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Artículo 54.2 del Estatuto de los Trabajadores: qué dice el despido disciplinario y cómo cambia en los países hispanohablantes

noviembre 6, 2026 Derecho Facil 19 min read
Artículo 54.2 del Estatuto de los Trabajadores: qué dice el despido disciplinario y cómo cambia en los países hispanohablantes

El despido disciplinario es la sanción más dura que puede aplicar el empleador al trabajador: extinguir el contrato por un comportamiento grave y culpable de la persona empleada. Casi todos los países hispanohablantes lo regulan, pero la definición, las causas tasadas, los plazos para reaccionar y las indemnizaciones si la causa no se prueba cambian por completo de un país a otro. Este artículo recorre el artículo 54.2 del Estatuto de los Trabajadores en España y lo compara con las reglas de México, Chile, Argentina y Perú, para que sepas qué es lo que comparte la región y dónde cambia cada pieza.

Qué es el despido disciplinario y por qué cambia de un país a otro

El despido disciplinario es la extinción del contrato de trabajo decidida por el empleador como sanción máxima ante un incumplimiento grave y culpable del trabajador. En el derecho laboral hispanohablante se construye sobre dos ideas compartidas: que el despido solo es válido si existe una causa legal y probada, y que esa causa debe ser proporcionada a la sanción. A partir de ahí, cada país escribe su propio catálogo.

En España el despido disciplinario se concentra en el artículo 54.2 del Estatuto de los Trabajadores. En México lo regula la Ley Federal del Trabajo. En Argentina lo hace la Ley de Contrato de Trabajo. En Chile se rige por el Código del Trabajo, y en Perú por el Decreto Legislativo 728 y su Texto Único Ordenado. El mismo concepto laboral cambia de nombre según la jurisdicción: en España y Chile se llama despido disciplinario o despido con causal; en México, rescisión justificada; en Argentina, despido con justa causa; en Perú, despido por causa justa. Entender el nombre que usa cada país es el primer paso para no mezclar reglas.

Lo que comparten casi todos los países hispanohablantes

Aunque cada país tiene su lista propia de causas, hay principios que se repiten en los cinco ordenamientos y que conviene tener claros antes de mirar país por país:

  • Causa legal y escrita: el despido disciplinario exige un motivo previsto en la ley y, normalmente, una comunicación por escrito al trabajador.
  • Proporcionalidad: la sanción de extinguir el contrato debe ser adecuada a la falta; lo que la ley cree desproporcionado, el juez puede corregirlo.
  • Notificación formal: la entrega de la comunicación, las generas y el plazo en que se abren siguen rituales distintos en cada país, pero el aviso formal es la regla común.
  • Derecho a ser oído o a impugnar: en España se acude al Juzgado de lo Social; en México, al Tribunal Laboral tras conciliación; en Argentina, a la justicia nacional del trabajo; en Chile, al Juzgado de Letras del Trabajo; en Perú, al juzgado laboral bajo la Nueva Ley Procesal del Trabajo.
  • Acceso a la justicia laboral: el trabajador puede reclamar salarios, finiquito (llamado liquidación final en Chile y liquidación en México) e indemnizaciones, y los plazos para hacerlo los fija cada legislación.

Las cifras, los plazos y los nombres de los tribunales los pone cada país. Lo universal es el principio; el detalle, no.

En resumen: misma puerta de entrada (causa escrita, proporcionalidad, notificación y juez laboral), llaves distintas en cada país.

España: el artículo 54.2 del Estatuto de los Trabajadores

En España el despido disciplinario se regula en el Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. El artículo 54.2 contiene un listado cerrado de causas que justifican el despido. Si el empleador invoca una causa que no está en la ley, el despido es improcedente. Si no la prueba, también.

La competencia para reclamarlo esta función es de la jurisdicción social, es decir, los Juzgados de lo Social, y antes de la demanda es obligatoria una conciliación previa ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) o ante el órgano equivalente de cada comunidad autónoma. Los plazos para impugnar y la indemnización por despido improcedente los fija el propio Estatuto y se aplican con la moneda común: el euro (EUR).

El listado tasado de causas del 54.2 en España

El artículo 54.2 del Estatuto de los Trabajadores español enumera de forma cerrada las causas que pueden motivar un despido disciplinario. Las principales son:

  1. Faltas de asistencia, incluso justificadas pero intermitentes, cuando sumen el equivalente a tres ausencias en un mes o seis en seis meses, salvo que el convenio colectivo diga otra cosa.
  2. Indisciplina o desobediencia en el trabajo.
  3. Ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a sus familiares.
  4. Transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
  5. Disminución continuada y voluntaria del rendimiento normal o pactado.
  6. Acoso sexual o acoso por razón de sexo, cuando se trate de un comportamiento grave.

La ley también contempla la embriaguez habitual y la toxicomanía si repercuten en el trabajo, y otras causas análogas. Fuera de este listado no hay despido disciplinario válido.

Cómo se aplica el despido disciplinario en España

El trámite español tiene pasos muy marcados:

  1. El empleador entrega al trabajador una carta de despido escrita, fechada y con la causa concreta del 54.2 que se le atribuye.
  2. La notificación se hace normalmente en mano, con firma del trabajador, o por burofaxaco u otro medio que deje constancia. Si el trabajador se niega a firmar o a recibirla, el despido se entiende igualmente notificado si el empleador acredita el intento.
  3. Si el trabajador está afiliado a un sindicato o tiene representación legal de los trabajadores, se envía copia del escrito al delegado de empleo o al comité de empresa.
  4. El trabajador puede impugnar el despido ante el Juzgado de lo Social en un plazo de 20 días hábiles desde la notificación. Antes de la demanda, el trabajador debe intentar la conciliación ante el SMAC o el órgano autonómico equivalente.
  5. Si el juez declara la despido improcedente, el empleador puede optar entre readmitir al trabajador o pagar la indemnización legal que corresponda. Si declara la despido nulo, la readmisión es obligatoria.

Sanciones alternativas al despido en España

El propio Estatuto de los Trabajadores permite al empleador español aplicar sanciones menores antes de llegar al despido disciplinario. El artículo 54.1 las recoge:

  • Ventajas de optar por sanciones menores:

– Evitan el coste y la incertidumbre de un juicio por despido. – Mantienen la relación laboral y la experiencia del trabajador. – Permiten graduarse según la gravedad (amonestación verbal, amonestación por escrito, suspensión de empleo y sueldo).

  • Inconvenientes frente al despido:

– No extinguen el contrato, por lo que el problema puede repetirse. – Requieren más seguimiento y prueba si se quiere escalar después al despido disciplinario. – En algunos convenios colectivos la amonestación previa es obligatoria para ciertas faltas.

México: despido disciplinario según la Ley Federal del Trabajo

En México el despido disciplinario se llama rescisión de la relación laboral y se regula en la Ley Federal del Trabajo. Tras la reforma laboral de 2019, el camino para reclamarlo es la conciliación prejudicial ante el Centro de Conciliación (federal o local) y, si no hay acuerdo, la demanda ante el Tribunal Laboral, que sustituyó a las antiguas Juntas de Conciliación y Arbitraje. El trabajador cuenta con asesoría gratuita de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), dependiente de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. La moneda es el peso mexicano (MXN).

Causales de rescisión justificadas en México

La Ley Federal del Trabajo mexicana prevé un catálogo cerrado de causales de rescisión. A continuación se enumeran las más habituales:

  1. Engaño al patrón con certificados o recomendaciones falsos.
  2. Faltas de asistencia injustificadas del trabajador: más de tres en un periodo de treinta días, si las faltas representan más del 25 % de las jornadas en ese periodo.
  3. Causar daños intencionales a los edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas o cualquier otro objeto relacionado con el trabajo.
  4. Faltas de probidad o actos inmorales en el establecimiento o lugar de trabajo.
  5. Revelar secretos de la empresa o aprovecharse de ellos en beneficio propio.
  6. Desobedecer al patrón o a sus representantes sin causa justificada, siempre que se trate del trabajo contratado.
  7. Negarse a adoptar las medidas preventivas o de seguridad para evitar accidentes o enfermedades.
  8. Presentarse al trabajo bajo los efectos de bebidas embriagantes o de drogas.
  9. Sentencia condenatoria que imponga al trabajador pena de prisión.

El patrón debe acreditar la causa; si no lo hace, el despido se considera injustificado y genera indemnización.

Procedimiento del despido justificado en México

El trámite mexicano combina aviso escrito y, en muchos casos, vista ante el Tribunal Laboral:

  1. El patrón entrega al trabajador un aviso por escrito en el que se indica la causa o causas y los hechos que la motivan.
  2. En la mayoría de los casos el aviso se da en presencia de la Junta o, tras la reforma, del Tribunal Laboral y del representante del patrón, con derecho a réplica del trabajador.
  3. Si el trabajador considera que la rescisión no procede, puede demandar por despido injustificado ante el Tribunal Laboral, previa conciliación ante el Centro de Conciliación correspondiente.
  4. El patrón tiene la carga de probar la causa; si no lo hace, el despido se declara injustificado y se condena al pago de las indemnizaciones legales.

Indemnización y prestaciones en el despido mexicano

Ejemplo resuelto en pesos mexicanos (MXN). Imagina a Karla, trabajadora de Monterrey con 4 años de antigüedad, un salario mensual de 15.000 MXN y un despido que la empresa justifica con una falta de probidad que no logra probar.

  • Indemnización constitucional por despido injustificado: 3 meses × 15.000 MXN = 45.000 MXN.
  • Indemnización adicional de 20 días por año: 4 años × (15.000 MXN / 30 días) × 20 días = 4 × 500 × 20 = 40.000 MXN.
  • Prima de antigüedad (12 días por año, con tope, solo si se cumple el supuesto legal): 4 años × (15.000 MXN / 30 días) × 12 días = 4 × 500 × 12 = 24.000 MXN, con el tope legal de dos veces el salario mínimo general de la zona.
  • Partes proporcionales: aguinaldo, vacaciones y prima vacacional devengados y no pagados, que se suman al finiquito.

Si el patrón hubiera probado la causa de rescisión, no procedería indemnización constitucional, pero sí el pago de las partes proporcionales y, en su caso, la prima de antigüedad si se cumple el supuesto. Las cifras en MXN se ajustan cada año con el salario mínimo general y la UMA, vigente esta última en 2026.

Argentina: despido con causa por la Ley de Contrato de Trabajo

En Argentina el despido disciplinario se llama despido con justa causa y se rige por la Ley de Contrato de Trabajo. La autoridad administrativa es el Ministerio de Trabajo, y antes de demandar existe una conciliación obligatoria en el SECLO (Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria) en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en los organismos equivalentes de cada provincia. La justicia laboral nacional resuelve los casos. La moneda es el peso argentino (ARS), que se reajusta con frecuencia, así que los importes en ARS llevan siempre su fecha.

Justas causas de despido en Argentina

La ley laboral argentina enumera de forma cerrada las justas causas de despido para el trabajador que demuestre su voluntad de rescindir el contrato, mientras que las causas de despido con causa para el empleador se regulan de forma específica. A continuación, las causales del artículo 242 de la Ley de Contrato de Trabajo argentina con su nombre legal:

  1. Falta de probidad o conducta deshonrosa en el desempeño del trabajo.
  2. Negativa del trabajador a cumplir tareas compatibles con su capacidad o categoría.
  3. Injurias graves contra el empleador o sus representantes, familiares o socios.
  4. Ofensas o malos tratos hacia el público o compañeros.
  5. Acoso sexual.
  6. Desidia o falta de diligencia reiterada.
  7. Perjuicio material causado intencionalmente a los bienes de la empresa.
  8. Faltas de asistencia o puntualidad reiteradas, conforme a los parámetros legales y convencionales.
  9. Embriaguez o uso de sustancias prohibidas durante el trabajo o fuera de él cuando menoscabe la prestación.
  10. Revelación de secretos de la empresa o competencia desleal.
  11. Abandono del trabajo sin causa justificada.
  12. Cualquier otra causa grave que haga imposible la continuidad de la relación.

Requisitos formales del despido con causa en Argentina

El despido con causa en Argentina exige una serie de pasos formales:

  1. Comunicación por escrito al trabajador con la enumeración clara y precisa de la causa o causas invocadas.
  2. Si la ley o el convenio exigen preaviso, el empleador puede otorgarlo o abonarlo; su omisión no invalida el despido pero genera el pago del preaviso omitido.
  3. La prueba de la causa recae en el empleador, que debe acreditarla ante el tribunal laboral.
  4. Si el trabajador impugna el despido, debe hacerlo dentro del plazo de prescripción aplicable, con conciliación obligatoria previa en el SECLO o en el organismo provincial equivalente.

Indemnización y preaviso en el despido argentino

Ejemplo en pesos argentinos (ARS) con cifras de referencia. El despido con causa se declara improcedente: rigen el preaviso y la indemnización del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.

  • Preaviso: 1 mes de sueldo si la antigüedad es de hasta 5 años; 2 meses si supera los 5 años. Si no se otorga, se debe pagar íntegro como indemnización sustitutiva.
  • Indemnización por antigüedad: 1 mes de sueldo por cada año o fracción mayor de 3 meses.
  • Integración del mes de despido: si el despido se produce durante el mes, el empleador debe abonar los días trabajados y, según el caso, la integración hasta el fin del mes.

Ejemplo: Rocío, 3 años de antigüedad, sueldo mensual de 600.000 ARS en julio de 2026 y despido con causa que la justicia declara improcedente.

  • Preaviso omitido (1 mes): 600.000 ARS.
  • Indemnización por antigüedad (3 años): 3 × 600.000 ARS = 1.800.000 ARS.
  • Integración del mes de despido: los días efectivamente trabajados de julio más la integración legal del mes, variable según el día del despido.

En Argentina los importes en ARS se actualizan con rapidez, por lo que las cifras de 2026 sirven solo como referencia del orden de magnitud; el cálculo real se hace al momento del pago con los valores vigentes.

Chile: despido disciplinario y causal del Código del Trabajo

En Chile el despido disciplinario se llama despido con causal y se regula en el Código del Trabajo. La autoridad administrativa es la Dirección del Trabajo, que fiscaliza y media, y el conocimiento judicial corresponde a los Juzgados de Letras del Trabajo. La moneda es el peso chileno (CLP), y las indemnizaciones suelen calcularse referidas a la Unidad de Fomento (UF) y a la Unidad Tributaria Mensual (UTM), esta última reajustada mensualmente por el Servicio de Impuestos Internos.

Causales del artículo 160 del Código chileno

El Código del Trabajo de Chile enumera las causales de terminación del contrato en su artículo 160. Las principales son:

  1. Falta de probidad, vías de hecho, injurias o conducta inmoral grave del trabajador.
  2. Negociaciones que el trabajador ejecute dentro del giro del negocio y que le estuvieren prohibidas.
  3. No concurrir el trabajador a sus labores sin causa justificada durante dos días seguidos, dos lunes en el mes o un total de tres días en el mes.
  4. Abandono del trabajo sin causa justificada.
  5. Actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento, la seguridad o la actividad de los trabajadores.
  6. Cualquier acto que implique una falta de respeto grave a la persona del empleador o de otros trabajadores.
  7. Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.
  8. Acoso sexual o actos de violencia.
  9. Conductas de acoso laboral, conforme a la ley.
  10. Injurias y calumnias proferidas por el trabajador contra el empleador o sus representantes.

Formalidades del despido con causal en Chile

El despido con causal en Chile se formaliza así:

  1. Comunicación escrita del aviso de despido al trabajador, con la causal invocada y los hechos que la fundamentan.
  2. Envío simultáneo de una copia del aviso a la Inspección del Trabajo correspondiente.
  3. Otorgamiento de finiquito al trabajador al momento del pago, con constancia de las prestaciones pagadas.
  4. Si el trabajador impugna, puede recurrir al Juzgado de Letras del Trabajo, que conoce del despido y de las indemnizaciones reclamadas.

Indemnización en Chile y unidades de actualización

Si el empleador prueba la causal, el despido es justificado y no genera indemnización. Si no la prueba, el despido se considera improcedente y se aplican las reglas del artículo 168 del Código del Trabajo.

Ejemplo en pesos chilenos (CLP) con cifras de 2026 referidas a la UF. Andrés, 5 años de antigüedad, sueldo mensual de 1.500.000 CLP y despido sin causal probada.

  • Recargo del 30 % sobre la indemnización por años de servicio del artículo 163, con tope de 330 días de remuneración.
  • Indemnización sustitutiva del aviso previo: 1 mes de remuneración si no se otorgó el aviso con la anticipación legal.

El cálculo se efectúa en UF conforme al valor del día del despido. La UF se publica diariamente en el Banco Central de Chile. Para 2026, el ingreso mínimo mensual de referencia es de 350.000 CLP, reajustado por ley, mientras que la UTM de julio de 2026 se sitúa en 71.649 CLP, reajustada mensualmente por el SII.

Perú: despido por causa justa según la Ley de Productividad y Competitividad Laboral

En Perú el despido disciplinario se llama despido por causa justa y se regula en el Decreto Legislativo 728 y su Texto Único Ordenado, la llamada Ley de Productividad y Competitividad Laboral (LPCL). La autoridad administrativa es el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y la inspección corresponde a la SUNAFIL. La justicia laboral se rige por la Nueva Ley Procesal del Trabajo. La moneda es el sol (PEN), y los topes suelen referirse a la UIT, fijada por el Ministerio de Economía y Finanzas.

Causales del artículo 25 de la LPCL

La LPCL peruana enumera las causas justas de despido en su artículo 25. Las principales son:

  1. Falta grave contra el empleador o sus representantes.
  2. Falta grave contra los compañeros de trabajo o contra terceros dentro del centro de trabajo.
  3. La condena penal por delito doloso del trabajador, siempre que el hecho punible afecte directamente a la actividad normal de la empresa.
  4. La inhabilitación del trabajador por autoridad competente para el desempeño de la actividad que realiza.
  5. La revelación de secretos de la empresa o información reservada.
  6. El ejercicio de actividades lucrativas en perjuicio del empleador, en el mismo centro o lugar de trabajo.
  7. La disminución deliberada y reiterada del rendimiento, en tareas o unidades de tiempo.
  8. Las ausencias injustificadas por más de tres días consecutivos o más de cinco días no consecutivos en un periodo de treinta días calendario, o más de quince días no consecutivos en un periodo de ciento ochenta días calendario.
  9. La sustracción o uso no autorizado de bienes del empleador.
  10. El consumo de drogas o bebidas alcohólicas durante el trabajo o fuera de él cuando menoscabe la prestación.

Procedimiento y formalidades del despido en Perú

El despido por causa justa en Perú tiene reglas procesales precisas:

  1. Carta notarial u otra comunicación escrita al trabajador con la indicación detallada de la causa y los hechos.
  2. Plazo de seis días naturales para que el trabajador alegue y absuelva, si así lo desea.
  3. Comunicación al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, conforme al procedimiento administrativo aplicable.
  4. Si el trabajador considera que el despido es arbitrario, puede demandar la reposición en el puesto o, alternativamente, la indemnización, ante el juez laboral bajo la Nueva Ley Procesal del Trabajo.

Indemnización o reposición en el despido peruano

Ejemplo en soles (PEN). Luis, 6 años de antigüedad, sueldo mensual de 4.500 PEN y despido declarado arbitrario por el juez.

  • Indemnización por despido arbitrario: una remuneración y media mensual por cada año completo de servicios, con tope de doce remuneraciones.

Cálculo: 6 años × 1,5 × 4.500 PEN = 40.500 PEN, por debajo del tope de doce remuneraciones (12 × 4.500 PEN = 54.000 PEN).

A esa suma se suman las partes proporcionales de CTS, gratificaciones, vacaciones truncas y, en su caso, la indemnización por despido arbitrario del artículo 38 de la LPCL. La UIT de 2026 se sitúa en 5.500 PEN, conforme al DS 301-2025-EF, y la remuneración mínima vital de referencia es de 1.130 PEN desde el 1 de enero de 2025.

En resumen: España ata las causas en el 54.2 del Estatuto; México, en la Ley Federal del Trabajo; Argentina, en la Ley de Contrato de Trabajo; Chile, en el Código del Trabajo; y Perú, en la LPCL. Cinco monedas distintas, cinco calendarios distintos, una misma idea: la causa escrita, probada y proporcionada.

Preguntas frecuentes sobre el despido disciplinario en países hispanohablantes

1. Qué dice exactamente el artículo 54.2.d del Estatuto de los Trabajadores

El artículo 54.2 del Estatuto de los Trabajadores español enumera las causas justas de despido disciplinario, y el apartado d) sanciona las indisciplinas o desobediencias graves al empresario y a quienes trabajan en la empresa en el ejercicio de sus funciones. Si la empresa no te notifica por escrito el motivo concreto, el despido podrá declararse improcedente.

2. Qué recoge el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores

El artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores español define qué entiende la ley por despido disciplinario y, en seis apartados, las faltas graves que lo justifican, desde las ofensas verbales o físicas hasta la embriaguez o toxicomanía reiteradas en el trabajo. Para que sea válido, la empresa debe comunicártelo por escrito con la fecha y los hechos que lo motivan.

3. Dónde descargar el Estatuto de los Trabajadores en PDF

El texto consolidado del Estatuto de los Trabajadores español está disponible gratis en la web del BOE, dentro de la sección de textos legales, en formato PDF y HTML. Si lo prefieres, el Ministerio de Trabajo también lo publica en su portal junto con las últimas reformas vigentes.

4. Qué dice el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores en el BOE

El artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores español, publicado en el BOE, recoge los permisos retribuidos del personal: matrimonio, nacimiento, fallecimiento de familiar, exámenes, etc., con una duración mínima de días que no puedes perder salario. Si tu empresa te lo deniega, puedes reclamarlo por escrito y, en su defecto, ante la jurisdicción social.

5. Cómo consultar el Estatuto de los Trabajadores en el BOE

En la web del BOE puedes buscar «Estatuto de los Trabajadores» en el buscador de legislación y abrir el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, que incluye las modificaciones posteriores. El portal también permite ver el histórico de reformas para comprobar qué versión estaba en vigor en una fecha concreta.

6. Qué regula el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores

El artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores español fija la forma y los efectos del despido disciplinario: obligatoriedad de la carta escrita con el motivo, simultaneidad o simultaneidad próxima a la comunicación, y la indemnización o readmisión si se declara improcedente. Si no recibes esa carta, el despido se presume improcedente.

Fuentes

  1. IberleyArticulo 54 Estatuto de los Trabajadores – Iberleyconsultado el 12/10/2026
  2. ArgentinaMarco legal | Argentina.gob.arconsultado el 12/10/2026
  3. BcnLey Chile – DFL 1 16-ENE-2003 MINISTERIO DEL TRABAJO … – BCNconsultado el 12/10/2026
  4. Vlexarticulo 54 2 a estatuto trabajadores – vLexconsultado el 12/10/2026
  5. InfobaeQué dice el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores … – Infobaeconsultado el 12/10/2026