Derecho de familia

Derecho a crecer en familia: cómo se protege a los menores sin cuidados parentales país por país

septiembre 25, 2026 Derecho Facil 13 min read
Derecho a crecer en familia: cómo se protege a los menores sin cuidados parentales país por país

Qué significa crecer en familia y por qué importa

Cuando un niño, una niña o un adolescente queda sin cuidado parental, el Estado tiene que decidir quién lo cuida y cómo. Esa decisión no es técnica: es de derechos. El principio rector es el interés superior del niño, recogido en la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas (1989) y repetido, con variantes, en las leyes internas de casi todos los países hispanohablantes.

Crecer en familia alude a que la primera opción sea siempre un entorno familiar —el de origen, el extenso o uno de acogimiento—, y que la residencia o internado sea una medida excepcional, temporal y revisable. La campaña "Crecer en familia" de Argentina y el programa Crecer en Familia de Chile llevan ese lema a políticas concretas; el informe de Aldeas Infantiles SOS España lo usa para pedir un cambio de modelo. La idea de fondo es que un hogar, aunque sea ajeno, protege más y mejor que cualquier institución.

Lo que casi todos los países comparten —y por qué luego cambia

Hay un suelo común en la región, heredado de la Convención y de las Directrices de Naciones Unidas sobre Modalidades Alternativas de Cuidado (2009):

  • Preferencia de la familia sobre cualquier otra modalidad de cuidado.
  • Carácter temporal y excepcional del acogimiento residencial.
  • Derecho del niño a ser escuchado y a mantener lazos con su familia de origen.

A partir de ahí, cada país escribe su propia lista de principios, sus organismos y sus plazos. Lo que en España es competencia de las Comunidades Autónomas con apoyo estatal, en México lo coordina el Sistema DIF, en Argentina lo ejecuta la SENAF con la DNRUA, en Chile lo lidera el Servicio Nacional de Protección Especializada y en Perú el MIMP. Mismos principios, distintas ventanillas: por eso el detalle cambia —y por eso este artículo va país por país.

España: la protección a la infancia sin cuidado parental

En España, casi 50.000 niños, niñas y adolescentes están tutelados por las Comunidades Autónomas porque sus familias no pueden cuidar de ellos, según el informe "El derecho a crecer en familia" de Aldeas Infantiles SOS España. La cifra lleva años creciendo y el sistema sigue anclado en una lógica más residencial que familiar: más de 21.000 están en acogimiento residencial, frente a unos 19.500 en familias de acogimiento. Es un espejo de lo que dice la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor: familia primero, residencia como último recurso, pero la práctica va por detrás de la norma.

Qué dice la ley en España

La Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, en su redacción dada por la Ley 26/2015 ordena que, ante la falta de cuidado parental, se priorice el acogimiento familiar —preferentemente en familia extensa— y que el residencial quede reservado a casos justificados y por el tiempo estrictamente necesario. La ley fija, además, revisiones periódicas de la medida y el deber de trabajar la reinserción familiar. Las Comunidades Autónomas tienen las competencias en infancia, así que el cómo (convocatorias de familias acogentes, plazos, equipos técnicos) cambia de una región a otra.

Cómo se reparte el acogimiento en España

Modalidad Menores Peso
Acogimiento residencial 21.283 43% aprox.
Acogimiento familiar 19.545 39% aprox.
Estudio de caso o medida previa resto —

Fuente: Aldeas Infantiles SOS España, informe "El derecho a crecer en familia" (último informe disponible). La tendencia muestra un crecimiento del residencial más rápido que el familiar, justo al revés de lo que pide la ley.

Dónde se resuelve en España

  • Servicios de infancia de cada Comunidad Autónoma: son los que declaran la desprotección, asignan la medida de acogimiento y tramitan, en su caso, el acogimiento familiar.
  • Entidades colaboradoras de protección: asociaciones y fundaciones acreditadas que ejecutan acogimiento familiar y residencial.
  • Aldeas Infantiles SOS España, como referente de la campaña y de la transformación del modelo hacia el acogimiento familiar, con presencia directa en varias comunidades.

México: el derecho a vivir en familia y el sistema de cuidado alternativo

En México, el cuidado alternativo está ordenado por la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que recoge el principio de interés superior y la prioridad de la convivencia familiar. El Sistema DIF —federal y estatales— opera como autoridad de protección: declara la situación de desamparo, diseña el plan de restitución de derechos y decide la modalidad de cuidado.

Qué dice la ley en México

La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes consagra el derecho a vivir en familia y establece que solo de forma subsidiaria y por el menor tiempo posible se recurra a acogimiento residencial. Antes se prefiere la familia de origen, luego la familia extensa, después el acogimiento familiar con personas ajenas y, por último, la residencia. La ley también reconoce el derecho a ser escuchado y a que cada medida sea revisada.

Tipos de cuidado y autoridad en México

Modalidades reconocidas:

  • Familia de origen (con apoyo y restitución de derechos).
  • Familia extensa (abuelos, tíos u otros parientes).
  • Acogimiento residencial (casa hogar o albergue, temporal).
  • Adopción, cuando se ha declarado la adoptabilidad por la vía jurisdiccional.

Autoridad: el DIF Nacional y los DIF estatales coordinan la protección; los Juzgados de Familia resuelven la adopción y, en algunos casos, la pérdida de patria potestad.

Cómo se trabaja la desinstitucionalización en México

La política federal apunta a reintegrar al niño en su familia —propia o ampliada— antes que a institucionalizarlo, con programas de trabajo social, acompañamiento psicológico y, cuando procede, apoyos económicos. La cifra concreta de menores en residencias o el tiempo promedio de estancia depende de cada estado y no figura unificada en las fuentes consultadas; el dato se obtiene del Sistema Nacional de Información sobre Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.

Argentina: crecer en familia como política pública y la campaña nacional

En Argentina, la campaña "Crecer en familia es un derecho, #ElegíAdoptar" —del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con la SENAF— lleva ese principio a la adopción y a la guarda con fines adoptivos. La autoridad de aplicación es la SENAF (Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia) y el registro centralizado es el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, gestionado por la DNRUA.

Qué dice el Código Civil y Comercial y el sistema de adopción en Argentina

El Código Civil y Comercial de la Nación regula la adopción y la guarda con fines adoptivos, y fija los principios que la SENAF aplica: búsqueda activa de familia de origen o ampliada, declaración de adoptabilidad solo cuando esa búsqueda fracasa, y derecho del niño a ser escuchado según su edad y madurez.

Cómo se inscriben los pretensos adoptantes y qué mitos hay que desterrar

Pasos para inscribirse, según la SENAF:

  1. Reunir la documentación personal y de convivencia.
  2. Presentarse en el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos de la jurisdicción correspondiente.
  3. Participar en las entrevistas y evaluaciones que fija el registro.
  4. Quedar habilitado para que, ante una niña, niño o adolescente en situación de adoptabilidad, se evalúe la vinculación.

Mitos que la SENAF derriba, con datos del registro:

  • "Solo se adoptan bebés": falso. El 75% de los chicos en situación de adoptabilidad tiene entre 6 y 17 años, mientras que el 88% de los legajos admitidos fueron presentados para niños de hasta 2 años.
  • "El trámite es caro y exige abogados": falso. La inscripción es personal y gratuita.
  • "Hay que estar en pareja": falso. Cualquier persona mayor de 25 años puede inscribirse, sin importar género ni estado civil.
  • "Hay que tener casa propia y sueldos altos": falso. Solo se exige poder cubrir la manutención del niño o del grupo de hermanos.

En Argentina, la adopción es una medida subsidiaria: primero se trabaja para que el niño vuelva con su familia de origen o ampliada; solo cuando eso no es posible se declara la adoptabilidad.

Dato clave y servicios de apoyo en Argentina

Indicador Valor Fuente
Chicos en situación de adoptabilidad más de 2.000 UNICEF y SENAF
Porcentaje con 6 a 17 años 75% SENAF
Legajos para menores de 2 años 88% DNRUA
Legajos para chicos hasta 8 años 18% DNRUA
Legajos para mayores de 12 años 1% DNRUA

Servicios: Línea 102 y los registros provinciales, donde se inicia el trámite y se obtiene orientación personalizada.

Chile: del cuidado alternativo residencial a la prioridad de la familia

Chile dio un paso explícito con el Plan Chile Cuida a los Niños, hoja de ruta 2026-2030 del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, ejecutado por la Subsecretaría de la Niñez, el Servicio Nacional de Protección Especializada y el programa Crecer en Familia. Al 31 de agosto de 2026, cerca de 5.000 niños vivían en residencias de protección y 598 eran menores de tres años.

Qué dice la ley en Chile y qué autoridad aplica la protección

La Ley de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia consagra el interés superior, el derecho a vivir en familia y la excepcionalidad del cuidado residencial. La autoridad operativa es el Servicio Nacional de Protección Especializada, que ejecuta las medidas de protección y los programas de cuidado alternativo; las Oficinas Locales de la Niñez son la puerta de entrada territorial.

Cuánto pesa el acogimiento residencial en Chile y dónde se concentra

Indicador Valor Fecha
Niños en residencias cerca de 5.000 cierre 2026
Menores de 3 años en residencias 598 31/08/2026
Región Metropolitana 202 menores de 3 años 31/08/2026
Valparaíso 86 menores de 3 años 31/08/2026
Maule 56 menores de 3 años 31/08/2026
Niños con alerta por violencia letal 437 2026
Con exposición directa/indirecta a homicidios 228 2026

Fuente: Ministerio de Desarrollo Social y Familia de Chile. Cifras en pesos chilenos cuando se trate de montos del plan.

Plan Chile Cuida a los Niños y Crecer en Familia: ejes y plazos

Ejes de prevención:

  • Programa Triple P (Parentalidad Positiva): meta de 2.700 familias en primera etapa y capacidad instalada para 25.000 familias al cierre del Gobierno.
  • Chile Crece Contigo: ampliación a 87 comunas y acompañamiento previsto hasta los 18 años.
  • Centro piloto de prevención de violencia letal en La Legua Emergencia (San Joaquín), con el Sistema de Prevención de Violencia Letal.

Eje de protección:

  • Proyecto de ley contra la explotación sexual en residencias, con régimen transitorio de control de accesos, vigilancia remota y reserva de identidad.
  • Programa Crecer en Familia, para tránsito desde residencias hacia familias de acogimiento.

Plazos: la hoja de ruta del plan es 2026-2030; el proyecto de ley contra la explotación sexual se ingresó en septiembre de 2026.

Perú: el cuidado alternativo del Código de los Niños y Adolescentes

En Perú, el cuidado alternativo se rige por el Código de los Niños y Adolescentes y por la Ley de Adopciones. La autoridad es el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), a través de sus Unidades de Adopción, y los Juzgados de Familia en lo que toca a la vía judicial.

Qué dice la ley en Perú

El Código de los Niños y Adolescentes y la Ley 30162, de Acogimiento Familiar priorizan la permanencia del niño en su familia de origen o extendida; cuando eso no es posible, abren paso al acogimiento familiar —en familia ajena— y, en última instancia, al residencial. La declaración de adoptabilidad corresponde al juez, previa intervención del MIMP.

Tipos de cuidado y autoridad en Perú

Modalidades reconocidas:

  • Familia de origen, con medidas de protección.
  • Familia extensa o acogimiento familiar.
  • Acogimiento residencial (con revisión periódica).
  • Adopción, por resolución judicial.

Autoridad: el MIMP, mediante la Dirección de Adopciones, y los Juzgados de Familia del Poder Judicial.

El proyecto apoyado por Fundación MAPFRE y dónde encontrar más información

Fundación MAPFRE acompaña en Perú programas para que más niños vivan en familia, con acciones de fortalecimiento del acogimiento familiar y formación de familias acogentes. Para informarte o postular como familia acogente o adoptante, la vía oficial es el MIMP y las Unidades de Adopción; los Juzgados de Familia del Poder Judicial resuelven los procesos de adopción.

Preguntas frecuentes sobre el derecho a crecer en familia

1. Ejemplos prácticos del derecho de niños y niñas a vivir en familia

Una ley de protección integral en Argentina (Ley 26.061) prioriza que el niño permanezca con su familia de origen y solo como último recurso ordena la separación, con plazos claros de revisión. En Colombia, la Ley 1098 de 2006 obliga a agotar la reinserción familiar antes de decretar una adoptabilidad, y en México la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes reconoce el derecho a vivir en condiciones familiares que favorezcan su desarrollo.

2. En qué consiste el derecho a vivir en familia para la infancia

Es el derecho que tiene toda persona menor de edad a crecer en un entorno familiar estable, con afecto y cuidados, y a no ser separada de su familia salvo cuando sea necesario para proteger su interés superior. La Convención sobre los Derechos del Niño (artículo 9) lo recoge así y los Estados lo desarrollan en sus leyes internas de protección.

3. Qué dice la Convención sobre los Derechos del Niño acerca del derecho a una familia

El artículo 9 de la Convención sobre los Derechos del Niño establece que el niño no será separado de sus padres contra la voluntad de estos, salvo cuando la separación sea necesaria para su interés superior, y en el artículo 20 prevé protección especial para los privados de su entorno familiar, incluida la colocación en hogares de guarda o la adopción.

4. En qué artículo de la ley se reconoce el derecho a vivir en familia

En España, la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor incluye este derecho y lo refuerza la Ley 26/2015 como modificación; en México, el artículo 4 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes lo reconoce expresamente, y en Argentina está en el artículo 9 de la Ley 26.061.

5. Por qué es importante el derecho a la familia para el desarrollo infantil

La crianza en un entorno familiar estable es uno de los predictores más sólidos de bienestar emocional y educativo en la infancia, según la evidencia que recoge Unicef en sus informes globales. Por eso las leyes de protección priorizan mantener al niño con su familia y, cuando esto no sea posible, buscan una alternativa familiar antes que la institucionalización.

6. Qué imágenes o recursos explican a los niños el derecho a vivir en familia

Unicef publica guías ilustradas y descargables para trabajar este derecho en escuelas, como el material “Los derechos de los niños y las niñas” disponible en su sitio oficial. En el ámbito escolar, los Ministerios de Educación de cada país suelen tener fichas didácticas con dibujos y actividades sobre los derechos de la infancia.

7. Qué se entiende por igualdad sustantiva en el derecho de familia

Es la igualdad real de derechos entre todos los miembros de la familia, sin importar género, edad o condición, que obliga al Estado a remover obstáculos para que niños, mujeres y personas vulnerables ejerzan sus derechos por igual. La Convención sobre los Derechos del Niño y la CEDAW lo desarrollan, y leyes como la Ley 26.061 en Argentina lo aplican al ámbito familiar.

8. Cuáles son los diez derechos básicos de la familia reconocidos por la ley

Un listado habitual incluye: igualdad, integridad, respeto, educación común de los hijos, protección de menores y personas mayores, vivienda digna, salud, seguridad social, protección frente a la violencia y derecho a organizarse. En México, el artículo 4 de la Constitución los enumera y en España los desarrolla la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor junto con la legislación civil.

Fuentes

  1. FundacioiresEl derecho a crecer en familia – Fundació IRESconsultado el 23/09/2026
  2. GobVivir en familia: derecho de niñas, niños y adolescentes – Gob MXconsultado el 23/09/2026
  3. ObservatoriodelainfanciaEl derecho a crecer en familia. La necesaria transformación del …consultado el 23/09/2026
  4. UnicefCada niña, niño y adolescente tiene derecho a estar protegido y …consultado el 23/09/2026
  5. GobPresidente José Antonio Kast participa de lanzamiento del “Plan …consultado el 23/09/2026