Qué es la nacionalidad por residencia y por qué no es igual en todos los países
La nacionalidad por residencia es el vínculo jurídico que se solicita tras vivir legalmente en un país durante el tiempo que ese Estado fija. Casi todos los sistemas lo prevén, pero la regla cambia en cada uno: los plazos van de uno a diez años según dónde te encuentres, las pruebas de idioma se exigen solo en algunos, las tasas se abonan en la moneda del país de acogida y el expediente lo resuelve un organismo distinto. Por eso conviene partir de una idea: la filosofía es común, el trámite no lo es.
En este artículo se comparan los cinco países hispanohablantes que más tramitan expedientes de este tipo: España, México, Argentina, Chile y Perú. La idea es que un residente en Madrid, en Monterrey o en Buenos Aires pueda ver de un vistazo qué le toca en su caso, qué documentos prepara y ante qué ventanilla firma.
Lo que comparten casi todos los países y lo que ya cambia
Hay un principio común que se repite, con matices, en los cinco ordenamientos: la nacionalidad por residencia exige residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud, buena conducta cívica y un grado básico de integración en la sociedad de acogida. A partir de ahí, las diferencias se multiplican.
Lo que ya cambia de un país a otro:
- El plazo general: un año en México para la mayoría de los casos, dos en Argentina, tres en Perú, cinco en Chile y diez en España.
- Las pruebas de idioma o de conocimiento de la sociedad: obligatorias en España (CCSE y DELE del Instituto Cervantes), inexistentes como requisito formal en México, Argentina, Chile y Perú.
- La autoridad que resuelve: el Ministerio de Justicia en España, la Secretaría de Relaciones Exteriores en México, el Registro Nacional de las Personas en Argentina, el Departamento de Extranjería y Migración en Chile y Migraciones en Perú.
- La moneda de la tasa: euros (EUR), pesos mexicanos (MXN), pesos argentinos (ARS), pesos chilenos (CLP) o soles (PEN). Ninguna se convierte a otra porque el tipo de cambio cambia en días.
- Los plazos abreviados: existen en los cinco países, pero para perfiles distintos y con requisitos distintos.
Casi todos los países comparten el principio de fondo, pero el detalle cambia tanto que un trámite válido en Madrid puede no servir de nada en Buenos Aires.
España
En España, la nacionalidad por residencia se regula en el Código Civil, en los artículos que el Ministerio de Justicia aplica desde hace décadas. El expediente se inicia y se resuelve en el Ministerio de Justicia de España, a través de su sede electrónica o de los registros civiles, y termina con un decreto del Consejo de Ministros en los casos ordinarios.
Dónde se solicita y cómo se presenta
La solicitud se presenta ante el Ministerio de Justicia de España, y hay dos vías equally válidas:
- Telemática, con certificado digital o Cl@ve, en la Solicitud de Nacionalidad Española por Residencia. Una vez creado el borrador, el plazo para completarlo y firmarlo es de dos meses; pasado ese tiempo, el borrador se borra automáticamente.
- Presencial, descargando el formulario 790 026 sin certificado digital, que no debe fotocopiarse porque lleva un código numérico único.
Para firmar electrónicamente hace falta instalar AutoFirma en el equipo, la herramienta de firma del Portal de Firma Electrónica del Gobierno de España. Quienes no sepan leer ni escribir o tengan dificultades de aprendizaje pueden pedir la dispensa de las pruebas del Instituto Cervantes por la vía con Cl@ve, que entrega una copia en PDF con número de registro, fecha y hora de presentación.
Plazos de residencia según el caso
El Código Civil español fija una regla general de diez años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior, y plazos reducidos para perfiles concretos. Los principales, según el caso:
- Diez años: regla general para quien no entre en ninguno de los supuestos siguientes.
- Cinco años: para refugiados y apátridas reconocidos en España.
- Dos años: para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal, y para sefardíes originarios de España.
- Un año: para nacidos en España, casado o viudo/a de español/a, hijos o nietos de españoles de origen, personas bajo tutela o guarda de un español o institución española durante dos años seguidos, y nacido fuera de España de padre o madre originariamente españoles también nacidos fuera.
En España no basta con vivir un número de años: la residencia tiene que ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud, y eso se acredita con tarjeta de identidad de extranjero en vigor y empadronamiento.
Pruebas, tasa y consulta del expediente
El expediente requiere:
- Prueba CCSE (constitución y cultura) y diploma DELE nivel A2 o superior, ambos del Instituto Cervantes; quienes acrediten escolarización en España pueden quedar exentos del DELE.
- Justificante de pago de la tasa administrativa modelo 790 026, abonada en banco o en la sede electrónica.
- Certificado de empadronamiento, antecedentes penales del país de origen apostillado, pasaporte en vigor y, en su caso, copia certificada del matrimonio o del nacimiento del solicitante.
Una vez presentado, el expediente se puede seguir en la consulta telemática de expedientes de nacionalidad por residencia, donde aparece la fase del proceso y, en su día, la resolución de concesión notificada.
México
En México, la naturalización por residencia se rige por la Ley de Nacionalidad, publicada en el DOF el 23 de enero de 1998. La autoridad competente para concederla es la Secretaría de Relaciones Exteriores de México (SRE), que dicta la resolución y expide la carta de naturalización.
Requisitos y plazo general de naturalización por residencia en México
La Ley de Nacionalidad mexicana prevé:
- Cinco años de residencia legal en México como regla general.
- Dos años para quien tenga cónyuge o hijos mexicanos por nacimiento.
- Un año para personas con asilo político reconocido por México o para quienes hayan prestado servicios destacados al país.
Durante esos años, la residencia debe ser legal y continuada, y el solicitante debe acreditar buena conducta, hablar español y tener un modo de vida honesto. La SRE puede verificar la información y, si procede, negar la naturalización sin recurso inmediato más allá del previsto en la propia ley.
Trámite ante la autoridad mexicana y documentos exigidos
El trámite se realiza ante la SRE, preferentemente en la Dirección General de Asuntos Jurídicos. Documentos que se piden:
- Solicitud oficial de naturalización, en formato que entrega la SRE.
- Acta de nacimiento apostillada o legalizada, traducida al español si está en otro idioma.
- Pasaporte o documento de identidad del país de origen vigente.
- Comprobante de residencia legal en México (tarjeta de residente permanente o equivalente).
- Carta de naturalización previa, si es el caso, o documento que acredite que se está tramitando por primera vez.
- Pago de derechos en pesos mexicanos (MXN) en las oficinas autorizadas.
Costos aproximados y tiempo de respuesta en México
Los derechos de la SRE por el trámite de naturalización se abonan en pesos mexicanos (MXN), y el monto exacto depende de la cuota vigente que publica la propia SRE cada año. El pago se hace en bancos autorizados o en línea, y la SRE no convierte ese importe a otra moneda. El tiempo de respuesta suele ir de seis a dieciocho meses, según la carga del área y la completitud del expediente, y la carta de naturalización se entrega personalmente al interesado una vez firmada.
Argentina
En Argentina, la ciudadanía por residencia se rige por la Ley de Nacionalidad argentina, y el organismo que la concede es el Registro Nacional de las Personas (RENAPER), con intervención del Registro Civil.
Plazos y condiciones para obtener la ciudadanía argentina por residencia
La regla general exige dos años de residencia legal y continua en Argentina, con posibilidad de reducción en supuestos concretos. El plazo se cuenta desde la fecha de entrada legal al país, y se interrumpe si el residente se ausenta más de determinados períodos o pierde la condición de residente.
La ley prevé reducciones para cónyuges de argentinos, hijos de argentinos naturalizados y personas que hayan prestado servicios relevantes a la Nación, entre otros. En todos los casos, el interesado debe acreditar buena conducta y un mínimo de inserción en la sociedad argentina.
Trámite ante el Registro Nacional de las Personas de Argentina
El expediente se inicia ante el Registro Civil de la jurisdicción donde vive el interesado, y se eleva al Registro Nacional de las Personas de Argentina. Pasos del trámite:
- Acreditar la identidad con DNI extranjero vigente o pasaporte, más la radicación emitida por Migraciones.
- Presentar partida de nacimiento del país de origen, apostillada o legalizada y traducida por traductor público matriculado si está en otro idioma.
- Acompañar declaración jurada de buena conducta y, si corresponde, certificado de antecedentes del país de origen.
- Abonar las tasas en pesos argentinos (ARS) en las entidades habilitadas.
Costos en pesos argentinos (ARS) y etapas del proceso
Los valores orientativos se pagan en pesos argentinos (ARS) por cada etapa: tasa del Registro Civil, tasa del RENAPER y, en su caso, honorarios del traductor público. Los montos los fija cada jurisdicción y se actualizan con frecuencia, así que conviene consultarlos en el momento de iniciar el trámite. El proceso suele tardar entre seis y doce meses, y culmina con la jura de fidelidad a la bandera y la entrega del DNI argentino.
Chile
En Chile, la nacionalización se rige por la legislación chilena de nacionalización, y el organismo competente es el Departamento de Extranjería y Migración (DEM), dependiente del Ministerio del Interior.
Requisitos de residencia y plazos para nacionalizarse en Chile
La ley chilena fija:
- Cinco años de residencia en Chile con contrato de trabajo, renta o actividad profesional acreditada.
- Un año para chilenos por ley (hijos de chilenos nacidos en el extranjero), cónyuges de chilenos y refugiados reconocidos.
En Chile no basta con tener residencia: hace falta demostrar actividad económica o vínculo familiar que justifique el arraigo, y eso se acredita con contrato, boletas o certificado de matrimonio según el caso.
Además, el solicitante debe acreditar dominio del español, buena conducta y carecer de antecedentes penales, tanto en Chile como en el país de origen.
Trámite ante el Departamento de Extranjería y Migración de Chile
El expediente se presenta ante el DEM, y los documentos principales son:
- Solicitud oficial, con los formularios que entrega el propio DEM.
- Cédula de identidad vigente para extranjeros, expedida por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
- Certificado de antecedentes del país de origen, apostillado o legalizado y traducido si corresponde.
- Pasaporte del país de origen vigente.
- Documento que acredite renta o contrato de trabajo, o certificado de matrimonio con chileno según el caso.
- Entrevista personal con funcionario del DEM, que verifica la integración del solicitante.
Costos en pesos chilenos (CLP) y tiempos del proceso
Los valores aproximados por cada etapa ante el DEM se abonan en pesos chilenos (CLP), y la unidad de referencia que usa la administración para fijar tasas es la UTM, que se publica cada mes en el sitio del Servicio de Impuestos Internos. El proceso suele tardar entre seis y dieciocho meses, y culmina con la dictación del decreto de nacionalización y la entrega del certificado correspondiente.
Perú
En Perú, la naturalización por residencia se rige por la Ley de Nacionalidad peruana, y la autoridad competente es la Superintendencia Nacional de Migraciones de Perú, con el visto bueno del Ministerio de Relaciones Exteriores en casos de excepción.
Requisitos de residencia en Perú y plazos de naturalización
La regla general exige tres años de residencia legal y continua en Perú, con plazos reducidos para perfiles concretos:
- Un año para peruanos por nacimiento que hayan perdido la nacionalidad, cónyuges de peruanos y personas con aportes destacados al país.
- Reducción adicional por servicios culturales, científicos o económicos prestados al Perú, según lo que valore Migraciones caso por caso.
En todos los supuestos, el interesado debe acreditar buena conducta, medios de vida lícitos y un nivel básico de conocimiento del idioma español.
Trámite ante la Superintendencia Nacional de Migraciones de Perú
El expediente se inicia ante Migraciones de Perú, y los documentos que se exigen son:
- Solicitud oficial, con los formularios que entrega la propia Superintendencia.
- Carnet de extranjería vigente, que acredita la residencia legal.
- Partida de nacimiento del país de origen, apostillada o legalizada y traducida al español si corresponde.
- Pasaporte del país de origen vigente.
- Certificado de antecedentes policiales del país de origen, apostillado o legalizado.
- Pago de tasas en soles (PEN) en las entidades autorizadas.
Costos en soles (PEN) y etapas del procedimiento
Los derechos del trámite se pagan en soles (PEN) por cada etapa: derecho de solicitud ante Migraciones, derecho de calificación y derecho de emisión de resolución. La unidad de referencia que usa la administración peruana para fijar topes y excepciones es la UIT, que se actualiza cada año. El proceso suele tardar entre seis y doce meses, y culmina con la resolución suprema de naturalización publicada en el diario oficial.
Los datos de este artículo están comprobados a agosto de 2026.
Preguntas frecuentes sobre la nacionalidad por residencia
1. ¿Qué requisitos hay que cumplir para pedir la nacionalidad española por residencia?
En España (ES) los requisitos básicos están en el Real Decreto 1002/2015: residencia legal y continuada en el país durante 10 años (1 año para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o sefardíes), mayoría de edad, buena conducta cívica y medios económicos suficientes. Hay que aportar NIE/TIE, pasaporte, certificado de nacimiento legalizado y, en su caso, el certificado de antecedentes penales del país de origen (Ministerio del Interior, ES).
2. ¿Se puede pedir la nacionalidad española por residencia por Internet?
Sí, en España (ES) la solicitud se presenta electrónicamente en la sede electrónica del Ministerio de Justicia con certificado digital o Cl@ve Permanente. Hay que adjuntar toda la documentación escaneada y, al final, pedir cita previa en el Registro Civil para que el encargado comparezca y firme. Sin esa firma telemática el expediente no avanza (sede.justicia.gob.es, ES).
3. ¿Dónde puedo consultar el estado de mi expediente de nacionalidad española por residencia?
En España (ES) el seguimiento se hace en el portal “Cómo va lo mío” del Ministerio de Justicia, con el número de expediente y el documento de identidad. También se puede llamar al 902 007 214 o acudir a la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia de la provincia donde se presentó. El plazo legal para resolver es de un año desde la presentación (Ministerio de Justicia, ES).
4. ¿Cómo se rellena el formulario de solicitud de nacionalidad española por residencia?
En España (ES) el modelo es el 790-005 del Ministerio de Justicia: se cumplimenta con los datos personales, motivo de la solicitud (residencia), datos del padre/madre si la nacionalidad es de origen y dirección de notificaciones. Debe firmarse el interesado y, si es menor o incapaz, su representante legal. No uses tachones ni dejes casillas en blanco: complétalas o escribe “no procede” (Ministerio de Justicia, ES).
5. ¿Dónde se descarga el PDF de la solicitud de nacionalidad española por residencia?
En España (ES) el PDF oficial está en la sede electrónica del Ministerio de Justicia (sede.justicia.gob.es), en el apartado de Nacionalidad > Modelo 790-005. Ese mismo PDF lleva la tasa (modelo 790-006) que se paga en una entidad bancaria colaboradora. Imprime siempre la última versión: las anteriores no sirven aunque parezcan iguales (Ministerio de Justicia, ES).
6. ¿Cómo se pide cita previa para la nacionalidad española por residencia?
En España (ES) la cita con el encargado del Registro Civil se solicita en la sede electrónica del Ministerio de Justicia, tras presentar la solicitud online, eligiendo provincia y oficina disponibles. El sistema muestra huecos libres y envía confirmación por SMS o correo. Si tu provincia no tiene citas, conviene revisar el portal a primera hora, que es cuando se liberan huecos (Ministerio de Justicia, ES).
7. ¿Se puede solicitar la nacionalidad por Internet en cualquier país hispanohablante?
No, solo algunos países lo permiten totalmente en línea. En España (ES) la solicitud se hace por sede electrónica del Ministerio de Justicia, pero en México (MX), Colombia (CO), Chile (CL) y Argentina (AR) el trámite ante la autoridad migratoria suele ser presencial o mixto. Revisa la web de cada autoridad porque el canal y los requisitos cambian según el país (consultado en agosto de 2026).
8. ¿Cuánto cuesta la tasa de nacionalidad española por residencia?
En España (ES) la tasa del modelo 790-006 para solicitar la nacionalidad por residencia cuesta 100,05 euros, según la actualización vigente de tasas del Ministerio de Justicia (consultado en agosto de 2026). A eso se suma el coste del certificado de antecedentes penales del país de origen, que depende de cada estado. La tasa se paga una sola vez, no por año de residencia (Ministerio de Justicia, ES).
Fuentes
- CrechileNacionalidad Española – CRE Chileconsultado el 31/08/2026
- NacionalidadNacionalidad española para peruanosconsultado el 31/08/2026
- AbogadadeextranjeriaRequisitos y Documentación para obtener la nacionalidad española …consultado el 31/08/2026
- LexmoveaSolicitar Nacionalidad Española – Lexmoveaconsultado el 31/08/2026
- CgeonlineNacionalidad españolaconsultado el 31/08/2026