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Contrato de empleada doméstica: qué dice la ley en cada país hispanohablante y qué derechos te corresponden

octubre 12, 2026 Derecho Facil 16 min read
Contrato de empleada doméstica: qué dice la ley en cada país hispanohablante y qué derechos te corresponden

Qué es el trabajo del hogar y por qué la ley lo trata distinto en cada país

Limpiar, cocinar, cuidar a personas dependientes, planchar o acompañar a un familiar mayor es, en todo el mundo hispanohablante, trabajo personal, retribuido y subordinado: alguien lo hace para otro, a cambio de un salario, bajo sus indicaciones. Pero el nombre, la ley aplicable y el organismo que lo controla cambian según el país: en España se llama empleo del hogar, en México trabajo del hogar, en Argentina personal de casas particulares, en Chile trabajadora o trabajador de casa particular y en Perú trabajador del hogar.

Por eso leer lo que dice la ley de un solo país no sirve para los demás. El Estatuto de los Trabajadores de España, la Ley Federal del Trabajo de México, la Ley 26.844 de Argentina, el Código del Trabajo de Chile y la Ley N° 27986 de Perú tienen cada una su propio régimen: el alta, la cotización, el salario mínimo aplicable, la jornada máxima, los descansos, la indemnización por despido y la autoridad ante la que reclamar se regulan de forma distinta en cada sitio. Quien busca respuestas tiene que aterrizar en la norma del país donde vive y trabaja, porque el mismo concepto —por ejemplo, "fin de la relación laboral"— tiene reglas diferentes a un lado y otro de la frontera.

En las secciones siguientes se explican los principios compartidos por casi todos los países y, después, país por país, qué dice la ley, qué organismo la aplica y qué derechos corresponden a la persona empleada y al empleador.

Lo que casi todos los países comparten y por qué el detalle cambia

  • El trabajo del hogar se reconoce como relación laboral con derechos y obligaciones, aunque a veces tenga un régimen especial más flexible.
  • Casi todos los países exigen que la relación conste por escrito cuando supera cierto plazo o cierto número de horas; donde no se cumple, se presumen contratos por tiempo indefinido y a jornada completa.
  • El salario mínimo vigente es el suelo retributivo: nadie puede cobrar menos por la misma jornada, y el año de la cifra se pega siempre al importe.
  • Jornada máxima, descansos diarios y semanales obligatorios aparecen en todas las legislaciones, pero las horas exactas y la forma de distribuirlas cambian por completo.
  • La seguridad social y el acceso a salud son derechos compartidos; la cotización, el organismo que la cobra y los porcentajes los fija cada país.
  • La relación termina con causa justificada o sin ella, pero la indemnización por despido sin causa se calcula de forma muy distinta en cada lugar.
  • En casi todos los países hay prohibiciones expresas para contratar a menores de cierta edad en esta actividad.

El principio es común; el número, el plazo, el porcentaje y la ventanilla donde se cobran son locales.

España: el régimen especial de empleo del hogar

En España, el empleo del hogar se rige por el Real Decreto 1620/2011 y las normas que lo han ido completando; el organismo competente para altas, bajas y cotizaciones es la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), y el alta es obligatoria para el empleador desde el 1 de enero de 2023, con independencia del número de horas mensuales que se hayan pactado. La guía oficial del colectivo de empleo del hogar se publica en el portal Importass de la Seguridad Social, donde se detallan los trámites y la documentación necesaria.

El empleador es el único responsable de dar de alta a la persona empleada, comunicar cambios de jornada, salario o contrato e ingresar las cuotas a la TGSS, que puede dar de alta de oficio y reclamar las cuotas desde el inicio de la actividad si el empleador no lo hizo. Además, desde el 1 de octubre de 2022 son obligatorias las cotizaciones por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), que cubren tanto al empleador como a la persona empleada.

Alta, cotización y obligación del empleador en España

  1. Solicitar el Código de Cuenta de Cotización (CCC) provincial ante la TGSS si todavía no se tiene, identificando al empleador.
  2. Dar de alta a la persona empleada antes del inicio del trabajo o dentro de los 30 días naturales siguientes; pasada esa fecha, el alta se considera fuera de plazo y se cotiza desde la fecha real de inicio con recargos.
  3. Aportar los datos identificativos: DNI o NIE, número de la Seguridad Social de la persona empleada, IBAN con mandato SEPA y, si procede, permiso de trabajo vigente.
  4. Comunicar a la TGSS el contrato firmado, la jornada pactada y el salario mensual, y conservar una copia sellada; los modelos oficiales de contrato están en el SEPE.
  5. Cotizar por contingencias comunes, profesionales, desempleo y FOGASA, e ingresar las cuotas en plazo.
  6. Comunicar cualquier variación (jornada, salario, suspensión) en el plazo que establece la Seguridad Social; en caso contrario, la TGSS puede reclamarlas con recargo.

Contrato, jornada, salario y horas de guardia en España

  1. El contrato por escrito es obligatorio cuando los servicios superan las 4 semanas; sin contrato escrito, se presume relación indefinida y a jornada completa.
  2. El salario mínimo interprofesional (SMI) de 2026 es de 1.221 EUR al mes en 14 pagas (1.424,50 EUR al mes en 12 pagas), conforme al Real Decreto 126/2026; el salario del empleo del hogar no puede quedar por debajo.
  3. La jornada máxima legal y el descanso semanal se ajustan a lo previsto en el régimen especial, y la persona empleada tiene derecho a descansos adecuados entre jornadas.
  4. Las horas de presencia o guardia no pueden exceder de 20 horas semanales en cómputo mensual y deben pagarse al menos al precio de una hora ordinaria, incluidas las pagas extraordinarias.
  5. La cobertura de riesgos profesionales puede gestionarse con una mutua colaboradora de la Seguridad Social; la enfermedad común se cubre por el sistema público de salud.

México: el trabajo del hogar en la Ley Federal del Trabajo

En México, el trabajo del hogar está reconocido en la Ley Federal del Trabajo con particularidades propias; el organismo competente en materia laboral es la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), que publicó el 19 de noviembre de 2024 un Modelo de Contrato de Trabajo del Hogar para promover condiciones de trabajo digno. El modelo, disponible en el portal de la STPS, no sustituye a la ley: cualquier cláusula contractual por debajo de los mínimos de la Ley Federal del Trabajo de México es nula.

Antes de demandar, hay que pasar por la conciliación prejudicial en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) o en el centro estatal correspondiente, conforme a la reforma laboral de 2019; las antiguas Juntas de Conciliación y Arbitraje ya no reciben demandas nuevas. Los Tribunales Laborales son ahora los competentes para conocer los juicios.

Modelo de contrato de la STPS y contenidos mínimos en México

  • Datos de identificación de la persona empleadora y de la persona trabajadora del hogar, con domicilio y RFC cuando proceda.
  • Descripción del lugar y tipo de tareas: limpieza, cocina, cuidado de menores, acompañamiento de personas mayores, jardinería u otras.
  • Esquema de jornada: número de horas por día y por semana, con distribución y descansos, conforme a los esquemas que reconoce la STPS.
  • Salario, forma y periodicidad de pago: nunca inferior al salario mínimo general de 2026, fijado por la CONASAMI en 315,04 MXN al día (unos 9.582,47 MXN al mes), o al mínimo de la Zona Libre de la Frontera Norte, de 440,87 MXN al día.
  • Prestaciones aplicables: aguinaldo, vacaciones, descansos y, cuando corresponda, acceso a seguridad social.
  • Cláusula de no discriminación y de respeto a la dignidad de la persona trabajadora, alineada con los mínimos de la Ley Federal del Trabajo.

Jornada, descanso, aguinaldo y seguridad social en México

La Ley Federal del Trabajo fija jornada máxima, descanso semanal de al menos un día por cada seis trabajados, un aguinaldo mínimo de quince días de salario y, tras las reformas recientes, el acceso progresivo a la seguridad social para las personas trabajadoras del hogar, con las modalidades y porcentajes que determine el IMSS. Cualquier cantidad en dinero se expresa en pesos mexicanos (MXN), y los topes o referencias se calculan en UMA cuando la ley lo prevé; en 2026, la UMA es de 117,31 MXN al día (3.566,22 MXN al mes).

Ejemplo: Karla trabaja en Monterrey como empleada del hogar con jornada de lunes a sábado, seis horas diarias, y percibe el salario mínimo general de 315,04 MXN al día (2026). Al mes cobra aproximadamente 9.582,47 MXN; tiene derecho a aguinaldo de al menos quince días y a un día de descanso semanal remunerado.

Argentina: Ley 26.844 del personal de casas particulares

En Argentina, el trabajo en casas particulares se rige por la Ley 26.844, Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, sancionada el 13 de marzo de 2013 y promulgada el 3 de abril de 2013, aplicable en todo el territorio nacional junto con la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo. La autoridad de aplicación es el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y la AFIP administra el registro simplificado de las relaciones laborales del sector. Las remuneraciones se fijan en pesos argentinos (ARS) y envejecen rápido, así que siempre llevan su fecha.

Quedan fuera del régimen las personas contratadas por personas jurídicas, los parientes del empleador, los cuidadores terapéuticos con habilitación profesional, los choferes exclusivos, los convivientes que no presten igual servicio, quienes realicen además tareas ajenas al hogar y los empleados de consorcios o clubes de campo. Antes de demandar, hay que agotar la conciliación obligatoria ante el SECLO (Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria).

Modalidades, jornada y descansos en Argentina

Modalidad Jornada máxima Descanso semanal Reposo nocturno
Sin retiro 8 h diarias o 48 h semanales 35 h corridas desde sábado a las 13:00 Mínimo 9 h consecutivas
Con retiro, mismo empleador 8 h diarias o 48 h semanales 35 h corridas desde sábado a las 13:00 Pausa de 12 h entre jornadas
Con retiro, varios empleadores 8 h diarias o 48 h semanales 35 h corridas desde sábado a las 13:00 El de cada relación

La jornada admite distribución desigual sin superar 9 horas ordinarias en el día; el personal sin retiro tiene además derecho a un descanso diario continuo de 3 horas que incluye el almuerzo y a una habitación amueblada e higiénica de uso exclusivo.

Salario, categorías y registro en Argentina

  1. Consultar la escala salarial vigente fijada por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) en la página del Ministerio de Trabajo; en 2026, el salario mínimo, vital y móvil es de 372.400 ARS al mes desde julio.
  2. Acordar por escrito la categoría profesional, las tareas y el salario mensual o por hora, dentro de los mínimos de la escala.
  3. Inscribir la relación en el registro de la AFIP mediante el Sistema de Registro Simplificado de Personal de Casas Particulares.
  4. Entregar a la persona empleada la libreta o documento registral que organice la autoridad de aplicación, y conservar copia.
  5. Pagar las remuneraciones en días hábiles, en el lugar de trabajo y durante la jornada: al personal mensualizado, dentro del cuarto día hábil del mes vencido; al jornalizado o por hora, al final de la jornada o semana.
  6. Practicar los aportes y contribuciones a la seguridad social y entregar los recibos de sueldo correspondientes.

Chile: contrato de trabajadora de casa particular

En Chile, el contrato de trabajadora o trabajador de casa particular se rige por el Código del Trabajo y por el Decreto con Fuerza de Ley (DFL) N° 2 de 1967; el organismo competente es la Dirección del Trabajo (DT), que fiscaliza, media y registra los contratos. El registro del contrato en la Inspección del Trabajo es obligatorio para el empleador y debe hacerse en línea o de forma presencial en la oficina más cercana.

El contrato es de dos tipos: puertas adentro (la persona vive en el domicilio del empleador) o puertas afuera (acude a diario y regresa a su casa). En ambos casos, la remuneración mínima vigente y la afiliación previsional son obligatorias; la Unidad Tributaria Mensual (UTM) se usa para topes y multas, y en julio de 2026 su valor es de 71.649 CLP.

Registro del contrato en la Inspección del Trabajo de Chile

  1. Firmar el contrato de trabajo por escrito, conforme al modelo de la DT para puertas adentro o al modelo para puertas afuera.
  2. Ingresar a tramites.dirtrab.cl/registroempresa/ con RUN y clave; seleccionar Trabajador de casa particular y completar los pasos del registro.
  3. Subir el contrato firmado dentro de los 15 días siguientes a su celebración, plazo fijado en el artículo 146 ter del Código del Trabajo; las modificaciones posteriores también se registran en el mismo portal.
  4. Si no se puede hacer en línea, acudir presencialmente a la oficina de la Inspección del Trabajo más cercana con el contrato firmado.
  5. Guardar el comprobante que entrega la DT y entregar copia a la persona empleada.
  6. Para consultas, usar el Sistema Único de Atención Ciudadana de la DT o llamar al teléfono 600 450 4000.

Modelos de contrato, jornada y remuneraciones en Chile

  • Puertas adentro: jornada máxima y descanso dentro del domicilio, con habitación para uso exclusivo y derecho a descanso semanal.
  • Puertas afuera: jornada acotada, con al menos doce horas entre el término de un día y el inicio del siguiente.
  • Remuneración mínima: el ingreso mínimo mensual vigente desde el 1 de enero de 2026 es de 350.000 CLP al mes, reajustado por ley.
  • Las remuneraciones se pagan en pesos chilenos (CLP); la UTM (71.649 CLP en julio de 2026) se usa para topes previsionales, sanciones y cálculo de horas extras.
  • Obligación de cotizar en AFP, salud (Fonasa o isapre) y, si corresponde, seguro de cesantía; la afiliación corre por cuenta del empleador.

Perú: trabajo del hogar y derechos laborales

En Perú, el trabajo del hogar está regulado por la Ley N° 27986 del Trabajador del Hogar y sus modificatorias, publicada por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE). La autoridad de aplicación en inspección y fiscalización es SUNAFIL; los conflictos laborales se tramitan conforme a la Nueva Ley Procesal del Trabajo ante los juzgados laborales.

La remuneración mínima vital (RMV) es el suelo legal: en 2026 es de 1.130 PEN al mes, sin cambios desde el 1 de enero de 2025. Los topes legales se calculan en soles (PEN) y, cuando corresponde, en Unidades Impositivas Tributarias (UIT), que en 2026 equivalen a 5.500 PEN.

Jornada, descanso y remuneración en Perú

Concepto Regla general Comentario
Jornada máxima 8 h diarias o 48 h semanales Distribuible en seis días a la semana
Descanso semanal 24 horas continuas Preferentemente en domingo
Remuneración mínima 1.130 PEN/mes (2026) Decreto Supremo que fija la RMV
Vacaciones 30 días al año Remuneradas, con un mes completo de servicio

La remuneración mínima vital de 2026, de 1.130 PEN al mes, parte del Decreto Supremo que fija la RMV y se publica en el portal del MTPE. El cálculo de topes e indemnizaciones toma como referencia la UIT de 2026, fijada en 5.500 PEN.

Registro, seguridad social y derechos clave en Perú

Checklist del empleador en Perú:

  • Inscribir a la persona trabajadora del hogar en EsSalud como asegurada regular.
  • Pagar la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) cuando corresponda y dentro del plazo legal.
  • Entregar constancia escrita del contrato con los datos de las partes, jornada, remuneración y condiciones.
  • Respetar jornada máxima, descanso semanal y vacaciones.
  • Facilitar el acceso a la seguridad social y a la cobertura de salud.

Checklist de derechos de la persona trabajadora en Perú:

  • Remuneración no menor a la RMV de 2026, de 1.130 PEN al mes.
  • Jornada y descanso conforme a la Ley N° 27986.
  • Cobertura de salud a través de EsSalud.
  • Vacaciones remuneradas de 30 días al año tras un mes completo de servicio.
  • CTS y demás beneficios de ley, según corresponda.
  • Trato digno, sin discriminación y con ambientes de trabajo seguros.

La ley reconoce derechos; el detalle (plazos, montos y porcentajes) se consulta siempre en el país donde se presta el servicio.

Datos comprobados en septiembre de 2026.

Preguntas frecuentes sobre el contrato de empleada doméstica

1. ¿Cómo hacer un contrato para empleada de hogar que es extranjera?

El contrato se redacta igual que para cualquier otra persona trabajadora: en el modelo que publique el organismo oficial de tu país debe constar el tipo de servicio, horario, salario, descansos y fecha de alta en la seguridad social. Si la persona no tiene nacionalidad del país, antes del alta debes comprobar que su permiso de trabajo o residencia se lo permite, exigencia que controla la autoridad migratoria competente.

2. ¿Dónde descargar un modelo de contrato para empleada del hogar en PDF?

Lo más seguro es acudir a la web del ministerio de trabajo o de la seguridad social de tu país: allí suelen ofrecer el formulario en PDF listo para imprimir y firmar. Si tu país no lo publica, cualquier modelo de dos hojas con los datos de ley (jornada, salario, vacaciones y prestaciones) te sirve como punto de partida, aunque conviene revisarlo con un asesor laboral antes de firmarlo.

3. ¿Qué modelo de contrato de empleada de hogar acepta el SEPE?

El SEPE es el Servicio Público de Empleo Estatal de España y allí el modelo oficial para el régimen especial de empleados de hogar se llama “modelo de contrato de trabajo para el servicio del hogar familiar”. Puedes generarlo desde la Sede Electrónica del SEPE o desde la página del Ministerio de Trabajo, en formato rellenable, y siempre debe acompañarse del alta en la Seguridad Social dentro del plazo legal.

4. ¿Cómo se tramita el contrato de empleada de hogar ante el SEPE?

En España, una vez firmado el contrato por ambas partes, la persona empleadora debe dar de alta a la trabajadora en la Seguridad Social (hoy a través de la plataforma Import@ss) y, si corresponde, comunicar el contrato al SEPE mediante el modelo oficial en su Sede Electrónica. El plazo para hacerlo es de los diez días hábiles siguientes al inicio de la relación laboral, y sin esa comunicación la cobertura ante una baja o despido queda incompleta.

5. ¿Se puede hacer un contrato de empleada de hogar solo por horas?

Sí, pero con matices: en España existe el contrato por horas regulado en el Real Decreto 1620/2011, pensado para servicios fijos no diarios, y debe fijar de antemano los días y horas concretas de prestación. En otros países de América Latina esta modalidad no siempre está prevista, así que conviene revisar la ley laboral nacional o provincial antes de pactar algo que luego no puedas registrar correctamente.

6. ¿Qué novedades trae el contrato de empleada de hogar en 2026?

Para 2026 el cambio más relevante es la entrada en vigor del nuevo Estatuto de los Empleados del Hogar en España, que elimina el régimen especial y equipara derechos con el resto de asalariados: salario mínimo igual al general, prestación por desempleo contributiva y fin de la exclusión por despido. En Argentina, Chile, Colombia, México y Perú las reglas se rigen por normas anteriores sin cambios anunciados para este año, por lo que debes consultar la ley vigente de cada país.

7. ¿Hay un modelo de contrato de empleada de hogar editable en Word?

En España el Ministerio de Trabajo y la Sede Electrónica del SEPE ofrecen plantillas en PDF rellenable que se pueden convertir o copiar a Word sin problema, manteniendo los campos identificativos del contrato del hogar familiar. En el resto de países hispanohablantes no suele haber plantilla oficial descargable, por lo que conviene partir de un modelo privado revisado por un abogado laboral o por el sindicato del ramo.

Fuentes

  1. SepeModalidades de contratos| Servicio Público de Empleo Estatalconsultado el 29/09/2026
  2. ArgentinaCondiciones del trabajo doméstico – Argentina.gob.arconsultado el 29/09/2026
  3. DtRegistro de contrato de trabajador(a) de casa Particular – DTconsultado el 29/09/2026
  4. SunatTrabajador (a) del hogar – Personas Sunatconsultado el 29/09/2026
  5. Seg-socialCómo dar de alta a una persona empleada de hogarconsultado el 29/09/2026