Qué es el permiso de trabajo y por qué va de la mano del seguro social
El permiso de trabajo es la autorización administrativa que un país exige a una persona extranjera antes de empezar a trabajar en su territorio. No basta con tener visa o estar legalmente en el país: si la ley laboral exige autorización, ejercer una actividad sin ella suele ser una infracción del empleador y deja al trabajador sin protección.
El seguro social, por su parte, es el sistema público (o mixto) que cubre al trabajador frente a contingencias como enfermedad, accidente, maternidad, jubilación o desempleo. Casi siempre se financia con cuotas que pagan empleador y trabajador.
La conexión entre ambos es la regla práctica en los cinco países que se revisan aquí: no hay alta laboral sin seguridad social, y no hay cobertura real sin un permiso o contrato que la respalde. Lo que no es uniforme, y conviene tener presente desde el principio, es el nombre exacto del permiso, la ley que lo regula, el organismo que lo concede y la lista de contingencias cubiertas.
Qué se repite en casi todos los países hispanohablantes
- Hace falta una autorización previa para que una persona extranjera trabaje por cuenta ajena; las actividades por cuenta propia tienen su propia vía.
- La afiliación o alta en el sistema de seguridad social es obligatoria desde el inicio de la relación laboral, sin periodos de carencia generales para la asistencia sanitaria urgente.
- Las cuotas se reparten entre empleador y trabajador, con porcentajes que cambian cada ejercicio y que la ley fija país por país.
- Las contingencias que suelen cubrirse son: salud, jubilaciones y pensiones, riesgos del trabajo (accidentes y enfermedades profesionales), desempleo y prestaciones familiares.
- Existe un organismo público (y a veces varios) que recauda, paga y fiscaliza; la cobertura se activa con el alta y se corta con la baja.
- El detalle (plazos, montos, porcentajes, edad de jubilación, semanas cotizadas) cambia por completo de un país a otro, así que nada de lo anterior funciona como regla universal.
Como verás en los apartados siguientes, lo único realmente compartido entre España, México, Argentina, Chile y Perú es el principio; la letra pequeña la escribe cada país con su propia ley.
España: autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena
En España, la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena la regulan la Ley Orgánica 4/2000 y su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre. El organismo competente en España es el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que actúa a través de las Oficinas de Extranjería provinciales y del SEPE para la gestión de la oferta de empleo. La cobertura se activa con el alta y la afiliación a la Seguridad Social, una vez concedida la autorización.
Lo que distingue al modelo español es que la solicitud la presenta el empleador, no el trabajador. Además, la oferta debe respetar la llamada situación nacional de empleo, con excepciones por convenios bilaterales firmados con Chile y Perú, entre otros, que permiten contratar a nacionales de esos países sin pasar por el catálogo de puestos de difícil cobertura.
Quién puede solicitarlo en España y qué exige la ley
Requisitos del trabajador en España:
- No ser ciudadano de la UE, del EEE ni de Suiza, ni familiar con régimen comunitario.
- No encontrarse en territorio español (salvo excepciones).
- Carecer de antecedentes penales en España y en los países de residencia de los últimos cinco años.
- No figurar como rechazable en el espacio territorial con el que España tenga convenio.
- No estar dentro del plazo de compromiso de no retorno.
- No representar amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública.
- Abonar la tasa correspondiente.
- Tener capacidad laboral (mayoría de edad laboral, salvo los mayores de 16 años con autorización).
Requisitos del empleador en España:
- Estar inscrito en la Seguridad Social y al corriente de obligaciones tributarias y de cotización.
- Disponer de medios económicos suficientes. Si es persona física, una vez descontado el salario del trabajador: 50 % del SMI si no tiene familiares a cargo; 100 % del SMI con dos miembros en la unidad familiar; 25 % adicional del SMI por cada miembro extra.
- Firmar un contrato de trabajo que garantice actividad continuada durante toda la vigencia de la autorización, con retribución no inferior al SMI en cómputo anual.
Cómo se tramita en España: pasos y plazos
- El empleador publica la oferta en el portal Empléate del SEPE, salvo que la ocupación esté en el catálogo de difícil cobertura.
- Presenta el impreso oficial EX-03 ante la Oficina de Extranjería de la provincia donde vaya a prestarse el servicio.
- La Oficina de Extranjería resuelve y, si concede la autorización, lo comunica al empleador.
- El trabajador entra en España, es afiliado y dado de alta en la Seguridad Social por el empleador.
- Si la relación laboral se extingue sobrevenidamente por causas no imputables al trabajador, el empleador debe comunicarlo a la Oficina de Extranjería en un plazo de 3 días.
La afiliación se hace ante la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), que asigna el número de afiliación y el documento identificativo del trabajador.
Qué cubre en España la Seguridad Social una vez afiliado
- Asistencia sanitaria, con la tarjeta sanitaria individual.
- Jubilación y pensiones contributivas, gestionadas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
- Prestación y subsidio por desempleo, a través del SEPE.
- Cobertura de riesgos profesionales (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales).
- Prestaciones familiares por hijo o menor a cargo, nacimiento y cuidado de menor.
- Prestación por riesgo durante el embarazo y la lactancia, y por cuidado de menores con enfermedades graves.
En España, la cobertura arranca con el alta en la Seguridad Social y se mantiene mientras dura la relación laboral; la baja implica comunicar la finalización ante la TGSS y la Oficina de Extranjería.
México: permiso de trabajo y afiliación al IMSS o ISSSTE
En México, el permiso para trabajar lo otorgan la Ley Federal del Trabajo y la Ley de Migración, y la autoridad competente es el Instituto Nacional de Migración (INM). Para la seguridad social, el organismo es el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en el caso de los trabajadores del sector privado, y el ISSSTE para los trabajadores del Estado mexicano. La particularidad del modelo mexicano es que el patrón tramita, en paralelo, la oferta de empleo ante el INM y el alta ante el IMSS, de manera que el Número de Seguridad Social (NSS) queda vinculado a la autorización migratoria.
Quién necesita permiso en México y qué exige la ley
Requisitos del trabajador en México:
- Contar con una oferta de empleo concreta con puesto, jornada y salario.
- Cubrir el pago de derechos ante el INM por la autorización.
- Acreditar su situación migratoria regular en el país.
Requisitos del empleador en México:
- Inscripción patronal ante el IMSS.
- Constancia de retención de cuotas obrero-patronales.
- Registro de la oferta de empleo en el sistema del INM y, cuando proceda, comprobante de capacitación o preferencia por trabajadores nacionales.
Cómo se tramita en México paso a paso
- El empleador presenta la oferta de empleo ante el INM.
- El INM expide la constancia de oferta de empleo.
- Una vez aprobada, el extranjero canjea la visa o el documento migratorio en el punto de internación.
- El patrón da de alta al trabajador ante el IMSS y obtiene el NSS.
- El trabajador queda afiliado al régimen obligatorio de seguridad social desde el inicio de la relación laboral.
Si la oferta se extingue antes del plazo autorizado, el patrón debe notificarlo al INM para cancelar la autorización y, en su caso, permitir el cambio de patrón dentro del mismo periodo.
Qué cubre la seguridad social en México
- Seguro de enfermedades y maternidad, con prestaciones médicas, quirúrgicas, farmacéuticas y de rehabilitación.
- Riesgos de trabajo, con atención médica e indemnizaciones por accidente o enfermedad profesional.
- Invalidez y vida, con pensión por invalidez y ayuda para gastos de defunción.
- Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, gestionado a través de las AFOREs con cuentas individuales.
- Guarderías y prestaciones sociales.
- Para los trabajadores del Estado mexicano, el ISSSTE ofrece coberturas similares en su propio régimen.
Argentina: residencia con trabajo y aporte al SIPA y a las ART
En Argentina, la autorización para trabajar se obtiene con la residencia legal que habilita al ejercicio laboral, regulada por la Ley de Migraciones. La autoridad migratoria es la Dirección Nacional de Migraciones; para la seguridad social intervienen la ANSES, la AFIP (hoy ARCA) y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. La particularidad argentina es que la clave de seguridad social del trabajador, el CUIL, precede al alta en la ART y se obtiene con el DNI.
Quién puede trabajar en Argentina y bajo qué condición migratoria
Requisitos del trabajador en Argentina:
- Tener residencia legal con habilitación expresa para trabajar (residencia temporaria o permanente).
- Contar con DNI y CUIL asignados por ANSES/AFIP.
Requisitos del empleador en Argentina:
- Estar inscripto en AFIP como empleador.
- Declarar el puesto y la remuneración en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
- Realizar los aportes y contribuciones patronales al sistema de seguridad social.
- Afiliar al trabajador en una ART para cubrir riesgos del trabajo.
Cómo se tramita la radicación con trabajo y el alta previsional en Argentina
- Solicitar la residencia con trabajo ante Migraciones, ya sea por dentro o por fuera del país.
- Firmar la declaración jurada correspondiente ante el consulado argentino en origen o en la sede de Migraciones.
- Obtener el DNI y, a partir de él, el CUIL.
- Dar de alta al trabajador en el SIPA y, según corresponda, en la obra social o prepaga que se elija.
- Afiliar al trabajador a una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) antes del inicio efectivo de la actividad.
Qué cubre la seguridad social en Argentina
- Jubilaciones y pensiones a través del SIPA, administradas por la ANSES.
- Asignaciones familiares por hijo, matrimonio, nacimiento y escolaridad.
- Seguro por desempleo, con prestación dineraria y, en su caso, cobertura de obra social.
- Riesgos del trabajo a través de una ART, con prestaciones médicas e indemnizaciones por accidente o enfermedad profesional.
- Prestaciones de salud a través del sistema de obras sociales o, para algunos trabajadores, por el Hospital Público.
Chile: contrato de trabajo para extranjeros y afiliación a la seguridad social chilena
En Chile, la contratación de trabajadores extranjeros se rige por el Código del Trabajo y por el Decreto Ley que fija el porcentaje mínimo de personal nacional. El organismo fiscalizador es la Dirección del Trabajo; para la seguridad social intervienen la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), la Superintendencia de Pensiones, la Superintendencia de Salud y los organismos administradores (AFP, FONASA o ISAPRE y mutualidades o el IST). La particularidad chilena es que la visa de residencia con permiso para trabajar es condición previa a la firma del contrato, no al revés.
Quién necesita visa y contrato en Chile
Requisitos del trabajador en Chile:
- Tener una visa vigente que incluya permiso para trabajar (visa de residencia temporaria, definitiva o sujeta a contrato, según el caso).
- Suscribir un contrato de trabajo escrito.
Requisitos del empleador en Chile:
- Contrato de trabajo firmado por escrito y registrado ante la Dirección del Trabajo.
- Cotización previsional obligatoria desde el primer mes de trabajo.
- Respetar el porcentaje mínimo de trabajadores nacionales cuando la ley lo exija.
Cómo se tramita en Chile el permiso laboral y la afiliación
- Obtener la visa ante el Consulado de Chile en origen o ante el Departamento de Extranjería en Chile.
- Firmar el contrato de trabajo una vez concedida la visa.
- Registrar el contrato en la Dirección del Trabajo.
- Afiliarse a una AFP para pensiones y al sistema de salud elegido (FONASA o ISAPRE).
- Pagar mensualmente las cotizaciones en pesos chilenos (CLP), dentro del plazo legal.
Si el contrato termina antes del plazo autorizado, el empleador debe informar a la Dirección del Trabajo y, en su caso, gestionar la salida regulada del trabajador del país.
Qué cubre la seguridad social en Chile
- Salud a través de FONASA o ISAPRE, según elección del trabajador.
- Pensiones administradas por una AFP, con cuenta de capitalización individual.
- Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales cubiertos por una mutualidad o por el IST.
- Seguro de cesantía, con aporte del trabajador, del empleador y del Estado.
- Asignaciones familiares y, en su caso, beneficios de la Ley 21247 y la Ley 21063 para padres, madres y cuidadores de niños con enfermedades graves.
Perú: contrato de trabajo para extranjeros y afiliación a la seguridad social peruana
En Perú, el ingreso y la residencia con permiso de trabajo los regula el Decreto Legislativo de Migraciones. La autoridad es la Superintendencia Nacional de Migraciones; para la seguridad social intervienen EsSalud (salud), la ONP (pensiones del sistema público) y las AFP (pensiones del sistema privado), además de SUNAT para la declaración y pago de aportes. La particularidad peruana es que el Permiso Temporal de Trabajo (PTP) o la visa habilitante según la calidad migratoria condicionan la validez del vínculo laboral.
Quién puede trabajar en Perú y bajo qué calidad migratoria
Requisitos del trabajador en Perú:
- Tener una calidad migratoria habilitante para trabajar (PTP, trabajador residente, entre otras).
- Suscribir un contrato de trabajo que respete la remuneración mínima vital (RMV).
Requisitos del empleador en Perú:
- Estar inscrito en SUNAT como empleador.
- Comunicar el contrato y las altas a EsSalud.
- Declarar y pagar los aportes a EsSalud, y a la ONP o a una AFP, según corresponda.
Cómo se tramita en Perú el permiso y la afiliación
- Solicitar el PTP o la visa con permiso de trabajo ante Migraciones.
- Aprobar el contrato de trabajo y firmarlo.
- Ingresar al país con la documentación migratoria correspondiente.
- Dar de alta al trabajador en EsSalud dentro del plazo legal desde el inicio de la relación.
- Declarar al trabajador en el PDT Planilla de SUNAT y aportar a la ONP o a una AFP; la remuneración se paga en soles (PEN).
Qué cubre la seguridad social en Perú
- Prestaciones de salud y económicas en EsSalud, financiadas con el aporte del empleador.
- Pensiones a través de la ONP (sistema público) o de una AFP (sistema privado).
- Cobertura de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
- Seguro de vida y prestaciones por maternidad, según el régimen.
- Acceso a los servicios de EsSalud para el trabajador y sus derechohabientes.
Datos comprobados en octubre de 2026.
Tabla resumen: organismo y norma clave en cada país
| País | Permiso de trabajo (organismo) | Seguridad social (organismo) | Norma de cabecera |
|---|---|---|---|
| España | Oficina de Extranjería / Ministerio de Inclusión | TGSS, INSS, SEPE | Ley Orgánica 4/2000 y Real Decreto 1155/2024 |
| México | Instituto Nacional de Migración (INM) | IMSS / ISSSTE | Ley Federal del Trabajo y Ley de Migración |
| Argentina | Dirección Nacional de Migraciones | ANSES, AFIP y ART | Ley de Migraciones y normas previsionales |
| Chile | Dirección del Trabajo / Departamento de Extranjería | SUSESO, AFP, FONASA/ISAPRE | Código del Trabajo y DL de contratación de extranjeros |
| Perú | Superintendencia Nacional de Migraciones | EsSalud, ONP y AFP | Decreto Legislativo de Migraciones y Ley 26790 |
Como muestra la tabla, el principio (autorización previa + alta en seguridad social) se mantiene, pero el organismo competente y la norma de cabecera son distintos en cada país. Por eso, antes de iniciar cualquier trámite conviene confirmar la autoridad exacta y la ley vigente del país de destino.
Preguntas frecuentes sobre permiso de trabajo y seguro social
¿Puedo trabajar mientras tramito el permiso? Depende del país. En España no se puede trabajar hasta que se conceda la autorización inicial; en México, la oferta de empleo ante el INM es el primer paso, pero el trabajo efectivo comienza con la constancia de oferta y el canje migratorio; en Argentina y Chile, la residencia o visa habilitante precede al contrato; en Perú, el PTP o la calidad migratoria que habilita para trabajar precede al inicio de la relación.
¿Qué pasa si mi empleador no me da de alta en la seguridad social? La obligación es del empleador en los cinco países. En España, México, Argentina, Chile y Perú, trabajar sin alta es sancionable para el empleador y deja al trabajador sin cobertura; conviene denunciarlo ante la Inspección del Trabajo o el organismo de seguridad social correspondiente del país.
¿Las cuotas son iguales en todos los países? No. Cada país fija sus porcentajes de aporte obrero-patronal, topes y bases de cálculo; algunas cotizaciones, además, se actualizan cada año (salario mínimo, UMA en México, UTM en Chile, UIT en Perú, RMV en Perú o SMI en España), por lo que siempre hay que revisar los valores vigentes.
¿Qué documento identifica al trabajador ante la seguridad social? En España es el número de afiliación a la Seguridad Social; en México, el NSS; en Argentina, el CUIL; en Chile, la cédula de identidad junto con el RUT previsional; en Perú, el DNI y, en su caso, el número de asegurado de EsSalud.
Recursos oficiales por país
- España, modelos y procedimientos en materia de extranjería: https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/modelos-generales
- España, Seguridad Social (información institucional): https://www.inclusion.gob.es/web/seguridad-social/home
- Argentina, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social: https://www.argentina.gob.ar/trabajo/seguridadsocial
- México, Ley del Seguro Social: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LSS.pdf
- Chile, Ley 21735 (nuevo sistema mixto de pensiones): https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1212060
- Chile, Ley 21063 (seguro para acompañamiento de niños con enfermedades graves): https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1113014
- Perú, Ley 26790 (Modernización de la Seguridad Social en Salud): https://www.leyes.congreso.gob.pe/Documentos/Leyes/26790.pdf
- Perú, valor de la UIT 2026: https://www.gob.pe/435-valor-de-la-uit-en-el-ano-2026
Preguntas frecuentes sobre permiso de trabajo y seguro social
1. ¿Cómo es el permiso de trabajo en España con NIE?
El NIE es solo el número de identificación del extranjero; el permiso de trabajo en España es una autorización aparte que se solicita en la oficina de extranjería de la provincia donde vivas, con cita previa en la sede electrónica de Administraciones Públicas. Si ya tienes NIE por estancia, ese número se reutiliza al tramitar la autorización inicial de trabajo por cuenta ajena o propia.
2. ¿Qué permiso de trabajo necesita un extranjero para trabajar en España?
Para trabajar en España un extranjero no comunitario necesita una autorización de residencia y trabajo, que en la Ley de Extranjería de España se tramita ante la oficina de extranjería de la comunidad autónoma o, en su defecto, ante la Delegación del Gobierno. La modalidad más común es la autorización inicial por cuenta ajena, válida hasta un año y renovable.
3. ¿Dónde se descarga la resolución del permiso de trabajo en España?
La resolución del permiso de trabajo en España no se descarga de una web genérica: se notifica en la sede electrónica de la oficina de extranjería que la tramitó, accediendo con certificado digital, Cl@ve o el número de expediente. Una vez firme, el alta en la Seguridad Social la genera tu empleador con el documento de identidad extranjero o el NIE.
4. ¿Qué diferencia hay entre residencia y trabajo en España?
En España la autorización de residencia es el permiso para vivir en el país, y la de trabajo es el permiso para ejercer una actividad económica; normalmente se otoman juntas como residencia y trabajo por cuenta ajena o propia. Estar solo de residente (por ejemplo, por reagrupación familiar) no autoriza a trabajar salvo que la propia resolución lo indique.
5. ¿Cómo consultar si ya tengo el permiso de trabajo concedido en España?
El estado del expediente se consulta en la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial o de la oficina de extranjería correspondiente, introduciendo el número de expediente y el NIE. También puedes llamar al servicio de información de extranjería del país o pedir cita para que te lo confirmen en ventanilla con tu pasaporte.
6. ¿Cómo se pide la residencia y el trabajo para un extranjero no comunitario en España?
La solicitud la presenta el empleador en España (si es por cuenta ajena) o el propio interesado (si es por cuenta propia) en el modelo oficial ante la oficina de extranjería de la provincia donde vaya a ejercerse el trabajo. Hay que aportar contrato, oferta de empleo, pasaporte, certificado de antecedentes y, en su caso, acreditación de la cualificación profesional.
7. ¿Qué cubre la Seguridad Social en España?
La Seguridad Social en España cubre asistencia sanitaria, incapacidad temporal y permanente, jubilación, desempleo, riesgo durante el embarazo y prestaciones por hijos a cargo, entre otras. Para acceder a ellas es imprescindible estar dado de alta en el régimen que corresponda, lo que en el caso de un trabajador extranjero se hace con la autorización de residencia y trabajo en vigor.
8. ¿Qué es exactamente la autorización de residencia y trabajo?
La autorización de residencia y trabajo es la resolución administrativa que permite a un extranjero no comunitario vivir y trabajar legalmente en un país; en España la expide la oficina de extranjería con base en la Ley de Extranjería. No es un documento físico único: lo acredita la tarjeta de identidad de extranjero junto con el alta en la Seguridad Social.
Fuentes
- Seg-socialSede Electrónica de la Seguridad Socialconsultado el 01/10/2026
- MitesConsejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en Argentinaconsultado el 01/10/2026
- MintrabContratación de extranjeros para trabajar en Chileconsultado el 01/10/2026
- Seg-socialprocedimiento general – Seguridad Social: Información Útilconsultado el 01/10/2026
- Anses[PDF] Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social – ANSESconsultado el 01/10/2026