Qué es una obligación solidaria y por qué importa
Una obligación solidaria es aquella en la que varios deudores deben la totalidad de la prestación, o varios acreedores pueden exigirla por completo, aunque el origen sea único. El acreedor no necesita reclamar a cada deudor por su parte: le basta con dirigirse a cualquiera para obtener el pago íntegro, y después el deudor que pagó repite contra los demás. Es una herramienta de protección del crédito que aparece en códigos civiles de tradición romanista como los de España, México, Argentina, Chile y Perú.
Su utilidad práctica es enorme: para el acreedor simplifica el cobro y elimina el riesgo de insolvencia parcial; para el deudor, en cambio, lo expone a responder por una deuda mayor que su cuota. Cada país resuelve ese equilibrio con matices propios: cuándo se presume la solidaridad, qué fórmulas exige el contrato, qué pasa si uno paga todo o si uno se vuelve insolvente. Por eso hablar de obligaciones solidarias sin decir el país lleva a confusión.
Lo que comparten casi todos los países hispanohablantes
- Pluralidad de sujetos: hay varios acreedores o varios deudores (o ambos) vinculados a una misma prestación.
- Unidad de prestación: existe un solo objeto debido, aunque se reparta entre varios.
- Exigibilidad del todo: cualquier codeudor puede ser requerido por la totalidad, y cualquier coacreedor puede exigir la totalidad.
- Origen por ley, contrato o testamento: la solidaridad nace por disposición legal, por acuerdo de las partes o por última voluntad, según el ordenamiento.
- Derecho de regreso: quien paga de más frente a los demás puede repetir contra ellos por la cuota que les corresponde.
- Extinción parcial: actos como la remisión, la compensación o la novación realizados con un codeudor pueden afectar a los demás, salvo excepciones.
Estos principios se repiten en los cinco países, pero el detalle —artículos, presunciones, fórmulas exigidas— cambia en cada uno.
España: cómo se regulan las obligaciones solidarias
En España las obligaciones solidarias se regulan en los artículos 1137 a 1148 del Código Civil. La regla general es la mancomunidad: si varios deudores contraen una obligación sin pactar nada especial, cada uno responde por su parte. La solidaridad es la excepción y, como dice el art. 1137, solo se aplica cuando la obligación expresamente lo determina. Los tribunales civiles ordinarios son los competentes para conocer de estos pleitos.
El Tribunal Supremo ha perfilado dos criterios clave: primero, que la cláusula debe ser clara e inequívoca; segundo, que la solidaridad puede surgir también por ley en supuestos como la responsabilidad extracontractual solidaria o las obligaciones indivisibles. La distinción práctica es relevante para el acreedor: en una deuda mancomunada solo cobra la parte de cada deudor; en una solidaria cobra todo de cualquiera.
Artículo 1137 del Código Civil: cuándo hay solidaridad
El art. 1137 del Código Civil dispone que la concurrencia de dos o más acreedores o de dos o más deudores en una sola obligación no implica que cada uno tenga derecho a pedir o cada uno deba prestar íntegramente las cosas objeto de la misma. Solo habrá lugar a esto cuando la obligación expresamente lo determine, constituyéndose con el carácter de solidaria. La lectura práctica es directa: sin pacto expreso o sin ley que lo imponga, no hay solidaridad.
Artículo 1141 del Código Civil: efectos entre codeudores
El art. 1141 del Código Civil añade que cada uno de los acreedores solidarios puede hacer lo que sea útil a los demás, pero no lo que les sea perjudicial, y que las acciones ejercitadas contra cualquiera de los deudores solidarios perjudicarán a todos estos. De aquí se desprenden dos reglas: ningún coacreedor puede perjudicar a los demás, y demandar a un deudor solidario compromete a todos.
Clases de solidaridad en el Código Civil español
- Solidaridad activa: varios acreedores pueden exigir la totalidad.
- Solidaridad pasiva: varios deudores deben la totalidad.
- Solidaridad mixta: combina ambas situaciones.
- Solidaridad uniforme: todos los codeudores comparten el mismo plazo y condición.
- Solidaridad varia: distintos plazos o condiciones entre codeudores.
- Solidaridad voluntaria: nace del contrato o del testamento.
- Solidaridad legal: la impone la ley.
- Solidaridad impropia: figura jurisprudencial aplicada a supuestos de responsabilidad objetiva.
México: cómo se regulan las obligaciones solidarias
En México las obligaciones solidarias se regulan en el Código Civil Federal, artículos 1987 a 2017, aunque cada entidad federativa tiene su propio código civil con reglas similares. La autoridad competente para estos juicios es la jurisdicción civil: tribunales federales si la obligación se rige por leyes federales, o tribunales locales según el estado y la materia. La regla general también es la mancomunidad: la solidaridad requiere texto legal o pacto expreso.
Los códigos civiles estatales suelen seguir el modelo federal: el acreedor puede exigir el pago total a cualquier deudor, y quien paga de más tiene acción de regreso contra los demás. La diferencia con la mancomunada es relevante en la práctica: una obligación mancomunada obliga al acreedor a cobrar por partes, lo que puede dejarle desprotegido si un deudor desaparece.
Cuándo se presume la solidaridad en México
En México, tanto el Código Civil Federal como los códigos civiles estatales fijan la solidaridad en supuestos concretos. Las presunciones más comunes son: las obligaciones pecuniarias cuando hay un interés común entre los deudores, las obligaciones indivisibles y los casos en los que la ley lo impone expresamente, como la responsabilidad de varios copropietarios por daños. Los tribunales mexicanos han precisado que la cláusula de solidaridad en un contrato debe ser clara y no quedar como una opción ambigua.
Efectos: pago total, remisión y compensación
- Pago total: cualquier codeudor solidario puede pagar la totalidad y queda liberado frente al acreedor.
- Remisión: si el acreedor remite la deuda a un solo deudor, en principio la obligación se extingue para todos.
- Compensación: si opera entre acreedor y un deudor, puede extinguir la obligación frente a los demás, salvo excepciones.
- Novación: el cambio de obligación con un codeudor solidario suele liberar a los demás.
- Acción de regreso: quien pagó de más puede exigir a cada codeudor su cuota y, si uno es insolvente, repartir su parte entre los restantes.
Diferencia entre mancomunada y solidaria en México
| Aspecto | Mancomunada | Solidaria |
|---|---|---|
| Exigibilidad | Cada deudor por su parte | El todo a cualquiera |
| Defensa procesal | Limitada a cada deudor | Cualquier codeudor puede alegar en beneficio común |
| Insolvencia de uno | El acreedor asume el riesgo | Se reparte entre los demás codeudores |
| Necesidad de pacto | Es la regla general | Requiere ley o cláusula expresa |
| Coste de reclamación | Más acciones judiciales | Una sola acción basta |
La diferencia importa al planificar contratos con varios deudores: la mancomunada reparte el riesgo entre acreedor y deudores; la solidaria lo traslada casi todo al deudor que sea demandado.
Argentina: cómo se regulan las obligaciones solidarias
En Argentina las obligaciones solidarias se regulan en los artículos 699 a 717 del Código Civil y Comercial (Título XIV del Libro Segundo), con reformas posteriores entre las que destaca la Ley 17.711. La jurisdicción competente es la civil ordinaria: tribunales nacionales o provinciales según el domicilio y la materia. El principio es el mismo que en los demás países de tradición romanista: la solidaridad es excepcional y requiere ley o título constitutivo.
La reforma del Código Civil y Comercial de 2015 mantuvo la estructura clásica pero ajustó algunos efectos, como el tratamiento de la insolvencia y las acciones de regreso. Para el lector de hoy, la regla operativa sigue siendo: si la cláusula dice in solidum, cada uno por el todo o el uno por los otros, o si la ley lo declara expresamente, hay solidaridad.
Artículo 699 del Código Civil argentino
El art. 699 del Código Civil argentino define la obligación mancomunada como solidaria cuando, por título constitutivo o por disposición legal, cualquiera de los acreedores puede demandar la totalidad del objeto, o cualquiera de los deudores puede ser demandado por la totalidad. Es la definición clásica que sigue vigente.
Constitución de la solidaridad y cláusulas exigidas
El art. 700 establece que la solidaridad puede constituirse por testamento, por decisión judicial con fuerza de cosa juzgada o por la ley respecto de los deudores. El art. 701 exige que la voluntad de constituirla conste en términos inequívocos: las fórmulas in solidum, cada uno por el todo o el uno por los otros son las más usadas. La jurisprudencia argentina ha rechazado solidaridades implícitas o deducidas por interpretación extensiva.
La solidaridad legal opera en supuestos como la responsabilidad de varios administradores por hechos dolosos, las obligaciones de los socios frente a terceros en ciertos tipos sociales y la responsabilidad de los coherederos por deudas del causante.
Efectos: novación, compensación, remisión e insolvencia
- Pago total: cualquier deudor puede pagar y queda liberado frente al acreedor.
- Novación, compensación o remisión: realizadas con un codeudor, extinguen la obligación frente a todos, salvo reserva expresa (art. 707 CC).
- Acción de regreso: el deudor que pagó puede reclamar a los demás su cuota.
- Insolvencia de un codeudor: el acreedor puede reclamar a los demás la parte del insolvente.
- Pérdida de la cosa: si la cosa perece por culpa de un codeudor, los demás deben pagar el equivalente (art. 710 CC).
Chile: cómo se regulan las obligaciones solidarias
En Chile las obligaciones solidarias se regulan en el Código Civil, a partir del art. 1511 y siguientes. La jurisdicción civil ordinaria conoce de estos pleitos, y en el ámbito laboral la Dirección del Trabajo actúa como referente interpretativo para obligaciones de origen laboral. El principio rector es también la mancomunidad como regla y la solidaridad como excepción pactada o legal.
El Código Civil chileno distingue con claridad entre solidaridad activa, pasiva y mixta, y regula los efectos del pago, la remisión y la compensación entre codeudores. Los tribunales chilenos han reiterado que la cláusula de solidaridad debe ser expresa y no puede presumirse por la simple concurrencia de varios deudores.
Reglas del Código Civil chileno sobre deudores solidarios
En Chile, la ley presume la solidaridad en supuestos como las obligaciones contraídas por varios en interés común, las obligaciones indivisibles y los casos expresamente señalados. El deudor solidario puede pagar al acreedor que le demande primero o, si no ha sido demandado, a cualquiera de los codeudores solidarios. Quien paga de más tiene acción de regreso contra los demás por las cuotas correspondientes.
Solidaridad activa, pasiva y mixta en Chile
- Solidaridad activa: varios acreedores pueden exigir el pago total al deudor común.
- Solidaridad pasiva: varios deudores deben la totalidad al acreedor.
- Solidaridad mixta: combinación de ambas situaciones.
- Efectos útiles y perjudiciales: los actos favorables de un acreedor aprovechan a los demás, pero los perjudiciales solo perjudican al que los realiza.
- Prescripción: si uno interrumpe la prescripción, aprovecha a los demás, salvo reserva en contrario.
Efectos procesales y aplicación en contratos modernos
En la práctica chilena la solidaridad se usa mucho en contratos mercantiles y de sociedad. Por ejemplo, en un préstamo bancario con tres socios como codeudores solidarios, el banco puede cobrar la totalidad a cualquiera de ellos sin necesidad de demandar a los tres. Los tribunales chilenos han aceptado estas cláusulas siempre que sean claras y no abusivas en contratos de adhesión. En el ámbito laboral, la Dirección del Trabajo ha señalado que la solidaridad del empleador con contratistas por obligaciones previsionales exige cláusulas expresas y no se presume.
Perú: cómo se regulan las obligaciones solidarias
En Perú las obligaciones solidarias se regulan en el Código Civil, Sección Primera del Libro VII. El Poder Judicial es el competente para conocer estos litigios, y la SUNARP interviene cuando la obligación tiene efectos registrales. El Código Civil peruano sigue la tradición romanista: la mancomunidad es la regla, la solidaridad requiere ley o pacto expreso, y los efectos principales son el pago total por cualquiera y la acción de regreso entre codeudores.
La jurisprudencia peruana ha destacado que la cláusula de solidaridad debe ser nítida: no basta con que las partes sean varias, sino que la voluntad de obligarse por el todo debe constar de forma inequívoca. Los tribunales también han diferenciado con cuidado la solidaridad de la fianza, figuras que comparten efectos prácticos pero tienen régimen distinto.
Obligaciones solidarias y mancomunadas en el Código Civil peruano
El Código Civil peruano define la obligación solidaria cuando varios deudores deben la totalidad o varios acreedores pueden exigir la totalidad. La diferencia con la mancomunidad simple es operativa: en la mancomunidad cada deudor responde solo por su cuota, mientras que en la solidaria cualquiera puede ser requerido por el total. La ley peruana presume la solidaridad en las obligaciones indivisibles y en los casos que ella misma establece, como las obligaciones contraídas por varios en interés común.
Efectos: pago total, acciones de regreso y remisión
- Pago al acreedor único: cualquier deudor solidario puede pagar la totalidad y liberar a los demás.
- Reparto de cuotas: quien pagó de más puede repetir contra los demás por la parte que les corresponde.
- Insolvencia de un codeudor: si uno no puede pagar su parte, los demás la asumen en proporción a sus cuotas, salvo pacto en contrario.
- Remisión: la hecha a un codeudor suele extinguir la obligación frente a todos, salvo reserva expresa del acreedor.
- Compensación y novación: realizadas con un codeudor, en principio afectan a todos, con las excepciones legales.
Solidaridad legal y cláusulas contractuales en Perú
En Perú, los casos típicos de solidaridad legal son las sociedades con varios representantes y las obligaciones de los socios frente a terceros en ciertos tipos sociales. En la práctica contractual, el codeudor solidario aparece con frecuencia en fianzas, contratos de préstamo y operaciones inmobiliarias. Un ejemplo: en una compraventa de inmueble con tres compradores como codeudores solidarios del precio, el vendedor puede cobrar el total a cualquiera de ellos sin necesidad de demandar a los tres. La cláusula debe decir expresamente cada uno por el todo o usar fórmulas equivalentes; sin esa fórmula, el tribunal peruano tiende a considerarlo mancomunado.
Preguntas frecuentes sobre obligaciones solidarias
1. ¿Qué dice el Código Civil sobre las obligaciones solidarias?
En la mayoría de los países la obligación solidaria se rige por el código civil de cada Estado: en España por los artículos 1137 a 1148 del Código Civil; en México por los artículos 1987 a 2006 del Código Civil Federal; en Argentina por los artículos 699 a 718 del Código Civil y Comercial de la Nación. La regla común es que el acreedor puede exigir la totalidad de la prestación a cualquiera de los deudores, y quien paga puede repetir contra los demás por la parte que les corresponde.
2. ¿En qué se diferencia una obligación solidaria de una mancomunada?
En la obligación solidaria el acreedor puede cobrar toda la deuda a un solo deudor, mientras que en la mancomunada solo puede reclamar a cada deudor su cuota, salvo pacto en contrario. En España (arts. 1137 y 1138 CC) y en México (arts. 1987 a 2006 CCF) se exige que la solidaridad se declare expresamente, porque la regla general es la mancomunidad.
3. ¿Puedes ponerme un ejemplo claro de responsable solidario?
Si tres socios firman un préstamo como deudores solidarios y dos no pagan, el banco puede reclamar el 100 % del capital y los intereses al tercero, quien luego podrá repetir contra los otros dos la parte que les correspondía. La regla, con matices, se aplica en España (art. 1144 CC), México (art. 1988 CCF) y Chile (art. 1514 Código Civil).
4. ¿Qué es la responsabilidad solidaria en la Seguridad Social?
En España la responsabilidad solidaria en cotizaciones a la Seguridad Social se regula en el artículo 168 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, y alcanza al empresario principal por las deudas de los contratistas y subcontratistas. En México, el artículo 15-A de la Ley del Seguro Social obliga solidariamente al patrón que contrata servicios con otro patrón que no tenga trabajadores asegurados.
5. ¿Me das ejemplos prácticos de obligaciones solidarias y mancomunadas?
Obligación solidaria: tres avalistas de un préstamo frente al banco, que puede exigir todo a uno solo. Obligación mancomunada: tres inquilinos que deben el alquiler por cuotas iguales y el arrendador solo puede reclamar a cada uno su parte. El régimen concreto varía en cada país: en Perú se rige por los artículos 1183 a 1193 del Código Civil y en Chile por los artículos 1511 a 1523.
6. ¿Qué son exactamente las obligaciones mancomunadas?
Las obligaciones mancomunadas son aquellas en las que la deuda se divide en cuotas iguales o proporcionales, y cada deudor responde solo de la suya, salvo que se haya pactado solidaridad o que la ley disponga otra cosa. La regla general de la mancomunidad aparece en el artículo 1138 del Código Civil español y en el artículo 2004 del Código Civil Federal mexicano, entre otros ordenamientos.
7. ¿Qué distingue la responsabilidad solidaria de la subsidiaria?
La responsabilidad solidaria permite al acreedor exigir la deuda completa a cualquiera de los obligados desde el primer momento. La subsidiaria, en cambio, solo se activa cuando el deudor principal no paga, después de acreditar la insolvencia, como ocurre con la responsabilidad subsidiaria del Estado en España (art. 35 Ley 40/2015) o con la del adquirente de buena fe en el Código Civil Federal mexicano.
8. ¿Puede un gobierno responder solidariamente por sus funcionarios?
Sí, en muchos ordenamientos la Administración pública responde solidariamente con el funcionario o autoridad que causa un daño. En España el artículo 36 de la Ley 40/2015 establece responsabilidad solidaria de la Administración cuando el particular indemniza a un tercero y luego la acción de regreso se dirige contra la autoridad, agente o persona que actuó dolosamente.
Fuentes
- VlexLección VIII. Responsabilidad solidaria o in solidum – vLex Españaconsultado el 31/08/2026
- EumedLAS OBLIGACIONES SOLIDARIAS – Eumed.netconsultado el 31/08/2026
- Scba[PDF] Las obligaciones con sujeto plural, en el Código Civil y Comercial …consultado el 31/08/2026
- HiscoxResponsabilidad solidaria: definición, tipos y ejemplosconsultado el 31/08/2026
- VlexObligaciones solidarias – vLexconsultado el 31/08/2026