Contratos

Contratos: tipos, cláusulas clave y qué cambia según el país

agosto 28, 2026 Derecho Facil 14 min read
Contratos: tipos, cláusulas clave y qué cambia según el país

  • Qué es un contrato: acuerdo de voluntades para crear o transmitir derechos y obligaciones.
  • Validez en cada país: depende de consentimiento, objeto, capacidad y, a veces, forma escrita.
  • Autoridad que vigila: SEPE en España, STPS y CFC en México, Ministerio de Trabajo en Argentina, DT en Chile, SUNAFIL en Perú.
Cuatro ideas clave para entender qué es un contrato y qué cambia al cruzar fronteras.

Un contrato es un acuerdo de voluntades para crear o transmitir derechos y obligaciones. Casi todos los países comparten esa idea, pero la forma de celebrarlo, las cláusulas obligatorias y la autoridad que vigila cambian por completo de un país a otro. Esta guía recorre lo común y aterriza en España, México, Argentina, Chile y Perú para que sepas qué te aplica según dónde vivas o contrates.

Qué es un contrato y por qué no basta con leer uno solo

Contrato es el acuerdo entre dos o más personas para producir o transferir derechos y obligaciones. Esa definición es casi universal y la repiten los códigos civiles de los países hispanohablantes. Un contrato puede ser verbal o escrito, salvo cuando la ley exige una forma concreta; la exigencia de forma escrita y los casos en los que se aplica, como la transmisión de determinados bienes, dependen de la normativa de cada país.

El contrato nace con el cruce de una oferta y una aceptación válidas. Si falta consentimiento libre, si el objeto es contrario a derecho o si una parte carece de capacidad, el negocio no se sostiene: puede ser anulable o incluso inexistente. Por eso, más allá del papel firmado, lo que decide la validez es que se den los elementos que cada ordenamiento exige.

Lo que casi todos los países comparten (y por qué el detalle cambia)

Aunque las leyes son distintas, hay principios que se repiten en la mayoría de los ordenamientos:

  • Autonomía de la voluntad: las partes pueden pactar lo que quieran, dentro del marco legal.
  • Buena fe: cada parte debe actuar con lealtad y no aprovecharse de la otra.
  • Consentimiento libre y sin vicios (error, dolo, violencia o intimidación).
  • Objeto lícito y posible: no se puede contratar algo prohibido o imposible.
  • Capacidad legal de quienes firman.
  • Forma escrita cuando la ley la exige, por ejemplo para hipotecas, seguros o ciertos contratos laborales.

Estos principios están en el Código Civil español, en el Código Civil Federal mexicano, en el Código Civil y Comercial argentino, en el Código Civil chileno y en el Código Civil peruano. Lo que cambia de un país a otro es cómo se aplican: qué vicios invalidan el contrato, qué plazo hay para reclamar, qué autoridad fiscaliza y qué sanciones se imponen. Por eso comparar sin país es un error: el mismo concepto tiene reglas distintas a cada lado de la frontera.

España: cómo se regula y qué organismo lo supervisa

En España, el derecho de contratos se reparte entre el Código Civil y leyes especiales según la materia. Para los contratos laborales, la norma central es el Estatuto de los Trabajadores. El organismo que publica los modelos oficiales y registra los contratos es el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). La Inspección de Trabajo y la Seguridad Social entran cuando hay incumplimiento.

Las comunidades autónomas con derecho civil propio (Cataluña, Aragón, Navarra, País Vasco, Galicia y Baleares) tienen reglas civiles distintas en algunas materias, por lo que conviene revisar la normativa foral cuando el asunto sea de familia, sucesiones o contratos sobre bienes inmuebles.

Tipos de contrato en España según el SEPE

El SEPE reconoce varias modalidades de contrato de trabajo:

  • Indefinido: sin límite de tiempo, a jornada completa, parcial o fijo discontinuo.
  • De duración determinada: solo por circunstancias de la producción o por sustitución de una persona trabajadora.
  • De formación en alternancia: combina trabajo retribuido con formación.
  • Formativo para la práctica profesional: vinculado a títulos universitarios o de formación profesional.
  • De pescadores: regulado por el Real Decreto 618/2020, de 30 de junio.

Forma del contrato y modelos oficiales en España

Modalidad ¿Es obligatorio por escrito? Modelo oficial
Indefinido Recomendable; obligatorio para fijos discontinuos y a tiempo parcial Disponible en castellano, catalán, gallego, euskera y valenciano
Duración determinada (circunstancias de la producción) Obligatorio por escrito, salvo que la duración sea inferior a cuatro semanas con jornada completa Mismo formato por idiomas
Sustitución Obligatorio por escrito Mismo formato por idiomas
Formación en alternancia Obligatorio por escrito Mismo formato por idiomas
Práctica profesional Obligatorio por escrito Mismo formato por idiomas
Pescadores Obligatorio por escrito Castellano, lenguas cooficiales e inglés

La fuente es la página de modelos de contrato del SEPE, y todos los formatos se descargan en PDF.

Cláusulas habituales en un contrato laboral español

Los modelos del SEPE recogen estos elementos como contenido mínimo:

  • Identificación completa de las partes (empresa y persona trabajadora).
  • Duración del contrato y, en su caso, fecha de inicio y fin.
  • Jornada y horario, con indicación de si es a tiempo completo o parcial.
  • Periodo de prueba, cuando proceda.
  • Retribución y periodicidad del pago.
  • Vacaciones y fiestas.
  • Categoría o grupo profesional.

México: cómo se regula y qué autoridad lo supervisa

En México coexisten dos grandes marcos. Los contratos civiles se rigen por el Código Civil Federal y por los códigos civiles de cada entidad federativa; los laborales, por la Ley Federal del Trabajo. La autoridad federal (STPS, PROFEDET) y las autoridades estatales (PROFECO, juntas locales) actúan según la materia.

Desde la reforma laboral de 2019, antes de demandar por despido hay que pasar por la conciliación prejudicial en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. Las antiguas Juntas de Conciliación y Arbitraje ya no reciben demandas nuevas.

Elementos del contrato en el Código Civil Federal de México

El Código Civil Federal distingue:

  • Elementos de existencia: consentimiento y objeto.
  • Requisitos de validez: capacidad de las partes, ausencia de vicios del consentimiento, objeto lícito y forma exigida por la ley cuando proceda.

Si falta un elemento de existencia, el contrato es inexistente; si falta un requisito de validez, es anulable.

Vicios del consentimiento en México y cómo se sancionan

El Código Civil Federal enumera los vicios que invalidan el consentimiento:

  1. Error: cuando recae sobre el motivo determinante y es excusable.
  2. Dolo o mala fe: cuando una parte usa ardides para inducir a error a la otra.
  3. Mala fe: aprovecharse del error conocido de la otra parte.
  4. Violencia: fuerza física o amenazas que pongan en riesgo la vida, honra, libertad, salud o bienes.

La consecuencia es la nulidad del contrato o, en su caso, la anulabilidad cuando el vicio es subsanable.

Formación del contrato en México: oferta y aceptación

La legislación civil federal regula así la formación del contrato:

  1. Quien hace una oferta queda vinculado hasta que expire el plazo fijado.
  2. Si no hay plazo y las partes están presentes, el oferente queda libre si la aceptación no es inmediata.
  3. La oferta puede hacerse de forma presencial, por correo, telégrafo, medios electrónicos, ópticos o cualquier otra tecnología.
  4. El contrato se forma cuando el proponente recibe la aceptación.

Ejemplo: una empresa en Guadalajara envía una oferta de suministro el 3 de marzo con plazo hasta el 10; la contraparte responde por correo electrónico el 7 y la oferta llega al buzón del proponente ese mismo día. El contrato queda perfeccionado el 7 de marzo.

Argentina: cómo se regula y qué autoridad lo supervisa

Argentina unificó su derecho civil y comercial en el Código Civil y Comercial de la Nación, aprobado por la Ley 26.994 y en vigor desde el 1 de agosto de 2015. Para los contratos laborales rige la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744). El Ministerio de Trabajo nacional y las autoridades provinciales actúan según jurisdicción y materia.

En CABA, antes de demandar laboralmente hay que agotar la conciliación obligatoria ante el SECLO. En el ámbito civil, la competencia es de los tribunales provinciales o nacionales según el caso.

Estructura del Código Civil y Comercial argentino

El Código Civil y Comercial se organiza en dos grandes ramas que regulan los contratos:

  • Parte general: personas, actos jurídicos, obligaciones, contratos en general.
  • Parte especial: contratos típicos (compraventa, locación, mandato, leasing, fideicomiso, entre otros).

La Ley 26.994, en sus arts. 1 a 7, aprobó el texto, derogó los códigos anteriores y fijó la entrada en vigor el 1 de agosto de 2015.

Principios contractuales que rigen en Argentina

El derecho contractual argentino se apoya en la buena fe, la autonomía de la voluntad y el orden público. Las partes pueden pactar libremente, pero la ley invalida las cláusulas que contrarían normas imperativas o que producen un desequilibrio manifiesto entre los derechos y obligaciones.

En la práctica, eso significa que un contrato redactado solo a favor de una parte puede ser revisado judicialmente si la otra demuestra abuso de posición dominante.

Cláusulas que la legislación argentina cuida con recelo

El Código Civil y Comercial argentino prevé la nulidad de ciertas cláusulas aun en contratos firmados:

  • Cláusulas abusivas: las que perjudican desmedidamente a la parte más débil.
  • Renuncia anticipada de derechos: no vale firmar que renuncias a acciones futuras si ese derecho está protegido por ley.
  • Pactos comisorios: cláusulas que permiten al acreedor quedarse con la garantía ante un incumplimiento leve, sin pasar por el juez.

Si vas a firmar un contrato en Argentina, revisa estas cláusulas: pueden ser declaradas nulas y dejar sin efecto parte importante del acuerdo.

Chile: cómo se regula y qué autoridad lo supervisa

En Chile, el Código Civil regula los contratos civiles y el Código del Trabajo los laborales. El organismo que fiscaliza, media y publica los modelos oficiales es la Dirección del Trabajo (DT), dependiente del Ministerio del Trabajo.

Un mito frecuente es que el contrato de trabajo siempre se firma en papel ante la notaría. En Chile, la ley permite el contrato escrito firmado ante el empleador, y la DT es la entidad que fiscaliza, no un notario.

Tipos de contrato laboral en Chile según la DT

La Dirección del Trabajo publica modelos para estas modalidades:

  • Indefinido.
  • A plazo fijo.
  • Por temporada o trabajo de temporada.
  • De aprendizaje.
  • De práctica profesional.
  • De casa particular (puertas adentro o afuera).
  • Construcción.
  • Agrícola permanente.
  • Teatro, televisión y agricultura de temporada.

Modelos y trámites clave en la Dirección del Trabajo de Chile

Los pasos más habituales ante la DT son:

  1. Descargar el modelo según la modalidad desde el portal dt.gob.cl.
  2. Completar los datos del trabajador y del empleador.
  3. Firmar el contrato en dos ejemplares.
  4. Si el contrato termina, enviar el aviso de término a través de los canales habilitados.
  5. Firmar el finiquito y ratificarlo ante la DT, notaría o por medio del portal Mi Finiquito.
  6. Si la persona renuncia, presentar la carta de renuncia voluntaria con la fecha y firma.

Documentos habituales al contratar en Chile

La DT suele exigir esta documentación de base:

  • Cédula de identidad vigente.
  • Contrato escrito en el modelo oficial.
  • Aviso de término cuando corresponda.
  • Finiquito ratificado ante la DT, notaría o por el portal Mi Finiquito.
  • Carta de renuncia voluntaria si la persona trabajadora dimite.

Perú: cómo se regula y qué autoridad lo supervisa

En Perú, el Código Civil rige los contratos civiles. En el ámbito laboral, la norma principal es el D.S. 728, Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, con sus reglamentos. La autoridad que fiscaliza es la SUNAFIL, y los conflictos se resuelven en los juzgados laborales bajo la Nueva Ley Procesal del Trabajo.

Un error frecuente es creer que cualquier periodo de prueba prolongado es válido. En Perú, la ley fija topes según la categoría del trabajador, y si se exceden, el periodo se entiende por cumplido y el contrato pasa a ser indeterminado.

Tipos de contrato laboral en Perú según el D.S. 728

El D.S. 728 reconoce tres grandes modalidades:

  • A plazo indeterminado: es la regla general.
  • A plazo fijo: sujeto a un término cierto.
  • Por necesidad de mercado: para atender incrementos coyunturales de producción.

Forma y registro del contrato en Perú

Aspecto Regla general Autoridad
Contrato escrito obligatorio A partir de cierto plazo de duración; los contratos a plazo fijo deben constar por escrito MTPE / SUNAFIL
Registro en planilla electrónica Plazo breve tras el inicio de la relación laboral SUNAFIL
Fiscalización del cumplimiento Inicio de oficio o por denuncia SUNAFIL

La fuente normativa es el propio D.S. 728; los plazos concretos y excepciones dependen del tipo de contrato, por lo que conviene revisar el texto vigente en El Peruano.

Cláusulas sensibles en un contrato peruano

Tres cláusulas requieren atención especial en Perú:

  • Periodo de prueba: la ley fija plazos máximos según categoría; pasado ese límite, el contrato se convierte en indeterminado.
  • Exclusividad: válida, pero no puede impedir otras actividades fuera de la jornada pactada.
  • No competencia: la jurisprudencia exige que sea razonable en tiempo, lugar y contraprestación; si es excesiva, puede declararse nula.

Antes de firmar, conviene revisar cada una de estas cláusulas y, ante la duda, consultar con la SUNAT (planilla) o con el área legal de la empresa.

Cierre práctico

El contrato es el mismo concepto en los cinco países, pero la forma de celebrarlo, las cláusulas obligatorias, la autoridad que vigila y los plazos para reclamar cambian por completo. Si vas a firmar en España, empieza por los modelos del SEPE; en México, revisa el Código Civil Federal y la Ley Federal del Trabajo; en Argentina, el Código Civil y Comercial; en Chile, los modelos de la Dirección del Trabajo; y en Perú, el Código Civil junto al D.S. 728. En todos los casos, revisar la forma escrita, los plazos y la autoridad competente evita sorpresas que cuestan tiempo y dinero.

0%

Preguntas frecuentes sobre contratos

1. ¿Qué tipos de contratos existen en España y en qué se diferencian?

En España el Estatuto de los Trabajadores distingue, por duración, entre contrato indefinido y temporales (por obra o servicio, eventual por circunstancias de la producción y de interinidad); por jornada, entre completo, parcial y fijo-discontinuo, y por la persona, los formativos en alternancia y para la obtención de la práctica profesional. Cada modalidad tiene su propio límite de encadenamiento y su bonificación en cuotas a la Seguridad Social, así que conviene revisar la última convocatoria antes de firmar.

2. ¿Cómo descargo un modelo oficial de contrato de trabajo del SEPE?

El SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal de España) ofrece modelos descargables en PDF de cada modalidad contractual en el apartado "Contratos y comunicaciones" de su sede electrónica. Solo tienes que elegir el tipo de contrato, abrir el PDF y rellenarlo con los datos de la empresa y la persona trabajadora antes de presentarlo en el servicio público de empleo de tu comunidad autónoma.

3. ¿Dónde puedo conseguir modelos de contratos de trabajo para descargar?

En España, la fuente oficial es el catálogo de modelos del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), que cubre indefinidos, temporales y formativos. Para contratos mercantiles o de arrendamiento, lo más fiable es usar las plantillas del Consejo General del Notariado o de los colegios profesionales, evitando modelos genéricos de internet que pueden no reflejar la normativa vigente.

4. ¿Qué modelos de contrato de trabajo publica el SEPE y cuál necesito?

El SEPE publica más de veinte modelos oficiales, identificados por código (el más usado, el 100, para el contrato indefinido ordinario), además de versiones para fijos-discontinuos, formativos y cada temporal. Para saber cuál necesitas piensa primero en la duración (indefinido o temporal) y en la jornada (completa o parcial), porque de ahí sale el modelo concreto.

5. ¿Cuáles son los principales tipos de contratos laborales que existen?

En España los grandes grupos son: indefinido (incluido el fijo-discontinuo), temporales (obra o servicio, eventual e interinidad), formativos (alternancia y obtención de la práctica profesional) y de relevo. En América Latina la lógica cambia y suele hablarse de plazo fijo, plazo indefinido y por obra o faena, regulados por el código laboral de cada país.

6. ¿Qué información ofrece el SEPE sobre contratos de trabajo?

El SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal de España) centraliza los modelos oficiales, las comunicaciones de contratación y la normativa básica de cada modalidad contractual. Desde su web puedes consultar la duración máxima, los incentivos vigentes y los formularios que la empresa debe presentar obligatoriamente al inicio de la relación laboral.

7. ¿Hay un cuadro resumen con los tipos de contrato y sus características?

Sí, el Ministerio de Trabajo y Economía Social de España publica una guía-resumen con cada modalidad (indefinido, temporal, formativo, fijo-discontinuo), su duración máxima, el periodo de prueba y las bonificaciones aplicables. Es la referencia más fiable para comparar de un vistazo, aunque conviene comprobar la fecha de actualización porque los incentivos cambian con cada reforma laboral.

8. ¿Dónde encuentro los modelos oficiales de contratos del SEPE y cómo se rellenan?

Los modelos oficiales del SEPE están en su sede electrónica, sección "Modelos de contratos de trabajo", en PDF rellenable. Se cumplimentan con los datos identificativos de la empresa (CIF y CCC), los de la persona trabajadora (NIF y grupo de cotización), la fecha de inicio, la duración prevista y la jornada, y después se sellan y registran en la oficina de empleo de la comunidad autónoma correspondiente.

Fuentes

  1. SepeContratos – SEPEconsultado el 28/08/2026
  2. FacturamaTipos de contratos que hay en México y sus principales característicasconsultado el 28/08/2026
  3. ConceptosjuridicosContrato en Argentina: definición, tipos y elementos esenciales.consultado el 28/08/2026
  4. VlexClasificación de los contratos – vLex Chileconsultado el 28/08/2026
  5. Avla¿Qué es un contrato y los tipos que existen en Perú?consultado el 28/08/2026