Herencia

Donación y herencia: cómo cambia según el país hispanohablante

octubre 2, 2026 Derecho Facil 16 min read
Donación y herencia: cómo cambia según el país hispanohablante

Donación y herencia en dos frases, antes de entrar en detalle

Una donación es la entrega gratuita de un bien o derecho entre personas vivas, por acuerdo entre quien da (donante) y quien recibe (donatario). Una herencia es la transmisión del patrimonio de una persona tras su fallecimiento, regida por la ley o por testamento, y se reparte entre herederos y, en su caso, legatarios. La primera se ejecuta en vida y, salvo excepciones, es irrevocable; la segunda nace con la muerte del titular y exige abrir un proceso sucesorio ante la autoridad competente de cada país.

Lo que casi todos los países hispanohablantes comparten

Aunque el nombre del tributo, el organismo recaudador y los porcentajes cambian de un país a otro, hay un principio común: donación y herencia son transmisiones patrimoniales gratuitas sujetas a un impuesto específico. La donación ocurre en vida, entre personas, y requiere normalmente escritura pública para inmuebles; la herencia nace del fallecimiento, con apertura de un juicio sucesorio o un trámite equivalente. Casi todos los ordenamientos reservan una parte del caudal a herederos forzosos, fijan plazos para liquidar el impuesto y prevén mecanismos para repartir con equidad lo entregado antes de morir.

  • La donación suele ser acto inter vivos entre donante y donatario; la herencia nace al fallecimiento del titular.
  • En casi todos los países existe un impuesto estatal o nacional para ambas operaciones, con reducciones por parentesco.
  • En casi todos hay una autoridad recaudadora (AEAT en España, SAT en México, ARCA en Argentina, SII en Chile, SUNAT en Perú) y normas sobre parte reservada a herederos forzosos.
  • El plazo para liquidar, el porcentaje y la base imponible cambian por completo de un país a otro.

España

En España la donación y la herencia tributan por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, regulado por la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. La cuota íntegra se calcula con la tarifa estatal y luego cada comunidad autónoma aplica su propia normativa: tipos, reducciones y bonificaciones varían mucho entre ellas. El obligado al pago es el beneficiario (heredero o donatario), no el donante.

Concepto Regla en España
Norma estatal Ley 29/1987
Desarrollo Real Decreto 1629/1991
Sujeto pasivo Heredero o donatario
Competencia de tarifa Cada comunidad autónoma
Norma sustantiva Código Civil, con derechos forales
Territorios forales Cataluña (libro cuarto del Código Civil catalán), Aragón, Navarra, Galicia, País Vasco y Baleares

Herencia en España: tributo, plazos y beneficio de inventario

  1. Obtener el certificado de defunción y el testamento o la declaración de herederos abintestato ante notario.
  2. Solicitar al notario la escritura de aceptación y partición, y firmar la adjudicación de bienes.
  3. Valorar el ajuar doméstico: la Administración aplica automáticamente un 3 % del valor total del caudal, salvo que se acredite un valor menor.
  4. Optar, si hay dudas sobre las deudas, por la aceptación a beneficio de inventario, regulada en el Código Civil: el heredero responde solo con los bienes heredados, no con su patrimonio personal.
  5. Liquidar el Impuesto sobre Sucesiones en la comunidad autónoma correspondiente en un plazo de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable por otros seis previa solicitud.

Donación en España: cuándo conviene y cuándo no

  • Ventajas: permite anticipar el reparto, evita conflictos futuros y, en algunas comunidades, tributa menos que la herencia cuando hay reducciones autonómicas por parentesco o por vivienda habitual.
  • Inconvenientes: la escritura pública es obligatoria para inmuebles so pena de nulidad; lo donado se imputa a la legítima de los herederos forzosos por colación, y si excede la parte libre es reducible por inoficiosidad, conforme al Código Civil.

Cuidado en España: el IRPF del donante y la plusvalía municipal

La donación de bienes genera ganancia patrimonial en el IRPF del donante, salvo excepciones como la donación de la vivienda habitual por un mayor de 65 años; la herencia queda exenta de ese gravamen. A esto se suma el IIVBNU municipal cuando hay inmuebles urbanos.

México

En México conviven un impuesto federal sobre sucesiones y donaciones (gravados dentro del ISR por enajenación) con gravámenes locales de cada entidad. La autoridad federal es el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y los notarios intervienen en la formalización. La parte sustantiva (herederos, legítima, orden de suceder) vive en el Código Civil Federal y, sobre todo, en el código civil de cada entidad.

Concepto Regla en México
Norma civil Código Civil Federal y código civil de la entidad
Autoridad fiscal federal SAT
ISR del donante Sí, si hay ganancia en la enajenación
Trámite sucesorio Notarial (sin controversia) o judicial (juicio sucesorio)
Gravamen local Varía por entidad

Herencia en México: sucesiones, legítima y juicio sucesorio

  1. Obtener acta de defunción e identificar a los herederos conforme al código civil de la entidad (descendientes, cónyuge y, en su defecto, ascendientes y colaterales).
  2. Si hay testamento y todos los herederos son mayores y están de acuerdo, tramitar la sucesión ante notario. Si hay conflicto, menores o intestado, abrir el juicio sucesorio ante el juzgado familiar de la entidad.
  3. Realizar el inventario y avalúo de los bienes, incluidos inmuebles.
  4. Pagar los impuestos federales aplicables ante el SAT y los locales que prevea la entidad.
  5. Inscribir la adjudicación en el Registro Público de la Propiedad de la entidad.

Donación en México: contrato, impuestos federales y locales

  1. Formalizar el contrato de donación en escritura pública ante notario, con los requisitos de forma del código civil de la entidad.
  2. Determinar si hay ganancia patrimonial para el donante: si el valor del bien supera el de adquisición, surge ISR por enajenación a cargo del donante, salvo excepciones.
  3. Presentar los avisos y declaraciones ante el SAT que correspondan a la operación.
  4. Cumplir el gravamen local de la entidad donde se ubique el bien o donde tribute el donante.
  5. Inscribir la donación en el Registro Público de la Propiedad cuando haya inmuebles.

Cuidado en México: mezclar reglas federales y locales

No confundir el impuesto federal con los estatales, no omitir el aviso ante el SAT por la donación y revisar el código civil de la entidad para la parte reservada a herederos, ya que el detalle cambia de un estado a otro.

Argentina

En Argentina la donación entre vivos y el reparto de herencia se rigen por el Código Civil y Comercial de la Nación. En el plano fiscal entran el impuesto a los bienes personales y el impuesto a las ganancias, según corresponda. El juicio sucesorio es judicial: lo tramitan los juzgados nacionales o provinciales en lo civil (fuero de familia) y la actuación notarial la relevan los colegios de escribanos, como el de la provincia de Santa Fe en su primera circunscripción, que aplica la Ley 14202.

Concepto Regla en Argentina
Norma sustantiva Código Civil y Comercial de la Nación
Vía sucesoria Juzgados civiles (judicial, no notarial)
Notariado provincial Colegio de Escribanos, p. ej. Santa Fe 1ª Circunscripción
Impuestos federales Bienes personales y ganancias, según corresponda

Donación y anticipo de herencia en Argentina

El Código Civil y Comercial de la Nación regula la donación con un régimen de protección de la legítima de los herederos forzosos: lo donado en vida se compensa en la herencia posterior mediante la figura del anticipo de herencia, de modo que no se altere la cuota legitimaria. Si la donación lesionó la legítima, los herederos pueden reclamarla en el proceso sucesorio. Ejemplo: un padre dona en vida un inmueble valuado en 50.000.000 ARS a uno solo de sus tres hijos. Al fallecer, ese bien se imputa al haber hereditario para calcular la legítima de los otros dos; si la donación los perjudicó, esos hijos podrán pedir la reducción hasta recomponer su cuota legal.

Trámite notarial y registral en Argentina

  1. Otorgar escritura pública ante escribano, que es la forma obligatoria para la donación de inmuebles.
  2. Inscribir la escritura en el Registro de la Propiedad de la jurisdicción provincial correspondiente.
  3. El escribano actúa bajo la ley notarial de su provincia; por ejemplo, en la primera circunscripción de Santa Fe rige la Ley 14202 y la supervisión del Colegio de Escribanos.
  4. Cumplir las obligaciones fiscales federales y, si corresponde, provinciales ante ARCA.
  5. Practicar la liquidación del impuesto sobre los bienes transmitidos.

Cuidado en Argentina: no confundir con una venta

El error de simular una donación para eludir el impuesto a las ganancias o a los bienes personales, y la necesidad de respetar la legítima de los herederos forzosos prevista en el Código Civil y Comercial de la Nación.

Chile

En Chile grava ambas operaciones la Ley 16.271, de Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones, cuyo texto refundido se fijó por el D.F.L. N° 1 de 2000. La aplicación y fiscalización corresponden al Servicio de Impuestos Internos (SII). La escala del artículo 2° se expresa en Unidades Tributarias Anuales (UTA) y el tributo se paga en UTM convertidas a pesos chilenos (CLP). La posesión efectiva de una herencia intestada se tramita ante el Servicio de Registro Civil e Identificación, mientras que la posesión efectiva testada se tramita ante tribunales civiles.

Concepto Regla en Chile
Norma Ley 16.271 y DFL 1 de 2000
Autoridad Servicio de Impuestos Internos (SII)
Posesión efectiva intestada Registro Civil
Posesión efectiva testada Tribunales civiles
Unidad de cuenta UTA (escala) y UTM (pago)

Tributación de la herencia y la donación en Chile

La escala progresiva del artículo 2° se aplica sobre el valor líquido de cada asignación o donación, expresada en UTA vigentes al momento de la delación de la herencia o de la insinuación de la donación. Los tramos principales son: hasta 80 UTA tributa al 1 %; más de 80 y hasta 160 UTA al 2,5 %; más de 160 y hasta 320 UTA al 5 %; más de 320 y hasta 480 UTA al 7,5 %; más de 480 y hasta 640 UTA al 10 %; más de 640 y hasta 800 UTA al 15 %; más de 800 y hasta 1.200 UTA al 20 %; más de 1.200 UTA al 25 %. Cónyuge, ascendientes, hijos y su descendencia tienen una exención de hasta 50 UTA en asignaciones por causa de muerte y de hasta 5 UTA en donaciones. El tributo se expresa en UTM al valor vigente a la fecha de la delación o insinuación y se paga en CLP a la fecha efectiva de pago.

La fórmula para convertir es: monto del tributo (en CLP) = UTA aplicadas × valor de la UTA (en CLP) × porcentaje del tramo. Si se paga en UTM, se convierten a CLP con la UTM vigente al momento del pago efectivo.

Procedimiento ante el SII y papel del notario en Chile

  1. Declarar y pagar ante el SII, que fiscaliza y aplica la escala del artículo 2° de la Ley 16.271.
  2. Otorgar escritura pública de donación ante notario, que es la forma exigida para que la donación produzca efectos.
  3. Solicitar la posesión efectiva: si hay testamento, ante tribunales civiles; si no lo hay, ante el Registro Civil.
  4. Practicar el inventario conforme al artículo 1° de la misma ley, colacionando los bienes en el extranjero cuando corresponda.
  5. Pagar el tributo en CLP, convirtiendo UTA o UTM a la fecha del hecho imponible.

Cuidado en Chile: sumar todas las asignaciones del beneficiario

El impuesto se calcula sumando todas las asignaciones que percibe una misma persona, con recargos del 20 % para colaterales de 2° a 4° grado y del 40 % para parentesco más lejano o sin parentesco, lo que cambia el resultado final frente al cálculo por asignación aislada.

Perú

En Perú el impuesto a la herencia grava las transmisiones por causa de muerte y a las donaciones, con intervención de la SUNAT y de las municipalidades, en el marco de la Ley de Tributación Municipal y normas complementarias. La donación se formaliza ante notario y la sucesión se tramita ante notario o juzgado y se inscribe en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP). El Código Civil peruano es el Decreto Legislativo 295.

Concepto Regla en Perú
Norma civil Decreto Legislativo 295 (Código Civil)
Autoridad fiscal SUNAT y municipalidades
Inmuebles Alcabala ante la municipalidad
Registro SUNARP
Moneda Soles (PEN)

Herencia y donación de inmuebles en Perú

  1. Obtener el acta de defunción y el documento que acredite la condición de heredero (testamento o sucesión intestada).
  2. Tramitar la sucesión ante notario o juzgado, según corresponda, y obtener la partida registral.
  3. Inscribir la sucesión en el Registro de Sucesiones de la SUNARP y luego la transferencia del inmueble en el Registro de Predios.
  4. Pagar el impuesto predial y el alcabala ante la municipalidad del distrito donde está el inmueble, en las tasas y topes que fija la Ley de Tributación Municipal.
  5. Presentar la declaración informativa ante SUNAT si el caudal supera los topes exonerados.

Donaciones en dinero y en otros bienes en Perú

La donación de dinero o de bienes muebles está sujeta al impuesto a las donaciones en la medida que supere los montos exonerados por la norma, y se paga ante SUNAT. Para 2026 la UIT es de 5.500 PEN, y la exoneración se aplica cuando la donación no supera el equivalente a una UIT en el año; lo que excede tributa con una alícuota progresiva. El donante debe declarar la operación y el donatario asumir el tributo, salvo exoneraciones específicas. Ejemplo: una donación de 18.000 PEN en 2026 excede la UIT de 5.500 PEN, por lo que la base imponible es 12.500 PEN y se aplica la tasa progresiva sobre ese exceso.

Cuidado en Perú: donación que iguala herencia fiscalmente

La donación no siempre abarata el trámite: revisar la parte reservada a herederos forzosos, los plazos de prescripción y la obligación de inscribir en Registros Públicos para no perder derechos.

Donación y herencia son figuras distintas, pero en todos los países del artículo rigen el mismo principio: gravar la transmisión gratuita, respetar una parte reservada a ciertos herederos y dejar la cifra concreta al cálculo de cada norma nacional.

Preguntas frecuentes sobre donación y herencia

1. ¿Cómo funciona donar en vida a los hijos y qué impuestos se pagan?

La donación en vida a los hijos es un anticipo de herencia que cada país grava de forma distinta: en España tributa en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones con reducciones autonómicas, en México está exenta hasta cierto monto según la Ley del ISR, en Argentina tributa en el impuesto a los bienes personales y a las ganancias, y en Chile grava el impuesto a las herencias con tasas progresivas. Revisa la normativa de tu país antes de firmar la escritura y valora formalizarla ante notario para que conste el valor del bien.

2. ¿Qué sale más barato, donar en vida o esperar a la herencia?

Depende del país y del patrimonio: en España suele ser mejor planificar las donaciones cuando los padres son jóvenes porque las reducciones autonómicas son más generosas, en México la donación en vida queda libre de ISR si se hace entre ascendientes y descendientes en línea recta hasta ciertos límites anuales, en Argentina conviene analizar si el costo fiscal de la donación supera al del impuesto a la herencia, y en Chile la herencia suele tener una tasa efectiva más alta que una donación bien estructurada. Compara ambos escenarios con un asesor fiscal local antes de decidir.

3. ¿Cómo se regula la donación y herencia entre hermanos?

La donación entre hermanos suele ser más cara que entre padres e hijos porque las reducciones fiscales son menores: en España no aplica la reducción por parentesco directo, en México la exención del ISR entre hermanos tiene un tope anual bajo, en Argentina se paga el impuesto a los bienes personales sin reducciones especiales, y en Chile se aplican alícuotas más altas que en línea recta. Conviene revisar la ley de cada país antes de aceptar o hacer la donación, y dejarla siempre documentada por escrito.

4. ¿Se puede donar en vida a un solo hijo sin afectar a los demás?

Sí se puede, pero hay que tener presente el derecho a la legítima de los otros hijos, que varía por país: en España los legitimarios pueden reclamar el complemento si la donación supera la parte disponible, en México cualquier donación en vida se computa en el acervo hereditario, en Argentina se considera una donación simple y los coherederos pueden impugnarla si viola la legítima, y en Chile se imputa a la porción disponible del testamento. Lo más prudente es dejarlo claro en testamento y asesorarse con un abogado local.

5. ¿Es posible heredar en vida sin pagar impuestos?

Heredar totalmente sin pagar impuestos es difícil, aunque hay vías para reducir la carga fiscal según el país: en España las donaciones pequeñas dentro de la cuota exenta de cada comunidad autónoma no tributan, en México la donación entre ascendientes y descendientes en línea recta tiene una exención anual limitada, en Argentina las donaciones a hijos están alcanzadas por el impuesto a los bienes personales, y en Chile solo están liberadas las donaciones a ciertos parientes cercanos hasta cierto monto. Una planificación adecuada reduce el impuesto, pero no lo elimina por completo en la mayoría de los casos.

6. ¿Se puede exigir la herencia mientras los padres siguen vivos?

En casi todos los países hispanohablantes la legítima de los hijos no es exigible mientras los padres viven: en España solo puede reclamarse tras el fallecimiento del causante, en México la ley exige esperar la muerte del autor de la sucesión para ejercitar derechos, en Argentina los herederos solo pueden pedir la colación de donaciones tras la muerte, y en Chile el heredero legitimario ve sus derechos suspendidos hasta la apertura de la sucesión. Mientras los padres vivan conservan la libre disposición de sus bienes, salvo que exista una donación simulada o un fraude.

7. ¿Qué es la herencia en vida con usufructo y para qué sirve?

La herencia en vida con usufructo consiste en donar ahora el bien a los hijos, pero reservándose el uso y disfrute de por vida mediante usufructo: en España es una fórmula habitual para planificar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en México se usa para anticipar el patrimonio sin perder el uso de la vivienda, en Argentina permite ordenar la sucesión sin perder el control presente, y en Chile es común en familias con inmuebles de alto valor. Es una herramienta útil para reducir la carga fiscal futura, aunque requiere escritura pública e inscripción registral.

8. ¿Cómo transmitir una casa en vida a los hijos y qué impuestos paga?

Donar una casa en vida a los hijos implica escriturar ante notario, inscribir en el Registro de la Propiedad y tributar según el país: en España se paga el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones más la plusvalía municipal, en México la donación de inmuebles grava ISR con exención limitada entre padres e hijos, en Argentina tributa en el impuesto a los bienes personales y puede haber sellos provinciales, y en Chile la donación se grava con el impuesto a las herencias sobre el valor fiscal del inmueble. Consulta el procedimiento y los costos en su país.

Fuentes

  1. Firmalex¿Es mejor la donación o la herencia en España? – Firmalexconsultado el 28/09/2026
  2. SmpslegalImpuesto sobre sucesiones, donaciones y herencias – SMPS Legalconsultado el 28/09/2026
  3. IprofesionalSucesión o donación: cuánto cuesta cada trámite y qué errores …consultado el 28/09/2026
  4. BcnLey 16271 – Biblioteca del Congreso Nacional de Chile – BCNconsultado el 28/09/2026
  5. Conceptosjuridicos¿Se puede donar una propiedad a un solo hijo? – Conceptos Jurídicosconsultado el 28/09/2026