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Contrato becario: qué es, qué derechos tiene y cómo cambia según el país

octubre 31, 2026 Derecho Facil 18 min read
Contrato becario: qué es, qué derechos tiene y cómo cambia según el país

Qué es un contrato becario y por qué no es lo mismo en todos lados

Un contrato becario no es una figura jurídica única: debajo de ese nombre conviven prácticas académicas, becas de estudio y convenios de formación que cada país regula de forma distinta. La idea de fondo se repite: una persona, normalmente estudiante, se incorpora a una organización para aprender mientras presta servicios, y a cambio recibe formación y, en muchos casos, alguna compensación económica. Lo que cambia de un país a otro es la ley que lo rige, el organismo que lo controla, los plazos, los aportes y hasta el nombre —en algunas partes se llama beca, en otras pasantía, en otras modalidad formativa o simplemente práctica.

Por eso este artículo no busca una respuesta universal. Recorre lo que comparten los cinco ordenamientos y aterriza después en cada país, con sus normas, sus autoridades y sus cifras, para que un estudiante, una empresa o un profesional de recursos humanos sepa exactamente qué contrato firma y qué derechos tiene, esté donde esté.

Lo que casi todos los países comparten (y lo que ya cambia)

  • La finalidad siempre es formativa: el becario está para aprender, no para cubrir un puesto de trabajo ordinario, aunque a veces la línea se difumine.
  • En casi todos los ordenamientos intervienen tres partes: la persona en formación, un centro educativo (universidad, instituto o escuela) y una organización receptora (empresa, organismo público o asociación).
  • La ley aplicable, el organismo de control, la duración, la jornada, la retribución y los aportes a la seguridad social se definen país por país —a veces incluso por estado o por provincia, como ocurre en México o en Argentina—.
  • Llamar becario a alguien no excluye la legislación laboral ordinaria: si hay subordinación, horario y retribución, el vínculo puede terminar encuadrado como relación laboral común.
  • El contrato rara vez es un contrato laboral al uso: lo habitual es un convenio, una carta o un acuerdo entre las partes, aunque su contenido sea legalmente exigible.
  • La protección social (salud, accidentes, aportes jubilatorios) es donde más se nota la diferencia entre países: hay sistemas que obligan a la organización receptora a cubrirla y otros que la derivan al centro educativo o a un seguro privado.
  • El incumplimiento tiene consecuencias distintas en cada jurisdicción: desde multas administrativas hasta la presunción de relación laboral, con todo lo que eso implica.

El contrato becario en España

En España no existe un contrato becario como tipo contractual autónomo. Lo que se usa en la práctica es un convenio de prácticas firmado por tres partes (estudiante, centro educativo y empresa) o, cuando la práctica es laboral, un contrato de trabajo específico. El marco de referencia es la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, que reguló la cotización y las bonificaciones de las prácticas. Los organismos clave son el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y la Tesorería General de la Seguridad Social, junto a la Inspección de Trabajo.

La siguiente tabla resume las tres figuras que más se confunden:

Modalidad Finalidad Alta en Seguridad Social Retribución mínima
Prácticas curriculares Completar un título oficial No (no hay relación laboral) No obligatoria
Prácticas extracurriculares Complementar la formación Sí, antes del inicio La del convenio colectivo
Contrato en prácticas Primer empleo tras titularse Sí 60 % del convenio el primer año; 75 % el segundo, sin bajar del SMI
Contrato para la formación y el aprendizaje Obtener un certificado de profesionalidad Sí SMI (2026: 1.221 EUR/mes en 14 pagas)

Prácticas curriculares y extracurriculares en España

  • Las curriculares están integradas en el plan de estudios: son obligatorias para obtener el título y, por eso, no generan relación laboral ni alta en la Seguridad Social.
  • Las extracurriculares son voluntarias, se firman entre el estudiante, el centro y la empresa, y el alumno sí queda dado de alta en la Seguridad Social con carácter previo al inicio.
  • Las curriculares no generan derechos del Estatuto de los Trabajadores: por ejemplo, no dan derecho a vacaciones retribuidas ni a cotización.
  • Las extracurriculares, al tener relación laboral especial, generan retribución fijada por el convenio colectivo aplicable.
  • Quien firma es el estudiante, el centro educativo (que valida la práctica) y la empresa (que acoge al becario y, en su caso, paga).

Duración, jornada y retribución habituales en España

Concepto Valor habitual
Jornada diaria 4-5 horas
Duración pactada 3-6 meses
Retribución en contrato en prácticas (primer año) 60 % del salario fijado por convenio
Retribución en contrato en prácticas (segundo año) 75 % del salario fijado por convenio
Suelo mínimo (SMI 2026) 1.221 EUR/mes en 14 pagas (40,70 EUR/día)

La retribución nunca puede quedar por debajo del SMI: si el 60 % del convenio es inferior, se paga el SMI. Para los contratos para la formación y el aprendizaje, la jornada se reparte entre trabajo efectivo y formación teórica: el primer año, un 75 % de la jornada (30 horas semanales) es trabajo y el resto formación; desde el segundo año, un 85 % (34 horas semanales) es trabajo.

Cuándo hay que dar de alta en la Seguridad Social en España

  1. Prácticas remuneradas (extracurriculares y contrato en prácticas): la empresa comunica el alta en la Seguridad Social antes del día de inicio del becario.
  2. Prácticas no remuneradas (curriculares): la Ley 27/2011 prevé una bonificación del 100 % en la cuota empresarial: aun no habiendo retribución, se puede dar de alta para que el tiempo compute.
  3. Incumplimiento: si la empresa no da el alta y la práctica es remunerada, la Inspección de Trabajo puede reclamar la cotización atrasada y sancionar; además, el becario puede reclamar la relación laboral común.
  4. Comunicación al SEPE: no se exige trámite específico en prácticas no laborales, pero sí en contratos formativos, que deben registrarse en el servicio público de empleo.

En España, la clave no es el nombre del documento, sino si hay retribución: si la hay, hay alta; si no la hay y es curricular, basta con el convenio entre las tres partes.

El contrato becario en México

En México la Ley Federal del Trabajo no contempla una modalidad llamada contrato becario. Lo que existe son prácticas académicas reguladas por los propios planes de estudio y, en algunos casos, un convenio de beca ligado a la obligación patronal de financiar estudios. La autoridad federal de referencia es la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), y los conflictos individuales se dirimen ante los Tribunales Laborales, tras la conciliación prejudicial obligatoria en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral o en el centro estatal correspondiente.

Por eso, en México lo decisivo no es el nombre del documento, sino la realidad de la prestación: si hay subordinación, horario y un pago, se aplica la legislación laboral común, con independencia de que al estudiante se le llame becario, pasante o practicante.

Qué dice la LFT sobre prácticas y becas en México

  • El artículo 20 de la LFT define la relación de trabajo como la prestación de un trabajo personal subordinado mediante el pago de un salario, y el artículo 21 presume esa relación entre quien presta el trabajo y quien lo recibe.
  • Por eso, llamar becario a una persona no excluye automáticamente la legislación laboral: si hay subordinación y salario, se aplican las obligaciones laborales ordinarias.
  • El artículo 132, fracción XIV, de la LFT es la única mención explícita al becario: obliga al patrón a financiar estudios técnicos, industriales o prácticos de sus trabajadores o de los hijos de estos.
  • Quienes terminan los estudios becados deben prestar servicios al patrón que los becó durante al menos un año.
  • La LFT no fija un modelo único de convenio de prácticas: cada programa académico o cada empresa define el suyo.

Qué debe contener el convenio de prácticas en México

  • Periodo de la práctica (fecha de inicio y de fin).
  • Horas semanales y horario, compatibles con los estudios.
  • Área y actividades concretas que realizará el becario.
  • Objetivos formativos, ligados al plan de estudios.
  • Responsables: un tutor en la empresa y un responsable en la institución educativa.
  • Requisitos académicos: matrícula vigente, créditos cursados, seguro escolar.
  • Sistema de evaluación y, en su caso, formato del informe final.
  • Apoyo económico: monto, periodicidad y forma de pago, si lo hay.
  • Condiciones de conclusión: certificado, baja, confidencialidad y propiedad del trabajo.

Obligaciones de la empresa según su tamaño en México

  • Empresas con más de 100 y menos de 1.000 trabajadores: deben sufragar los estudios de un trabajador o de un hijo de este, elegido conforme a los criterios de la LFT.
  • Empresas con más de 1.000 trabajadores: deben sostener a tres becarios en las mismas condiciones.
  • La beca cubre los costos de la formación (matrícula, materiales y, en muchos casos, manutención).
  • Una vez finalizados los estudios, la persona becada debe prestar servicios al patrón que la becó durante al menos un año.
  • Este supuesto del artículo 132 es una obligación específica de financiamiento de estudios; no equivale al régimen de prácticas universitarias habituales que la mayoría de las empresas gestiona mediante convenios con las instituciones educativas.

El contrato becario en Argentina

En Argentina, la figura más regulada es la pasantía educativa, prevista en la Ley 26.427, con la autoridad de aplicación en el Ministerio de Capital Humano. Cuando el vínculo no encaja en esa ley, pueden aparecer otras modalidades bajo el paraguas de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el propio Ministerio pueden intervenir si detectan una relación laboral encubierta.

Modalidad Marco legal Autoridad Aportes y obra social
Pasantía educativa Ley 26.427 Ministerio de Capital Humano Cobertura por la empresa; sin relación laboral
Práctica preprofesional no encuadrada LCT (si hay subordinación) Ministerio de Capital Humano / AFIP Aportes comunes como cualquier trabajador
Beca de estudio sin práctica LCT (si hay trabajo) AFIP Sin dato en las fuentes consultadas si no hay relación laboral

En Argentina, lo que define el régimen no es el nombre —beca, pasantía o práctica—, sino si la persona está solo formándose o si además trabaja bajo subordinación.

Pasantías educativas en Argentina

  • La Ley 26.427 de Pasantías Educativas es la norma específica; la autoridad de aplicación es el Ministerio de Capital Humano.
  • La pasantía debe celebrarse entre la institución educativa, la organización receptora y el pasante, mediante un acta acuerdo.
  • La duración, la carga horaria y la contraprestación económica (llamada beca de pasantía) se pactan por escrito, respetando los topes de la ley y del acta acuerdo.
  • La pasantía no constituye relación laboral de dependencia, pero sí genera una contraprestación mensual, cobertura de obra social y seguro de riesgos del trabajo (ART).
  • La intervención de la institución educativa y de la empresa u organismo receptor es obligatoria para su validez.

Becas y prácticas no encuadradas como pasantía en Argentina

  • Si el vínculo no encaja en la Ley 26.427 (por ejemplo, porque no hay universidad de por medio o porque la jornada excede los topes de la pasantía), puede subsumirse en la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).
  • En ese caso rigen el principio de primacía de la realidad y las normas generales de la LCT: jornada máxima, aguinaldo, vacaciones, aportes y contribuciones.
  • La AFIP puede fiscalizar los aportes y contribuciones omitidos y el Ministerio de Capital Humano puede labrar actas por trabajo no registrado.
  • El riesgo de llamar beca a algo que en la práctica es un trabajo subordinado es terminar pagando aportes atrasados, multas e indemnizaciones.

Derechos y cargas sociales en una pasantía en Argentina

Concepto Quién lo asume Referencia
Obra social (cobertura médica) Organización receptora Ley 26.427 y normativa de salud
ART (seguro de accidentes) Organización receptora Ley de Riesgos del Trabajo
Aguinaldo Sin dato en las fuentes consultadas para pasantías; obligatorio en la LCT —
Vacaciones pagas Sin dato en las fuentes consultadas para pasantías; obligatorio en la LCT —
Aportes jubilatorios Sin dato en las fuentes consultadas para pasantías; obligatorios en la LCT —

El dato clave para dimensionar cualquier contraprestación: el salario mínimo, vital y móvil en Argentina en 2026 es de 372.400 ARS/mes (sube a 376.600 ARS en agosto de 2026), según la Resolución 9/2025 del Consejo Nacional del Empleo.

El contrato becario en Chile

En Chile la práctica profesional se rige por el Código del Trabajo y por la normativa interna de cada universidad. La autoridad fiscalizadora es la Dirección del Trabajo (DT), que también media en los conflictos entre practicantes y empresas. Mientras el convenio esté vigente y firmado por las tres partes, la práctica no genera relación de dependencia: el practicante no integra la nómina ni existe un contrato de trabajo propiamente tal.

Modalidad Documento clave Relación laboral Autoridad
Práctica profesional (currricular) Carta de convenio + carta de duración No Dirección del Trabajo
Práctica profesional (no curricular) Anexo al convenio No, salvo indicios de subordinación Dirección del Trabajo
Beca financiada por la empresa Convenio de beca No, salvo que haya trabajo Sin dato en las fuentes consultadas

En Chile, mientras la práctica respete el convenio firmado, el practicante no es trabajador: por eso la empresa no está obligada a pagarle sueldo, aunque puede hacerlo voluntariamente.

Documentos necesarios para formalizar la práctica en Chile

  • Carta de convenio entre la universidad del becario y la empresa, con la aceptación escrita de esta última.
  • Carta de duración de la práctica, con fecha de inicio y de fin.
  • Identificación del profesor guía (designado por la universidad) y del orientador en la empresa.
  • Datos del becario: nombre, cédula de identidad, carrera, semestre o nivel de estudios.
  • Descripción de las actividades a realizar y de los objetivos formativos.
  • Copia del seguro escolar o del seguro de accidentes contratado, según la política de la universidad.

Condiciones de la práctica en Chile

  • El becario no forma parte de la nómina de trabajadores: se considera practicante o aprendiz.
  • No hay obligación legal de pagar salario, aunque algunas empresas contemplan voluntariamente un aporte para gastos de colación o locomoción (no constituye sueldo).
  • La jornada puede ser completa, de media jornada o una combinación que permita compatibilizar la práctica con los estudios.
  • El patrón o empleador no tiene poder de mando sobre el becario: las tareas se acuerdan con el profesor guía y el orientador.
  • En 2026, el ingreso mínimo mensual de referencia es de 350.000 CLP/mes, cifra útil para dimensionar cualquier aporte voluntario en comparación con el mercado.

Marco normativo y autoridad en Chile

  • El Código del Trabajo chileno es el marco general; la práctica profesional cuenta con regulación específica para compatibilizar la formación con el desempeño.
  • El Decreto 507 aprueba el Reglamento de Becarios de la Ley N.º 15.076, aplicable únicamente al Sistema Nacional de Servicios de Salud; se toma solo como orientación para la contratación de becarios en otros rubros.
  • La Dirección del Trabajo (DT) es el organismo al que se acude ante dudas o incumplimientos: fiscaliza el cumplimiento del Código del Trabajo y puede citar a comparendo de conciliación antes de cualquier demanda judicial.

El contrato becario en Perú

En Perú la referencia es la Ley N.º 28518, Ley sobre Modalidades Formativas Laborales, y su reglamento, el Decreto Supremo N.º 007-2005-TR. La autoridad competente es la Autoridad Administrativa de Trabajo, dependiente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE). La ley distingue tres modalidades: aprendizaje, prácticas preprofesionales y prácticas profesionales, cada una con requisitos, duraciones y efectos propios.

Modalidad Finalidad Subvención económica Autoridad
Aprendizaje Formación laboral con predominio en la empresa Sí, en muchos casos Autoridad Administrativa de Trabajo
Prácticas preprofesionales Aplicar conocimientos durante los estudios No obligatoria, pero habitual Autoridad Administrativa de Trabajo
Prácticas profesionales Obtener el título profesional No obligatoria Autoridad Administrativa de Trabajo

En Perú, la modalidad formativa es la categoría oficial: el becario, el practicante y el aprendiz son figuras distintas, cada una con su régimen, y todas deben inscribirse ante la Autoridad Administrativa de Trabajo para producir efectos plenos.

Las modalidades formativas en Perú

  • Aprendizaje con predominio en la empresa: pensado para jóvenes que inician su vida laboral, con predominio de la formación práctica en la empresa. La edad y la duración máxima dependen del tipo de empresa (regular o de menor tamaño), con la posibilidad de subvención económica.
  • Prácticas preprofesionales: se realizan durante los últimos años de la carrera, como parte de la malla curricular, sin requerir título previo. La jornada no puede superar seis horas diarias ni treinta semanales, y la subvención económica, cuando existe, suele fijarse en función de la remuneración mínima vital.
  • Prácticas profesionales: se hacen una vez obtenida la condición de egresado, para acceder al título profesional. La duración máxima es de un año, salvo en algunos casos previstos por la ley.
  • Para dimensionar cualquier ayuda económica: la remuneración mínima vital en 2026 es de 1.130 PEN/mes, sin cambios desde el 1 de enero de 2025.

Derechos del practicante y obligaciones de la empresa en Perú

  • Cobertura de salud: el practicante debe contar con un seguro de salud, sea el de EsSalud o un seguro privado equivalente.
  • Seguro contra accidentes: la empresa está obligada a contratarlo antes del inicio de la práctica.
  • Certificado al término: la organización receptora debe entregar una constancia o certificado de prácticas que acredite las funciones y el periodo.
  • Registro ante la Autoridad Administrativa de Trabajo: la modalidad formativa debe inscribirse en el registro correspondiente; sin inscripción, el vínculo puede considerarse laboral común.
  • Prohibición de cubrir puestos ordinarios: la empresa no puede usar al practicante para sustituir a un trabajador en una plaza permanente.
  • Capacitación y tutoría: la empresa debe asignar un responsable que supervise y evalúe al practicante.

Cómo inscribir la modalidad formativa en Perú

  1. Elaborar el convenio de modalidad formativa entre la institución educativa, la empresa y el beneficiario, con todos los datos que exige la Ley N.º 28518.
  2. Adjuntar la documentación requerida: copia del documento de identidad del beneficiario, constancia de estudios o de egresado, plan formativo y, en su caso, el seguro contra accidentes.
  3. Presentar el expediente ante la Autoridad Administrativa de Trabajo dependiente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en la jurisdicción donde se ejecutará la práctica. El plazo se cumple antes del inicio efectivo de la actividad.
  4. Sustentar la oportunidad y la veracidad de los datos ante la autoridad, que puede observar el registro si faltan requisitos.
  5. Si no se inscribe la modalidad formativa, la relación puede ser calificada como laboral común, con todos los efectos de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral (TUO del Decreto Legislativo 728): aportes, beneficios sociales y, en su caso, indemnización por despido.

En Perú, la inscripción ante la Autoridad Administrativa de Trabajo es el escudo formal de la empresa: sin ella, el "becario" puede terminar siendo considerado trabajador con todos los derechos.

Preguntas frecuentes sobre el contrato becario

1. ¿Qué novedades trae en 2026 el contrato de becario?

En España, la reforma del Estatuto del Becario deja claro que las prácticas remuneradas tienen que cotizar a la Seguridad Social desde el primer día. Además, se acota la duración máxima de la formación a seis meses, con dos horas de tutorías por semana. La ley se aplica desde 2024 y en 2026 ya está plenamente vigente en todo el territorio español.

2. ¿Cuánto cobra un becario y quién paga su sueldo?

En España, una beca formativa puede no tener retribución mínima legal, pero el Estatuto del Becario obliga a incluir un ingreso o ayuda al menos desde el primer mes. Las prácticas remuneradas en empresa pagan al menos el 60% del sueldo fijado en convenio durante el primer año y el 75% durante el segundo.

3. ¿Qué derechos reconoce el Estatuto del Becario en España?

La ley española garantiza a la persona becaria un tutor asignado, dos horas semanales de formación y una ayuda económica en prácticas remuneradas. También fija seis meses como tope de duración y prohíbe usar becarios para cubrir puestos estructurales. La norma entró en vigor el 1 de enero de 2024 y se aplica íntegra en 2026.

4. ¿Cómo se da de alta una beca formativa ante la Seguridad Social en España?

La empresa o entidad formativa tramita el alta en la Seguridad Social de forma online, a través de la Sede Electrónica o de RED Directo, indicando el código de programa formativo. En el caso del contrato en prácticas, se usa la clave 421 para varones y 422 para mujeres. La cotización se aplica desde la fecha de inicio del periodo de prácticas.

5. ¿Dónde descargar el modelo oficial de contrato en prácticas en España?

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) publica en su web el modelo oficial de contrato en prácticas, en formato PDF editable, con su anexo de cláusulas y la ayuda por persona desempleada. Conviene usar siempre esa plantilla, que ya incorpora la remuneración mínima del 60% o 75% del salario de convenio y la duración máxima de dos años.

6. ¿Qué artículo del Estatuto de los Trabajadores regula el contrato en prácticas?

El contrato en prácticas en España se regula en los artículos 11.1 y 11.2 del Estatuto de los Trabajadores, que exigen título reciente, duración entre seis meses y dos años y un salario no inferior al 60% o 75% del convenio. Estas previsiones siguen plenamente vigentes en 2026 y se complementan con el Estatuto del Becario.

7. ¿Qué requisitos tiene que cumplir el trabajador para firmar un contrato en prácticas en España?

Hace falta haber terminado los estudios, tener menos de 30 años o, si se supera esa edad, estar desempleado, y no haber trabajado antes en la misma empresa más de doce meses. El puesto debe ajustarse al nivel de estudios y el contrato no puede superar los dos años de duración total.

8. ¿Cuántas horas semanales puede trabajar un becario en España?

El Estatuto del Becario fija un máximo de 30 horas semanales de dedicación, incluidas las tutorías, para que la formación no quede en un segundo plano. El horario debe figurar por escrito en el acuerdo de prácticas desde el primer día. Si se supera, la empresa incurre en fraude de ley y la relación se reconvierte en contrato laboral común.

Fuentes

  1. PayfitConvenio de un becario: condiciones y cotización – Payfitconsultado el 04/10/2026
  2. InfobaeQué dice el Estatuto del Becario: así deberán compensar … – Infobaeconsultado el 04/10/2026
  3. Dt¿Debe escriturarse contrato de trabajo a los alumnos en práctica …consultado el 04/10/2026
  4. MundoposgradoRequisitos de un contrato de becario: resolvemos tus dudas al …consultado el 04/10/2026
  5. RunahrBecario: ¿Qué es? ¿Cómo contratarlo? ¿Cómo pagarlo? – Runa HRconsultado el 04/10/2026