Derecho penal

Parte especial del derecho penal: qué es, qué regula y cómo cambia según el país

septiembre 9, 2026 Derecho Facil 22 min read
Parte especial del derecho penal: qué es, qué regula y cómo cambia según el país

Qué es la parte especial del derecho penal y qué la diferencia de la parte general

La parte especial del derecho penal es el bloque de cada código que describe uno por uno los delitos concretos: qué conductas prohíbe, qué castigos llevan aparejadas esas conductas y qué agravantes o atenuantes reconoce la ley para cada figura. Frente a ella, la parte general sienta las reglas comunes a todos los delitos: cómo se aplica la ley penal en el tiempo y en el espacio, quiénes son imputables, qué se entiende por tentativa, qué formas de participación existen, cómo se extingue la responsabilidad y qué clase de penas pueden imponerse. La parte especial presupone siempre a la parte general: sin sus categorías (autoría, tentativa, dolo, imprudencia, reincidencia) no se entiende ninguno de los tipos penales que vienen detrás.

Esa arquitectura se repite, con variantes, en los cinco países que cubren esta guía, pero cada Estado la plasma en su propio código. España la recoge en el Libro II de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, llamada en el lenguaje universitario la "parte especial". México la distribuye entre el Código Penal Federal, los códigos de cada entidad federativa y leyes penales especiales. Argentina la concentra en el Libro Segundo de la Ley 11.179, el Código Penal de la Nación. Chile la aloja en los Títulos II y siguientes de su Código Penal, y Perú en la parte dedicada a los Delitos del Código Penal (Decreto Legislativo 635). En todos ellos el dibujo es el mismo, pero el catálogo de figuras, sus nombres y sus penas cambian por completo.

En la práctica, una misma conducta (un robo con violencia) puede llamarse "robo" en España, "robo" en México, "robo" en Argentina, "robo con violencia o intimidación" en Chile y "robo agravado" en Perú, y la pena cambia de país en país.

Tabla comparativa: cómo se organiza la parte especial en España, México, Argentina, Chile y Perú

País Norma principal Organismo competente en la persecución penal Bloques oficiales más reconocidos
España Ley Orgánica 10/1995, del Código Penal (Libro II) Ministerio Fiscal y cuerpos de seguridad del Estado; enjuiciamiento ante la Audiencia Provincial o la Audiencia Nacional Delitos contra la vida, la integridad, la libertad sexual, el patrimonio, la salud pública, la seguridad vial y la Administración Pública
México Código Penal Federal (México), con sus códigos penales estatales y leyes especiales Fiscalía General de la República para federales; fiscalías estatales para los delitos del fuero común Delitos contra la vida y la integridad corporal, la libertad sexual, el patrimonio, la Administración Pública, la administración de justicia y el orden electoral
Argentina Ley 11.179, Código Penal de la Nación Argentina (Libro Segundo) Ministerio Público Fiscal, con su Procuración General; juzgamiento en tribunales nacionales y federales Delitos contra las personas, el honor, la integridad sexual, la propiedad, la seguridad pública, la Administración Pública y la fe pública
Chile Código Penal (Chile), Títulos II y siguientes Ministerio Público, Juzgados de Garantía y Tribunales de Juicio Oral en lo Penal Delitos contra las personas, la propiedad, la función pública, la seguridad pública, la libertad sexual y la violencia intrafamiliar
Perú Decreto Legislativo 635, Código Penal (Perú) Ministerio Público y Poder Judicial; investigación por la Policía Nacional del Perú Delitos contra la vida, el cuerpo y la salud, el patrimonio, la Administración Pública, el orden financiero y la libertad sexual

Parte especial del derecho penal en España

El Código Penal español, aprobado por la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, dedica su Libro II a la parte especial y lo divide en Títulos que agrupan los delitos por el bien jurídico protegido: la vida, la integridad, la libertad, el patrimonio, la seguridad colectiva, la Administración Pública, etc. El Tribunal Supremo, a través de sus sentencias, va perfilando el contenido de cada tipo y marcando los criterios que aplican las audiencias provinciales, y por eso cualquier búsqueda jurídica en España termina remitiendo a la jurisprudencia del Alto Tribunal.

Las grandes reformas que han cambiado este Libro desde 1995 –la LO 1/2004 sobre violencia de género, las LO 5/2010 y 1/2015 que reformaron el patrimonio y la seguridad vial, y la LO 10/2022 sobre el consentimiento– han afectado sobre todo a títulos concretos y no a la estructura general. El criterio interpretativo oficial reside en la página del Tribunal Supremo, donde se publican las sentencias y los acuerdos de los Plenos no jurisdiccionales.

Homicidio y delitos contra la vida en España

El Título I del Libro II del Código Penal español abre la parte especial con los delitos contra la vida. El tipo central es el homicidio, castigado con pena de prisión de diez a quince años, mientras que el asesinato –con alevosía, precio, ensañamiento o para facilitar la comisión de otro delito o evitar su descubrimiento– sube hasta los quince a veinte años, e incluso hasta los veintidós años y un día cuando concurren varias de esas circunstancias. Las lesiones graves se sancionan con prisión de dos a cinco años, y las mutilaciones o lesiones de carácter muy grave, con hasta ocho años de prisión.

La cooperación al suicidio y la eutanasia activa se regulan en los tipos que despenalizan la conducta cuando la cumple el propio afectado con los requisitos de la Ley Orgánica 3/2021, que no es parte del Código Penal pero condiciona la lectura de esos artículos. El Tribunal Supremo ha fijado en su jurisprudencia la distinción entre imprudencia grave y leve en accidente de tráfico, lo que en la práctica decide si el caso va por la vía penal o por la civil.

Delitos contra la libertad sexual, el patrimonio y la salud pública en España

  • Libertad sexual. El Título VIII (arts. 178 a 194) castiga la agresión sexual con prisión de uno a cuatro años, que sube hasta los doce años cuando medie violencia o intimidación severa. La violación y las agresiones a menores de dieciséis años se sancionan con penas sensiblemente mayores y permiten, además, medidas de libertad vigilada.
  • Patrimonio. El Título XIII (arts. 234 a 304) cubre hurtos, robos, extorsiones, estafas, apropiaciones indebidas, fraudes fiscales y daños, con una graduación que va de los seis meses a los seis años para el hurto básico y hasta dieciocho años para los robos violentos con armas.
  • Salud pública. El Título XVII (arts. 359 a 378) recoge el tráfico de drogas, con penas que van de tres a seis años para sustancias que no causan grave daño a la salud y se duplican cuando el destino son menores o se comete en centros docentes.

Delitos contra la Administración Pública en España

El Título XIX del Libro II (arts. 405 a 445) recoge los delitos que dañan el funcionamiento limpio de las instituciones: prevaricación, omisión del deber de perseguir delitos, desobediencia, infidelidad en la custodia de documentos, malversación, fraudes y exacciones ilegales, cohecho, tráfico de influencias y negociaciones prohibidas a los funcionarios. La malversación básica se castiga con prisión de dos a seis años e inhabilitación, y la agravada, hasta doce años. El Tribunal Supremo ha endurecido en sus sentencias de los últimos años la respuesta penal al clientelismo político, sobre todo cuando se demuestra el desvío de caudales públicos hacia el patrimonio del responsable.

Parte especial del derecho penal en México

México tiene un sistema penal federal y otro por cada una de las treinta y dos entidades federativas. La parte especial del derecho penal en México convive en el Código Penal Federal, en los códigos estatales y en leyes especiales: la Ley General en Materia de Delitos Electorales, la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, o la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. La autoridad de la Fiscalía General de la República se encarga de los federales y cada fiscalía local, de los del fuero común. En casi todas las legislaciones estatales se reproduce el esquema del Código Penal Federal con ajustes propios, por lo que la parte especial a nivel federal sirve de referencia común.

El Diario Oficial de la Federación (DOF) concentra la publicación de las reformas federales, y la jurisprudencia útil sale, sobre todo, de los órganos del Poder Judicial de la Federación. Las reformas recientes –la de 2024 contra el delito de extorsión, por ejemplo– suelen llegar primero por una ley federal y, después, por la adaptación de los códigos estatales, en un proceso que puede durar meses.

Delitos contra la vida y la integridad corporal en México

El Título Décimo Noveno del Código Penal Federal mexicano ("Delitos contra la vida y la integridad corporal") prevé el homicidio simple con prisión de ocho a veinte años y el calificado, hasta cincuenta años. Las lesiones se sancionan según la gravedad y el resultado: de días de multa hasta diez años de prisión si dejan incapacidad permanente. El feminicidio, introducido por reformas estatales desde 2011 y federalizado después, lleva de cuarenta a sesenta años de prisión en la legislación federal.

En los estados las penas cambian. La Ciudad de México, por ejemplo, fija en su código local penas distintas para lesiones y para riñas con resultado de muerte. Cada código estatal concreta las agravantes y las modalidades de autoría, y por eso el mismo hecho puede variar de uno a otro.

Delitos contra la libertad sexual y el patrimonio en México

  • Libertad sexual. El Título Decimoquinto del Código Penal Federal castiga el abuso sexual, el estupro, la violación y el incesto, con penas que van de tres a diez años para el abuso simple y hasta veinte años para la violación con violencia agravada.
  • Patrimonio. El Título Decimotercer, con montos en pesos mexicanos (MXN), tipifica el robo con prisión de seis meses a seis años y de dos a diez años cuando concurre violencia, además de la reparación del daño fijado en una cifra concreta con la UMA como unidad de cuenta.
  • Fraude y abuso de confianza. Sus sanciones se calculan a partir de montos precisos (UMAs) que el INEGI actualiza cada año, lo que permite que el aumento de la UMA se traduzca automáticamente en un ajuste legal sin cambiar la ley.
  • Operaciones con recursos de procedencia ilícita. Una ley especial prevé prisión de cinco a quince años y multas elevadas en pesos mexicanos para quien opere con dinero cuyo origen no pueda justificar.

Delitos contra la Administración Pública y la administración de justicia en México

El Título Décimo Primero del Código Penal Federal ("Delitos contra la Administración Pública") recoge peculado, cohecho, concusión, enriquecimiento ilícito y abuso de autoridad. El peculado básico se sanciona con tres a doce años de prisión y multa de hasta tres tantos de la cantidad defraudada, y el cohecho, con tres a diez años más inhabilitación. La Ley General en Materia de Responsabilidades Administrativas añade sanciones administrativas acumulables a las penales. Los delitos contra la administración de justicia abarcan el encubrimiento, el prevaricato judicial y la obstrucción, y la legislación electoral federal completa el catálogo con figuras que van desde la compra de votos hasta la alteración de actas.

Parte especial del derecho penal en Argentina

Argentina concentra el catálogo de delitos en el Libro Segundo del Código Penal de la Nación Argentina, Ley 11.179, norma que se aplica por igual en todo el territorio nacional. La parte especial empieza en el Título I con los delitos contra las personas y va recorriendo el honor, la integridad sexual, la libertad, la propiedad, la seguridad pública y la Administración Pública, hasta llegar a la fe pública y al orden económico y financiero. La persecución de los delitos federales corresponde al Ministerio Público Fiscal argentino con sus fiscales de primera instancia y la Procuración General, y los juicios se ventilan ante los tribunales nacionales y federales.

El Código Penal argentino no contempla, como regla, los delitos culposos en el Libro Segundo mediante un título aparte, a diferencia de la sistemática española: los tipifica dentro del tipo correspondiente (homicidio culposo, lesiones culposas).

La pena, en casi todos los artículos del Libro Segundo, se expresa en años de prisión o reclusión, y se aplica sobre el principio de la escala combinada con las reglas de la parte general (arts. 5 a 25 de la misma ley).

Delitos contra las personas y contra la integridad sexual en Argentina

El Título I (arts. 79 a 108) del Código Penal argentino arranca con el homicidio simple, penado con ocho a veinticinco años de prisión, y el agravado, con hasta treinta y cinco años cuando concurren circunstancias como alevosía, ensañamiento o precio. Las lesiones leves se sancionan con prisión de un mes a tres años, y las graves, con tres a diez años. El aborto y el homicidio en accidente de tráfico se regulan en los mismos artículos con reglas específicas.

El Título III (arts. 118 a 133) recoge los delitos contra la integridad sexual y castiga el abuso sexual simple con prisión de seis meses a cuatro años, y la violación con pena de seis a quince años, que puede aumentar cuando la víctima es menor de edad o cuando concurren otras agravantes. La Argentina, Código Penal de la Nación incluye figuras como el estupro y la corrupción de menores, además de la promoción de la explotación sexual.

Delitos contra la propiedad y contra la seguridad pública en Argentina

  • Hurto. El art. 162 castiga la sustracción sin violencia ni intimidación con prisión de un mes a dos años; el hurto calamitoso y el de bienes de primera necesidad suben la pena a tres años.
  • Robo. El art. 164 eleva la pena hasta seis años de prisión, y el robo con armas o en lugar habitado llega a diez años.
  • Estafa. El art. 172 castiga el fraude con prisión de un mes a seis años, calculado sobre el monto en pesos argentinos (ARS) defraudado.
  • Extorsión, usurpación y daños. Completan el bloque de la propiedad con escalas agravadas por violencia o por la nocturnidad.
  • Seguridad pública. El Título VII (arts. 186 a 208) recoge incendios, explosiones, tenencia de armas, fabricación y comercio de sustancias tóxicas, con penas de uno a quince años según el resultado.

Delitos contra la Administración Pública en Argentina

El Título XI (arts. 237 a 281 bis) del Código Penal argentino agrupa cohecho, peculado, malversación, defraudaciones contra la Administración, enriquecimientos ilícitos y negociaciones incompatibles con la función pública. El cohecho pasivo básico se castiga con prisión de tres a seis años y la multa correspondiente, y el agravado, hasta doce años. El peculado y la malversación se gradúan según el monto en pesos argentinos (ARS) apropiado, con inhabilitación perpetua en los supuestos más graves. La negociación incompatible con la función, introducida como figura autónoma, lleva hasta seis años de prisión en sus formas más severas.

Parte especial del derecho penal en Chile

En Chile, la parte especial del derecho penal se estudia sobre el Código Penal chileno, complementado por leyes especiales como la Ley de Drogas, la Ley de Conductas Terrorristas o las figuras de lesividad reciente como la Ley de Maltrato Animal. La persecución penal es responsabilidad del Ministerio Público de Chile, que investiga, y la decisión judicial corresponde a los Juzgados de Garantía y a los Tribunales de Juicio Oral en lo Penal, organizados por el Poder Judicial. Los recursos de la parte especial chilena marcan tres escalas de gravedad para la mayoría de los delitos: crimen, simple delito y falta, y cada escala arrastra un margen de pena distinto.

La dogmática chilena ha ido profundizando, además, en lo que Juan Pablo Mañalich llama "delitos de lesividad problemática" –delitos contra la función pública con tipos antiguos como la malversación o el fraude al Fisco, reagrupados en obras como Estudios sobre la Parte Especial del Derecho Penal Chileno, donde se discute el encaje de figuras modernas como la negociación incompatible.

Delitos contra las personas y contra la propiedad en Chile

El Código Penal chileno castiga el homicidio en sus distintos grados –simple, calificado y parricidio– con presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo, y el auxilio al suicidio, con presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo. Las lesiones se sancionan con penas proporcionales al resultado y a la gravedad de la pérdida de función.

En materia patrimonial, el hurto se pena con presidio menor en sus distintos grados, y el robo con violencia o intimidación, con presidio mayor. La estafa –Título IX del Libro II– y la apropiación indebida cierran el bloque contra la propiedad. Para fijar las multas, Chile utiliza la Unidad Tributaria Mensual (UTM), cuyo valor de 2026 publica el Servicio de Impuestos Internos; sirve como referencia para muchos topes del Código Penal y sus leyes complementarias.

Delitos contra la función pública y de lesividad problemática en Chile

Los delitos contra la función pública –malversación, fraude al Fisco, cohecho y negociaciones incompatibles– se regulan en el Título V del Libro II del Código Penal chileno, con penas que suelen partir del presidio menor en su grado máximo y llegan a presidio mayor. La figura de negociación incompatible se reforzó con la dictación de normas posteriores, lo que ha permitido sancionar casos en que un funcionario participa en operaciones que le producen un provecho indebido o regala bienes públicos.

En el grupo de "delitos de lesividad problemática" se incluye el maltrato animal, añadido por la Ley 21.020, que castiga tanto la crueldad ocasional como la organizada. La parte especial chilena también se nutre de leyes especiales como la Ley 21.418, específica sobre sanciones a los delitos del artículo 372 del Código Penal.

Delitos sexuales y violencia intrafamiliar en Chile

El Título VI del Libro II del Código Penal chileno castiga violación, estupro, abuso sexual y pornografía infantil. La violación simple se sanciona con presidio mayor en su grado mínimo a medio, y la violación con homicidio, con presidio mayor en su grado máximo. La Ley 21.057 introdujo en Chile la figura de la violencia intrafamiliar como delito autónomo en casos graves, mientras que la Ley 20.066 regula el resto del bloque y permite derivar al agresor a programas de intervención.

Parte especial del derecho penal en Perú

La parte especial del derecho penal peruano vive en el Código Penal peruano, aprobado por el Decreto Legislativo 635, complementado por leyes especiales –lavado de activos, crimen organizado, trata de personas, delitos informáticos– y por la jurisprudencia del Poder Judicial. La persecución penal corresponde al Ministerio Público de Perú y a la Policía Nacional, y el enjuiciamiento se realiza ante los juzgados y salas penales del Poder Judicial.

El Código Penal peruano organiza los delitos en Libros, Títulos y Capítulos, y la parte especial describe uno por uno los tipos y sus consecuencias, mientras que la parte general –Libro I– sienta las reglas comunes. La Unidad Impositiva Tributaria (UIT), fijada por el MEF, sirve de unidad de cuenta para muchas multas y reparaciones de la parte especial.

Delitos contra la vida, el cuerpo y la salud en Perú

El Título I del Libro II del Código Penal peruano castiga el asesinato con pena privativa de libertad no menor de quince años y el homicidio simple con seis a veinte años. Las lesiones graves, leves y culposas se sancionan según la lesión y el resultado, con reparación civil que se calcula en función del daño. El aborto terapéutico es la única forma despenalizada en el sistema penal peruano, mientras que el resto se mantiene como delito con penas graduadas según las circunstancias.

La parte especial peruana incluye figuras agravadas como el sicariato –penado con veinticinco a treinta y cinco años–, regulado por la Ley 30076, y la violencia contra la mujer, tipificada por la Ley 30314. Tanto el sicariato como la feminicidio son figuras relativamente recientes que han aumentado las escalas del Código Penal.

Delitos contra el patrimonio, la Administración Pública y el orden financiero en Perú

  • Hurto. El art. 185 castiga el hurto simple con pena privativa de libertad de uno a tres años, y el hurto agravado, de tres a seis años. El monto del perjuicio se mide en soles (PEN).
  • Robo. El art. 188 prevé pena de tres a ocho años para el robo simple y hasta doce años para el robo agravado con violencia o uso de armas.
  • Estafa y apropiación ilícita. Conducen a la reparación civil medida en UIT (cada UIT = 5.500 PEN en 2026) y a prisión que puede llegar a diez años en los supuestos más graves.
  • Peculado y colusión. El art. 387 y siguientes castigan al funcionario público que se apropia de caudales del Estado o que se concierta con terceros para perjudicar al Estado, con penas de cinco a diez años y la correspondiente inhabilitación.
  • Lavado de activos. El Decreto Legislativo 1106 –y sus modificatorias– tipifica el lavado con pena de diez a veinte años y multa proporcional a los montos en soles (PEN) lavados.

Delitos contra la libertad sexual y formas agravadas en Perú

El Título IX del Libro II del Código Penal peruano recoge violación sexual (art. 170), abuso sexual (art. 173) y explotación sexual (art. 179), y los castiga con penas de veinte a veintiséis años para violación grave, de seis a nueve años para abuso básico, y de hasta quince años para explotación sexual. La trata de personas –delito aparte, regulado por la Ley 28950– se sanciona con quince a veinte años. La víctima menor de edad sube las escalas a los niveles máximos del Código Penal peruano.

Preguntas frecuentes sobre la parte especial del derecho penal

1. ¿Dónde puedo descargar un manual de la parte especial del derecho penal en PDF?

Depende del país que necesites: en España, editoriales como Tirant lo Blanch o Marcial Pons venden manuales en PDF desde sus webs; en México, editoriales como Oxford University Press o Porrúa ofrecen títulos de parte especial con descarga digital, y en Argentina, Chile y Perú las librerías jurídicas online (Hammurabi, LegalPublishing, Grijley) tienen catálogos similares. Para evitar piratería, compra siempre en la web del editor o en plataformas oficiales como La Ley en España o Tirant en Latam.

2. ¿El manual de parte especial de Tirant lo Blanch está disponible en PDF?

Tirant lo Blanch (España) vende sus manuales en formato digital desde su propia web, con compra por título o por suscripción a Tirant Online. En Latinoamérica, Tirant lo Blanch México distribuye sus obras en PDF para ese mercado, pero no todas las que aparecen en España están licenciadas allí. Comprueba en la ficha del libro si hay icono de descarga o pide acceso a tu biblioteca jurídica universitaria.

3. ¿Qué diferencia hay entre la parte general y la parte especial del derecho penal?

La parte general (Libro I en España, Título Preliminar y Libro I en México, Libro I en Chile, Libro Primero en Perú) sienta las reglas comunes: qué es delito, quién responde, cómo se mide la pena, causas de justificación y culpabilidad. La parte especial enumera los delitos concretos (homicidio, robo, fraude fiscal) y la pena que cada uno lleva. Sin la general no se interpreta la especial, y sin la especial la general sería solo teoría.

4. ¿Qué se estudia en la parte especial del derecho penal en la universidad?

En el grado se estudian los delitos contra bienes jurídicos personales (vida, integridad, libertad, indemnidad sexual), patrimoniales (hurto, robo, estafa, apropiación indebida), contra el orden socioeconómico y contra la Administración pública, con atención al bien jurídico protegido y a los elementos típicos. El programa exacto lo fija cada universidad: en España suele seguir la sistemática del Código Penal; en México y Perú, la de su código nacional, y en Argentina y Chile, la de sus códigos respectivos.

5. ¿Qué manuales de parte especial recomienda Muñoz Conde?

Francisco Muñoz Conde (Universidad Pablo de Olavide, España) ha publicado manuales de parte especial en Tirant lo Blanch, así como en coautoría con Mercedes García Arán, editados por Tirant. Sus títulos clásicos (Derecho penal. Parte especial y el Manual de parte especial adaptado a los planes de Bolonia) son referencia habitual en España y Latinoamérica hispanohablante. Comprueba la edición vigente en Tirant Online o en librerías jurídicas, porque se actualizan con cada reforma del Código Penal español.

6. ¿Qué es el derecho penal especial?

La expresión "derecho penal especial" se usa a veces como sinónimo de parte especial (los tipos delictivos concretos) frente a la parte general. También designa ramas que castigan hechos en sectores específicos: derecho penal económico, penal tributario, penal militar, penal de menores o penal internacional. Su diferencia con el derecho penal común es el ámbito de aplicación: las leyes especiales añaden tipos o agravan penas por la condición del bien jurídico o del sujeto.

7. ¿Qué Código Penal regula la parte especial en cada país?

En España, la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal (Libro II). En México, el Código Penal Federal publicado en el DOF (Libro Segundo, Título Primero y siguientes). En Argentina, el Código Penal de la Nación, Ley 11.179 (Libro Segundo). En Chile, el Código Penal, Decreto con Fuerza de Ley N.º 1 del Ministerio de Justicia de 1875 (Libro II). En Perú, el Código Penal, Decreto Legislativo N.º 635 (Parte Segunda, Libro Primero).

Fuentes

  1. ColexDerecho penal parte especial – Editorial Colexconsultado el 31/08/2026
  2. PorruaDerecho penal mexicano parte especial. Volumen 6 – Porrúaconsultado el 31/08/2026
  3. AcademiajudicialDerecho penal para la labor jurisdiccional: aspectos esenciales de …consultado el 31/08/2026
  4. IberleyParte especial del derecho penal – Iberleyconsultado el 31/08/2026
  5. EditorialbdefRamírez, Nicolás (director), Curso de Derecho penal. Parte especial.consultado el 31/08/2026