Qué es un accidente in itinere y por qué se reconoce como laboral
Cuando una persona trabajadora sufre una lesión en el camino entre su casa y su puesto de trabajo, lo habitual es que la legislación la trate como un accidente laboral, no como un hecho ajeno al empleo. La razón es sencilla: ese desplazamiento existe porque hay una relación de trabajo detrás. Por eso la cobertura, las prestaciones y los trámites se parecen a los de cualquier otro siniestro profesional.
Ahora bien, el nombre cambia según el país. En España y Argentina se llama accidente in itinere; en México, accidente de trayecto; en Chile, accidente de trayecto dentro de la Ley N° 16.744; y en Perú se enmarca en los accidentes de trabajo que reconoce la normativa de seguridad y salud. También cambia la ley que lo regula, el organismo que paga y los plazos para hacerlo.
Conviene tener presente desde el primer momento que el accidente en trayecto no es un “premio” ni una ficción: es una contingencia profesional que da derecho a asistencia sanitaria, incapacidad y, en su caso, indemnizaciones. Eso sí, solo cuando se cumplen las condiciones que cada país exige, que son parecidas entre sí pero no idénticas.
El accidente in itinere es laboral cuando el trayecto tiene una finalidad de trabajo, sigue una ruta razonable, ocurre en un tiempo prudencial y se hace en un medio de transporte adecuado; el resto de detalles los fija la ley de cada país.
Requisitos que casi todos los países comparten para que el trayecto se reconozca
Aunque la ley cambie de país a país, la jurisprudencia y la práctica repiten cuatro elementos parecidos para decidir si un siniestro en el camino cuenta como accidente in itinere o trayectoria laboral:
- Finalidad laboral del desplazamiento: el viaje tiene que ir de casa al trabajo o del trabajo a casa (o entre dos puestos de trabajo, en casos de pluriempleo). No se protege un desvío personal largo.
- Ruta habitual: el recorrido debe ser el razonable y usual, no uno modificado sin justificación. Pequeñas interrupciones razonables (dejar a un hijo en la escuela, por ejemplo) no suelen romper la calificación.
- Tiempo prudencial: el siniestro ocurre dentro de un margen razonable respecto del horario de entrada o salida. No hay un minuto exacto común a todos los países; cada ley y cada tribunal lo valora caso por caso.
- Medio de transporte adecuado: el desplazamiento se hace en un medio que no esté prohibido por la empresa y que no suponga un riesgo grave o evidente para quien lo usa.
Estos cuatro puntos son el esqueleto. Sobre ese esqueleto, cada país añade sus matices: lo que en uno es un día y medio más de margen, en otro se exige que el trayecto sea declarado y comunicado con 72 horas de antelación. Por eso el resto del artículo entra país por país.
España: accidente laboral in itinere
En España, el accidente que sufre la persona trabajadora en el camino de ida o vuelta entre su domicilio y el centro de trabajo se considera accidente laboral. El reconocimiento legal llega de la mano del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, que equipara estas lesiones a las ocurridas en el propio centro de trabajo a efectos de prestaciones. La gestión diaria la llevan las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social, que son las entidades que atienden al trabajador, pagan la prestación y, llegado el caso, reclamarán al tercero responsable si el siniestro fue un accidente de tráfico.
La carga de la prueba recae sobre la persona trabajadora, a diferencia del accidente dentro del centro, donde existe una presunción muy fuerte. Eso obliga a aportar atestados, partes de ambulancia, fotografías del lugar, testigos y cualquier prueba que acredite que el trayecto era el habitual, que ocurrió en hora razonable y que se hizo en un medio permitido.
Requisitos probatorios que exige la jurisprudencia española
El Tribunal Supremo ha condensado en cuatro elementos lo que hay que demostrar:
- Elemento teleológico: el viaje tenía como finalidad ir o volver del trabajo.
- Elemento geográfico: el recorrido seguido era el habitual y razonable.
- Elemento cronológico: el siniestro ocurrió dentro de un tiempo prudencial respecto del horario laboral.
- Elemento de idoneidad: el medio de transporte utilizado era el habitual y no estaba prohibido por la empresa.
Qué se considera y qué no se considera trayecto protegido
La práctica judicial española ha ido afinando los casos incluidos y excluidos. Entre los que suelen aceptarse:
- Trayecto en coche, moto, bicicleta o monopatín entre casa y trabajo.
- Desvío breve para entregar papeles o atender a un cliente como parte del puesto.
- Vuelta a casa tras una cena de empresa o una formación fuera de la oficina.
- Accidente en el portal del edificio, en el aparcamiento de la empresa o al ir a buscar herramientas necesarias para el trabajo.
Y entre los excluidos de forma habitual:
- Lesión ocurrida dentro del propio domicilio.
- Siniestro por una imprudencia temeraria del trabajador (no por una imprudencia simple).
- Uso de un medio de transporte que la empresa había prohibido expresamente.
- Modificación importante del trayecto por motivos personales o alteraciones anormales del tiempo que cambian por completo el recorrido.
Prestaciones y compatibilidad con el seguro de tráfico
- En España, la persona accidentada acude a la mutua colaboradora con la que su empresa tiene cubierta la contingencia profesional, llevando parte policial o de ambulancia y, si lo tiene, declaración de testigos.
- La mutua presta asistencia sanitaria y abona la incapacidad temporal derivada de accidente laboral, regulada por la Seguridad Social.
- Si el siniestro fue un accidente de tráfico causado por otro conductor, la víctima tiene una segunda vía compatible: reclamar a la aseguradora del responsable, calculando la indemnización según el Baremo de Accidentes de Tráfico, que cubre lesiones, secuelas, daños materiales y perjuicio patrimonial.
- Las dos indemnizaciones son acumulables: una no descarta a la otra, porque cubren riesgos distintos (contingencia profesional y responsabilidad civil del conductor).
México: accidente de trabajo y accidente de trayecto
En México, la legislación separa dos figuras que en otros países van juntas. La Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social reconocen el accidente de trabajo y, dentro de él, el llamado accidente de trayecto: la lesión sufrida en el desplazamiento entre el domicilio y el lugar de trabajo. La cobertura la gestiona el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), y para resolver dudas o defender al trabajador existe la PROFEDET, que ofrece asesoría gratuita.
Quien sufre un siniestro de este tipo tiene derecho a las llamadas prestaciones de riesgos de trabajo, que se aplican igual al accidente ocurrido en la fábrica que al ocurrido camino a casa, siempre que se acredite el vínculo.
Qué cubre el seguro de riesgos de trabajo del IMSS
El seguro de riesgos de trabajo del IMSS pone a disposición de la persona trabajadora:
- Asistencia médica, quirúrgica y hospitalaria, con medicamentos y material de curación.
- Rehabilitación física y, si hace falta, aparatos de prótesis y ortopedia.
- Incapacidad temporal mientras dure la inhabilitación para trabajar.
- Incapacidad permanente parcial, cuando la lesión deja unasecuela que disminuye la capacidad de trabajar sin llegar a suprimirla.
- Incapacidad permanente total, cuando la secuela impide desarrollar cualquier trabajo, y da derecho a una pensión.
Cómo se cobra la incapacidad temporal en México
En México, la regla general del IMSS es que la incapacidad temporal por accidente de trayecto cubre el salario del trabajador mientras dura la inhabilitación: se paga el 100 % del salario base de cotización registrado ante el IMSS, desde el primer día y hasta que el médico del Instituto determine que puede reincorporarse. Los importes exactos, con sus topes y la mecánica de pago, pueden consultarse en el portal del IMSS, ya que dependen del salario base individual de cada asegurado y se actualizan periódicamente.
Un ejemplo ayuda a visualizarlo: si una persona trabajadora registrada con un salario base de cotización de 600 pesos mexicanos (MXN) diarios sufre un accidente de trayecto que la mantiene alejada del trabajo 30 días, la incapacidad temporal ronda los 18.000 MXN por ese periodo, siempre que el IMSS confirme la contingencia y la duración.
Dónde acudir en México si hay dudas o conflicto
En México, dos ventanillas resuelven la mayoría de los problemas:
- PROFEDET, para entender los derechos, revisar el dictamen del IMSS y, si hace falta, iniciar un procedimiento. Su asesoría es gratuita para el trabajador y se solicita a través de la página de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
- IMSS, para la atención médica, el trámite de la incapacidad y el alta o seguimiento del riesgo. Los pasos y formatos están en el portal del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Argentina: accidente in itinere bajo la Ley de Riesgos del Trabajo
En Argentina, el accidente in itinere tiene un reconocimiento explícito. La Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo lo equipara al accidente ocurrido en el lugar de trabajo: el trabajador cubierto por una ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo) recibe las mismas prestaciones, sin importar si la lesión ocurrió en la planta o camino a su casa. La autoridad de control es la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), y la gestión diaria la lleva la ART contratada por el empleador.
La ley pone el acento en dos ideas: el trayecto debe ser el habitual, y cualquier modificación tiene que comunicarse en plazo para no perder la cobertura.
Reglas del trayecto y modificaciones admitidas en Argentina
En Argentina, el trayecto protegido es el que va del domicilio declarado del trabajador al lugar de trabajo, por la ruta usual. El empleado debe denunciar su domicilio de residencia habitual y comunicarlo a la ART. Si quiere modificar el recorrido, debe declararlo por escrito al empleador, que tiene 72 horas para informar a la ART. Entre las causales que la práctica acepta están:
- Concurrencia a otro empleo.
- Realización de estudios.
- Atención a un familiar directo enfermo que no convive con el trabajador, debiendo presentar el certificado cuando el empleador lo requiera dentro de los 3 días hábiles.
No hay un tiempo máximo de trayecto fijado por la ley: se evalúa caso por caso la relación entre la distancia y los medios de transporte usados.
Qué hacer paso a paso ante un siniestro in itinere en Argentina
- La persona trabajadora debe comunicar el siniestro al empleador, idealmente en forma inmediata.
- El empleador denuncia el hecho ante la ART; si no lo hace, el trabajador puede hacer la denuncia directamente.
- La ART contacta al trabajador, le indica el centro médico al que debe dirigirse y se hace cargo de la atención.
- Si la ART rechaza la cobertura, debe presentar por escrito el motivo; con esa negativa y la denuncia del siniestro, el trabajador puede concurrir a la Comisión Médica correspondiente llevando su DNI.
- Para consultas o reclamos también está habilitada la línea 0800-666-6778 de la SRT.
Pluriempleo y quién responde en Argentina
En Argentina, cuando el siniestro ocurre mientras el trabajador se dirige de un empleo a otro, responde la ART que cubre el lugar de trabajo hacia el cual se dirigía la persona al momento del hecho. Esto evita que cada aseguradora empuje el caso a la otra y que el damnificado quede sin cobertura.
Chile: accidente de trayecto bajo la Ley 16.744
En Chile, el accidente de trayecto está regulado por la Ley N° 16.744, que establece el seguro social obligatorio contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y su Decreto Supremo N° 109 precisa las reglas de calificación. La autoridad que supervisa el sistema es la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), y la administración del seguro corresponde a las mutualidades de empleadores o al Instituto de Seguridad del Trabajo (IST), según lo que el empleador tenga contratado.
El accidente de trayecto se diferencia del accidente de trabajo en el lugar físico, pero las prestaciones del seguro son las mismas para ambos.
Qué trayecto se considera protegido en Chile
En Chile, la ley protege:
- El trayecto directo de ida o de regreso entre la habitación del trabajador y el lugar de trabajo.
- El trayecto directo entre dos lugares de trabajo de distintos empleadores; en ese caso, se imputa al empleo al que el trabajador se dirigía.
- Las interrupciones habituales justificadas, como dejar o recoger diariamente a un hijo en la escuela.
- La interrupción no habitual cuando existe una necesidad objetiva que lo justifique.
- Los accidentes ocurridos en los espacios comunes de un edificio bajo régimen de copropiedad, durante el desplazamiento de ida o regreso, siempre que la habitación o la sede del empleador formen parte de ese inmueble.
El trayecto debe ser racional y continuo: una desviación importante por interés personal rompe la calificación.
Prestaciones del Seguro de la Ley 16.744 en Chile
En Chile, el seguro de la Ley N° 16.744 otorga tres tipos de prestaciones: preventivas (para evitar nuevos siniestros), médicas (atención, hospitalización, medicamentos y rehabilitación) y económicas (subsidios por incapacidad y, si corresponde, indemnizaciones o pensiones). Los montos concretos se calculan sobre el ingreso base del trabajador y se confirman en la mutualidad o el IST que corresponda, y los importes que tengan relevancia tributaria pueden expresarse en pesos chilenos (CLP) o en la UTM del mes en que se cobra.
Diferencia entre tareas en la vía pública y trayecto en Chile
En Chile hay un cuidado importante: si la tarea se desarrolla en la calle (reparto, vigilancia, fiscais que se desplazan entre puestos), no estamos ante un accidente de trayecto sino ante un accidente de trabajo. Confundirlos cambia las reglas de calificación y, con ellas, las prestaciones.
Perú: accidente de trabajo y trayecto según la normativa peruana
En Perú, la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, y su reglamento regulan la prevención y la notificación de los accidentes laborales, incluido el que ocurre en el trayecto. La fiscalización corresponde a la SUNAFIL y la cobertura médica, a EsSalud para los afiliados al sistema público o a la póliza privada que el empleador haya contratado bajo el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.
La figura del accidente de trayecto está reconocida, y las obligaciones del empleador se aplican igual tanto si el siniestro ocurrió dentro como fuera del centro, siempre que se acredite el vínculo con el trabajo.
Marco legal peruano aplicable al accidente en trayecto
En Perú, las piezas clave son:
- La Ley N° 29783, de Seguridad y Salud en el Trabajo, y su reglamento, que fijan las obligaciones del empleador y los derechos del trabajador.
- La cobertura del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, que se activa para actividades de alto riesgo y se financia con aportes del empleador.
- La atención médica en EsSalud o, según corresponda, en la red de la aseguradora privada que cubre al trabajador.
Todos los importes vinculados a estas prestaciones se calculan en soles (PEN), la moneda de curso legal en Perú.
Qué hacer ante un accidente laboral en Perú
- La persona accidentada recibe atención en EsSalud, si está afiliada, o en la red de la aseguradora privada que el empleador tenga contratada.
- El empleador debe denunciar el accidente ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y ante la SUNAFIL.
- El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa participa en la investigación del siniestro y emite recomendaciones.
- La SUNAFIL fiscaliza el cumplimiento de las obligaciones del empleador y, si corresponde, aplica sanciones.
Dato pendiente sobre Perú
En Perú, los plazos concretos para comunicar el siniestro, los porcentajes de las prestaciones económicas y los montos exactos del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo no aparecen con precisión en las fuentes consultadas; estos valores dependen del tipo de cobertura contratada y de la normativa vigente al momento del hecho. Por eso, para cifras actualizadas y procedimientos específicos, lo más fiable es consultar directamente a EsSalud y a la SUNAFIL.
Preguntas frecuentes sobre el accidente in itinere
1. ¿Qué dice la ley española sobre el accidente laboral in itinere?
En España, el artículo 156 de la Ley General de la Seguridad Social equipara el accidente in itinere al accidente de trabajo cuando el trayecto entre el domicilio y el lugar de trabajo es habitual y no se interrumpe por causas ajenas al trabajo. Esto significa que la Mutua colaboradora o el INSS asume la prestación sanitaria y la económica desde el primer momento, sin que tenga que mediar denuncia de la empresa.
2. ¿Qué situaciones cuentan como ejemplos claros de accidente in itinere?
Son ejemplos típicos de accidente in itinere sufrir una caída al ir caminando a la parada del autobús, chocar con el coche en el camino de vuelta a casa o lesionarse al subir a un tren de cercanías tras la jornada. En todos los casos la persona lesionada debe poder demostrar que el recorrido era el habitual, que la hora coincidía con la de entrada o salida y que no había una parada larga no justificada.
3. ¿Durante cuánto tiempo cubre la Seguridad Social un accidente in itinere?
En España, el accidente in itinere se considera contingencia profesional desde el primer día y mientras exista la incapacidad, así que la mutua paga la asistencia sanitaria y el subsidio hasta el alta o hasta que el INSS reconozca una incapacidad permanente. El plazo, por tanto, no es fijo: depende de la duración del proceso médico y de si al final queda o no una secuela.
4. ¿Tener un accidente de camino al trabajo se considera accidente laboral?
Sí, en la mayoría de los países se considera accidente laboral el ocurrido en el trayecto habitual entre el domicilio y el centro de trabajo, aunque cada legislación exige sus propios requisitos, como que el recorrido sea el normal, que la hora coincida con la de entrada o salida y que no haya una interrupción injustificada. En México, la Ley Federal del Trabajo lo regula en el artículo 183 y, en Argentina, la ley 24.557 sobre riesgos del trabajo lo incluye expresamente como accidente in itinere.
5. ¿Qué indemnización corresponde por un accidente in itinere?
En España, si el accidente deriva en incapacidad temporal, el trabajador cobra el 75 % de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja, y en caso de secuelas permanentes la indemnización se calcula según el baremo del Real Decreto 8/2015 según grado y edad. La Mutua o el INSS es quien paga, no la empresa, salvo que esta sea declarada culpable.
6. ¿Qué recoge el Estatuto de los Trabajadores sobre el accidente in itinere?
El Estatuto de los Trabajadores de España, en su artículo 19, obliga a la empresa a informar al trabajador sobre los riesgos del trayecto al centro de trabajo y a aplicar medidas preventivas, por ejemplo al fijar turnos o al cambiar de sede. Además, remite a la Ley General de la Seguridad Social para los efectos prestacionales del accidente in itinere.
7. ¿Cuándo se concede la baja laboral por un accidente in itinere?
La baja laboral se concede desde el mismo día del accidente, en cuanto el médico de la Mutua o del servicio público de salud emite el parte de asistencia y, si procede, el parte de baja con la contingencia de accidente de trabajo. En España, el pago corre a cargo de la mutua desde el día siguiente, con un complemento del 30 % a cargo del empresario en muchos convenios.
Fuentes
- MapfreQué pasa si tienes un accidente de camino al trabajo – Mapfreconsultado el 03/10/2026
- 3hrconsultoresRiesgo de Trayecto: Qué Cubre el IMSS y Obligaciones | 3HRconsultado el 03/10/2026
- AchsAccidente de trayecto | Qué es y cómo denunciarlo – Achsconsultado el 03/10/2026
- ConsejogestoresAccidente camino al trabajo: el Supremo aclara cuándo empieza la …consultado el 03/10/2026
- SutebaAccidentes de trabajo – Sutebaconsultado el 03/10/2026