Nacionalidad

Ministerio de Justicia y nacionalidad: qué tramita y cómo cambia según el país

agosto 31, 2026 Derecho Facil 17 min read
Ministerio de Justicia y nacionalidad: qué tramita y cómo cambia según el país

Qué hace un Ministerio de Justicia con la nacionalidad

Casi todos los países que comparten el español encomiendan a un órgão del Estado —un ministerio, una dirección nacional o una secretaría— la competencia para reconocer la nacionalidad por residencia o naturalización. Esa es la regla común: el trámite no se hace ante cualquier oficina, sino ante una autoridad concreta con nombre y sede propios.

Lo que cambia por completo de un país a otro es, justamente, el cómo. En España la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia canaliza la nacionalidad por residencia con certificado digital o Cl@ve. En México el trámite recae en la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y en el Instituto Nacional de Migración (INM). En Argentina la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) unificó la ciudadanía por naturalización desde octubre de 2025, y el Registro Nacional de las Personas (RENAPER) conserva la opción para hijos de argentino nativo. En Chile la carta de nacionalización la concede el Presidente por orden del Ministerio del Interior y la tramita el Servicio Nacional de Migraciones. Y en Perú la naturalización la resuelve el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través de la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa.

Conviene no confundir la naturalización —el trámite principal del que habla este artículo— con la adquisición por nacimiento (ius sanguinis o ius soli) ni con la nacionalidad de origen, que no requieren ningún "ministerio" porque nacen con la persona.

Las grandes vías para adquirir la nacionalidad en Hispanoamérica y España

Cada país ordena las vías de forma distinta y les pone nombres diferentes, pero las cuatro grandes coinciden en el fondo. Aquí van con sus denominaciones más extendidas y con el país donde aparecen:

  • Por residencia o naturalización. Es la vía ordinaria para el extranjero que vive legalmente en el país. Se llama nacionalidad por residencia en España, naturalización en México y Perú, ciudadanía por naturalización en Argentina y carta de nacionalización en Chile.
  • Por matrimonio o vínculo familiar. Pensada para cónyuges de nacionales, padres o hijos de nacionalizados. En España se exige un año de matrimonio con inscripción en el Registro Civil; en Chile, dos años de matrimonio con hogar común; en México el vínculo sirve para acortar plazos o para hijos de mexicano por nacimiento.
  • Por hijo de nacionalizado. Modalidad ligada al ius sanguinis: si tu padre o madre se naturalizó siendo menor de edad, en varios países puedes acceder a la nacionalidad sin residencia.
  • Por opción o carta de naturalización exprés. Una vía administrativa, no judicial, reservada en cada país a supuestos concretos. Argentina la llama "opción" y la tramita el RENAPER o los consulados; Chile reserva plazos menores a quienes acreditan vínculo familiar.

Que los nombres cambien no significa que el fondo sea distinto: en todos los casos el Estado exige residencia estable, buena conducta y, salvo dispensa, algún grado de integración lingüística o cultural.

España: cómo se tramita la nacionalidad ante el Ministerio de Justicia

En España, la nacionalidad por residencia la resuelve el Ministerio de Justicia a través de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública. El canal de trabajo es la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia, y para presentar la solicitud es imprescindible identificarse con certificado digital, Cl@ve o AutoFirma; sin firma electrónica no se puede firmar el expediente telemático. La autoridad competente es una sola para todo el territorio: no hay ventanilla autonómica, porque la nacionalidad es materia estatal.

El procedimiento está pensado para que el interesado complete el grueso del trámite en línea, desde el borrador inicial hasta la consulta del expediente. Si prefieres pagar la tasa en ventanilla bancaria, el impreso es el formulario 790 026, con código numérico único por solicitud —no debe fotocopiarse—. Una vez firmado y abonado, el expediente pasa a estudio y resolución.

Vías, plazos y tasas que fija el Ministerio de Justicia en España

Pasos del trámite telemático que fija la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia:

  1. Acceder con certificado digital o Cl@ve y abrir un borrador de solicitud. Desde su creación tienes dos meses para firmarlo; pasado ese plazo el sistema lo borra automáticamente.
  2. Digitalizar y adjuntar la documentación exigida (DNI/pasaporte, empadronamiento, medios de vida, antecedentes, etc.) y firmar con AutoFirma, la aplicación de firma del Gobierno de España.
  3. Pagar la tasa con el formulario 790 026 —online o en banco— y guardar el justificante.
  4. Presentar telemáticamente. Obtendrás una copia en PDF con número de registro, fecha y hora.
  5. Consultar el estado del expediente en Consulta de expedientes de nacionalidad; la información no tiene valor de notificación.

Dispensa de las pruebas del Instituto Cervantes y otras solicitudes

El mismo Ministerio de Justicia tramita la dispensa de las pruebas del Instituto Cervantes para personas que no sepan leer ni escribir o con dificultades de aprendizaje. El procedimiento se hace igualmente en la Sede Electrónica:

  • Iniciar sesión con Cl@ve o certificado digital y elegir el trámite "dispensa".
  • Adjuntar el informe médico o social que justifique la dificultad de aprendizaje.
  • Firmar con AutoFirma y guardar el PDF con número de registro.

El mismo canal sirve para otras solicitudes colaterales (representación legal de menor, representante voluntario con poder, etc.) que convienen presentar junto al expediente principal para evitar resoluciones contradictorias.

Documentos y requisitos que pide el Ministerio de Justicia de España

Lista de verificación que resume lo que publica la Sede Electrónica:

  • DNI o pasaporte en vigor.
  • Empadronamiento que acredite la residencia legal continuada.
  • Justificantes de medios de vida (contrato, nóminas, prestaciones o actividad económica).
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen, traducido y apostillado o legalizado.
  • Certificado de nacimiento y, en su caso, libros de familia que acrediten vínculo o matrimonio.

Conviene revisar la guía oficial antes de subir nada: cualquier documento caducado o mal escaneado devuelve el expediente a fase de subsanación.

México: la nacionalidad por naturalización ante la autoridad federal

En México, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) es el organismo que recibe la solicitud de carta de naturalización, y el Instituto Nacional de Migración (INM) aporta la constancia de residencia que da pie al trámite. No hay "Ministerio de Justicia" que entienda en el asunto: aquí la competencia recae en la Cancillería. La ley aplicable es la de Nacionalidad y Naturalización, y el camino tiene dos carriles —la naturalización general y la naturalización con vínculo familiar— con plazos de residencia diferentes.

La cifra concreta de años de residencia y el resto de condiciones se publica en el portal de la SRE, por lo que conviene revisar la convocatoria vigente antes de iniciar el expediente; lo que sí es estable es el andamiaje: acta de nacimiento apostillada, CURP, comprobante de residencia, entrevista y entrega de la carta.

Requisitos de residencia y pruebas para naturalizarte en México

Lo que fija la ley y aplica la SRE:

  • Residencia legal previa en México (la cifra concreta de años depende de la vía: general, por vínculo conyugal o por ascendencia de mexicano por nacimiento).
  • Edad mínima de 18 años; los menores de edad se naturalizan por representación.
  • Dominio del español, salvo dispensa por edad avanzada.
  • Acreditar medios de vida lícitos para sostenerse en el país.
  • Conocimiento de la historia y la cultura mexicanas, que se evalúa en la entrevista personal ante la SRE.

La naturalización por vínculo matrimonial o por hijo mexicano nacido en territorio nacional acorta los plazos de residencia general, pero no exime de entrevista ni de pruebas.

Documentos para el trámite de nacionalidad en México

Checklist que resume lo que pide la SRE:

  • Acta de nacimiento extranjera, apostillada o legalizada según el país de origen.
  • CURP y, en su caso, documento migratorio vigente.
  • Comprobante de domicilio reciente.
  • Carta de naturalización solicitada directamente ante la SRE.
  • Documentos del vínculo familiar si la vía es por matrimonio o parentesco.

Dónde presentar la solicitud y cómo seguir el expediente en México

Pasos del trámite ante la SRE y el INM:

  1. Acudir presencialmente a la delegación de la SRE competente por tu lugar de residencia, con cita previa.
  2. Presentar la solicitud y los documentos; la SRE los revisa y, en su caso, pide subsanación.
  3. Rendir la entrevista y, cuando proceda, las pruebas de español y cultura mexicana.
  4. Recibir la resolución: si es favorable, se expide la carta de naturalización y se publica en el Diario Oficial de la Federación.
  5. Con la carta, acudir al Registro Civil para asentar el acta de nacimiento como mexicano por naturalización y solicitar la CURP definitiva.
Vía Autoridad Requisito estrella Plazo de residencia
Naturalización general (España) Ministerio de Justicia (Sede Electrónica) Medios de vida y buena conducta 10 años legales continuados
Naturalización general (México) SRE / INM Cultura e historia mexicanas El que fija la ley vigente
Ciudadanía por naturalización (Argentina) DNM (RaDEX) Residencia y ocupación El que fija la Ley 346
Carta de nacionalización (Chile) Servicio Nacional de Migraciones Residencia Definitiva + Estampado Electrónico 5 años desde el Estampado
Naturalización (Perú) Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Residencia y entrevista El que fija la ley peruana

Argentina: ciudadanía por naturalización y por opción ante la Dirección Nacional de Migraciones y el RENAPER

Desde el 6 de octubre de 2025, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) concentra el trámite de ciudadanía por naturalización, que hasta entonces llevaba el Poder Judicial de la Nación. El cambio lo sostiene el Decreto 366/25, que pasó la competencia del Poder Judicial a la DNM y unificó en un solo organismo el historial migratorio del solicitante: residencia, radicación y ciudadanía. En paralelo, el Registro Nacional de las Personas (RENAPER) conserva intacta la opción para hijos de padre o madre argentino nativo, una vía administrativa —no judicial— que se ejerce ante el consulado argentino en el exterior o ante el propio RENAPER dentro del país.

Que la naturalización haya dejado los tribunales federales no significa que haya perdido requisitos: la DNM sigue pidiendo residencia, buena conducta, ocupación o medios de vida y un expediente personalísimo, sin gestores de por medio.

Ciudadanía argentina por naturalización ante la DNM

Pasos que fija la DNM desde el Decreto 366/25:

  1. Confirmar que cumples los requisitos del art. 2, inciso 1, de la Ley de Ciudadanía N.º 346 y sus modificatorias: mayoría de edad, nacimiento en el extranjero y residencia temporaria o permanente en Argentina.
  2. Iniciar el trámite digital en la plataforma RaDEX, registrando usuario, completando el formulario y adjuntando la documentación.
  3. Encontrarte en territorio argentino al momento de iniciar la solicitud; el proceso es personal y no requiere gestores.
  4. Adjuntar DNI, Certificado de Antecedentes Penales del Registro Nacional de Reincidencia, constancia de CUIT/CUIL y documentación que acredite ocupación o medios de vida.
  5. Esperar la resolución de la DNM, que puede requerir documentación adicional para completar el expediente.

Documentos para la ciudadanía por naturalización en Argentina

Checklist publicado por la DNM:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente.
  • Certificado de Antecedentes Penales actualizado, emitido por el Registro Nacional de Reincidencia.
  • Constancia de CUIT o CUIL.
  • Documentación que acredite ocupación o medios de vida (recibo de sueldo, constancia laboral o comprobante de actividad).
  • Documentación complementaria que la DNM pueda pedir en cada caso.

Opción de nacionalidad argentina ante el consulado o el RENAPER

La opción es una vía reservada a hijos de padre o madre argentino nativo. Puntos clave del procedimiento:

  • Si el optante es menor de 18 años, ejercen la opción los padres con responsabilidad parental.
  • El carácter nativo del progenitor se acredita con partida del Registro Civil argentino.
  • Dentro de Argentina, la opción se tramita ante el RENAPER; en el exterior, ante el consulado argentino correspondiente.
  • El consulado aclara que la nacionalidad argentina es irrenunciable y puede acumularse con otras, aunque conviene revisar qué dice la otra nacionalidad sobre la acumulación.
  • Los nombres deben coincidir entre la partida argentina, la partida extranjera y el documento del progenitor nativo.

Chile: carta de nacionalización ante el Servicio Nacional de Migraciones

En Chile la competencia la tienen la Constitución y el Servicio Nacional de Migraciones, con un Decreto Exento del Ministerio del Interior y Seguridad Pública por orden del Presidente. La Constitución Política de Chile abre esta vía en su artículo 10, inciso 3, y el portal institucional del Servicio Nacional de Migraciones concentra los requisitos y el formulario. El trámite se inicia en el Portal de Trámites Digitales con ClaveÚnica y, atención, solo desde Chile: la plataforma no admite accesos desde el extranjero.

Quien tenga Residencia Definitiva con cinco o más años desde el Estampado Electrónico puede pedir la carta de nacionalización por la vía general; los vínculos familiares abren plazos menores.

Requisitos generales de la carta de nacionalización en Chile

Lista de verificación del Servicio Nacional de Migraciones:

  • Residencia Definitiva con cinco o más años contados desde el Estampado Electrónico (Decreto Supremo N.º 5.142).
  • Imagen escaneada de la hoja de identificación del pasaporte o documento de identidad del país de origen, legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores o con certificado consular.
  • Certificado de antecedentes penales/judiciales del país de origen, apostillado o legalizado y traducido si no está en español (mayores de 18 años).
  • Certificado de viajes de la Policía de Investigaciones para quienes ingresaron siendo menores sin certificado penal.
  • Fotografía reciente a color, fondo blanco, sin accesorios, en formato JPG o PNG.

Carta de nacionalización en Chile con vínculo familiar

Supuestos que acortan plazos o flexibilizan requisitos:

  • Cónyuge de chileno/a con matrimonio inscrito en Chile durante al menos dos años y hogar común por igual período (artículo 133 del Código Civil).
  • Pariente por consanguinidad hasta el segundo grado inclusive con chileno/a.
  • Persona adoptada por chileno/a.
  • Hijo/a cuyo padre o madre chileno perdió la nacionalidad antes de su nacimiento.
  • Hijo/a de persona refugiada nacionalizada en Chile.

Documentación tributaria y laboral exigida en Chile

Lo que pide el Servicio de Impuestos Internos y la Tesorería General de la República:

  • Carpeta Tributaria Regular para Créditos del Servicio de Impuestos Internos (SII), autenticándose con RUT y clave tributaria o ClaveÚnica.
  • Certificado de Deudas Fiscales de la Tesorería General de la República, que acredita si tienes deudas pendientes con el fisco.
  • Si eres socio/a de una empresa, la misma documentación por cada empresa en la que participes.
  • Liquidaciones de sueldo o boletas de honorarios, según corresponda al tipo de actividad.

Perú: nacionalidad por naturalización ante el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

En Perú, la naturalización corresponde al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través de la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa, conforme a la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El trámite es administrativo —no judicial— y termina con una resolución ministerial que concede o deniega la nacionalidad. La autoridad peruana exige residencia legal previa, dominio del español y, salvo excepciones, entrevista personal con el área tramitadora.

La cifra concreta de años de residencia se actualiza en cada convocatoria: en lugar de recordarla de memoria, conviene revisar la cartilla vigente en el portal institucional antes de iniciar el expediente.

Requisitos de residencia y plazos en Perú

Lo que fija la ley peruana y aplica la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa:

  • Residencia legal previa en Perú (la cifra concreta de años depende de la vía y se publica en la cartilla vigente).
  • Edad mínima de 18 años; los menores se naturalizan por representación.
  • Dominio del español, oral y escrito.
  • Vínculo familiar con peruano por nacimiento, que abre una vía con plazos más cortos.
  • Carecer de antecedentes penales en el país de origen y en Perú.

Documentos para la naturalización en Perú

Checklist publicado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos:

  • Partida de nacimiento extranjera, apostillada o legalizada según el país de origen.
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen, legalizado y, en su caso, traducido.
  • Documentos de residencia en Perú emitidos por la autoridad migratoria.
  • Fotografías recientes en las condiciones que pide la cartilla.
  • Comprobante del pago de la tasa en soles (PEN) en el Banco de la Nación.

Cómo presentar la solicitud y seguir el expediente en Perú

Pasos del trámite ante el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos:

  1. Reunir la documentación completa y pagar la tasa en soles en el Banco de la Nación.
  2. Presentar la solicitud presencialmente en mesa de partes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en la sede central o en sus desconcentradas, según el lugar de residencia.
  3. Rendir la entrevista personal en la fecha que se te asigne.
  4. Recibir la notificación con la resolución ministerial que concede o deniega la nacionalidad.
  5. Con la resolución favorable, inscribirla en los registros civiles peruanos y, si lo necesitas, iniciar el trámite de documento de identidad.

Imagen mental para no perderse. Piensa que cada país es una ventanilla distinta: en España firmas online con AutoFirma, en México acudes a la SRE con cita, en Argentina arrancas por RaDEX, en Chile necesitas ClaveÚnica y estar dentro del país, y en Perú pides cita en mesa de partes. El fondo —residencia, buena conducta e integración— se repite; el cómo, no.

Preguntas frecuentes sobre nacionalidad y Ministerios de Justicia

1. ¿Cómo se solicita la nacionalidad española por residencia?

La solicitud se presenta en el Registro Civil de tu lugar de residencia en España, presencialmente o a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia si dispones de certificado digital. Debes aportar pasaporte, certificado de nacimiento legalizado, empadronamiento, antecedentes penales del país de origen y los formularios oficiales del Ministerio de Justicia. El plazo de resolución legal es de un año desde que el expediente entra en el registro, aunque en la práctica suele demorarse entre dos y cuatro años.

2. ¿Qué hace el Ministerio de Justicia con la nacionalidad por residencia?

El Ministerio de Justicia de España, a través de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, es el órgano que tramita los expedientes de nacionalidad por residencia, opcionales y por carta de naturaleza, y firma la resolución. El examen CCSE y DELE lo evalúa el Instituto Cervantes, no el Ministerio. Una vez concedida, la inscripción se realiza en el Registro Civil competente del domicilio del solicitante.

3. ¿Se puede pedir cita previa en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia para la nacionalidad?

En la Sede Electrónica puedes presentar la solicitud de nacionalidad por residencia si dispones de certificado digital o Cl@ve Permanente, pero la cita previa obligatoria para el Registro Civil se pide en la sede electrónica del Ministerio o por teléfono, según provincia. También puedes consultar el estado de tu expediente con el número asignado en "Mis expedientes". En España no todas las comunidades autónomas tienen cita online habilitada.

4. ¿Cómo puedo consultar el estado de mi expediente de nacionalidad española?

Puedes consultarlo en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia de España, en el apartado "Mis expedientes", con tu certificado digital, Cl@ve o el número de expediente que te dieron al presentar la solicitud. El estado suele pasar por fases como "en estudio", "pendiente de informe" o "concedido". No hay un plazo único publicado para cada fase, por lo que depende del volumen de carga de cada registro.

5. ¿Qué documentos hacen falta para pedir la nacionalidad española por residencia?

Necesitas pasaporte completo, certificado de nacimiento del país de origen legalizado y traducido, NIE o TIE, certificado de empadronamiento con antigüedad mínima legal, antecedentes penales apostillados del país de origen si tienes más de 18 años, y los formularios oficiales EX-00 y EX-01. En España también se exige acreditar los medios económicos de convivencia. La cita previa en el Registro Civil es imprescindible para entregar la documentación presencialmente.

6. ¿Dónde consigo el modelo oficial para solicitar la nacionalidad española por residencia?

El modelo oficial es el formulario EX-00 (solicitud) y el EX-01 (declaración de datos personales), disponibles en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia de España en formato rellenable. No se admiten fotocopias antiguas ni versiones distintas. Algunos registros civiles también los facilitan en papel al pedir cita previa, aunque lo habitual es descargarlos y rellenarlos a mano o por ordenador antes de la cita.

Fuentes

  1. ExtranjeriaCarta de Nacionalización – Solicitud – Trámites Digitalesconsultado el 28/08/2026
  2. GobSolicitar la nacionalidad peruana por naturalización – Trámiteconsultado el 28/08/2026
  3. MjusticiaNacionalidad española por residencia – Ministerio de Justiciaconsultado el 28/08/2026
  4. LuxbrumalisAdquisición de la Ciudadanía (Nacionalidad) Argentina.consultado el 28/08/2026
  5. ChileNacionalidad y Ciudadanía – Chile en el Exteriorconsultado el 28/08/2026