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Permiso de trabajo en Estados Unidos: qué visa necesitas según tu país de origen y cómo tramitarla

septiembre 4, 2026 Derecho Facil 19 min read
Permiso de trabajo en Estados Unidos: qué visa necesitas según tu país de origen y cómo tramitarla

Qué es en realidad un "permiso de trabajo" en EE. UU. y por qué no existe un permiso universal

En Estados Unidos no existe un documento que se llame "permiso de trabajo" al que cualquier extranjero pueda aspirar de forma genérica. El derecho a trabajar va siempre pegado a una categoría migratoria concreta: una visa de no inmigrante (H-1B, H-2A, H-2B, L-1, O-1, J-1, TN, entre otras) o un Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés), que es una tarjeta física que expide el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) a quien ya tiene un proceso migratorio abierto y cumple los requisitos de su categoría. Sin ese respaldo, cualquier actividad remunerada es ilegal y puede arruinar cualquier trámite futuro.

Lo que mucha gente confunde es el ESTA y la visa de turista B1/B2. El ESTA es solo una autorización electrónica de viaje para el programa de exención de visado, válida para visitas cortas de hasta 90 días con fines turísticos o de negocios puntuales, y la visa B1/B2 cumple una función parecida pero mediante sello consular. Ninguna de las dos permite trabajar, ni siquiera aceptar una oferta de empleo, hacer prácticas o colaborar a cambio de dinero o alojamiento. Quien entra con ESTA o B y empieza a cobrar, incurre en una infracción migratoria que suele detectarse en controles posteriores o al pedir un cambio de estatus.

La consecuencia práctica es clara: antes de comprar un vuelo con idea de "buscar trabajo en destino" hay que tener ya una visa con autorización laboral o, en su defecto, una petición aprobada por una empresa estadounidense o un programa de intercambio reconocido. Los plazos y los costes varían por categoría, y cada embajada o consulado de EE. UU. aplica su propia disponibilidad de citas.

El "permiso de trabajo" en EE. UU. no es un papel único: es una característica de cada visa o del EAD. Quien viaja con ESTA o B y acepta un empleo, se expone a sanciones y a la cancelación de futuros trámites.

Lo que comparten España, México, Argentina, Chile y Perú al pedir una visa de EE. UU.

Aunque cada país tiene su embajada y sus consulados con reglas propias de agendamiento, hay un núcleo común que se repite en cualquier solicitud desde España, México, Argentina, Chile o Perú:

  • Pasaporte vigente del país de origen, con al menos seis meses de validez más allá de la fecha prevista de regreso y páginas libres para sellos.
  • Entrevista presencial en una embajada o consulado de Estados Unidos, el paso que decide si se aprueba o deniega la visa.
  • Pago de una tarifa consular no reembolsable, conocida como MRV (Machine Readable Visa), cuyo importe depende del tipo de visa y no del país de residencia.
  • Formulario DS-160 cumplimentado en línea, con foto reciente que cumpla los requisitos técnicos del Department of State.
  • En casi todas las categorías de trabajo, una oferta o un patrocinio previo tramitado por una empresa o entidad estadounidense, salvo los programas J-1 que cuentan con su propio patrocinador.

El detalle de cada paso cambia según el consulado: la forma de pagar la tarifa MRV, el banco admitido, los plazos para reprogramar la cita y los documentos de respaldo que el oficial quiere ver varían entre la embajada de EE. UU. en Madrid, la de la Ciudad de México, Buenos Aires, Santiago de Chile o Lima. Por eso, antes de iniciar el trámite conviene revisar la página del consulado concreto donde se va a solicitar la cita.

España: visas y programas al alcance de un ciudadano español

Un residente en España que quiera trabajar en EE. UU. tiene tres rutas principales: un programa de intercambio J-1 (el más accesible para jóvenes), una visa H-2B para empleo estacional y la visa H-1B para profesionales con patrocinio. La puerta de entrada siempre es la embajada de EE. UU. en Madrid o uno de los consulados generales en Barcelona, según disponibilidad de citas. Quien solo busca una experiencia corta de verano suele encajar mejor en J-1; quien tiene una carrera técnica o un contrato con empresa estadounidense encaja en H-1B; y quien busca un trabajo temporal de temporada (hostelería, construcción, mantenimiento de resorts) encaja en H-2B.

Lo que une a las tres rutas es que ninguna se consigue sin un patrocinador en EE. UU.: en J-1 lo aporta el programa; en H-2B y H-1B lo aporta el empleador, que presenta una petición ante USCIS antes de que el español pida cita consular. Una vez aprobada la petición, el caso pasa al Departamento de Estado para la entrevista, donde se sella la visa en el pasaporte.

Programas J-1 desde España: Work and Travel, Camp USA, Internship y Au Pair

  • Work and Travel: para estudiantes universitarios matriculados en España, trabaja en empleos temporales durante el verano en zonas turísticas, con un periodo posterior para viajar por el país.
  • Camp USA: para jóvenes entre 18 y 28 años, trabaja como monitor en campamentos de verano, combinando tareas de cuidado y animación con actividades al aire libre.
  • Internship USA: para estudiantes o recién titulados, realiza prácticas remuneradas en empresas estadounidenses en su área de estudio, con duración de hasta doce meses.
  • Au Pair USA: para jóvenes entre 18 y 26 años, convive con una familia anfitriona, cuida de sus hijos y recibe curso académico pagado por la familia, según los programas gestionados por entidades como las recogidas en el portal de la Consejería de Empleo en EE. UU. del Ministerio de Trabajo español o agencias como Let's Live USA.

Visas con patrocinio de empleador para residentes en España (H-1B, H-2A, H-2B, L-1, O-1)

  1. La empresa estadounidense presenta una petición ante USCIS, eligiendo la categoría adecuada al puesto: H-1B para profesionales con titulación universitaria, H-2A para agricultura estacional, H-2B para otros trabajos temporales no agrícolas, L-1 para traslado intraempresa y O-1 para personas con capacidades extraordinarias.
  2. Una vez aprobada la petición, USCIS la envía al consulado y el caso entra en el sistema de citas del Department of State.
  3. El solicitante, residente en España, rellena el DS-160 y paga la tarifa MRV correspondiente a la categoría.
  4. Acude a la entrevista en la embajada de EE. UU. en Madrid o en el consulado de Barcelona, con pasaporte, carta de oferta o del patrocinador, formularios I-797 de USCIS y justificantes de pago.
  5. Si la visa se aprueba, recibe el pasaporte con la visa y puede viajar a EE. UU. antes de la fecha de inicio del empleo autorizado.

Dónde se tramita en España y qué documentos preparar

  • Embajada de EE. UU. en Madrid y consulados en Barcelona, donde se solicita la cita a través del sistema oficial del Department of State, con tiempos de espera que cambian según la categoría y la temporada.
  • Pasaporte español en vigor con al menos seis meses de validez restante y páginas libres para visados.
  • Formulario DS-160 confirmado, foto reciente que cumpla los requisitos técnicos y carta de oferta de trabajo o del patrocinador del programa.
  • Pago de la tarifa MRV correspondiente a la categoría, cuyo importe exacto se publica en la web del consulado.
  • Para los programas J-1, formulario DS-2019 emitido por el patrocinador, que es el documento que acredita el programa y se lleva a la entrevista junto al DS-160.
  • Advertencia clave: el ESTA no sirve para trabajar, solo para visitas cortas de hasta 90 días sin actividad remunerada.

México: visas y EAD al alcance de un ciudadano mexicano

Para un residente en México, la frontera larga con EE. UU. hace que las categorías más usadas sean las de trabajo temporal (H-2A para agricultura, H-2B para otros estacionales), la H-1B para profesionales, y la TN, específica para ciudadanos mexicanos y canadienses bajo el USMCA. La embajada y los consulados de EE. UU. en México tienen una de las redes más extensas del mundo: la embajada en la Ciudad de México, los consulados en Ciudad Juárez, Guadalajara, Hermosillo, Matamoros, Mérida, Monterrey, Nogales, Nuevo Laredo y Tijuana, entre otros, donde se agendan las citas para las entrevistas.

Además de las visas, México concentra el grueso de los casos de ajuste de estatus, es decir, personas que ya están dentro de EE. UU. con una visa distinta y piden el EAD mientras esperan una resolución. Este camino se tramita con el Formulario I-765 ante USCIS, y conviene tener presente que el 15 de septiembre de 2026 entra en vigor la edición revisada 09/15/26, sin periodo de gracia, por lo que los envíos a partir de esa fecha deben usar esa versión.

Categorías de visa de trabajo más usadas desde México (H-2A, H-2B, H-1B, TN)

  • H-2A: para trabajadores agrícolas estacionales, patrocinada por un empleador agrícola estadounidense que presenta una petición ante USCIS y un certificado del Department of Labor.
  • H-2B: para trabajos temporales no agrícolas (hotelería, construcción, mantenimiento de parques), con un tope anual de visas que se reparte por semestres y suele agotarse.
  • H-1B: para profesionales con al menos una titulación universitaria equivalente a la estadounidense, con patrocinio de una empresa que pasa por un sorteo cuando la demanda supera el cupo.
  • TN: para ciudadanos mexicanos y canadienses que ocupan una de las profesiones listadas en el USMCA (ingenieros, contadores, científicos, enseignants), con solicitud directa en el consulado y patrocinio mediante carta de oferta.

EAD por ajuste de estatus: cuándo aplica y qué formulario se usa

El EAD se solicita con el Formulario I-765 ante USCIS, cuya edición revisada con fecha 09/15/26 entra en vigor el 15 de septiembre de 2026, publicada en uscis.gov en español y adaptada a la regla final del Federal Register que establece periodos fijos de admisión para estudiantes, visitantes de intercambio y prensa extranjera. El ajuste de estatus aplica cuando el mexicano ya está en EE. UU. con otra visa (por ejemplo, turista B2, F-1 de estudiante, J-1) y cumple los requisitos para quedarse de forma permanente o cambiar de categoría. Pasos básicos:

  1. Presentar el Formulario I-765 (edición 09/15/26 a partir del 15 de septiembre de 2026) ante USCIS, junto al Formulario I-485 de ajuste de estatus o a la petición que motive la autorización.
  2. Pagar la tarifa de presentación y, si aplica, la de servicios biométricos.
  3. Asistir a la cita de huellas y fotografía en una oficina de USCIS.
  4. Esperar la aprobación y recibir la tarjeta EAD por correo postal.
  5. Con la tarjeta en mano, empezar a trabajar solo para el empleador o en la categoría autorizada, según conste en el documento.

Dónde se tramita en México y qué llevar a la cita

  • Embajada de EE. UU. en la Ciudad de México y consulados en ciudades como Guadalajara, Monterrey, Tijuana o Mérida, con cita previa a través del sistema del Department of State.
  • Pasaporte mexicano vigente o acta de nacimiento si se necesita acreditar ciudadanía, junto al formulario DS-160 confirmado y la foto.
  • Carta de oferta o de patrocinio emitida por la empresa o el programa estadounidense, con datos del puesto, salario y duración.
  • Comprobante de pago de la tarifa MRV de la categoría correspondiente, distinta a la de la visa de turista B1/B2.
  • Para los programas J-1, el DS-2019 del patrocinador, sin el cual no se completa la entrevista.
  • Aclaración útil: la cita de turista B1/B2 no es la misma que la de una visa de trabajo; los formularios y requisitos son distintos, aunque la tarifa pueda coincidir en algunos casos.

Argentina: visas y programas al alcance de un ciudadano argentino

Para un residente en Argentina, las rutas más realistas son los programas J-1 (Work and Travel, Internship y Au Pair, gestionados por patrocinadores estadounidenses), la H-1B para profesionales con patrocinio y la L-1 para traslados dentro de la misma empresa. La embajada de EE. UU. en Buenos Aires y, en algunos casos, el consulado en Mendoza atienden las solicitudes, aunque la mayor parte de las citas se concentra en la capital.

Una característica práctica: los consulados de EE. UU. en Argentina tienen una demanda relativamente menor que los de México, lo que en algunos periodos se traduce en citas más rápidas, aunque esta ventaja es muy variable y no se puede dar por sentada. Lo que sí comparten todos los casos es la necesidad de patrocinador: nadie obtiene H-1B o L-1 sin que la empresa presente primero la petición ante USCIS.

J-1 desde Argentina: Work and Travel, Internship y Au Pair

  • Work and Travel: para estudiantes universitarios argentinos que quieren trabajar durante el verano boreal en empleos estacionales, con un periodo posterior para viajar.
  • Internship USA: para estudiantes o recién graduados en su área de estudio, con prácticas remuneradas en empresas estadounidenses de hasta doce meses.
  • Au Pair USA: para jóvenes argentinos de 18 a 26 años que conviven con una familia anfitriona, cuidan niños y estudian, gestionado por patrocinadores como los descritos por Travelingua en su sección de Au Pair en EE. UU..

H-1B y L-1 para profesionales argentinos con patrocinio

  1. La empresa estadounidense presenta una petición ante USCIS, H-1B para profesionales o L-1 para empleados trasladados desde la filial argentina.
  2. Una vez aprobada, el caso se envía al consulado y el solicitante, residente en Argentina, rellena el DS-160 y paga la tarifa MRV.
  3. Se agenda la entrevista en la embajada de EE. UU. en Buenos Aires, llevando el pasaporte argentino, el formulario I-797 de aprobación y la carta del patrocinador.
  4. Si se aprueba, se sella la visa y se puede viajar hasta la fecha de inicio autorizada.
  5. La duración y las condiciones de renovación dependen de la categoría y del proyecto migratorio, por lo que conviene revisar las publicaciones de USCIS sobre H-1B y L-1 antes de comprometerse.

Dónde se tramita en Argentina y qué documentos pedir

  • Embajada de EE. UU. en Buenos Aires, con cita previa en el sistema del Department of State.
  • Pasaporte argentino vigente, con al menos seis meses de validez más allá del regreso previsto.
  • Formulario DS-160 confirmado y foto reciente que cumpla los requisitos.
  • Carta de oferta o del patrocinador (empresa o programa), con datos del puesto, salario y duración.
  • Justificante de pago de la tarifa MRV correspondiente a la categoría de visa.

Chile: visas y programas al alcance de un ciudadano chileno

Desde Chile, las vías más habituales son los programas J-1 para jóvenes (Work and Travel e Internship), la H-1B para profesionales, la L-1 para traslados intraempresa y la O-1 para perfiles con capacidades extraordinarias. La embajada de EE. UU. en Santiago concentra la mayor parte de las entrevistas, con citas que pueden demorarse según la temporada y la categoría.

Como en el resto de países analizados, el patrocinador es condición necesaria: sin petición aprobada por USCIS (en H-1B, L-1 u O-1) o sin patrocinador del programa (en J-1), no hay entrevista que prospere. Además, Chile es uno de los países donde la opción de ajuste de estatus desde dentro de EE. UU. es poco frecuente, porque la distancia geográfica hace menos habitual entrar con visa de turista para luego regularizar.

J-1 desde Chile: Work and Travel e Internship

  • Work and Travel: para estudiantes universitarios chilenos que quieren un empleo temporal durante el verano en EE. UU., con perfil habitual de estudiantes de turismo, gastronomía o idiomas.
  • Internship USA: para estudiantes o titulados recientes que buscan prácticas remuneradas en empresas de su área, hasta doce meses.

H-1B, L-1 y O-1 para perfiles cualificados con sede en Chile

  1. La empresa estadounidense presenta la petición ante USCIS, eligiendo la categoría según el perfil: H-1B para profesionales con titulación, L-1 para traslado intraempresa y O-1 para capacidades extraordinarias demostrables.
  2. Tras la aprobación, el residente en Chile rellena el DS-160 y paga la tarifa MRV.
  3. Solicita cita en el consulado de EE. UU. en Santiago, llevando el pasaporte, el I-797 y la carta del patrocinador.
  4. Entrevista consular y, si se aprueba, sello de la visa en el pasaporte.
  5. El plazo para entrar suele estar condicionado por la fecha de inicio del contrato o del programa, que figura en la documentación del patrocinador.

Dónde se tramita en Chile y qué llevar

  • Embajada de EE. UU. en Santiago, con cita previa a través del sistema del Department of State.
  • Pasaporte chileno vigente, con al menos seis meses de validez más allá del regreso previsto.
  • Formulario DS-160 confirmado y foto que cumpla los requisitos técnicos.
  • Carta de oferta o del patrocinador (empresa o programa), con datos del puesto y duración.
  • Comprobante de la tarifa MRV correspondiente a la categoría de visa.

Perú: visas y programas al alcance de un ciudadano peruano

Un residente en Perú que quiera trabajar en EE. UU. suele empezar por un programa J-1 (Work and Travel, Internship o Au Pair), por una visa H-2B para empleo temporal no agrícola o por una H-1B para profesionales. La embajada de EE. UU. en Lima concentra la práctica totalidad de las entrevistas para residentes en Perú.

Como en los demás países analizados, la regla es la misma: sin patrocinador en EE. UU. no hay visa de trabajo. En J-1 lo aporta el programa; en H-2B y H-1B lo aporta el empleador, que presenta primero la petición ante USCIS. Una vez aprobada la petición, el residente en Perú pide cita consular con el DS-160 y la tarifa pagada.

J-1 desde Perú: Work and Travel, Internship y Au Pair

  • Work and Travel: para estudiantes universitarios peruanos en programas de intercambio estival, con trabajo temporal remunerado y periodo final de viaje.
  • Internship USA: para estudiantes o titulados en su área, con prácticas remuneradas en empresas estadounidenses.
  • Au Pair USA: para jóvenes peruanos de 18 a 26 años que conviven con una familia anfitriona y cuidan de sus hijos, con curso académico cubierto.

H-2B y H-1B con patrocinio desde Perú

  1. La empresa estadounidense presenta la petición H-2B (temporal no agrícola) o H-1B (profesional) ante USCIS, con el certificado laboral del Department of Labor cuando corresponde.
  2. Tras la aprobación, el residente en Perú rellena el DS-160 y paga la tarifa MRV.
  3. Agenda la entrevista en la embajada de EE. UU. en Lima, llevando el pasaporte, el I-797 y la carta del patrocinador.
  4. Si la visa se aprueba, se sella el pasaporte y puede viajar hasta la fecha de inicio autorizada.
  5. La duración y las condiciones de prórroga dependen de la categoría y de los plazos que fija USCIS para cada petición, por lo que conviene revisar la página de USCIS para H-2B antes de iniciar el trámite.

Dónde se tramita en Perú y qué documentos preparar

  • Embajada de EE. UU. en Lima, con cita previa en el sistema del Department of State.
  • Pasaporte peruano vigente, con seis meses de validez restantes como mínimo.
  • Formulario DS-160 confirmado y foto reciente que cumpla los requisitos técnicos.
  • Carta de oferta o del patrocinador (empresa o programa), con datos del puesto, salario y duración.
  • Comprobante de pago de la tarifa MRV correspondiente a la categoría de visa.
  • Recordatorio importante: la visa de turista B1/B2 no autoriza a trabajar, aunque el solicitante crea que "ya encontrará algo en destino".

Datos comprobados en agosto de 2026.

Dudas frecuentes sobre el permiso de trabajo en EE. UU.

1. ¿Qué permiso de trabajo necesito en Estados Unidos si soy español?

Como ciudadano español puedes optar por la visa H-1B si tienes una oferta de un empleador estadounidense que patrocine tu petición, o por la visa E-2 de inversor si montas un negocio propio con capital sustancial. También existe la visa J-1 para programas de prácticas y la O-1 para personas con habilidades extraordinarias. La H-1B tiene cupo anual y se solicita en abril a través de USCIS para empezar a trabajar en octubre.

2. ¿Dónde buscan españoles ofertas de empleo en Estados Unidos?

Los portales Indeed, LinkedIn y Glassdoor permiten filtrar por ofertas que patrocinan visa H-1B, una señal clara de que la empresa está dispuesta a gestionar el trámite migratorio. También funciona contactar directamente con los departamentos de recursos humanos de empresas con presencia internacional. El sitio myvisajobs.com publica un ranking anual de los patrocinadores que más visas H-1B han presentado ante USCIS.

3. ¿Se puede trabajar en Estados Unidos siendo español sin hablar inglés?

Sí, es posible en sectores con fuerte presencia hispana como restauración, construcción, limpieza o agricultura, donde el español es el idioma de trabajo. Aun así, la entrevista con el empleador suele hacerse en inglés, y los trámites migratorios como la visa H-1B o la L-1 no exigen prueba de idioma pero sí interacción con autoridades en inglés. Aprender inglés básico amplía mucho las opciones y el salario.

4. ¿Qué alternativas tienen los europeos para trabajar legalmente en Estados Unidos?

Además de la H-1B, los europeos pueden acceder a la visa L-1 para traslados internos dentro de la misma empresa, a la E-2 si su país tiene tratado de inversión con Estados Unidos, o a la TN si son ciudadanos de Canadá o México. También está el programa de visados de diversidad DV-1, una lotería anual con cupos por país que publica el Department of State. Cada categoría tiene requisitos y plazos distintos que hay que revisar caso por caso.

5. ¿Qué ofertas de empleo en Estados Unidos están abiertas a extranjeros?

Los sectores con más demanda son tecnología, ingeniería, sanidad y oficios especializados, donde las empresas recurren a la visa H-1B para cubrir vacantes. Portales como H1BGrader o myvisajobs.com muestran las compañías que más patrocinan, incluidos Google, Amazon y Microsoft. El empleador debe presentar una petición ante USCIS y demostrar que el salario ofrecido cumple el prevailing wage de la zona.

6. ¿Qué pasos tiene que dar un español para vivir en Estados Unidos?

El primer paso es definir el motivo migratorio: trabajo con visa H-1B, estudios con visa F-1, inversión con E-2 o reagrupación familiar. Después hay que conseguir la documentación específica, pagar las tasas de USCIS y, en su caso, pasar la entrevista en la embajada o consulado de Estados Unidos en España. El proceso puede durar entre seis meses y más de un año según la categoría, así que conviene empezar con antelación.

7. ¿Cuáles son los principales tipos de visa de trabajo en Estados Unidos?

Las más habituales son la H-1B para profesionales con título universitario, la L-1 para traslados intraempresariales, la O-1 para personas con logros destacados y la E-2 para inversores de países con tratado. Para trabajos temporales existen la H-2A (agricultura) y la H-2B (servicios y construcción), ambas con cupo anual fijado por el Department of Labor. Cada visa tiene sus propios formularios, plazos y costos ante USCIS.

8. ¿Qué empresas de Estados Unidos contratan perfiles de España?

Las grandes tecnológicas como Google, Microsoft, Amazon, Meta y Apple patrocinan cientos de visas H-1B al año y suelen publicar vacantes en sus webs de careers. También contratan perfiles internacionales empresas de consultoría como Deloitte o Accenture, bancos con presencia global y hospitales con programas de fellowship médico. En myvisajobs.com puedes consultar el listado actualizado de patrocinadores aprobados por USCIS.

Fuentes

  1. TravelinguaTrabajo en Estados Unidos para españoles: opciones, visados y …consultado el 31/08/2026
  2. UsaConozca cómo se puede trabajar en EE. UU. con un permiso de …consultado el 31/08/2026
  3. WiseVisa de Trabajo de EEUU para Argentinos: Guía Completa – Wiseconsultado el 31/08/2026
  4. AssistcardVisa de trabajo para Estados Unidos | Assist Cardconsultado el 31/08/2026
  5. WorkuseUSE Work and Travel Perú | Viaja y Trabaja en EE. UU. con Visa J-1consultado el 31/08/2026