Qué es la conciliación civil y por qué existe
La conciliación civil es un intento previo —y, en varios países, obligatorio— para que dos personas resuelvan su disputa con ayuda de un tercero neutral antes de ir a juicio. No reemplaza al proceso judicial: lo evita o lo alivia cuando las partes cierran un acuerdo.
En el fondo de cualquier conciliación hay una idea común: que es preferible que las personas arreglen solas sus diferencias, con alguien que ordene la conversación, a que un juez decida por ellas. Ese tercero neutral no juzga: escucha, propone fórmulas y deja que sean las partes quienes decidan. Si hay acuerdo, se levanta un acta con valor ejecutivo; si no lo hay, el camino queda libre para demandar.
Cada país monta este instituto a su manera. Lo que varía no es el principio —voluntad de las partes, neutralidad del tercero, valor del acuerdo— sino la ley que lo regula, el organismo que lo tramita, los plazos y las consecuencias de no presentarse. Eso es lo que vas a encontrar en las siguientes secciones, país por país.
Lo que casi todos los países comparten (y por qué luego cambia)
En la mayoría de los ordenamientos hispanohablantes la conciliación comparte estos rasgos:
- Es un intento voluntario —o, en ciertos países, obligatorio— de resolver la disputa sin litigar, basado en la voluntad real de las partes de cerrar un acuerdo.
- Interviene un tercero neutral (conciliador, mediador o, en España, el Letrado de la Administración de Justicia o el Juez de Paz) que facilita el diálogo y puede proponer fórmulas, pero no impone la solución.
- El compareciente puede hacerlo por sí mismo o mediante representante con poder suficiente; en algunos países la asistencia es personalísima.
- El resultado se levanta en un acta firmada por las partes y por el tercero; si hay acuerdo, ese documento adquiere valor de título ejecutivo y permite ejecutarlo como si fuera una sentencia.
- Si nadie comparece o el acuerdo no se alcanza, se deja constancia y el expediente se archiva o, en su caso, se libera el camino para demandar.
Lo que cambia es lo importante: qué norma lo regula, qué autoridad lo tramita, si es paso obligado antes de demandar, en qué juzgado o centro se solicita, los plazos de convocatoria y los efectos concretos de la inasistencia. De aquí en adelante, cada sección aterriza en un país concreto.
España: la conciliación civil y la reforma de la Ley Orgánica 1/2025
En España, la conciliación civil se enmarca en la Ley de la Jurisdicción Voluntaria, dentro del procedimiento civil general. Interviene normalmente el Letrado de la Administración de Justicia o, en algunos casos, el Juez de Paz, cuya misión es acercar a las partes. Con la reforma introducida por la Ley Orgánica 1/2025, el cuadro se amplía y también pueden realizar actos de conciliación los Notarios y los Registradores, según explican despachos especializados como De Trinidad y Asociados.
El cambio práctico es que ya no siempre hay que ir al juzgado para intentar avenirse: las controversias mercantiles, sucesorias o familiares pueden intentar conciliarse ante notario, y las inmobiliarias o urbanísticas, ante registrador, con los mismos límites de indisponibilidad que en sede judicial.
Quién puede solicitarla y ante qué juzgado se presenta
- Presentar la solicitud —papeleta de conciliación— en el juzgado de primera instancia o, en poblaciones pequeñas, ante el Juzgado de Paz del domicilio de la persona requerida.
- Identificar a las dos partes con nombre, apellidos y domicilio, y exponer con claridad el objeto del conflicto y la pretensión.
- Acompañar, si se tienen, los documentos que la apoyen; no es obligatorio, pero acelera el trámite.
- Esperar la resolución de admisión: el Letrado de la Administración de Justicia o el Juez de Paz debe resolverla en el plazo de cinco días hábiles desde la presentación.
- Recibir la citación para la comparecencia una vez admitida.
En España, una papeleta bien identificada y con la pretensión clara se admite sin más; los retrasos nacen casi siempre de datos incompletos o de domicilios mal señalados, no del juzgado.
Cómo se desarrolla la comparecencia y qué pasa si alguien no va
- La comparecencia se celebra entre cinco y diez días hábiles desde la admisión, según determine el órgano que la tramita.
- Las partes asisten personalmente o por procurador, con abogado si lo desean; el conciliador expone la reclamación e intenta avenir a las partes.
- Si quien no comparece es el requerido sin justa causa, la conciliación se entiende intentada a todos los efectos y el acta se cierra sin avenencia.
- Si quien falta es el solicitante sin justa causa, se le tiene por desistido y se archiva el expediente.
- Si hay avenencia total o parcial, se levanta acta firmada por los comparecientes y por el tercero; el documento se convierte en título ejecutivo.
Materias excluidas y eficacia del acuerdo
No son conciliables, por disponerlo así la Ley de la Jurisdicción Voluntaria y la legislación procesal, las siguientes materias:
- Estado civil y capacidad de las personas.
- Filiación y derechos indisponibles.
- Cuestiones sometidas al derecho penal o en las que sean parte menores o personas con capacidad modificada judicialmente.
- Litigios en los que intervengan el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales o las administraciones públicas e instituciones análogas.
- Reclamaciones de responsabilidad contra jueces y magistrados.
- En general, cualquier materia que no sea susceptible de transacción ni de compromiso.
Cuando hay avenencia, el acta que se firma en España surte efecto de cosa juzgada entre las partes y se ejecuta como título ejecutivo, del mismo modo que una sentencia. El modelo oficial de solicitud está disponible en el portal del Consejo General del Poder Judicial en formato PDF y Word.
México: la conciliación civil en el sistema federal y locales
En México no existe una sola ley de conciliación civil: la materia vive en una concurrencia entre la Federación y cada estado. Los códigos civiles y de procedimientos son locales, y a partir de 2023-2024 se ha ido implantando el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares para unificar criterios, pero la organización de los tribunales sigue siendo muy diversa. En paralelo, en el ámbito laboral la conciliación prejudicial obligatoria se tramita ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) o su equivalente estatal, antes de demandar ante los tribunales laborales del Poder Judicial de la Federación o de los estados.
Dónde se tramita y qué juzgado conoce del asunto
| Materia | Dónde se intenta la conciliación | Juzgado que conoce después |
|---|---|---|
| Civil ordinaria (federal muy residual) | Centros de Justicia Alternativa de la Federación | Juzgados de distrito en materia civil |
| Civil local (la mayoría) | Centros de Justicia Alternativa o juzgados especializados del estado | Juzgados civiles locales |
| Familiar | Centros locales de mediación familiar | Juzgados familiares del estado |
| Mercantil entre privados | Centros de justicia alternativa locales | Juzgados mercantiles locales o federales |
| Consumo (con proveedor) | PROFECO | Juzgados civiles |
Conviene tener presente que la conciliación prejudicial no es exigible en todo México: depende del código procesal de cada estado. En algunos es paso obligado; en otros, opcional. Revisa la normativa local antes de presentarte en el juzgado.
Plazos y valor del convenio conciliatorio
Los plazos los fija cada código procesal civil o familiar local, por lo que varían entre entidades. Lo que sí es común: el convenio firmado y ratificado ante el órgano competente puede ejecutarse como cosa juzgada, sin necesidad de un nuevo juicio. En el ámbito mercantil, PROFECO puede actuar cuando existe una relación de consumo, pero un conflicto entre dos privados —por ejemplo, un alquiler entre particulares— queda fuera de su competencia.
Argentina: la mediación prejudicial obligatoria
En Argentina la mediación civil tiene carácter obligatorio antes de demandar en casi todas las causas civiles y comerciales. La regula la Ley 26.589, complementada por el Decreto 1.467/2011, y se describe en términos claros en el portal Argentina.gob.ar. El mediador debe ser un abogado matriculado e inscrito en el Registro de Mediadores; no es juez, no es árbitro, y su función es escuchar y ayudar a encontrar una solución.
Si no se resuelve en mediación, la parte requirente puede iniciar el juicio como segundo paso. La inasistencia a la audiencia trae multa y se registra como antecedente.
Cómo se elige al mediador y cómo se desarrolla la audiencia
El sistema argentino permite cuatro formas de designación del mediador, todas legalmente válidas:
- Por acuerdo entre las partes, eligiendo de común denominador a un mediador del Registro.
- Por sorteo ante la mesa de entrada del tribunal donde se presentaría la demanda.
- Por propuesta de la parte reclamante a la otra, acompañando un listado de mediadores para que el requerido elija.
- Por designación del juez durante un juicio ya iniciado, si lo considera útil.
Una vez aceptado el cargo, el mediador convoca a una o más audiencias, presenciales o virtuales. Al cierre de cada reunión se firma un acta; si hay acuerdo, se firma un convenio que se ejecuta como sentencia judicial.
Costos, gratuidad y honorarios en pesos argentinos
La mediación tiene costo: honorarios del mediador, gastos de arancel y notificaciones. Las partes pueden solicitar mediación gratuita en los centros del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, sobre todo cuando concurren razones de vulnerabilidad económica. Las partes están obligadas a concurrir con abogado y la inasistencia injustificada se sanciona con multa.
Efectos del incumplimiento y homologación del acuerdo
El convenio firmado en Argentina se ejecuta como sentencia judicial: si alguien incumple, la otra parte puede pedir su cumplimiento forzoso directamente ante el juez, sin abrir un nuevo proceso. Cuando el convenio afecta a menores o a personas incapaces, debe ser revisado por el juez para garantizar sus derechos antes de ejecutarse, según se explica en el portal Derecho Fácil.
Chile: la mediación civil y los centros del Ministerio de Justicia
En Chile la mediación civil es voluntaria en general y se ofrece a través de centros vinculados al Ministerio de Justicia, además de la posibilidad de mediación prejudicial ante los Juzgados Civiles. La regulación principal está en el Código de Procedimiento Civil, y para cuestiones comerciales y consumidor rigen la Ley del Consumidor y SERNAC.
Dónde acudir y cómo se inicia el procedimiento
- Identificar el centro de mediación habilitado o solicitar al juzgado civil competente una audiencia preliminar.
- Plantear la pretensión por escrito, con identificación de las partes, objeto del conflicto y documentos disponibles.
- Solicitar la designación de un mediador o, en su caso, que el juez la proponga.
- Acudir a la audiencia con abogado y documentación de respaldo.
- Si hay acuerdo, firmar el acta de avenencia; si no, el proceso continúa por la vía judicial ordinaria.
Plazos, costos y valor del acuerdo en pesos chilenos
Los plazos los fija el tribunal o el centro de mediación, según el caso, y suelen ser breves: la mediación se desarrolla en una o pocas sesiones. Los aranceles se pactan en CLP entre mediador y partes; los centros públicos del Ministerio de Justicia suelen fijar tarifas reducidas o gratuitas según el caso. El acuerdo de mediación, una vez homologado, se ejecuta como sentencia ejecutoriada en Chile.
Perú: la conciliación judicial y la conciliación extrajudicial
En Perú existen dos vías que se confunden con frecuencia: la conciliación extrajudicial, que se tramita ante Centros de Conciliación acreditados por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), y la conciliación judicial, que tiene lugar dentro del proceso civil. La primera está regulada por la Ley 26872, Ley de Conciliación, y presupone el intento previo a la demanda; la segunda se rige por el Código Procesal Civil y permite al juez conciliar sobre las pretensiones de la demanda y la reconvención, según ha explicado el juez superior Jaime David Abanto Torres en la Nota de Prensa N° 071-2025-ETII Oralidad Civil.
La conciliación extrajudicial como requisito previo a la demanda
- Acudir a un Centro de Conciliación extrajudicial acreditado por el MINJUSDH en Perú.
- Plantear la solicitud con la pretensión, los datos de la contraparte y los documentos de respaldo.
- Celebrar la audiencia de conciliación, donde el conciliador facilitará el diálogo.
- Si hay acuerdo total o parcial, se levanta un acta con valor de título de ejecución.
- Si no hay acuerdo o la parte requerida no asiste injustificadamente, se deja constancia del intento y el camino queda libre para demandar.
En Perú, no asistir a la audiencia extrajudicial sin justificación equivale a una especie de «título ejecutivo» para el solicitante, según los distintos supuestos de la Ley 26872: la demanda que viene después lleva el acta del intento fallido como prueba de que se cumplió el requisito.
En algunas materias —procesos de alimentos que pretendan reducción, variación, prorrateo o exoneración— la Ley 29486 fija requisitos puntuales que conviene revisar antes de iniciar la conciliación.
La conciliación judicial durante el proceso
La conciliación en sede judicial peruana puede intentarse en distintas etapas del proceso, como herramienta para acercar a las partes sin esperar a la sentencia. El Código Procesal Civil peruano tiene una limitación práctica que el propio Poder Judicial reconoce: el juez solo puede conciliar sobre las pretensiones de la demanda y la reconvención, sin extender el debate a materias nuevas. Cualquier intento de ampliar la base del acuerdo sobrelleva el riesgo de un vicio procesal posterior.
El Ministerio Público, en las piezas que le corresponde, y el procurador del Estado, cuando es parte una entidad pública, intervienen según sus atribuciones, sin desplazar la voluntad de las partes. La técnica recomendada, según los propios jueces orales en Oralidad Civil, es preparar el expediente con anticipación, identificar los intereses de cada parte y escuchar con empatía antes de proponer fórmulas conciliatorias.
Costo y eficacia del acta en soles
Las tasas por el servicio en los Centros de Conciliación extrajudicial de Perú se cobran en soles y dependen del centro y del tipo de pretensión. El acta con acuerdo total o parcial constituye título de ejecución; presentada al juez, permite promover el proceso de ejecución sin necesidad de un nuevo juicio. Cuando la conciliación extrajudicial es requisito de procedibilidad, el acta del intento —con o sin acuerdo— se incorpora al expediente para acreditar ese paso previo.
Conciliar no es ceder: es acotar el desacuerdo y dejarlo por escrito. El resto lo decide, con el mismo rigor, el juez que homologue el acta o que dicte la sentencia.
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Preguntas frecuentes sobre la conciliación civil
1. ¿Cómo es un modelo de demanda de conciliación civil?
Es un escrito breve que identifica a las partes, expone los hechos y los fundamentos jurídicos, y termina pidiendo al órgano competente que convoque a la parte contraria a una audiencia de conciliación. En España se presenta en los servicios de consumo autonómicos o ante el juzgado que sería competente si el intento fracasa; en México se tramita ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) en asuntos de consumo o ante los tribunales competentes en materia civil.
2. ¿Qué diferencia hay entre la conciliación civil y los métodos alternos de solución de conflictos?
La conciliación civil es una de las formas de los MASC, junto con la mediación y el arbitraje, pero es la única que el juez puede imponer como requisito previo al juicio. En España la Ley 5/2012 regula los MASC (BOE); en Chile la Ley 19.940 de 2017 creó la mediación civil y la mediación familiar (Ley Chile).
3. ¿Es obligatorio ir a la conciliación civil?
Depende del país y del tipo de asunto. En España no es obligatoria para presentar la demanda, aunque sí recomendable; en Perú la conciliación extrajudicial es requisito previo para casi todos los asuntos civiles según el Decreto Legislativo 1070 (El Peruano); en México solo es exigible en materias concretas reguladas por las leyes procesales de cada entidad federativa.
4. ¿Quién paga los gastos de la conciliación civil?
Los gastos de la conciliación civil, conocidos también como costas o tasas, los fija cada país. En España cada comunidad autónoma regula los precios en sus servicios de consumo; en Chile los centros de mediación cobran honorarios según el valor del conflicto (Mediación Chile); en Perú el acta de conciliación extrajudicial se paga al Centro de Conciliación extrajudicial autorizado (Ministerio de Justicia, El Peruano).
5. ¿En qué consiste la conciliación judicial?
La conciliación judicial es la que el juez intenta dentro del propio proceso, una vez presentada la demanda. En España el órgano judicial puede convocarla en cualquier momento del procedimiento según la Ley de Enjuiciamiento Civil (BOE); en México el artículo 272 del Código Federal de Procedimientos Civiles faculta al juez para buscar la conciliación; en Chile la conciliación es anterior al juicio y la dirige un mediador certificado.
6. ¿Qué pasa si no hay acuerdo en la conciliación civil?
Cuando no hay acuerdo se levanta un acta «sin avenencia» que deja constancia del intento y, por regla general, permite acudir a la vía judicial. En España el acta con la inasistencia del requerido se asimila al intento sin acuerdo (LO 1/2025, BOE); en Chile el documento se llama «constancia de mediación frustrada» (Ley 19.940); en Perú el acta sin acuerdo es el título que habilita el juicio (Decreto Legislativo 1070).
Fuentes
- DetrinidadyasociadosConciliación civil previa a demanda judicial.consultado el 12/10/2026
- PoderjudicialcdmxCentro de Justicia Alternativa | Mediación y Facilitación en líneaconsultado el 12/10/2026
- BcnLey Chile – Ley 19334 – Biblioteca del Congreso Nacional – BCNconsultado el 12/10/2026
- VlexTramitación del acto de conciliación previo al proceso civil – vLexconsultado el 12/10/2026
- MendozaOficina de Conciliación Civil y Comercial – Gobierno de Mendozaconsultado el 12/10/2026