Qué es un heredero abintestato y por qué existe en todos los países hispanohablantes
Un heredero abintestato es la persona que recibe la herencia de alguien que falleció sin dejar testamento válido, o cuando el testamento no dispone de todos los bienes, resulta nulo o el heredero instituido no puede suceder. En ese momento la ley, y no la voluntad del causante, decide quién hereda y en qué proporción, mediante la llamada sucesión intestada o legítima.
Casi todos los ordenamientos hispanohablantes comparten el mismo principio de fondo: la herencia se defiere por lazos de parentesco y, en su caso, por vínculo matrimonial, siguiendo un orden que va de los parientes más cercanos a los más lejanos. Lo que cambia de país en país —y a veces de estado a estado— es el detalle: el nombre del trámite, la autoridad ante la que se acude, los documentos exigidos, los plazos de prescripción y la cuota del cónyuge o conviviente.
Por eso este artículo no te dará una regla única. Lo que sí vale para todos es el punto de partida: muere una persona sin testamento, se abre la sucesión intestada, y la ley de cada país se ocupa de llamar a los herederos según el parentesco.
Tabla comparativa: la sucesión abintestato en España, México, Argentina, Chile y Perú
| País | Nombre del trámite | Ley que lo regula | Organismo competente | Plazo o nota clave |
|---|---|---|---|---|
| España | Declaración de herederos abintestato | Código Civil | Notaría (acta de notoriedad) o juzgado de primera instancia | Acción de petición de herencia: 15 años |
| México | Juicio sucesorio intestamentario | Código Civil Federal y código civil de cada estado | Notaría (acuerdo entre herederos) o juzgado familiar del último domicilio del causante | Plazos y cuotas varían por estado |
| Argentina | Juicio sucesorio intestado | Código Civil y Comercial de la Nación | Tribunal del último domicilio del causante | Cuota del cónyuge cambia según haya descendientes o ascendientes |
| Chile | Posesión efectiva intestada | Código Civil | Servicio de Registro Civil e Identificación; tribunales ordinarios si el causante vivió en el extranjero | Se cobra en tramos según el valor del inventario |
| Perú | Sucesión intestada | Código Civil peruano | Notaría (acuerdo total) o Poder Judicial (juzgado civil) | Ministerio Público interviene si hay menores o ausentes |
España: la sucesión intestada según el Código Civil y los tribunales competentes
En España, cuando alguien muere sin testamento —o el testamento no instituye heredero para todos los bienes— se abre la sucesión intestada que regula el Código Civil, con derechos forales propios en Cataluña, Aragón, Navarra, Galicia, País Vasco y Baleares, donde las reglas comunes no se aplican tal cual.
La declaración de herederos abintestato se tramita, por regla general, en notaría mediante un acta de notoriedad. Cuando hay menores, ausentes, o discrepancias que no pueden resolverse notarialmente, el expediente se remite al juzgado de primera instancia del último domicilio del causante, que es el competente para dictar la declaración judicial de herederos. En ambos casos se busca identificar a los llamados por la ley y adjudicarles los bienes del fallecido.
Órdenes de herederos en España y cómo se reparte la herencia
- Descendientes y cónyuge: los hijos heredan por partes iguales y, si alguno ha fallecido antes, sus descendientes le representan (nietos). El cónyuge viudo recibe, además de su mitad de los bienes gananciales, el usufructo de una parte de la herencia según conviva con descendientes, ascendientes o solo.
- Ascendientes: a falta de descendientes, heredan los padres por mitades; si uno ha fallecido, le representan sus otros descendientes. El cónyuge sigue concurriendo con ellos.
- Cónyuge solo: si no hay descendientes ni ascendientes, hereda el cónyuge la totalidad.
- Hermanos y colaterales hasta el cuarto grado: sobrinos, tíos, primos, en ese orden, repartiendo la herencia a partes iguales.
- Estado: a falta de todos los anteriores, la herencia queda vacante y se defiere al Estado.
Trámite en España: cómo se obtiene la declaración de herederos abintestato
- Acudir a una notaría del último domicilio del causante o, en su defecto, del lugar donde hubiera tenido su última residencia habitual en España, para iniciar el acta de notoriedad que acredite quiénes son los herederos.
- Practicar las pruebas que el notario requiera: testemunas, documentos del Registro Civil, información del Catastro y del Registro de la Propiedad, y publicación de edictos para que cualquier interesado pueda oponerse.
- Si hay menores o ausentes, o si algún interesado se opone, el notario remite las actuaciones al juzgado de primera instancia competente para que dicte la declaración judicial de herederos.
- Una vez firme la declaración, los herederos aceptan y adjudican la herencia, lo que permite después inscribir los bienes en el Registro de la Propiedad y liquidar impuestos.
Documentos y plazos clave en España para aceptar la herencia intestada
- Certificado de defunción del causante.
- Certificado de matrimonio del cónyuge supérstite, si lo hay.
- Partidas de nacimiento de los herederos para acreditar el parentesco.
- Certificado del Registro de Últimas Voluntades y, en su caso, copia del testamento si lo hubiera.
- Para la acción de petición de herencia, el Código Civil español fija un plazo de 15 años contados desde que el heredero abintestato puede pedir la entrega de los bienes.
En España, la cuota concreta del cónyuge viudo en la sucesión intestada depende de con quién concurra: descendientes, ascendientes o ningún pariente.
México: la sucesión legítima en el Código Civil Federal y en los códigos estatales
En México no existe una sola ley de sucesiones para todo el país: el Código Civil Federal sienta las bases, pero cada estado tiene su propio código civil con reglas distintas sobre órdenes de parentesco, cuota del cónyuge y del concubino, y legitimación para heredar. Esto obliga a revisar siempre el código civil de la entidad donde tuvo su último domicilio el causante.
Cuando todos los herederos son mayores de edad, están de acuerdo y no hay conflicto, la sucesión intestamentaria puede tramitarse ante notario. Si hay menores, incapaces, ausentes o discrepancias, el camino es judicial, mediante un juicio sucesorio intestamentario ante el juzgado familiar del último domicilio del causante, que es el competente para conocer del asunto. La vía notarial es más rápida y barata; la judicial, más lenta pero imprescindible cuando no hay acuerdo pleno.
Órdenes de herederos en México y la parte del cónyuge supérstite
- Descendientes y cónyuge o concubino: los hijos heredan por partes iguales, con derecho de representación para los nietos; el cónyuge o, en su caso, el concubino que haya vivido con el causante como si fuera su pareja, concurre con ellos con la cuota que fije el código civil del estado.
- Ascendientes: a falta de descendientes, padres y abuelos heredan; el cónyuge o concubino sigue concurriendo según la cuota que prevea el código local.
- Cónyuge solo: si no hay descendientes ni ascendientes, hereda el cónyuge o, en algunos estados, el concubino.
- Colaterales hasta donde fije cada código: hermanos y, en su defecto, otros parientes colaterales, normalmente hasta el cuarto grado.
- Beneficiarios o, en su defecto, el Estado o la beneficencia pública: a falta de todos los anteriores, la herencia queda vacante y se defiere conforme al código del estado.
Trámite en México ante el juzgado familiar o notario, según la entidad
- Obtener el acta de defunción y el acta de matrimonio, si aplica, así como las actas de nacimiento que acrediten el parentesco con el causante.
- Reunir a los herederos y comprobar que todos son mayores y capaces, requisito para ir por notaría; si falta alguno o hay desacuerdo, el camino es judicial.
- Vía notarial: acudir al notario para que levante el acta y, en su caso, formalice la adjudicación y la aceptación de la herencia, previa publicación de edictos si el código estatal lo exige.
- Vía judicial: presentar la demanda de juicio sucesorio intestamentario ante el juzgado familiar del último domicilio del causante, acreditar el parentesco, acompañar inventario de bienes, y seguir el procedimiento hasta la declaratoria de herederos y la adjudicación.
Documentos y plazos en México para el juicio sucesorio intestamentario
- Certificado de defunción del causante.
- Actas de nacimiento y matrimonio de los herederos y, en su caso, del cónyuge o concubino.
- Identificación oficial vigente de los herederos.
- Inventario y, cuando proceda, avalúo de los bienes del causante.
- Para la prescripción de la acción de petición de herencia en México, los códigos civiles estatales fijan plazos que suelen ir de 5 a 20 años según la entidad; revisa el código civil del estado donde se tramita el juicio.
Argentina: la sucesión intestada en el Código Civil y Comercial de la Nación
En Argentina, la sucesión intestada se rige por el Código Civil y Comercial de la Nación y se tramita como juicio sucesorio ante el tribunal del último domicilio del causante. El portal argentina.gob.ar/justicia/derechofacil/leysimple/proceso-sucesorio explica el procedimiento en lenguaje claro y puede servir como punto de partida para entender las etapas.
El objeto del juicio es identificar a los herederos, determinar el contenido de la herencia, cobrar créditos, pagar deudas y entregar bienes. Para eso se realiza inventario y valuación de los bienes, se nombra un administrador de la sucesión, se pagan deudas y legados, se presenta la cuenta definitiva y se dicta la declaratoria de herederos. Cuando hay herederos incapaces o ausentes, o falta de acuerdo entre los herederos, la partición la hace el juez.
Órdenes de herederos en Argentina y la cuota del cónyuge supérstite
- Descendientes y cónyuge: los hijos heredan por partes iguales; los nietos pueden presentarse por representación. El hijo adoptado tiene los mismos derechos que el biológico.
- Ascendientes y cónyuge: a falta de descendientes, padres y abuelos heredan por partes iguales; los adoptantes son considerados ascendientes y excluyen a los padres biológicos.
- Cónyuge solo: si no hay descendientes ni ascendientes, hereda la totalidad.
- Colaterales hasta el cuarto grado: hermanos, sobrinos, tíos; los tíos no heredan si hay hermanos y sobrinos.
- Estado nacional, provincial o Ciudad Autónoma de Buenos Aires: a falta de herederos, los bienes pasan al Estado según dónde estén situados.
Cuota del cónyuge en la sucesión intestada argentina: si heredan descendientes, recibe la misma parte que un hijo, pero no participa en la división de los bienes gananciales (queda con su mitad). Si heredan ascendientes, recibe la mitad de la herencia. Si no hay descendientes ni ascendientes, hereda la totalidad.
Trámite en Argentina: el juicio sucesorio intestado y la declaratoria de herederos
- Contratar un abogado y presentar la demanda de sucesión intestada ante el tribunal del último domicilio del causante, acompañando partidas de defunción, nacimiento y matrimonio de los herederos.
- Acreditar el parentesco y, si corresponde, el vínculo matrimonial; el juez ordena la publicación de edictos para que cualquier interesado pueda comparecer.
- Realizar inventario y valuación de los bienes, nombrar administrador de la sucesión si las partes no acuerdan uno, y pagar deudas y legados.
- Presentar la cuenta definitiva y obtener la declaratoria de herederos, con la posterior partición y adjudicación de bienes.
Documentos y particularidades en Argentina para la sucesión intestada
- Partidas de defunción, nacimiento y matrimonio de los herederos y del causante.
- Acreditación del último domicilio del causante para fijar la competencia del tribunal.
- Inventario y valuación de los bienes que integran la herencia.
- Regla del matrimonio in extremis: si el causante muere dentro de los 30 días de casarse por una enfermedad conocida por el otro cónyuge al celebrarse el matrimonio, el cónyuge no hereda, salvo que hayan convivido antes del casamiento.
- Exclusión del derecho hereditario entre cónyuges por divorcio, separación de hecho sin voluntad de unirse o decisión judicial que implique el cese de la convivencia.
Chile: la posesión efectiva intestada ante el Servicio de Registro Civil e Identificación
En Chile, la herencia de quien fallece sin testamento se obtiene mediante la posesión efectiva intestada, un trámite que realiza el Servicio de Registro Civil e Identificación y que se explica en chileatiende.gob.cl. Permite disponer de los bienes del causante y determinar quiénes son los herederos, sin necesidad de abogado.
Cuando el causante tuvo su último domicilio en el extranjero, el trámite cambia: la posesión efectiva debe solicitarse ante un tribunal ordinario de justicia y con representación de abogado, porque el Registro Civil chileno no es competente en ese caso.
Órdenes de herederos en Chile y los cinco tramos del Registro Civil
- Descendientes con cónyuge o conviviente civil: hijos, con derecho de representación para los nietos; concurre el cónyuge o conviviente civil sobreviviente.
- Ascendientes con cónyuge o conviviente civil: padres o abuelos según el grado más próximo; si no hay ascendientes, hereda solo el cónyuge o conviviente civil.
- Hermanos: de padre y madre, solo por madre o solo por padre, personalmente o representados por sus descendientes (sobrinos).
- Colaterales hasta el sexto grado: parientes colaterales hasta el sexto grado inclusive, por ejemplo primos en segundo grado.
- Fisco: a falta de todos los anteriores, hereda el fisco.
Trámite en Chile: posesión efectiva intestada con ClaveÚnica o en oficina
- Reunir cédula de identidad del solicitante, formulario de solicitud completo e inventario de bienes del causante.
- Iniciar el trámite en línea con ClaveÚnica en posefecweb, en posefecweb.srcei.cl, seleccionando "Nueva solicitud", completando herederos e inventario y enviando la solicitud.
- En los tramos 2 y 3, pagar en línea al finalizar el envío, con los valores en pesos chilenos (CLP) que correspondan al tramo.
- Si prefieres hacerlo en oficina, acudir a una oficina del Registro Civil —no las ubicadas en hospitales ni en centros comerciales— con los mismos documentos; también puedes consultar el estado llamando al call center 600 370 2000.
- Si el último domicilio del causante fue en el extranjero, el trámite es ante un tribunal ordinario de justicia y requiere abogado.
Documentos, costos y tramos en Chile para la posesión efectiva intestada
- Cédula de identidad del solicitante.
- Formulario de solicitud de posesión efectiva completo para trámite en oficina.
- Inventario de bienes del causante.
- En casos excepcionales: documentación que acredite como herederos a personas con nacimientos o matrimonios no inscritos en Chile, mandato o poder notarial si actúa un representante, o partidas que den fe de nacimiento, defunción o matrimonio de antigua data no registrados en el Registro Civil.
- Costos según el valor del inventario (masa hereditaria), expresados en UTA (Unidades Tributarias Anuales) y UTM (Unidades Tributarias Mensuales); la Unidad Tributaria Mensual de julio de 2026 es 71.649 CLP, según el Servicio de Impuestos Internos de Chile. El monto exacto depende del tramo del inventario, por lo que conviene calcularlo en el propio portal del Registro Civil al momento de iniciar el trámite.
Perú: la sucesión intestada en el Código Civil peruano y ante el Poder Judicial o notaría
En Perú, la sucesión intestada se regula en el Código Civil peruano y puede hacerse por dos caminos: notarial, cuando todos los herederos están de acuerdo y no hay menores ni incapaces; o judicial, ante el Poder Judicial del Perú, cuando hay menores, ausentes o discrepancias que impiden el acuerdo total. En el trámite judicial interviene el Ministerio Público cuando hay intereses de menores o ausentes que defender.
La vía notarial es más rápida y barata, pero exige unanimidad; la judicial es más lenta y costosa, pero permite resolver los casos en los que no existe acuerdo pleno entre los herederos o hay que proteger a personas vulnerables.
Órdenes de herederos en Perú y los derechos del cónyuge supérstite
- Descendientes y cónyuge: hijos y, por representación, nietos; concurre el cónyuge con la cuota que fija el Código Civil peruano, por partes iguales con los hijos o con una porción distinta según el caso.
- Ascendientes y cónyuge: padres y abuelos, con derecho de representación; el cónyuge concurre con ellos según lo previsto en el Código Civil.
- Cónyuge solo: a falta de descendientes y ascendientes, hereda la totalidad.
- Hermanos y otros colaterales: los hermanos heredan a falta de los anteriores; en su defecto, otros parientes colaterales hasta donde fije el Código Civil.
- Otros herederos o, en su defecto, el Estado: si no hay parientes ni cónyuge, la herencia se defiere conforme a las reglas del Código Civil peruano.
Trámite en Perú: sucesión intestada notarial o judicial según los herederos
- Confirmar que todos los herederos son mayores de edad y están de acuerdo: si se cumple, se puede ir por notaría; si hay menores, ausentes o desacuerdo, hay que ir al juzgado civil del último domicilio del causante.
- Reunir partidas de defunción, nacimiento y matrimonio del causante y de los herederos, así como el inventario de bienes.
- Vía notarial: presentar la solicitud ante el notario con todos los herederos presentes o representados, firmar la escritura pública de sucesión intestada y, después, inscribir los bienes en los registros públicos.
- Vía judicial: presentar la demanda de sucesión intestada ante el juzgado civil competente; acreditar el parentesco y la inexistencia de testamento; el Ministerio Público interviene si hay menores o ausentes; el juez dicta la declaratoria de herederos y, después, la adjudicación.
Documentos y plazos en Perú para la sucesión intestada
- Partidas de defunción del causante y de nacimiento y matrimonio de los herederos y del cónyuge.
- Inventario y, cuando proceda, tasación de los bienes que integran la herencia.
- Acreditación de la inexistencia de testamento, mediante la certificación del Registro de Últimas Voluntades cuando aplique.
- Para la prescripción de la acción de petición de herencia en el Código Civil peruano, revisa los plazos que fija el propio código, porque pueden variar según el supuesto; el dato concreto se consulta en el Código Civil peruano vigente y en la jurisprudencia del Poder Judicial del Perú.
Preguntas frecuentes sobre la herencia abintestata
1. ¿Cómo se reparte una herencia cuando no hay testamento?
El reparto sigue el orden legal de parentesco que fija cada código civil: primero hijos y descendientes, después ascendientes, luego cónyuge y, en su defecto, los parientes colaterales hasta cierto grado, y por último el Estado. En España el orden está en los artículos 930 a 958 del Código Civil, y las comunidades como Cataluña tienen su propia sucesión intestada regulada en el libro VI del Código Civil catalán.
2. ¿Qué significa ser heredero abintestato?
Ser heredero abintestato es ser la persona que recibe la herencia cuando el fallecido no dejó testamento válido, porque la ley llama a ocupar ese puesto siguiendo el parentesco. No es una designación personal, sino el resultado automático que establece el ordenamiento de cada país.
3. ¿Cómo se regula la sucesión abintestata en Cataluña?
En Cataluña la aplican los artículos 441-1 a 441-25 del Código Civil catalán, no los del Código Civil español. El orden es similar: primero hijos, después padres, cónyuge con derecho de usufructo y, en su defecto, hermanos y sobrinos, hasta llegar a la Generalidad de Cataluña si no queda nadie.
4. ¿Puedes darme ejemplos reales de una herencia abintestata?
Un ejemplo clásico: una persona sin descendencia ni ascendientes fallece dejando solo cónyuge y dos hermanos; la ley suele reservar una parte para el cónyuge y reparte el resto entre los hermanos a partes iguales, y ese porcentaje cambia según el país. Otro ejemplo: si solo sobrevive el cónyuge, en muchas legislaciones hereda todo, pero en otras debe compartir con ascendientes o parientes colaterales.
5. ¿Qué impuestos debe pagar Hacienda por una herencia abintestata?
En España el impuesto de sucesiones y donaciones lo gestionan las comunidades autónomas, así que el porcentaje varía según donde resida el heredero. En México aplica el ISR en enajenación de bienes por herencia según el artículo 55 de la Ley del ISR; en Chile tributa el impuesto a las herencias con tasas según el grado de parentesco; en Argentina grava el impuesto a los bienes personales y ganancias según corresponda, y en Perú se aplica el impuesto a la herencia regulado por la SUNAT.
6. ¿Cómo se hace la declaración de herederos abintestata?
En España se tramita ante notario con acta de notoriedad, o por vía judicial si hay oposición, y luego se inscribe en el Registro de la Propiedad si hay inmuebles. En México se obtiene ante un juez familiar la resolución que reconoce a los herederos; en Chile ante el Registro Civil; en Argentina se tramita en la sucesión en sede judicial; y en Perú en vía notarial o judicial según los bienes del caudal.
7. ¿Se dice «ab intestato» o «abintestato»?
Ambas formas son válidas en español: «ab intestato», separado, es la latina; «abintestato», junto, es la forma castellanizada admitida por la RAE. En documentos jurídicos suele escribirse junto por influencia del francés «ab intestat».
Fuentes
- ZurichDeclaración de herederos abintestato que es y cómo gestionarlaconsultado el 29/09/2026
- DerechofacilSucesión Ab Intestato – WIKI Derecho Fácilconsultado el 29/09/2026
- VlexLos herederos abintestato y sus derechos en la sucesión – vLex Chileconsultado el 29/09/2026
- VlexLa sucesión del estado a falta de herederos abintestato – vLexconsultado el 29/09/2026
- Notariado¿Qué es un acta de declaración de herederos abintestato? – Notariadoconsultado el 29/09/2026