- Qué es: la declaración de última voluntad sobre tu patrimonio tras el fallecimiento.
- Quién hereda siempre: hijos, cónyuge y, en su defecto, ascendientes, con la porción que fija cada ley.
- Cómo formalizarlo: ante notario en la mayoría de países; en México, ante el Código Civil de cada entidad.
El testamento es un instrumento jurídico por el que una persona decide, de forma voluntaria y para después de su muerte, cómo se repartirá su patrimonio y a quién. No transfiere nada en vida: el dueño sigue siendo dueño hasta el último día. Esa idea, aparentemente sencilla, se complica cuando bajas al país concreto, porque la legítima, las formas válidas y el trámite posterior cambian por completo de una legislación a otra.
El testamento en pocas líneas
Un testamento es la declaración de última voluntad que una persona otorga para disponer de su patrimonio después de su fallecimiento, sin afectar su propiedad mientras vive. Es un acto personalísimo: solo puede hacerlo el interesado, sin intermediarios ni poderes. Es revocable y modificable cuantas veces se quiera, tantas veces como cambien tus circunstancias o tu criterio. Casi siempre se formaliza ante notario, aunque cada país admite formas distintas en situaciones especiales. El reparto concreto —quién hereda, qué porción y en qué condiciones— depende de la ley del lugar y, en muchos casos, no es del todo libre: hay herederos que la ley protege por encima de la voluntad del testador.
Lo que comparten casi todos los países hispanohablantes
Estos son los principios que aparecen en la mayoría de legislaciones; el detalle cambia de país, pero la base es la misma.
- Es un acto personalísimo: nadie puede testar en tu nombre, ni siquiera con un poder notarial.
- Es revocable: puedes modificarlo o dejarlo sin efecto cuantas veces quieras, y solo vale el último otorgado.
- No transmite la propiedad en vida: hasta el momento del fallecimiento sigues siendo dueño de todos tus bienes.
- Suele exigir forma solemne: en la mayoría de países se hace ante notario, con testigos en algunos casos.
- Existen herederos protegidos: la ley suele reservar una parte del patrimonio a hijos, cónyuge o ascendientes, y solo el resto se reparte libremente.
- La porción libre puede destinarse a cualquier persona, no solo a familiares:desconocidos, amigos o instituciones también pueden recibir.
- Admiten formas excepcionales: ante situaciones de guerra, peligro de muerte o viajes en barco existen testamentos simplificados.
Eso sí, qué porcentaje es la porción protegida, qué formas son válidas y qué trámite sigue al fallecimiento son reglas que cambian por completo de país.
España: cómo se hace un testamento
En España el testamento se regula en el Código Civil, artículos 662 a 743, y se otorga de forma habitual ante notario. La capacidad general para testar se alcanza a los 14 años, con las excepciones previstas en el Código Civil: solo están privados de capacidad, con carácter general, quienes no puedan conformar o expresar su voluntad de forma comprensible.
| Figura presente | Heredero forzoso | |
|---|---|---|
| Porción reservada por ley | ✔ | ✕ |
| Libre disposición del testador | ✕ | ✔ |
| Porción de libre disposición | Sujeta a colación | ✔ |
Conviene tener presente que en comunidades como Cataluña, Aragón, Navarra, Galicia, País Vasco y Baleares existen derechos forales con reglas propias de sucesión. Si resides en una de ellas, revisa su normativa específica.
Quién hereda siempre en España y la regla de los tres tercios
Cuando hay hijos o descendientes, el Código Civil español reserva para ellos, junto al cónyuge viudo no separado, una parte del caudal hereditario que no puede verse afectada por la voluntad del testador: la legítima. El reparto se hace en tres tercios: el tercio de legítima estricta se divide a partes iguales entre los legitimarios; el tercio de mejora lo reparte el testador como quiera entre esos mismos legitimarios; y el tercio de libre disposición puede destinarse a cualquier persona, incluidos no familiares. Si no hay descendientes, los ascendientes pasan a ser legitimarios junto al cónyuge, con reglas de cálculo distintas.
Tipos de testamento que reconoce España
El Código Civil español contempla varias formas de testar, cada una con requisitos y usos diferentes.
- Ológrafo: lo escribe y firma el propio testador, sin notario, y debe protocolizarse después en un plazo breve tras el fallecimiento.
- Abierto: se otorga ante notario, que levanta acta y conserva una copia; es la forma más habitual.
- Cerrado: el testador entrega su testamento dentro de un sobre cerrado al notario, sin que este conozca su contenido.
- Especiales: militar, marítimo y ante situaciones de peligro de muerte, pensados para contextos donde no se puede acudir a un notario.
Qué hacer después del fallecimiento con un testamento en España
Una vez producido el fallecimiento, el camino a seguir en España pasa por varias etapas.
- Obtener el certificado de defunción y el último certificado médico.
- Solicitar el Registro de Actos de Última Voluntad para localizar el último testamento otorgado.
- Acudir a la notaría que lo autorizó para obtener una copia autorizada y proceder a la apertura del testamento.
- Formalizar la escritura de aceptación y adjudicación de herencia ante notario.
- Liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones ante la comunidad autónoma correspondiente, que es quien aplica sus propias reducciones y bonificaciones.
- Inscribir los bienes inmuebles en el Registro de la Propiedad.
México: cómo se hace un testamento
En México no existe una sola ley federal que regule el testamento: la materia se rige por el Código Civil de cada entidad federativa. La forma ordinaria es otorgarlo ante notario público, con las solemnidades que exija el código local. Si hay testamento, el trámite posterior puede hacerse por vía notarial cuando todos los herederos son mayores y están de acuerdo; en caso contrario, el juicio sucesorio se tramita ante un juzgado familiar de la entidad correspondiente.
El testamento no es obligatorio: cualquiera puede decidir no hacerlo. Pero si falleces sin testamento, la ley fija por ti quiénes heredan y en qué proporción, y el reparto suele ser más lento y más caro para la familia.
Quién hereda si no hay testamento en México
Los códigos civiles mexicanos establecen un orden de prelación para la sucesión intestada que conviene conocer.
- Descendientes (hijas, hijos, nietos).
- Cónyuge, concubina o concubinario, en concurrencia con los descendientes o, en su defecto, con los ascendientes.
- Ascendientes (padres, abuelos).
- Parientes colaterales hasta el cuarto grado (hermanos, tíos, primos).
- Si no existe ninguno de los anteriores, la herencia puede pasar al Estado o a instituciones públicas designadas por la ley local.
Tipos de testamento que reconoce México
La legislación mexicana distingue entre testamentos ordinarios y especiales.
- Público abierto: otorgado ante notario, que conoce el contenido y deja constancia de todo; es la forma más común.
- Público cerrado: el testador entrega su testamento en sobre cerrado al notario, sin que conozca su contenido.
- Ológrafo: escrito y firmado por el propio testador ante testigos, en los casos previstos por cada código local.
- Privado: otorgado sin notario, ante testigos, en situaciones urgentes.
- Simplificado: para casos especiales previstos en algunas legislaciones locales.
- Especiales: militar y marítimo, reservados a fuerzas armadas o personal embarcado en contextos regulados por la ley.
Trámite posterior al fallecimiento en México
El procedimiento tras una defunción en México sigue estos pasos.
- Obtener el acta de defunción del Registro Civil.
- Localizar el testamento, si lo hay, y obtener copia certificada.
«Quien hereda es la familia, no puedo dejar nada a quien yo quiera.»
La parte de libre disposiciónpuede destinarse a cualquier persona, incluidos amigos, desconocidos o instituciones.
VS
- Iniciar la sucesión testamentaria ante notario si todos los herederos son mayores y están de acuerdo, o juicio sucesorio ante un juzgado familiar si hay desacuerdo o menores.
- Realizar inventario y avalúo de los bienes ante un perito.
- Adjudicar los bienes a los herederos y, en su caso, pagar el ISR correspondiente ante el SAT y los impuestos locales aplicables.
- Inscribir los bienes inmuebles en el Registro Público de la Propiedad de la entidad federativa correspondiente.
Argentina: cómo se hace un testamento
En Argentina la materia se rige por el Código Civil y Comercial de la Nación, que unificó las figuras de heredero y legatario y regula el testamento como acto unilateral. La forma habitual es por escritura pública ante escribano público, con las formalidades que fija ese código. El juicio sucesorio es judicial, no notarial, y se tramita ante los Juzgados Nacionales y Provinciales en lo Civil.
Quién es heredero forzoso y qué parte protegida hay en Argentina
El Código Civil y Comercial argentino establece porciones legítimas para descendientes, ascendientes y cónyuge, según la combinación de herederos que concurra. En la configuración más habitual —descendientes con cónyuge—, la legítima cubre dos tercios del caudal: una mitad para los descendientes por partes iguales y un cuarto para el cónyuge. El tercio restante es de libre disposición y el testador puede repartirlo entre cualquier persona, incluidos legitimarios o terceros.
Formas del testamento y el rol del albacea en Argentina
La ley argentina reconoce varias formas y la figura del albacea.
- Por escritura pública ante escribano público: es la forma ordinaria, exigida para casi todos los casos.
- Por actos de última voluntad en situaciones especiales: ante contextos de guerra, peligro inminente o epidemia epidémica, con formalidades simplificadas que después deben convalidarse judicialmente.
- Albacea: es la persona designada para cumplir la voluntad del testador y administrar la herencia hasta la partición; su plazo de actuación está regulado en el Código Civil y Comercial.
Trámite posterior al fallecimiento en Argentina
Tras un fallecimiento en Argentina, el camino habitual es el siguiente.
- Obtener la partida de defunción del Registro Civil.
- Presentar el testamento ante un escribano o, si no lo hay, iniciar la declaratoria de herederos.
- Solicitar la aprobación judicial del testamento o la declaratoria de herederos intestados.
- Realizar inventario y avalúo de los bienes.
- Firmar la escritura pública de partición y adjudicación de herencia.
- Inscribir los bienes registrables ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la jurisdicción correspondiente.
Chile: cómo se hace un testamento
En Chile la materia se rige por el Código Civil, que distingue entre testamento solemne (abierto o cerrado) y testamento menos solemne o privilegiado (verbal, militar y marítimo), este último reservado a casos de peligro inminente o guerra. Cuando hay testamento, la posesión efectiva se tramita ante tribunales civiles; cuando no lo hay, va por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
Asignaciones forzosas en Chile: legítimas, mejoras y cuarta libre
El Código Civil chileno fija asignaciones forzosas que el testador no puede vulnerar. Cuando hay cónyuge o conviviente civil y descendientes, la legítima cubre el 50% de los bienes; la cuarta de mejoras, otro 25%, para favorecer a ciertos legitimarios; y la cuarta de libre disposición, el 25% restante, que el testador puede repartir libremente. Si se vulneran esas cuotas, los asignatarios forzosos pueden ejercer la acción de reforma del testamento, que deja sin efecto las cláusulas que las contradigan.
Quién puede testar y quiénes están excluidos en Chile
La ley chilena establece con claridad quién puede y quién no puede otorgar testamento.
- Pueden testar la mujer desde los 12 años y el varón desde los 14, ambos sin autorización de nadie.
- Están excluidos los menores de esas edades, salvo disposición legal en contrario.
- No puede testar quien no esté en su sano juicio por ebriedad u otra causa.
- Tampoco puede hacerlo el demente privado de administración de sus bienes.
- Está excluido quien no pueda expresar claramente su voluntad.
Trámite posterior al fallecimiento en Chile
El procedimiento tras un fallecimiento en Chile sigue estos pasos.
- Obtener el certificado de defunción.
- Tramitar la posesión efectiva de la herencia ante el Servicio de Registro Civil e Identificación si no hubo testamento, o ante tribunales civiles si lo hubo.
- Si hay bienes raíces, otorgar escritura pública de adjudicación.
- Inscribir los inmuebles en el Conservador de Bienes Raíces competente.
- Pagar el impuesto a la herencia, si correspondiere, conforme a la normativa tributaria vigente.
Perú: cómo se hace un testamento
En Perú la materia se rige por el Código Civil, que contempla como forma ordinaria el testamento por escritura pública ante notario, y formas especiales para situaciones de excepción. Cuando hay testamento, se presenta ante notario o juez según corresponda; cuando no lo hay, la sucesión intestada se tramita ante el juez civil y se inscribe en la SUNARP.
El testamento no es obligatorio en ningún país de los tratados aquí, pero omitirlo significa entregarle a la ley la decisión sobre tu patrimonio y, en la práctica, hacer el reparto más lento y costoso para quienes dejas.
Quién hereda siempre y qué porción reservada hay en Perú
El Código Civil peruano reconoce herederos forzosos con derecho a una porción legítima: los hijos y descendientes, el cónyuge o conviviente con derecho y, en su defecto, los ascendientes. La legítima cubre una parte sustancial del caudal y la parte restante es de libre disposición, que el testador puede asignar a cualquier persona, incluidos herederos o terceros sin vínculo familiar.
Tipos de testamento y requisitos en Perú
La ley peruana establece formas ordinarias y especiales.
- Ordinario por escritura pública ante notario: es la forma habitual, con lectura del documento, firma del testador y del notario.
- Especial militar: otorgado por militares en campaña o contextos de guerra regulados por la ley.
- Especial marítimo: para personas embarcadas, con formalidades adaptadas.
- Especial en lugares donde reine peste o calamidad pública: pensado para emergencias sanitarias o desastres.
- Cerrado u ológrafo: en los casos expresamente previstos por el Código Civil, con requisitos específicos.
Trámite posterior al fallecimiento en Perú
El procedimiento tras un fallecimiento en Perú se desarrolla de la siguiente manera.
- Obtener el acta de defunción en el Registro Civil.
- Localizar el testamento o, en su defecto, iniciar la sucesión intestada ante el juez civil correspondiente.
▲ tercio completo vs mejora limitada en la legítima
- Presentar el testamento ante notario o juez, según corresponda, y protocolizarlo si es necesario.
- Solicitar la inscripción de la sucesión en los Registros Públicos, especialmente si hay inmuebles.
- Inscribir los bienes en la SUNARP para que el cambio de titular quede registralmente protegido.
- Cumplir las obligaciones tributarias que correspondan ante la SUNAT.
Un testamento mal otorgado o sin testigos cuando son obligatorios puede ser declarado nulo años después, abriendo un conflicto que cuesta más que haberlo hecho bien desde el inicio.
Datos del artículo
- Plazo para protocolizar el testamento ológrafo en España: 5 días hábiles desde el fallecimiento (art. 688 del Código Civil).
- Plazo para reducir a escrito el testamento menos solemne verbal en Chile: 30 días desde la muerte del testador.
- Porcentaje de legítima estricta en España cuando hay descendientes: un tercio del caudal.
- Porcentaje de legítima en Chile cuando hay cónyuge y descendientes: 50% de los bienes.
Preguntas frecuentes sobre el testamento
1. ¿Qué es un testamento ológrafo y en qué países se admite?
El testamento ológrafo es el escrito de puño y letra del testador, sin necesidad de notario en el momento de firmarlo. Se admite, por ejemplo, en España (con requisitos de fecha y firma reconocidos por el Código Civil), en Argentina (testamento ológrafo previsto en el Código Civil y Comercial) y en México (regulado en el Código Civil federal y de cada entidad). En Chile y en Perú no existe esta modalidad, solo testamento solemne ante notario y, en casos urgentes, el militar o el marítimo.
2. ¿Qué tipos de testamento existen si estás casado?
Si estás casado, en España puedes otorgar testamento abierto o cerrado ante notario y dejar legítimas para el cónyuge e hijos. En México, los Códigos Civiles de cada entidad regulan el mismo juego: testamento público abierto y cerrado, con la porción que la ley reserva a hijos y, en su caso, al cónyuge. En Argentina y Chile rigen reglas equivalentes, con la legítima del cónyuge reconocida en el Código Civil y Comercial argentino y en el Código Civil chileno, respectivamente.
3. ¿Cómo hacer un testamento dejando herencia a los hijos?
El primer paso es identificar la ley aplicable: en España, la del lugar de residencia; en México, la del estado donde están tus bienes; en Argentina, la del último domicilio; y en Chile y Perú, la del domicilio al momento del fallecimiento. Después acudes a un notario, indicas el patrimonio, señalas a cada hijo y respetas las legítimas que fija cada Código Civil. Firmar el documento evita juicios sucesorios largos y costosos para tu familia.
4. ¿Cómo hacer testamento cuando hay matrimonio e hijos?
Acude a un notario y deja clara tu situación familiar: cónyuge e hijos forman parte de los herederos forzosos en España, México, Argentina, Chile y Perú. Reparte la parte disponible libremente y respeta la legítima de hijos y, según el país, del cónyuge (usufructo en España, porción conyugal en Chile, parte en Argentina). Revisa cada cierto tiempo: un nuevo testamento revoca el anterior y refleja nacimientos, divorcios o nuevos bienes.
5. ¿Cómo es un ejemplo de testamento sencillo?
Un testamento sencillo ante notario suele empezar identificando al testador (nombre, documento de identidad, estado civil) y declarando que goza de plena capacidad. Tras ello nombras herederos, indicas la cuota que recibe cada uno, incluyes legados específicos si los hay y firmas ante el notario. Un ejemplo concreto depende del país: en España se ajusta al artículo 695 del Código Civil, en México al Código Civil de tu entidad y en Chile al Código Civil chileno.
6. ¿Qué ventajas fiscales tiene otorgar testamento?
Otorgar testamento no reduce impuestos, pero sí evita costes mayores. En España, el impuesto de sucesiones lo fijan las comunidades autónomas, con bonificaciones por parentesco; en México el ISR por herencia se calcula según la entidad federativa; en Argentina y Chile se aplica el impuesto a la herencia, con exenciones según el grado. Además, testar previene juicios de declaratoria de herederos, que en todos los países disparan honorarios y demoras.
7. ¿Cómo se hace un testamento paso a paso?
El procedimiento habitual en España, México, Chile, Argentina y Perú es: reúne documentos de identidad y datos de tus bienes; pide cita con un notario; explica cómo quieres repartir; el notario redacta el testamento abierto o cerrado según tu elección; firmas y el notario lo protocoliza. Conserva una copia y, si cambian tus circunstancias familiares o patrimoniales, otorga uno nuevo: cada testamento posterior revoca al anterior.
8. ¿Qué diferencia hay entre los testamentos en serie y el abierto en España?
En España, el testamento abierto se otorga ante notario en un solo acto y queda protocolizado, mientras que el llamado “testamento en serie” consiste en otorgar varios testamentos sucesivos para actualizar el reparto. Cada nuevo testamento abierto revoca el anterior, salvo que declares expresamente lo contrario. Esta práctica es legal, pero conviene revisar la legítima de hijos y cónyuge para no vulnerar lo que fija el Código Civil español.
Fuentes
- BbvaCómo se hace un testamento en México paso a pasoconsultado el 28/08/2026
- ColescbaTestamento – Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Airesconsultado el 28/08/2026
- FunerariahogardecristoCómo redactar un testamento en Chile: Guía completaconsultado el 28/08/2026
- MartinezcardosEl Testamento en España: Tipos, Validez y Modificaciones recientesconsultado el 28/08/2026
- JustiaTestamentos | Derecho Civil – Justia Méxicoconsultado el 28/08/2026