El daño extrapatrimonial, en pocas palabras
Es la indemnización que se reconoce cuando alguien sufre un perjuicio que no se mide en dinero: dolor, humillación, pérdida de calidad de vida, daño a la imagen o al proyecto vital. A diferencia del daño patrimonial, que repara pérdidas económicas concretas, el extrapatrimonial intenta compensar lo que no tiene factura: el sufrimiento, la afectación a la salud mental o la lesión de derechos como el honor y la intimidad.
La figura existe en los cinco países hispanohablantes que más litigios concentran, pero cada uno la regula con su propio lenguaje, sus propios tribunales y sus propios criterios de cálculo. Eso explica que un mismo hecho (una injuria, un despido vejatorio, una filtración de datos) termine en indemnizaciones muy distintas según se reclame en Madrid, Ciudad de México, Buenos Aires, Santiago de Chile o Lima.
Lo que todos los países comparten sobre el daño extrapatrimonial
Hay un principio que atraviesa las legislaciones de España, México, Argentina, Chile y Perú: quien causa un daño antijurídico debe repararlo de forma integral. Cuando el perjuicio no es económico, la reparación se traduce en una suma de dinero que, sin poder borrar el hecho, intenta restablecer a la víctima en la medida de lo posible.
Más allá de ese principio general, el contenido cambia de país en país:
- Las categorías reconocidas varían: casi todos distinguen daño moral (sufrimiento, dolor), pero no todos incluyen expresamente el daño al proyecto de vida o a la salud integral.
- La vía procesal difiere: en unos basta la demanda civil ordinaria; en otros intervienen tribunales especiales o conciliación previa obligatoria.
- El criterio para fijar el monto es jurisprudencial en la mayoría, lo que significa que no hay una tarifa legal y el juez valora caso a caso.
- La prueba del perjuicio suele recaer en quien reclama, y no siempre es fácil acreditar algo tan íntimo como una afectación anímica.
Por eso un artículo útil no puede quedarse en el principio: hay que bajar a cada legislación para saber qué se puede pedir, ante quién y con qué expectativa razonable.
España: daño extrapatrimonial y cómo se resuelve aquí
En España, la responsabilidad civil extracontractual se rige por el Código Civil, mientras que la contractual también se apoya en ese mismo cuerpo legal. Cuando el daño afecta al honor, a la intimidad o a la propia imagen, entra en juego la Ley Orgánica 1/1982, de protección civil de esos derechos. La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha ido perfilando cómo se cuantifica el daño moral, porque la ley no fija una tarifa.
| Aspecto | Regla general en España |
|---|---|
| Norma de cabecera | Código Civil (responsabilidad civil) |
| Derechos de la personalidad | Ley Orgánica 1/1982 |
| Criterio para fijar el monto | Jurisprudencia del Tribunal Supremo |
| Moneda de la indemnización | euros (EUR) |
| Baremo de tráfico | Ley 35/2015 (solo para accidentes de circulación) |
Qué normas aplican en España
El Código Civil español regula la obligación de reparar el daño causado por culpa o negligencia (responsabilidad extracontractual) y también la derivada del incumplimiento de contratos. Para las lesiones al honor, a la intimidad y a la propia imagen, la norma específica es la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Ambas conviven: la primera es la regla general; la segunda concreta qué cabe pedir cuando se atacan derechos de la personalidad.
En España, daño moral y baremo de tráfico no se mezclan: el primero lo fija el juez caso a caso; el segundo es una tabla cerrada para accidentes de circulación.
Cómo se prueba y cómo se valora en España
- Reclamar por vía judicial civil ante los juzgados de primera instancia competentes.
- Aportar prueba del perjuicio: informes médicos o psicológicos, testigos, grabación de mensajes, capturas de pantalla, etc.
- Acreditar el nexo entre la conducta y el daño sufrido.
- Esperar la valoración judicial: el Tribunal Supremo suele ponderar la intensidad de la afectación, su duración, si hubo difusión pública del hecho y la situación económica del responsable.
- Si hay sentencia favorable, el juez fija la indemnización en euros (EUR) sin sujetarse a baremo, salvo en accidentes de circulación donde rigen las tablas de la Ley 35/2015.
Errores frecuentes al reclamar en España
- Aplicar baremos de otros países o confundir el baremo de tráfico con el régimen general del daño moral.
- No aportar prueba pericial: informes médicos, psicológicos o psiquiátricos son claves para acreditar el sufrimiento.
- Pedir cifras desorbitadas sin justificación documental; los tribunales las reducen y eso perjudica la credibilidad del resto del caso.
México: daño extrapatrimonial y cómo se resuelve aquí
En México, la responsabilidad civil se apoya en el Código Civil Federal para asuntos federales y, sobre todo, en los códigos civiles de cada entidad federativa para los asuntos locales. El daño moral está expresamente reconocido como categoría indemnizable. Cuando el daño proviene de un tratamiento indebido de datos personales, entra en escena la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y la autoridad que la aplica es el INAI.
| Aspecto | Regla general en México |
|---|---|
| Norma marco | Código Civil Federal + códigos civiles estatales |
| Datos personales | Ley Federal de Protección de Datos Personales |
| Autoridad en datos | INAI |
| Moneda de la indemnización | pesos mexicanos (MXN) |
Qué normas aplican en México
El Código Civil Federal contempla la obligación de reparar el daño moral en el ámbito federal, pero en la práctica la mayoría de los litigios por responsabilidad civil se resuelven con los códigos civiles de cada estado, que son los que fijan los criterios locales de indemnización. En materia de datos personales rige la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, con las sanciones y multas que aplica el INAI.
Cómo se calcula el daño moral en México
No existe una tarifa fija. El juez pondera la gravedad del hecho, la duración de la afectación, si hubo difusión pública, el sufrimiento acreditado y la capacidad económica del responsable.
Ejemplo: una empresa difunde de forma indebida datos médicos de un paciente en Monterrey. El juez fija una indemnización por daño moral en 60.000 pesos mexicanos (MXN), considerando la gravedad de la exposición, la afectación acreditada mediante peritaje psicológico y la capacidad económica de la empresa. Si los hechos fueran leves, la cifra podría bajar; si la difusión hubiera alcanzado a más personas, podría subir.
Dónde se reclama y qué errores evitar en México
- Dónde acudir: tribunales civiles competentes (juzgados locales en la mayoría de los casos; federales cuando hay intereses federales en juego).
- Error 1: confundir el daño moral con una sanción administrativa (las multas del INAI van por otra vía y no excluyen la indemnización).
- Error 2: no acreditar el daño con peritajes médicos o psicológicos, que suelen ser determinantes en la sentencia.
Argentina: daño extrapatrimonial y cómo se resuelve aquí
Argentina cuenta con un código unificado para todo el territorio nacional: el Código Civil y Comercial de la Nación, vigente desde 2015, que regula expresamente la indemnización por daño extrapatrimonial. La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha fijado criterios clave para cuantificar el daño moral, y cuando hay seguro en juego interviene la Superintendencia de Seguros de la Nación. El damnificado puede también reclamar por la llamada "Ley de Daños" que regula diversos aspectos procesales y sustanciales de la materia, como el Decreto/Ley 30545.
| Aspecto | Regla general en Argentina |
|---|---|
| Norma única nacional | Código Civil y Comercial de la Nación |
| Doctrina clave | Fallos de la CSJN sobre reparación integral |
| Organismo asegurador | Superintendencia de Seguros de la Nación |
| Moneda de la indemnización | pesos argentinos (ARS) |
Qué normas aplican en Argentina
El Código Civil y Comercial de la Nación regula la responsabilidad civil y contempla la indemnización por daño extrapatrimonial. La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha reiterado que la reparación debe ser integral y que el daño moral, aunque no tenga traducción económica exacta, merece una valuación que contemple el sufrimiento y la pérdida de calidad de vida. En paralelo, el Decreto/Ley 30545 recoge reglas procesales y sustanciales aplicables a la materia de daños y perjuicios.
Cómo se calcula el daño extrapatrimonial en Argentina
La CSJN exige que la indemnización cumpla tres funciones: resarcir, sancionar la conducta y prevenir futuras lesiones. Para fijarla, el juez pondera la entidad del hecho, su duración, si hubo difusión pública, la afectación acreditada y la situación patrimonial del responsable.
Ejemplo: un trabajador sufre un accidente laboral por falta de medidas de seguridad. La aseguradora ofrece 8.000.000 de pesos argentinos (ARS). El juez, tras peritajes médicos que acreditan incapacidad parcial y sufrimiento psicológico, eleva la indemnización a 18.000.000 ARS considerando la gravedad, la edad de la víctima y la conducta negligente acreditada de la empleadora.
Dónde se reclama y errores frecuentes en Argentina
- Tribunales competentes: tribunales civiles y, en la Ciudad de Buenos Aires, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil para la segunda instancia.
- Error 1: confundir el daño moral con el daño punitivo, que tiene reglas propias y requisitos más estrictos.
- Error 2: no cuantificar el perjuicio con peritajes y pruebas concretas, lo que lleva al juez a fijar montos bajos por falta de acreditación.
Chile: daño extrapatrimonial y cómo se resuelve aquí
En Chile, la base de la responsabilidad civil sigue siendo el Código Civil, que regula tanto la responsabilidad extracontractual como la contractual. La Corte Suprema, en su Sala Primera (Civil), ha desarrollado una línea jurisprudencial que reitera que el legislador no fijó un monto distinto para el daño moral y que, por tanto, queda entregado a la valoración judicial caso a caso. La jurisprudencia sobre daño moral en Chile puede consultarse a través de compiladores doctrinales como vLex Chile en su categoría de daño moral.
| Aspecto | Regla general en Chile |
|---|---|
| Norma marco | Código Civil de Chile |
| Criterio jurisprudencial | Sentencias de la Corte Suprema, Sala Civil |
| Accidentes del trabajo | Ley 16.744, fiscalizada por SUSESO |
| Moneda de la indemnización | pesos chilenos (CLP) |
Qué normas y tribunales aplican en Chile
El Código Civil chileno regula la responsabilidad extracontractual y contractual. La Corte Suprema ha reiterado en sentencias como la Resolución nº 7076-2010 de su Sala Civil que el legislador no distinguió entre daño material y moral, remitiéndose a la voz "emergente" del Diccionario de la Real Academia Española. Casaciones como la Causa Nº 21404-2019 de la Corte Suprema ilustran cómo se analiza el nexo causal y la procedencia del daño moral en responsabilidad extracontractual. El Tribunal Constitucional chileno también ha confirmado que la vulneración de derechos fundamentales genera indemnización por daños patrimoniales y morales.
Cómo se calcula el daño moral en Chile
La Corte Suprema reitera que no existe monto tarifado: el juez valora la gravedad del hecho, la extensión del sufrimiento, la duración de la afectación y la condición socioeconómica de las partes.
Ejemplo: un comerciante sufre la filtración de sus datos financieros por una falla de seguridad de un banco. El cliente acreditó estrés acreditado mediante atención psicológica de seis meses y daño a su reputación comercial. El tribunal fijó la indemnización en 5.000.000 de pesos chilenos (CLP). La cifra puede variar sensiblemente según la prueba aportada y la capacidad económica del responsable.
Errores frecuentes al reclamar en Chile
- Aplicar tablas de otros países o exigir montos comparados con jurisdicciones que sí tienen baremos.
- Confundir accidente del trabajo cubierto por la Ley 16.744 (sistema de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales fiscalizado por SUSESO) con el daño moral común.
- No acreditar el sufrimiento con atención psicológica o médica documentada, lo que debilita la demanda.
Perú: daño extrapatrimonial y cómo se resuelve aquí
En Perú, la responsabilidad civil se rige por el Código Civil, que contempla expresamente la indemnización por daño moral. La jurisprudencia del Poder Judicial y las casaciones de la Corte Suprema de Justicia han perfilado los criterios de valoración. Cuando hay póliza de seguro en juego, la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) participa como organismo regulador, y en casos de defensa del consumidor interviene también Indecopi.
| Aspecto | Regla general en Perú |
|---|---|
| Norma marco | Código Civil peruano |
| Tribunal de cierre | Corte Suprema de Justicia |
| Organismo asegurador | Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) |
| Defensa del consumidor | Indecopi |
| Moneda de la indemnización | soles (PEN) |
Qué normas y tribunales aplican en Perú
El Código Civil peruano regula la responsabilidad civil extracontractual y contractual, incluyendo el daño moral. Las casaciones de la Corte Suprema de Justicia han establecido criterios recurrentes sobre la valoración del sufrimiento y la pérdida de calidad de vida, y sirven de referencia obligatoria para los jueces de menor instancia. Cuando la póliza de una compañía de seguros cubre la responsabilidad, la SBS actúa como ente regulador del sector asegurador.
Cómo se calcula el daño moral en Perú
No existe monto fijo. El juez valora la gravedad del hecho, la duración de las consecuencias, el sufrimiento acreditado y la capacidad económica del responsable.
Ejemplo: una clínica divulga sin consentimiento el diagnóstico de VIH de un paciente en Lima. El juez fija una indemnización por daño moral en 30.000 soles (PEN), considerando la gravedad de la filtración, la afectación acreditada mediante peritaje psicológico y la condición económica de la clínica.
Dónde reclamar y errores frecuentes en Perú
- Dónde acudir: juzgados civiles del Poder Judicial para la indemnización; Indecopi cuando la conducta vulnera además los derechos del consumidor.
- Error 1: confundir el daño moral con el daño a la persona, que tiene reglas distintas de acreditación.
- Error 2: no probar el sufrimiento con atención médica o psicológica documentada, lo que suele traducirse en indemnizaciones bajas o en el rechazo de la demanda.
Reparación integral significa que la indemnización debe cubrir todas las consecuencias del hecho, pero los criterios para fijarla cambian por completo de un país a otro.
Los datos de este artículo están comprobados a septiembre de 2026.
Preguntas frecuentes sobre el daño extrapatrimonial
1. ¿Qué situaciones se consideran daño moral y puedes darme ejemplos?
El daño moral es el perjuicio no patrimonial: el dolor, la angustia o la afectación a la dignidad o al honor que no se traducen en dinero pero que la ley reconoce como indemnizable. Su definición, alcance y criterios de cuantificación varían según el país, por lo que deben consultarse las normas y la jurisprudencia de cada jurisdicción. Ejemplos típicos son el fallecimiento o las lesiones graves de un familiar en un accidente, la difusión no consentida de imágenes íntimas o datos personales, o el sufrimiento derivado de una negligencia médica.
2. ¿Existen tablas oficiales de indemnización por daño moral según el país?
No hay una tabla única. Cada país aplica baremos o criterios propios: Argentina usa el Código Civil y Comercial (artículos 1716 a 1744) con cuantías fijadas por jurisprudencia; Chile calcula según los artículos 2314 y 2329 del Código Civil; España aplica el baremo de la Ley 35/2015 para tráfico y la Ley Orgánica 1/1982 para la tutela civil del honor.
3. ¿Cuándo se indemniza el daño moral cuando hay secuelas psicológicas acreditadas?
Cuando un peritaje psicológico o psiquiátrico acredita el trastorno (ansiedad, depresión, estrés postraumático) y existe un nexo causal con el hecho lesivo, la indemnización por daño moral se acumula a la de las lesiones físicas. La prueba pericial es clave, y la mayoría de jurisdicciones exigen que sea emitida por un profesional colegiado y ratificada en juicio si hay controversia.
4. ¿Cómo ha resuelto la jurisprudencia los casos de daño moral en los últimos años?
La tendencia es ampliar el concepto: ya no se limita al dolor físico sino que incluye la afectación al proyecto de vida, al honor y a la imagen. Tribunales supremos de varios países han fijado montos de referencia que sirven como guía, aunque cada caso se valora por sus circunstancias concretas y por la gravedad acreditada.
5. ¿Hay una tabla que permita estimar la indemnización total por daños y perjuicios?
No existe una tabla universal. En España, el baremo de la Ley 35/2015 incluye las indemnizaciones por muerte, lesiones y secuelas; en México, los tribunales aplican criterios del Código Civil federal y de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado; y en Argentina y Chile la cuantificación se hace caso por caso con apoyo jurisprudencial.
6. ¿Qué norma regula los daños y perjuicios en España y dónde puedo consultarla?
La regulación básica está en los artículos 1902 a 1910 del Código Civil español, que recogen la responsabilidad extracontractual. Para accidentes de tráfico se aplica el baremo de la Ley 35/2015; para la protección civil del honor, la intimidad y la propia imagen, la Ley Orgánica 1/1982. Todas están disponibles en el BOE.
Fuentes
- RedalycReconceptualización del daño extrapatrimonial a partir del enfoque …consultado el 28/09/2026
- VlexDaños extrapatrimoniales – vLexconsultado el 28/09/2026
- CremadescalvosoteloLa cuantificación del daño moral en Españaconsultado el 28/09/2026
- ScieloReconceptualización del daño extrapatrimonial a partir del enfoque …consultado el 28/09/2026
- Ucalp[PDF] Daño extrapatrimonial individual y colectivo en los procesos de …consultado el 28/09/2026