Qué son los daños y perjuicios y por qué el derecho existe en todos los países hispanohablantes
Cuando alguien sufre una lesión patrimonial o personal por culpa de otro, el derecho le reconoce el derecho a ser compensado: eso son los daños y perjuicios. Es un principio común a todos los ordenamientos jurídicos del mundo hispanohablante, aunque cada país lo nombre y lo mida a su manera.
Daño y perjuicio suelen usarse como sinónimos, pero técnicamente son dos caras de la misma moneda. El daño es toda lesión o menoscabo que afecta a bienes, derechos o intereses de una persona, y puede ser material o moral. El perjuicio es la consecuencia económica de ese daño: lo que efectivamente se perdió más lo que se dejó de ganar. A la hora de fijar la indemnización, ambos se valoran de forma conjunta.
La responsabilidad surge cuando alguien causa ese daño por acción u omisión, con culpa o negligencia, o en los casos en que la ley impone responder sin culpa. El responsable puede restituir el bien, reparar el daño o pagar una indemnización equivalente en dinero. Esa indemnización es lo que la víctima reclama en juicio.
Lo que viene después varía mucho: la ley aplicable, los requisitos para reclamarla, la forma de calcularla y hasta el nombre del instituto. Este artículo recorre cómo lo reconocen España, México, Argentina, Chile y Perú, qué normas lo regulan y qué pasos sigue cada uno.
Los nombres del concepto: cómo se llaman en cada país y por qué importa
El idioma jurídico importa tanto como el idioma común: buscar con el término equivocado es la forma más segura de no encontrar tu norma.
- España: se habla de responsabilidad civil, contractual o extracontractual, y el Código Civil español la regula en los artículos 1101, 1106, 1107 y 1902. La indemnización es lo que se reclama por esa responsabilidad.
- México: también se usa responsabilidad civil, y en lo mercantil la responsabilidad civil se rige por el Código de Comercio. La indemnización se cuantifica en pesos mexicanos (MXN).
- Argentina: el Código Civil y Comercial de la Nación unificó las nociones bajo el concepto de daño resarcible, y la moneda es el peso argentino (ARS).
- Chile: la expresión clásica es indemnización de perjuicios, regulada en el Código Civil; la moneda es el peso chileno (CLP).
- Perú: el Código Civil peruano usa daños y perjuicios y responsabilidad civil, y la indemnización se fija en soles (PEN).
Esta diferencia de nombres no es capricho: cada código usa los términos que mejor encajan con su tradición jurídica. Si vas a buscar jurisprudencia o a consultar con un abogado, usa el término que usa tu país.
España: cómo se reconocen los daños y perjuicios en el Código Civil
En España la base normativa es el Código Civil aprobado por el Real Decreto de 24 de julio de 1889. Los daños y perjuicios aparecen en dos grandes vías: la responsabilidad contractual (arts. 1101, 1106 y 1107 CC España) y la responsabilidad civil extracontractual (art. 1902 CC España). El demandante elige la que mejor se ajuste a su caso, porque el Código Civil no permite acumularlas: rige el principio de no concurrencia entre ambas vías.
La indemnización cumple una función resarcitoria: dejar a la víctima en una situación equivalente a la que tendría si el daño no se hubiera producido. La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha ido precisando cómo se cuantifica, qué prueba se exige y cómo se calcula el daño moral, sobre todo en accidentes de circulación y en responsabilidad sanitaria.
Responsabilidad contractual y extracontractual: dos caminos, una misma indemnización
La vía contractual, en el Código Civil español, parte del artículo 1101 CC: responden de los daños y perjuicios quienes incurren en dolo, negligencia o morosidad, o contravienen el tenor de una obligación. La indemnización se calcula según el artículo 1106 CC, que incluye el valor de la pérdida sufrida y el de la ganancia dejada de obtener.
La vía extracontractual nace del deber general de no causar daño a otro: el artículo 1902 CC obliga a quien por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, a repararlo. Aquí no hay contrato previo: basta el hecho ilícito.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo, en España, ha ido reduciendo la separación entre ambas vías con el criterio de la unidad de la culpa civil, de forma que la responsabilidad contractual ha ido absorbiendo reglas propias de la extracontractual, sobre todo en la cuantificación del daño.
Requisitos para que prospere la indemnización en España
- Imputabilidad al deudor: que el incumplimiento o el hecho dañoso sea atribuible a dolo, culpa o morosidad del demandado, conforme al artículo 1107 CC España.
- Realidad del daño: que el daño exista, se haya alegado y se haya probado con prueba pericial, testifical o documental; no basta el incumplimiento en abstracto.
- Nexo causal: que exista una relación directa entre la conducta del demandado y el daño sufrido, sin rupturas.
- Imposibilidad de cumplimiento por otro medio: que la reparación no sea posible mediante otra vía distinta al pago del equivalente pecuniario.
Cuantía y prueba: cómo fija el juez la indemnización en España
En España el juez civil fija la cuantía con base en prueba pericial, documental y testifical, aplicando los criterios del Tribunal Supremo. La Sentencia del TS 382/2019, Sala Civil, de 2 de julio, recuerda que el incumplimiento contractual no implica por sí solo la existencia de daños: el daño debe alegarse y probarse, junto con el nexo causal.
El artículo 1107 CC matiza la extensión: el deudor de buena fe responde de los daños previstos o previsibles al constituirse la obligación y que sean consecuencia necesaria del incumplimiento; el deudor doloso responde de todos los daños conocidos, incluidos los indirectos.
En España la indemnización exige alegar y probar el daño, no solo el incumplimiento: esta es la línea fija del Tribunal Supremo.
México: daños y perjuicios en el Código Civil Federal y en los códigos estatales
En México la responsabilidad civil tiene doble sede normativa: el Código Civil Federal, publicado en el DOF el 26 de mayo de 1928, y los códigos civiles de cada entidad federativa, que siguen líneas similares pero con diferencias relevantes en plazos y topes. La indemnización se cuantifica en pesos mexicanos (MXN).
Cuando el daño se produce en una relación laboral, la vía no es el Código Civil Federal sino la Ley Federal del Trabajo, que usa el término indemnización y lo calcula con salarios mínimos vigentes en 2026. Para el resto de relaciones, rige el código civil que corresponda, federal o estatal.
| País | Norma | Pide (artículos) | Moneda |
|---|---|---|---|
| España | Código Civil (Real Decreto 24/07/1889) | 1101, 1106, 1107, 1902 CC | EUR |
| México | Código Civil Federal (DOF 26/05/1928) | obligación general de reparar | MXN |
| Argentina | Ley 26.994 (Código Civil y Comercial de la Nación) | daño resarcible | ARS |
| Chile | Código Civil | art. 1556 y arts. 2314 y ss. | CLP |
| Perú | Decreto Legislativo 295 (Código Civil) | arts. 1321 y ss.; art. 1969 | PEN |
Responsabilidad civil contractual y extracontractual en el Código Civil Federal
El Código Civil Federal de México distingue dos grandes bloques: la responsabilidad derivada del incumplimiento de obligaciones (con su régimen propio en el libro de obligaciones) y la responsabilidad extracontractual, que nace de un hecho u omisión ilícito, sin vínculo contractual previo. En ambos casos el deber es reparar el daño mediante una indemnización equivalente, valorada en pesos mexicanos (MXN).
El plazo de prescripción varía según el código de cada estado, así que conviene revisar la norma local antes de demandar. En la Ciudad de México el término general para acciones personales es de diez años, salvo norma específica, pero esto cambia entre entidades.
Daño emergente, lucro cesante y daño moral en México
El Código Civil Federal de México reconoce tres grandes partidas:
- Daño emergente: la pérdida efectiva, lo que salió del patrimonio de la víctima.
- Lucro cesante: la ganancia que se dejó de obtener a consecuencia del daño.
- Daño moral: la afectación a sentimientos, dignidad o proyecto de vida, valorable en pesos mexicanos (MXN) con criterios judiciales.
En materia laboral, la Ley Federal del Trabajo usa el término indemnización para reparar el despido sin causa, calculado con salarios mínimos vigentes en 2026. La Unidad de Medida y Actualización (UMA) de 2026 es de 117,31 MXN/día, actualizada por el INEGI desde el 1 de febrero de 2026, y sirve como referencia en cálculos civiles y mercantiles.
Dónde se reclama una indemnización por daños y perjuicios en México
Se demanda ante tribunales civiles, federales o del estado que corresponda al domicilio del demandado o al lugar donde se produjo el daño, con abogado y prueba pericial. Los pasos básicos son:
- Demanda: se presenta por escrito ante el juez competente, con la narración de hechos, pruebas y la cuantía reclamada en pesos mexicanos (MXN).
- Admisión: el juez revisa que cumpla requisitos; si la admite, emplaza al demandado.
- Etapa probatoria: las partes ofrecen y desahogan pruebas, incluida la pericial.
- Alegatos: conclusiones escritas antes de sentencia.
- Sentencia: el juez fija la indemnización o absuelve, según las pruebas.
Argentina: el Código Civil y Comercial de la Nación y el daño resarcible
En Argentina rige el Código Civil y Comercial de la Nación aprobado por la Ley 26.994, sancionada el 1 de octubre de 2014, promulgada el 7 de octubre de 2014 y vigente desde el 1 de agosto de 2015. El Código unificó las nociones de responsabilidad civil bajo un concepto único: el daño resarcible. La indemnización se fija en pesos argentinos (ARS) y la cuantificación la hace un juez civil.
El daño resarcible en el Código Civil y Comercial argentino
El Código Civil y Comercial de la Nación trata de forma unitaria la obligación de reparar. La indemnización comprende el daño emergente (pérdida efectiva), el lucro cesante (ganancia frustrada) y el daño moral (afectación a la persona), todos valorados en pesos argentinos (ARS). La idea es que la víctima quede en la situación más cercana posible a la que tenía antes del hecho.
A la hora de fijar el monto, el juez argentino evalúa la prueba pericial, la documental y los informes de los peritos oficiales o de parte. En los hechos, la prueba pericial económica es la pieza clave para traducir el daño a una cifra defendible.
Responsabilidad civil objetiva y subjetiva: cuándo Argentina prescinde de la culpa
El Código Civil y Comercial argentino maneja dos grandes modelos: la responsabilidad subjetiva, que exige culpa del agente, y la responsabilidad objetiva, que prescinde de culpa y se construye sobre el riesgo o el vicio de la cosa. En la objetiva, basta acreditar el daño y el nexo causal; no hace falta probar la culpa.
La consecuencia práctica es relevante: en accidentes de tránsito, productos elaborados o actividades riesgosas, la víctima argentina puede obtener indemnización sin tener que demostrar culpa, solo con probar el daño y el vínculo causal.
En Argentina, en responsabilidad objetiva, probar la culpa no es necesario: basta acreditar el daño y el nexo causal.
Dónde reclamar y cómo se cuantifica en Argentina
Se demanda ante la Justicia Nacional en lo Civil de la Capital Federal o ante los tribunales civiles provinciales según el domicilio y el monto, en pesos argentinos (ARS). Los pasos son:
- Demanda y prueba: se presenta demanda con ofrecimiento de prueba del daño, del nexo causal y de la imputabilidad.
- Traslado al demandado: contesta y opone excepciones o defensas.
- Etapa probatoria: pericial económica, documental y testimonial.
- Alegatos: conclusiones escritas.
- Sentencia: el juez fija la indemnización en pesos argentinos (ARS), con intereses.
Chile: la indemnización de perjuicios del Código Civil
En Chile la fuente principal es el Código Civil, cuyo artículo 1556 define la indemnización de perjuicios por incumplimiento contractual. La moneda es el peso chileno (CLP) y los tribunales civiles son los competentes en primera instancia.
El artículo 1556 del Código Civil chileno: daño emergente y lucro cesante
El artículo 1556 del Código Civil de Chile señala que la indemnización de perjuicios comprende el daño emergente y el lucro cesante, ya sea que la obligación no se haya cumplido, se haya cumplido imperfectamente o se haya retardado en su cumplimiento. La propia norma prevé una excepción: cuando la ley limita expresamente la indemnización únicamente al daño emergente.
En la práctica, la mayoría de los incumplimientos contractuales en Chile generan indemnización plena: daño emergente más lucro cesante. Solo cuando una ley especial diga otra cosa (por ejemplo, en ciertos contratos regulados), se aplica la regla del daño emergente exclusivo.
Responsabilidad extracontractual en Chile: el artículo 2314 y siguientes
En Chile la responsabilidad civil extracontractual se rige por los artículos 2314 y siguientes del Código Civil. La regla es que quien ha cometido un delito o culpa que causa perjuicio a un tercero, queda obligado a indemnizarlo. La indemnización cubre daño emergente, lucro cesante y daño moral, valorados en pesos chilenos (CLP) por el juez civil.
El Tribunal Supremo chileno (Corte Suprema) ha ido precisando cómo se prueba la culpa y cómo se calcula el daño moral, que en Chile suele fijarse en función de la gravedad del hecho y de la afectación a la dignidad.
Cálculo de la indemnización y prueba en Chile
Ejemplo en Chile: un proveedor en Valparaíso deja de entregar 800 toneladas de pienso contratado a 380.000 CLP por tonelada. El comprador tuvo que comprar a otro proveedor a 460.000 CLP por tonelada. La pérdida directa es de (460.000 – 380.000) × 800 = 64.000.000 CLP, que es el daño emergente. Si además el comprador pierde contratos de engorde que le habrían reportado 18.000.000 CLP en el trimestre siguiente, esa cifra se suma como lucro cesante. Indemnización total estimada: 82.000.000 CLP, sujeta a prueba pericial y a lo que fije el tribunal.
Las pruebas habituales son documentos, peritajes, testigos y presunciones, ante tribunales civiles de instancia.
- Demanda: se presenta ante el juzgado civil competente.
- Etapa probatoria: documental, pericial y testimonial.
- Alegatos: conclusiones de las partes.
- Sentencia: el juez fija la indemnización en pesos chilenos (CLP), con intereses y costas si proceden.
Perú: daños y perjuicios en el Código Civil peruano
En Perú la norma clave es el Código Civil aprobado por el Decreto Legislativo 295, que regula la responsabilidad civil contractual y extracontractual. La indemnización se fija en soles (PEN) y los casos los conoce el Poder Judicial peruano en la vía civil.
Responsabilidad contractual y extracontractual en el Código Civil peruano
El Código Civil peruano distingue la responsabilidad contractual (arts. 1321 y siguientes) y la extracontractual (art. 1969). En ambos casos el deudor del daño debe indemnizar en soles (PEN): en la contractual, por incumplimiento total, parcial, tardío o defectuoso; en la extracontractual, por el deber general de no causar daño a otro.
La norma peruana prevé criterios de graduación de la culpa y reglas de responsabilidad por riesgo, sobre todo en el ámbito de la responsabilidad por productos y por actividades peligrosas.
Daño emergente, lucro cesante y daño moral en Perú
El Código Civil peruano reconoce tres grandes partidas:
- Daño emergente: lo perdido efectivamente.
- Lucro cesante: la ganancia dejada de obtener.
- Daño moral: la afectación a la persona, valorable en soles (PEN) con criterios judiciales.
El juez civil peruano valora estas tres partidas de forma conjunta para fijar la indemnización, con apoyo de prueba pericial económica cuando la cifra es relevante. En el ámbito laboral, el TUO de la LPCL (Decreto Legislativo 728) usa reglas propias, con cálculos basados en remuneraciones y plazos.
Dónde reclamar y cómo se calcula la indemnización en Perú
Se demanda ante el juez civil peruano, con abogado, prueba del daño y del nexo causal. Los pasos son:
- Demanda: se presenta por escrito ante el juzgado civil, con la cuantía en soles (PEN).
- Admisión: el juez verifica requisitos y emplaza al demandado.
- Actuación probatoria: documental, testimonial y de oficio.
- Alegatos: conclusiones escritas.
- Sentencia: el juez fija la indemnización en soles (PEN), con intereses.
La competencia se determina por el domicilio del demandado y por la cuantía. Si la demanda supera cierto monto, puede ir a un juzgado civil especializado; si no, al juez civil ordinario.
Datos comprobados en octubre de 2026.
Preguntas frecuentes sobre daños y perjuicios
1. ¿Cómo se calcula una indemnización por daños y perjuicios?
No hay una tabla única. Se suman los daños emergentes (lo que efectivamente perdiste) y el lucro cesante (lo que dejaste de ganar), se valora el daño moral si la ley del país lo reconoce y se aplica el interés legal desde el hecho. En España el Código Civil remite a la prudencia del juez; en Argentina el Código Civil y Comercial de 2014 obliga a fijar la indemnización con criterio objetivo en los arts. 1737 a 1740.
2. ¿Qué ejemplos reales hay de indemnización por daños y perjuicios?
Un caso clásico es el accidente de tráfico: en España se resarcen los días de curación, las secuelas y el lucro cesante según el baremo de la Ley 35/2015; en México se cubren gastos médicos, rehabilitación y pérdida de ingresos con apoyo en la Ley Federal del Trabajo y la Ley de Caminos. También entra en juego el daño moral por la afectación psicológica, que cada jurisdicción valora de forma distinta.
3. ¿Qué dice el Código Civil español sobre la indemnización por daños y perjuicios?
El Código Civil español regula la responsabilidad contractual en el artículo 1101, que obliga a resarcir daños y perjuicios al que incumple una obligación; la responsabilidad extracontractual se rige por el artículo 1902, con el principio de reparación integral. La cuantificación la fija el juez ponderando el daño emergente, el lucro cesante, el daño moral cuando proceda y los intereses legales.
4. ¿Cómo se presenta una demanda por daños y perjuicios?
Se interpone ante el juez civil del domicilio del demandado o del lugar donde se produjo el hecho, por escrito o vía telemática, con identificación de las partes, los hechos, los fundamentos jurídicos y la prueba de que dispones. En España se abona la tasa judicial según el tipo de proceso; en México el juicio varía entre civil federal o local según la cuantía y la materia.
5. ¿Cuánto cuesta demandar por daños y perjuicios?
El coste depende de cada país. En España hay que pagar tasas judiciales que rondan los 150 a 300 euros en reclamaciones civiles, más procurador y abogado si no se litiga con defensa oficial. En Argentina el inicio del proceso civil es gratuito y solo se abonan sellados y honorarios; en México cada estado y fuero fija sus propios aranceles y hay que considerar los honorarios de abogado.
6. ¿Existe un modelo de demanda por daños y perjuicios?
No existe un modelo único válido para todos los países. En España los juzgados y colegios de abogados publican plantillas orientativas que deberás adaptar al caso concreto. Lo importante es que contenga los hechos, la pretensión, la prueba y la cuantificación estimada de la indemnización; revisar la demanda con un abogado reduce mucho el riesgo de inadmisión.
7. ¿Qué regula el artículo 1101 del Código Civil español?
El artículo 1101 del Código Civil español fija que el que incumple una obligación responde de los daños y perjuicios previstos al celebrarla y, en su caso, de los previsibles según la buena fe. Se aplica a la responsabilidad contractual y se completa con los artículos 1102 a 1108, que regulan la culpa, la mora y la extensión de la indemnización, incluidos los intereses.
Fuentes
- IberleyRequisitos para la indemnización de daños y perjuicios – Iberleyconsultado el 06/10/2026
- ScjnDetalle – Tesis – 258965 – Semanario Judicialconsultado el 06/10/2026
- RedalycEl daño resarcible en el Código Civil y Comercial de la Nación …consultado el 06/10/2026
- LegalasociadosIndemnización por daños y perjuicios en Chileconsultado el 06/10/2026
- LadefensaDaños y perjuicios en Argentina: cómo iniciar demanda y cuánto …consultado el 06/10/2026