Nacionalidad

Expediente de extranjería y nacionalidad: cómo tramitarlos país por país en los países hispanohablantes

septiembre 7, 2026 Derecho Facil 17 min read
Expediente de extranjería y nacionalidad: cómo tramitarlos país por país en los países hispanohablantes

Qué entiendes por «expediente de extranjería» y por «expediente de nacionalidad»

Cuando una persona llega a un país que no es el suyo y quiere quedarse, regular su vida y, con el tiempo, quizá conseguir un pasaporte de allí, choca con dos figuras administrativas distintas que a menudo se confunden. El expediente de extranjería es el procedimiento que abre ante el Estado de acogida para acreditar su situación mientras no tiene la ciudadanía: un permiso de residencia, una autorización de trabajo, un documento de estudiante, una protección internacional o un reagrupamiento familiar. El expediente de nacionalidad, en cambio, es el que se inicia después, cuando ya ha cumplido los requisitos que la ley de ese país exige, para obtener un nuevo pasaporte y los derechos políticos que conlleva.

Ambos expedientesconviven en un mismo recorrido vital, pero los tramitan oficinas distintas, con leyes distintas y con efectos distintos. Saber cuál te toca en cada momento y ante qué ventanilla se presenta es lo que evita errores que cuestan meses.

Qué comparten casi todos los países hispanohablantes

Más allá del nombre y de la ley, hay una serie de principios que se repiten en España, México, Argentina, Chile y Perú y que conviene tener claros antes de comparar:

  • Son expedientes administrativos: los resuelve un organismo público, no un juez, aunque sus decisiones se recurren ante tribunales contencioso-administrativos o, en algunos países, ante la justicia civil.
  • Documentos extranjeros: las partidas de nacimiento, certificados de antecedentes y títulos casi siempre deben llegar apostillados (Convenio de La Haya) o legalizados, y traducidos si no están en la lengua oficial.
  • Plazos largos y silencio administrativo ativo: en la mayoría de legislaciones la Administración tiene meses para resolver; pasado ese tiempo, el silencio puede ser positivo (se entiende concedido) o negativo (se entiende denegado), según el trámite y el país.
  • Recursos: denegar no es el final; suele existir un recurso de reposición o una apelación ante la jurisdicción contencioso-administrativa o civil.
  • Asilo como cauce propio: la protección internacional tiene su propio expediente, distinto del de residencia, con la garantía común de la no devolución.

El detalle —qué organismo, qué plazo concreto, qué tasas— cambia de país a país, y por eso el artículo entra ahora en cada uno.

Expediente de extranjería y nacionalidad en España

En España conviven dos ventanillas muy claras. Para residencia, trabajo, exención de visado y asilo hay que acudir al Ministerio del Interior: las Brigadas de Extranjería de la Policía Nacional tramitan residencia y trabajo en las provincias, y la Oficina de Asilo y Refugio gestiona la protección internacional. Para la nacionalidad por residencia, el Ministerio de Justicia centraliza la instrucción y la consulta del expediente en su sede electrónica, donde se introduce NIE, año y fecha de nacimiento para saber cómo va el trámite (Sede Electrónica del Ministerio de Justicia de España).

Residencia y trabajo en España

  1. Reunir la documentación del país de origen (pasaporte, antecedentes penales apostillados, antecedentes del país de residencia anterior si lleva menos de cinco años en España, medios económicos, seguro médico o contrato laboral).
  2. Pedir cita previa en la Brigada de Extranjería de la Policía Nacional o en la oficina de extranjería de la comunidad autónoma competente.
  3. Presentar la solicitud de autorización conforme a la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su desarrollo.
  4. Resolver la notificación: si la oficina de la comunidad autónoma tiene transferida la competencia, ella misma emite la tarjeta; si no, la Brigada de Extranjería la tramita.

Nacionalidad por residencia en España

  1. Cumplir los años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud que exige la ley.
  2. Reunir certificados de nacimiento y antecedentes penales del país de origen apostillados y traducidos, junto con el resto de la documentación personal.
  3. Presentar la solicitud ante el Registro Civil del domicilio o en el Ministerio de Justicia.
  4. Consultar el estado del expediente en la sede electrónica con NIE, año y fecha de nacimiento (consulta telemática de expedientes de nacionalidad).
  5. Esperar la resolución del Ministerio de Justicia y, en su caso, la inscripción en el Registro Civil para obtener el DNI y pasaporte españoles.

El Real Decreto 1002/2010 sobre expedición de títulos universitarios oficiales y otras normas del BOE que se citan en los expedientes sirven solo como referencia del marco administrativo general que aplica la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.

Asilo y protección internacional en España

La Oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior es la competente para admitir a trámite la solicitud y proponer la concesión o denegación, bajo el régimen de la Ley 12/2009 reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria. La entrevista personal es la pieza clave del expediente y los plazos de instrucción dependen de la complejidad del caso; mientras tanto, el solicitante no puede ser devuelto a su país de origen.

Expediente de extranjería y nacionalidad en México

En México la frontera entre extranjería y nacionalidad está muy delimitada. El Instituto Nacional de Migración (INM) se ocupa de residencia, cambios de calidad migratoria y de la condición de visitante; la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) instruye la naturalización. Ambos organismos trabajan con cita previa y plataforma digital, y toda la documentación extranjera debe llegar apostillada o legalizada y traducida al español por perito si procede.

Residencia y calidad migratoria en México

  1. Identificar la calidad migratoria que se necesita (turista, visitante, residente temporal, residente permanente) conforme a la Ley de Migración y su Reglamento.
  2. Sacar cita en línea en el portal del INM y preparar pasaporte vigente, comprobante de solvencia económica, carta de invitación o contrato laboral y antecedentes no penales cuando se exijan.
  3. Acudir a la oficina del INM con la documentación original y copia, así como los comprobantes de pago de derechos.
  4. Resolver y recoger la tarjeta de residente; los cambios posteriores (de temporal a permanente, por ejemplo) requieren un nuevo expediente ante el INM.

Naturalización en México

  1. Cumplir los requisitos que marca la Ley de Nacionalidad: residencia legal previa, mayoría de edad, buena conducta, conocimiento del idioma español y de la historia y cultura del país.
  2. Reunir acta de nacimiento apostillada, pasaporte, documento migratorio vigente y antecedentes no penales del país de origen y de México.
  3. Presentar la solicitud ante la SRE, ya sea por naturalización por residencia o, si procede, por matrimonio con mexicano o mexicana.
  4. Acudir a las entrevistas y exámenes que la SRE programa; la carta de naturalización se expide tras acreditar todos los requisitos.

La diferencia clave es que la naturalización por matrimonio exige años de matrimonio y de residencia acreditados, no basta el vínculo en sí; los plazos exactos dependen del expediente y los fija la SRE.

Refugio en México

La Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) es la autoridad que recibe la solicitud, levanta la entrevista de elegibilidad y propone a la Secretaría de Gobernación el reconocimiento o la negativa. El principio de no devolución protege al solicitante desde el momento en que manifiesta su necesidad de protección, incluso antes de la resolución.

Expediente de extranjería y nacionalidad en Argentina

En Argentina la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) gestiona radicaciones, residencias y ciudadanía por naturalización, dentro del Ministerio del Interior. El portal de autogestión permite iniciar el expediente y seguirlo con número de trámite, fecha de nacimiento y datos personales (Ciudadanía – Autogestión, Argentina). Toda la documentación extranjera debe llegar apostillada o legalizada y traducida por traductor público si no está en español.

Radicación y residencia en Argentina

  1. Identificar el tipo de radicación (por trabajo, por reunificación familiar, por nacionalidad MERCOSUR o por razones humanitarias) conforme a la Ley de Migraciones 25.871 y su decreto reglamentario.
  2. Sacar turno online en el portal de la DNM y preparar pasaporte, partida de nacimiento apostillada, antecedentes penales del país de origen y del país donde se haya vivido los últimos cinco años, y constancia de medios de vida.
  3. Presentarse en la sede asignada con la documentación original y copia, pagar las tasas y obtener la constancia de inicio del trámite.
  4. Consultar el estado del trámite ya iniciado a través del portal de la DNM con número de trámite y datos personales (consulta de trámite de ciudadanía).

Ciudadanía argentina por naturalización

  1. Cumplir los años de residencia legal y continua que fija la Ley 346 de ciudadanía y la Constitución Nacional.
  2. Reunir partida de nacimiento apostillada, DNI argentino, antecedentes penales y documentos que acrediten la residencia.
  3. Iniciar la solicitud en el portal de autogestión de la DNM y presentar la documentación en la sede correspondiente.
  4. Seguir el expediente con número de trámite y datos personales hasta la audiencia y el juramento.

Reconocimiento de ciudadanía por matrimonio o por padres argentinos

El Ministerio del Interior reconoce la ciudadanía por opción cuando el interesado es hijo de argentino o argentina, o por carta de ciudadanía cuando hay matrimonio con argentino o argentina y se cumplen los plazos de ley. En ambos casos se necesita documentación que acredite el vínculo (partidas, certificado de matrimonio) apostillada o legalizada; los plazos y los efectos concretos se confirman en el portal de la DNM, porque dependen del expediente y de la fecha de presentación.

Expediente de extranjería y nacionalidad en Chile

Chile estrenó en 2022 la Ley 21.325 de Migración y Extranjería, que reorganiza los trámites ante el Departamento de Extranjería y Migración (DEM) del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. La naturalización sigue en el Servicio de Registro Civil e Identificación, con sus propios requisitos.

Residencia y permanencia en Chile

  1. Identificar el permiso que se necesita (temporal o definitiva) y los documentos que exige la Ley 21.325 de Migración y Extranjería.
  2. Iniciar la solicitud en línea en la plataforma de la DEM y subir pasaporte, antecedentes penales apostillados, contrato de trabajo o matrícula escolar y demás antecedentes.
  3. Acudir presencialmente a la DEM con la documentación original para firma y verificación.
  4. Esperar la resolución del permiso y, una vez cumplido el plazo de residencia correspondiente, iniciar el expediente de permanencia definitiva.

Nacionalización en Chile

  1. Cumplir los años de residencia, edad y demás condiciones que fijan la Constitución y la Ley de Naturalización.
  2. Reunir certificado de nacimiento apostillado, cédula de identidad vigente, antecedentes penales y demás documentos que pide el Registro Civil.
  3. Presentar la solicitud ante el Servicio de Registro Civil e Identificación y rendir, si corresponde, los exámenes de castellano y de conocimiento de historia y geografía de Chile.
  4. Esperar la resolución y, una vez aceptada, obtener el certificado de nacionalización que habilita el pasaporte chileno.

En Chile la nacionalización combina un plazo de residencia legal, mayoría de edad y pruebas de conocimiento del país; los años exactos dependen del supuesto (matrimonio con chileno, hijos chilenos, servicios al Estado, residencia simple), por lo que conviene confirmar el que aplica a tu expediente en el Registro Civil.

Refugio en Chile

El procedimiento de refugio está regulado por la propia ley migratoria y se tramita ante la DEM; el expediente incluye entrevista personal y valoración de la solicitud, con el principio de no devolución mientras se resuelve.

Expediente de extranjería y nacionalidad en Perú

En Perú la Superintendencia Nacional de Migraciones (Migraciones) concentra los expedientes de residencia y calidad migratoria, mientras que la Dirección General de Nacionalización y Naturalización del Ministerio de Relaciones Exteriores instruye los expedientes de nacionalidad. Ambos trabajan con expediente digital y cita presencial para verificación.

Calidad migratoria y residencia en Perú

  1. Identificar la calidad migratoria que corresponde (trabajador, estudiante, residente, designado, humanitario) conforme al Decreto Legislativo 1350 de Migraciones y su reglamento.
  2. Iniciar el expediente en la plataforma de Migraciones, adjuntando pasaporte vigente, antecedentes penales apostillados, contrato laboral o vínculo familiar y medios de vida.
  3. Acudir a la cita presencial en Migraciones con la documentación original para entrevista y toma de datos biométricos.
  4. Esperar la resolución y recoger la carne de extranjería que acredita la calidad migratoria.

Nacionalización en Perú

  1. Cumplir los requisitos de la Constitución y la Ley de Nacionalidad: mayoría de edad, residencia legal previa, medios de vida e idioma español, entre otros.
  2. Reunir partida de nacimiento apostillada, pasaporte vigente, documento nacional de identidad extranjero y antecedentes no penales.
  3. Presentar el expediente ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y aprobar las pruebas y entrevistas que correspondan.
  4. Obtener la resolución que otorga la nacionalidad y, a partir de ella, el Documento Nacional de Identidad (DNI) peruano.

Refugio en Perú

La Comisión Especial para los Refugiados (CEPR) instruye la solicitud y eleva el expediente al Ministerio de Relaciones Exteriores, que decide el reconocimiento. El principio de no devolución aplica desde la manifestación de voluntad de pedir refugio, y los plazos de instrucción dependen de la complejidad del caso, por lo que conviene consultarlos directamente ante la CEPR.

Tabla resumen: dónde se tramita cada expediente

País Residencia y trabajo Nacionalidad Refugio
España Ministerio del Interior (Policía Nacional, Brigadas de Extranjería) Ministerio de Justicia (sede electrónica) Oficina de Asilo y Refugio (Ministerio del Interior)
México Instituto Nacional de Migración (INM) Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR)
Argentina Dirección Nacional de Migraciones (DNM) Ministerio del Interior (portal de autogestión de la DNM) Dirección Nacional de Migraciones (DNM)
Chile Departamento de Extranjería y Migración (DEM) Servicio de Registro Civil e Identificación Departamento de Extranjería y Migración (DEM)
Perú Superintendencia Nacional de Migraciones Ministerio de Relaciones Exteriores Comisión Especial para los Refugiados (CEPR)

Ejemplo práctico con cifras

Mariana, de nacionalidad ecuatoriana, quiere regularizarse en España tras dos años viviendo sin papeles. Acude a una Brigada de Extranjería de la Policía Nacional con cita previa, presenta pasaporte, antecedentes penales apostillados en Ecuador y un contrato laboral por 1.500 euros brutos al mes (14 pagas), importe por encima del salario mínimo interprofesional español de 1.221 euros al mes en 2026, según el Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero. Una vez obtenida la autorización de residencia y trabajo, empezará a contar el plazo de residencia legal para abrir, más adelante, el expediente de nacionalidad por residencia ante el Ministerio de Justicia, cuyo seguimiento podrá hacer en línea con NIE, año y fecha de nacimiento.

Cualquier parecido con una persona real es pura coincidencia; el ejemplo sirve solo para ver cómo encadenan los dos expedientes y por qué conviene que la primera autorización ya cumpla los requisitos de la segunda.

Preguntas frecuentes sobre el expediente de extranjería y nacionalidad

¿Puedo tener abierto al mismo tiempo un expediente de residencia y uno de nacionalidad?

En general, no. El expediente de nacionalidad requiere que el de residencia ya esté resuelto y cumplidos los años de residencia legal que la ley exija; lo que sí se puede es tener iniciado el primero mientras se prepara la documentación del segundo.

¿Qué pasa si me deniegan la solicitud?

En los cinco países hay recursos contra la denegación: reposición o reconsideración ante el mismo organismo, y recurso contencioso-administrativo o judicial después. Los plazos y la vía cambian de país, por lo que conviene consultar la notificación y no dejar pasar los días.

¿La documentación apostillada tiene caducidad?

Depende del documento y del país. Las partidas de nacimiento suelen admitirse sin caducidad, pero los antecedentes penales y los certificados médicos caducan a los tres o seis meses en la mayoría de legislaciones, así que conviene apostillarlos cuando el expediente esté a punto de presentarse.

¿Cuánto tarda en resolverse un expediente de nacionalidad?

En los cinco países el plazo de resolución es largo y depende del volumen de solicitudes y de la complejidad del expediente. Lo razonable es consultarlo en la sede o portal del organismo competente (Ministerio de Justicia en España, SRE en México, DNM en Argentina, Registro Civil en Chile, Ministerio de Relaciones Exteriores en Perú) y no fiarse de cifras genéricas.

Lo esencial

  • En España, residencia y asilo dependen del Ministerio del Interior, y la nacionalidad del Ministerio de Justicia, con seguimiento telemático del expediente.
  • En México, el INM tramita residencia y la SRE la naturalización, con cita previa y documentación apostillada.
  • En Argentina, la DNM concentra radicación y ciudadanía, con portal de autogestión y consulta por número de trámite.
  • En Chile, la DEM gestiona residencia y refugio, y el Registro Civil la nacionalización, bajo la Ley 21.325.
  • En Perú, Migraciones instruye residencia y calidad migratoria, y el Ministerio de Relaciones Exteriores la nacionalidad.
  • En todos los casos, los plazos, requisitos y tasas concretas deben consultarse en el organismo competente porque dependen del expediente y del año en que se presentan.

Datos comprobados en agosto de 2026.

Preguntas frecuentes sobre el expediente de extranjería y nacionalidad

1. ¿Cómo se tramita el expediente de nacionalidad española por residencia?

El expediente se inicia en España con el formulario de solicitud del Ministerio de Justicia, acompañado de la documentación personal y los informes del país de origen. Es imprescindible haber cumplido los plazos de residencia legal y continuada que fija la Ley de Memoria Democrática y otras vías. Una vez presentado, puedes seguir su estado en la plataforma del Ministerio de Justicia con el número de expediente.

2. ¿Dónde puedo consultar el estado de mi expediente de nacionalidad española?

La consulta se hace en la sede electrónica del Ministerio de Justicia de España, en el apartado «Mis expedientes», identificándote con certificado digital o Cl@ve. Ahí verás si está en estudio, si te han pedido documentación adicional o si ya hay propuesta de resolución. Conserva a mano tu número de expediente, porque sin él la consulta no arroja resultados.

3. ¿Cómo puedo ver cómo va mi expediente de nacionalidad?

Para ver el avance, entra en la carpeta personal del ciudadano en la sede electrónica del Ministerio de Justicia de España y revisa los movimientos del expediente: admisión a trámite, informes pendientes y, en su caso, fecha del juramento o promesa. Si la notificación exige comparecencia, te avisarán por el medio que señalaste al presentar la solicitud. Mantén tus datos de contacto actualizados para no perder notificaciones.

4. ¿Cómo se consulta el expediente de nacionalidad por la Ley de Memoria Democrática en España?

Estos expedientes se consultan igual que los demás, en la sede del Ministerio de Justicia de España, pero su plazo legal de resolución es de doce meses desde la presentación. Si vence ese plazo sin respuesta, opera el silencio administrativo y puedes reclamar. Para acreditar el vínculo con el supuesto recogido en la ley, conviene aportar la documentación en origen.

5. ¿Cómo consulto mi expediente en la administración española?

En España, cada organismo tiene su propia sede electrónica: el Ministerio de Justicia para nacionalidades y la Secretaría de Estado de Migraciones para autorizaciones iniciales de extranjería. Localiza el trámite exacto que iniciaste y entra con Cl@ve o certificado digital para ver el estado. Si no recuerdas el organismo, tu número de expediente o NIE te ayudará a identificarlo.

6. ¿Cómo se consulta el expediente de un NIE en España?

El NIE se solicita en una oficina de extranjería o, si resides en España, a través de la plataforma Mercurio de la Secretaría de Estado de Migraciones. Una vez asignado, su estado de tramitación se consulta en esa misma sede con el número de solicitud y tu documento identificativo. Para renovaciones de autorizaciones largas, el seguimiento se hace en la plataforma según el tipo de permiso.

7. ¿Cómo se sigue un expediente de extranjería que está en trámite?

En España, los expedientes de autorizaciones iniciales se consultan en Mercurio o en la sede del órgano competente (Delegación o Subdelegación del Gobierno). Para expedientes dentro del territorio nacional por estancia o residencia, la Secretaría de Estado de Migraciones publica en su sede el estado y las notificaciones pendientes. Si el trámite está paralizado más de tres meses, puedes pedir impulso por registro electrónico.

Fuentes

  1. Migracionesconsulta estado de tramite – “Citas en Línea”. – Migracionesconsultado el 31/08/2026
  2. Palmaabogadosextranjeria¿Cuáles son las fases de un expediente de nacionalidad española?consultado el 31/08/2026
  3. GobCertificado de Nacionalidad mexicana para los nacidos en el …consultado el 31/08/2026
  4. GobSolicitar la nacionalidad peruana por naturalización – Trámiteconsultado el 31/08/2026
  5. JunoabogadosLas fases del expediente de nacionalidad española explicadasconsultado el 31/08/2026