 12 meses (digitales o en papel).
  • Contrato de trabajo y eventuales acuerdos individuales.
  • Constancia de alta en AFIP/ARCA y baja registrada por el empleador.
  • Constancia de aportes sindicales y de la obra social.

Chile: despido injustificado por necesidades de la empresa y los recargos legales

En Chile, el Código del Trabajo regula las causales de terminación en sus artículos 159, 160 y 161. La causal de "necesidades de la empresa" corresponde al Art. 161 y exige que el empleador invoque y acredite los hechos económicos, técnicos o productivos que justifican el despido. Si el juez concluye que esa causal se aplicó de forma improcedente, indebida o sin motivo plausible, se suma un recargo a la indemnización base. Antes de demandar, hay que pasar por la Dirección del Trabajo, que cita a comparendo de conciliación. Si no hay acuerdo, se demanda ante los Juzgados de Letras del Trabajo. Para trabajadores de menores recursos, la CAJ Metropolitana presta asesoría gratuita.

Plazos para demandar en Chile y documentos necesarios

  • Plazo para impugnar: 60 días hábiles contados desde la separación, suspendidos durante la etapa administrativa ante la Inspección del Trabajo, con un tope total de 90 días hábiles.
  • Documentos: contrato de trabajo y anexos (o lista de testigos en su defecto); liquidaciones de sueldo de los últimos seis meses; comprobante y acta del reclamo ante la Inspección del Trabajo; carta de despido si la hubo; certificados de cotizaciones previsionales y de salud.

Recargos sobre la indemnización en Chile según el tipo de despido

Causal aplicada Recargo sobre la indemnización Artículo del Código del Trabajo
Aplicación improcedente del Art. 161 (necesidades de la empresa) 30 % Art. 161
Aplicación injustificada del Art. 159 (mutuo acuerdo, fuerza mayor, etc.) o ausencia de causal 50 % Art. 159
Aplicación indebida del Art. 160 (conducta indebida, inasistencias, abandono, etc.) 80 % Art. 160
Causal de los N° 1, 5 y 6 del Art. 160 y despido carente de motivo plausible 100 % Art. 160 N° 1, 5 y 6

Ejemplo numérico de recargo en Chile

Daniel, 5 años de antigüedad, sueldo base 800.000 CLP mensuales. Indemnización legal por años de servicio (tope 90 días) = 800.000 CLP × 5 = 4.000.000 CLP. Indemnización sustitutiva del aviso previo = 800.000 CLP. Base sobre la que se calcula el recargo ≈ 4.800.000 CLP. Si el juez declara que la causal del Art. 161 (necesidades de la empresa) se aplicó de forma improcedente, se aplica un 30 % de recargo: 4.800.000 CLP × 0,30 = 1.440.000 CLP adicionales. Si la causal hubiera sido del Art. 160 aplicada sin motivo plausible, el recargo sería del 100 %: 4.800.000 CLP adicionales. La indemnización con recargo del 30 % quedaría en aproximadamente 6.240.000 CLP.

Perú: despido por causa justa objetada y la demanda de indemnización

En Perú, el Decreto Legislativo 728 —régimen laboral de la actividad privada— sólo permite el despido por causa justa contemplada en la ley. Cuando el empleador invoca una causa justa pero el trabajador la objeta por falta de proporcionalidad, debido proceso o formalidades incumplidas, y el juez así lo declara, el despido se vuelve arbitrario y da derecho a una indemnización. Antes de llegar al Poder Judicial, la Sunafil puede fiscalizar e intentar una conciliación administrativa.

Causas justas de despido en Perú y cuándo se vuelven objetables

  • Faltas graves de conducta: cuando el proceso interno no respeta el derecho a defensa del trabajador o se le sanciona sin prueba suficiente.
  • Inasistencias injustificadas: si no se acredita el aviso previo o la causalidad se aplica de forma desproporcionada.
  • Disminución deliberada del rendimiento o actos de indisciplina: si no están documentados o si la sanción menor era viable.
  • Daño intencional al patrimonio: cuando el bien dañado no era de la empresa o la autoría no quedó acreditada.
  • Negativa a exámenes médicos o uso indebido de información confidencial: si la exigencia legal o contractual no estaba vigente.

Indemnización por despido arbitrario en Perú

Una y media remuneración mensual por cada año completo de servicio, computada sobre la remuneración básica y sin incluir asignaciones familiares. La indemnización tiene un tope de 12 remuneraciones mensuales. Ejemplo, en soles: Rosa, cajera en Lima con 7 años de antigüedad y remuneración mensual de 4.200 PEN. Indemnización = 1,5 × 7 × 4.200 PEN = 44.100 PEN. Como el tope son 12 remuneraciones (12 × 4.200 = 50.400 PEN) y el cálculo no lo supera, se pagan los 44.100 PEN. Las remuneraciones devengadas y no pagadas (incluidas las vacaciones truncas) se suman aparte.

Cómo reclamar en Perú: Sunafil, conciliación y vía judicial

  1. Presentar denuncia ante la Sunafil describiendo el despido y adjuntando contrato, boletas de pago y carta de despido.
  2. Asistir a la audiencia de conciliación en Sunafil; de haber avenencia, se levanta un acta con los rubros y plazos.
  3. Si no hay acuerdo o el empleador no asiste, interponer demanda laboral ante el Juzgado de Trabajo del Poder Judicial, por la Nueva Ley Procesal del Trabajo.
  4. Acreditar vínculo laboral, remuneración, antigüedad y despido mediante los medios probatorios disponibles (documentos, testigos, prueba electrónica).

Preguntas frecuentes sobre el despido injustificado por necesidades de la empresa

1. ¿En qué se diferencia un despido disciplinario de un despido por necesidades de la empresa?

El disciplinario en España parte de un incumplimiento grave y culpable del trabajador, regulado en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores, y no genera indemnización. El de necesidades de la empresa responde a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción recogidas en el artículo 51 del mismo Estatuto y, si no se acredita, se califica como improcedente con indemnización de 33 días por año de servicio, con un tope de 24 mensualidades.

2. ¿Se puede negociar la indemnización de un despido por causas objetivas?

En España sí, y de hecho es lo habitual en la práctica. Antes de firmar la comunicación del despido objetivo, el trabajador puede plantear una contraoferta y suele cerrarse un acuerdo ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación que incluya una indemnización superior a la legal de 20 días por año y una carta de referencia, siempre que el empleador no tenga riesgo claro de nulidad.

3. ¿Cuánto se cobra de indemnización por un despido por causas objetivas en España?

Si el despido objetivo es procedente, la indemnización es de 20 días de salario por año de servicio con un máximo de 12 mensualidades, conforme al artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores. Si el juzgado lo declara improcedente, esa indemnización sube a 33 días por año con tope de 24 mensualidades, y si es nulo por discriminación o violación de derechos fundamentales se readmite al trabajador con pago de los salarios dejados de percibir.

4. ¿Qué pasa si el despido por necesidades de la empresa se declara improcedente?

En España, según el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores, el empresario puede elegir entre readmitir al trabajador o pagarle la indemnización de 33 días de salario por año de servicio con un tope de 24 mensualidades, y además los llamados salarios de tramitación desde el despido hasta la notificación de la sentencia. Si la empresa no readmite ni paga en plazo, la obligación pasa a ser de readmisión obligatoria.

5. ¿Qué tipos de despido existen en España y en qué se diferencian?

El Estatuto de los Trabajadores reconoce tres modalidades principales: el disciplinario por incumplimiento grave (artículo 54), el objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (artículo 52) y el colectivo cuando afecta a muchos trabajadores (artículo 51). El primero no lleva indemnización si es procedente, el segundo da 20 días por año y el improcedente o nulo en cualquiera de los tres da derecho a 33 días por año con tope de 24 mensualidades.

6. ¿Cuáles son las causas que justifican un despido en España?

Las causas están tasadas: en el despido disciplinario, el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores enumera faltas como indisciplina, ofensas, transgresión de la buena fe contractual o embriaguez habitual. En el objetivo, el artículo 52 exige acreditar causas económicas con pérdidas, técnicas, organizativas o de producción, y la jurisprudencia exige que sean reales, actuales y proporcionadas para evitar el fraude.

7. ¿Cómo se justifica un despido objetivo por causas organizativas?

En España, según el artículo 52.c del Estatuto de los Trabajadores, basta con alegar que hay cambios en la organización del trabajo que hacen innecesario o sustituible el puesto, y el empresario debe acreditar de forma razonable esa necesidad. No requiere un plazo mínimo ni un procedimiento administrativo previo, pero la empresa debe entregar al trabajador una comunicación escrita con la causa concreta y, simultáneamente, una indemnización de 20 días por año.

8. ¿Cuánto corresponde de indemnización por despido improcedente?

En España la indemnización por despido improcedente es de 33 días de salario bruto por año de servicio con un máximo de 24 mensualidades, según el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores. En México, por ejemplo, el equivalente se construye con 3 meses de salario (90 días) más 20 días por año y la prima de antigüedad de 12 días por año, regulados en la Ley Federal del Trabajo, sin conversión a euros porque cada país tiene su propia normativa.

Fuentes

  1. ProfedetDespidoconsultado el 30/09/2026
  2. JusticialariojaDESPIDO INJUSTIFICADO POR DAÑOS PRODUCIDOS A …consultado el 30/09/2026
  3. Dt¿Cuáles son las causales legales de terminación de contrato? – DTconsultado el 30/09/2026
  4. FactorialTipos de despidos e indemnizaciones en España – Factorialconsultado el 30/09/2026
  5. VozlaboralTipos de despido en México: Justificado e Injustificado – Voz Laboralconsultado el 30/09/2026