Sucesión

Sucesión testamentaria: qué es, cómo se hace y qué cambia según el país hispanohablante

septiembre 3, 2026 Derecho Facil 17 min read
Sucesión testamentaria: qué es, cómo se hace y qué cambia según el país hispanohablante

Qué es la sucesión testamentaria y en qué se diferencia de la intestada

La sucesión testamentaria se activa cuando una persona fallece dejando un testamento válido. Ese documento, otorgado generalmente ante notario, recoge cómo quiere repartir sus bienes y, en muchos casos, designa albacea, legatarios y condiciones. Mientras conserve capacidad, el testador puede cambiarlo o revocarlo las veces que quiera.

Si no hay testamento, o este es declarado nulo, hablamos de sucesión intestada o abintestato: la ley decide quién hereda y en qué proporción, siguiendo un orden de parentesco que cada país fija de forma propia.

La principal diferencia práctica es el margen de decisión: con testamento, el causante organiza la herencia dentro de los límites que su ley nacional le permite; sin testamento, heredar es un reparto reglado casi sin margen. En ambos casos existen herederos forzosos o legitimarios cuya porción no se puede vulnerar.

Testar no es dejar a un lado a la familia: es ordenar la herencia respetando los derechos que la ley de cada país considera irrenunciables.

Cómo se llama y quién resuelve en España, México, Argentina, Chile y Perú

País Nombre del trámite Ley que lo regula Organismo competente Moneda
España Sucesión testamentaria / herencia Código Civil Notaría y Registro General de Actos de Última Voluntad (Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes) Euros (EUR)
México Sucesión testamentaria Código Civil Federal y códigos civiles de cada entidad Notaría (si todos los herederos son mayores y están de acuerdo) o Juzgados Familiares del estado que corresponda Pesos mexicanos (MXN)
Argentina Juicio sucesorio testamentario Código Civil y Comercial de la Nación Juzgados en lo Civil del último domicilio del causante Pesos argentinos (ARS)
Chile Posesión efectiva testada Código Civil y Ley 19903 Notaría o tribunales civiles; inscripción en el Servicio de Registro Civil e Identificación Pesos chilenos (CLP)
Perú Sucesión testamentaria Código Civil Notaría o juzgado, con inscripción en la SUNARP Soles (PEN)

Sucesión testamentaria en España

En España, la herencia testamentaria se regula por el Código Civil, con derechos forales propios en Cataluña, Aragón, Navarra, Galicia, País Vasco y Baleares que conviene revisar caso por caso. Intervienen el notario que autoriza el último testamento y el Registro General de Actos de Última Voluntad, dependiente del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, donde queda constancia del último testamento otorgado en España.

El impuesto que grava la herencia es el de Sucesiones y Donaciones, regulado por la Ley 29/1987, de 18 de diciembre; su gestión está cedida a las comunidades autónomas, por lo que el tipo aplicable cambia según dónde resida el causante.

Tercios del caudal, legítima y libertad de testar en España

El caudal hereditario se divide en tres tercios: la legítima estricta, que se reparte a partes iguales entre los hijos; el tercio de mejora, que el testador puede distribuir entre sus descendientes como quiera; y el tercio de libre disposición, que puede destinarse a cualquier persona, familiar o no. El cónyuge viudo recibe, además, usufructo vitalicio sobre el tercio de mejora y, en ciertos casos, sobre la legítima estricta.

Cuando no hay descendientes, los ascendientes y el cónyuge también son legitimarios, con cuotas distintas reguladas por la ley. Si el testamento vulnera la legítima, los herederos forzosos pueden ejercer la acción de reducción para reintegrar lo que les corresponde.

Tipos de testamento y otros elementos válidos en España

  • Testamento abierto notarial: el notario lee en voz alta la voluntad del testador, que firma el documento junto con los testigos cuando procede.
  • Legados: asignación de bienes concretos o derechos específicos a una persona determinada.
  • Albaceazgo: persona designada para ejecutar la voluntad del testador en el plazo y con las facultades que el testamento fije.
  • Condiciones y cargas: modalidades que pueden gravar la institución de heredero o los legados, siempre que sean lícitas y posibles.
  • Sustituciones, fideicomisos y desheredación, admitidos por el Código Civil con requisitos estrictos.

Trámite paso a paso de la herencia en España

  1. Obtener el certificado literal de defunción en el Registro Civil.
  2. Solicitar el certificado de últimas voluntades en el Registro General de Actos de Última Voluntad del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
  3. Pedir copia autorizada del testamento en la notaría donde se otorgó.
  4. Elaborar inventario de bienes y deudas del causante.
  5. Aceptar formalmente la herencia, pura y simple o a beneficio de inventario, ante notario.
  6. Liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en un plazo de seis meses desde el fallecimiento.
  7. Otorgar escritura de partición y adjudicación ante notario para formalizar el reparto.

Ejemplo numérico de reparto en España

Antonio fallece en Madrid dejando un patrimonio de 300.000 euros (EUR) y un único bien: la vivienda familiar valorada en esa cifra. Su esposa Lucía y sus dos hijos, Javier y Marta, son los llamados a la herencia.

  • Tercio de legítima estricta: 100.000 euros (EUR), repartidos a partes iguales entre Javier y Marta (50.000 cada uno).
  • Tercio de mejora: 100.000 euros (EUR), que Antonio deja íntegros al hijo menor, Javier, por escritura en el testamento.
  • Tercio de libre disposición: 100.000 euros (EUR), que Antonio destina a Lucía.
  • Usufructo viudal: Lucía recibe además el usufructo vitalicio del tercio de mejora, por lo que usa y disfruta la parte de Javier sin ser propietaria.

Sobre el total, la familia tributará por el Impuesto sobre Sucesiones con las reducciones y bonificaciones que la Comunidad de Madrid aplique; el plazo para presentarlo es de seis meses desde el fallecimiento.

Sucesión testamentaria en México

En México, la sucesión testamentaria se rige por el Código Civil Federal y, sobre todo, por los códigos civiles de cada entidad federativa, que son los que de verdad fijan plazos, porcentajes y formalidades. Intervienen el notario, el Registro Civil de la entidad y, en caso de conflicto, los Juzgados Familiares del estado que corresponda. La moneda de todo el trámite es el peso mexicano (MXN), y la unidad de cuenta habitual para topes y obligaciones es la UMA, fijada por el INEGI.

No existe un impuesto federal único a la herencia: cada estado grava el acto con su propio impuesto sobre sucesiones o, en la mayoría, lo reemplaza por el pago del impuesto predial actualizado y los derechos registrales. Por eso el costo real cambia mucho de una entidad a otra y conviene consultarlo en el código fiscal local.

Tipos de testamento reconocidos en México

  • Testamento abierto: se otorga ante notario, quien lo redacta y lee en voz alta; es la forma más habitual.
  • Testamento cerrado: el testador presenta su documento cerrado al notario, que levanta acta.
  • Testamento ológrafo: escrito de puño y letra del testador, válido en algunas entidades con formalidades específicas.
  • Testamento público simplificado: introducido en reformas recientes para facilitar el trámite, con requisitos puntuales.
  • Testamento privado: otorgado sin notario ante testigos, en casos urgentes regulados por cada código civil estatal.

Herederos forzosos, legítima y libertad de testar en México

La legítima mexicana protege a los hijos y al cónyuge o concubino, con porciones que cada estado concreta: en el Código Civil Federal los hijos reciben partes iguales y el cónyuge una porción adicional calculada sobre el caudal. Los ascendientes solo heredan por legítima cuando no hay descendientes.

El testador puede disponer libremente de una parte de su patrimonio, aplicar mejoras a uno o varios descendientes y fijar legados, pero respetando los alimentos y la porción hereditaria que la ley reconoce como irrenunciables. Las diferencias entre estados son importantes: porcentaje disponible, mejoras, derechos del concubino y trámites notariales varían de una entidad a otra, así que conviene revisar el código civil de la entidad del causante.

Trámite de la sucesión testamentaria en México

  1. Obtener el acta de defunción ante el Registro Civil de la entidad.
  2. Acudir al notario con copia certificada del testamento y la documentación de los herederos.
  3. Notificar a los herederos y beneficiarios señalados en el testamento.
  4. Realizar avalúo de los bienes que integran el caudal hereditario, en pesos mexicanos (MXN).
  5. Firmar la escritura de adjudicación que formaliza el reparto.
  6. Pagar los impuestos locales y derechos registrales que correspondan al estado.

Ejemplo de reparto testamentario en México

Sofía, con patrimonio de 2.000.000 de pesos mexicanos (MXN), fallece en Jalisco dejando testamento abierto notarial. Su cónyuge Carlos y sus dos hijas, Ana y Paulina, son los herederos.

  • Legítima de las hijas: conforme al código civil del estado, cada una recibe una porción igual del caudal reservado.
  • Mejora: Sofía asigna una mejora a la hija menor, Ana, retirando una cantidad concreta del tercio de libre disposición.
  • Libre disposición: con el resto, Sofía favorece a Carlos, su cónyuge.
  • Impuestos: la familia paga los derechos de adjudicación y, en su caso, el impuesto local sobre sucesiones del estado de Jalisco, además de los honorarios del notario.

Sucesión testamentaria en Argentina

En Argentina, la sucesión testamentaria se rige por el Código Civil y Comercial de la Nación y se sustancia como juicio sucesorio ante los tribunales en lo Civil del último domicilio del causante. Intervienen un juez, un administrador de la sucesión y el Registro de Actos de Última Voluntad, donde consta el testamento. La moneda es el peso argentino (ARS) y los importes pierden valor con rapidez, por lo que las cifras se chequean con la normativa vigente al momento del trámite.

El proceso es judicial y no notarial: aunque haya testamento, los herederos deben obtener la declaratoria para que se les atribuya formalmente la propiedad. La esposa o el esposo supérstite conserva el derecho de seguir viviendo en el inmueble que fue último hogar conyugal.

Tipos de sucesión y figuras del proceso en Argentina

  • Sucesión testamentaria: cuando existe testamento válido; el juez verifica su contenido y los derechos de los legitimarios.
  • Sucesión intestada: cuando no hay testamento o es nulo; la ley aplica el orden de parentesco previsto en el Código Civil y Comercial.
  • Declaratoria de herederos: resolución judicial que identifica quiénes heredan y en qué cuotas.
  • Administrador de la sucesión: persona designada para custodiar los bienes hasta la partición.
  • Inventario y valuación: etapa en la que se listan y tasan los bienes del caudal.
  • Cuenta definitiva y partición: división final del patrimonio, de común acuerdo o por el juez si hay incapaces o falta de acuerdo.

Derechos del cónyuge, descendientes y ascendientes en Argentina

El cónyuge comparte la herencia con los descendientes: recibe una cuota igual a la de un hijo y conserva su mitad de los bienes gananciales. Si concurren ascendientes, al cónyuge le corresponde la mitad de la herencia; si no hay descendientes ni ascendientes, hereda la totalidad.

Los descendientes y el cónyuge deben sumar al caudal el valor de los bienes recibidos en donación por el causante; ese mecanismo se llama colación y evita que las donaciones en vida rompan la igualdad entre herederos. El llamado matrimonio in extremis deja sin derechos al cónyuge si el causante muere dentro de los 30 días de casado por una enfermedad conocida por el otro al celebrar el matrimonio, salvo que hubieran convivido antes. El divorcio, la separación de hecho sin voluntad de unirse y las decisiones judiciales que cesan la convivencia excluyen el derecho hereditario entre cónyuges.

Trámite judicial del sucesorio en Argentina

  1. Presentar la solicitud ante el juzgado en lo Civil del último domicilio del causante, con copia del testamento o denuncia de su existencia.
  2. Obtener la declaratoria de herederos, que identifica a quienes reciben el caudal.
  3. Designar administrador y realizar inventario y valuación de los bienes, en pesos argentinos (ARS).
  4. Pagar deudas y legados reconocidos en el juicio.
  5. Presentar la cuenta definitiva y aprobar la partición de común acuerdo o por el juez.
  6. Inscribir la declaratoria y la partición en los registros correspondientes para transferir los bienes.

Ejemplo práctico de sucesión testamentaria en Argentina

Lucía, con patrimonio estimado en 50.000.000 de pesos argentinos (ARS), fallece en Buenos Aires dejando testamento. Tiene tres hijos, Marcos, Diego y Paula, y donaciones en vida a Marcos por 10.000.000 de ARS que deben colacionarse.

  • Caudal a repartir: 50.000.000 ARS más 10.000.000 ARS colacionados; total, 60.000.000 ARS.
  • Cuota por hijo: 20.000.000 ARS cada uno, sumando la donación previa de Marcos a su parte.
  • Cónyuge: al haber descendientes, recibe una cuota igual a la de un hijo; hereda 20.000.000 ARS y conserva su mitad de los bienes gananciales del matrimonio.
  • Libre disposición: Lucía puede asignar hasta el tercio de libre disposición disponible según el testamento, respetando las porciones legitimarias que fija el Código Civil y Comercial.

Sucesión testamentaria en Chile

En Chile, la sucesión testamentaria se regula por el Código Civil y, en lo procedimental, por la Ley 19903. Intervienen los notarios, que dan la posesión efectiva testada, y el Servicio de Registro Civil e Identificación, donde se inscriben los testamentos. La moneda es el peso chileno (CLP) y el impuesto territorial se paga en la comuna donde están los bienes raíces.

Es clave no confundir las dos posesiones efectivas: la testada, cuando hay testamento, se tramita ante notario o tribunal civil; la intestada se obtiene directamente en el Registro Civil. Confundirlas es uno de los errores más frecuentes al abordar herencias en Chile.

Clases de testamento en Chile

  • Testamento solemne abierto: otorgado ante notario y tres testigos mayores de 18 años; el notario lee el documento en voz alta y lo firman todos.
  • Testamento solemne cerrado: presentado en sobre cerrado ante notario y tres testigos, que firman el acta.
  • Testamentos menos solemnes o privilegiados: verbal, militar y marítimo, para casos de peligro inminente o conflicto bélico.
  • Incapacidades: no pueden testar la mujer menor de 12 años ni el varón menor de 14; tampoco quien no esté en su sano juicio o no pueda expresar claramente su voluntad, según el Código Civil chileno.

Asignaciones forzosas y acción de reforma del testamento en Chile

El Código Civil chileno reserva cuatro porciones del caudal: alimentos legales, legítima del 50%, cuarta de mejoras del 25% y cuarta de libre disposición del 25%. Son legitimarios los hijos, los ascendientes y el cónyuge o conviviente civil sobreviviente; la cuarta de mejoras permite favorecer a determinados descendientes, ascendientes o al cónyuge.

Si el testamento vulnera las asignaciones forzosas, los afectados pueden ejercer la acción de reforma del testamento, que deja sin efecto las cláusulas que contradigan esas porciones y reajusta el reparto.

Trámite de la sucesión testamentaria en Chile

  1. Obtener el certificado de defunción en el Registro Civil.
  2. Registrar el testamento ante el Servicio de Registro Civil e Identificación.
  3. Solicitar la posesión efectiva testada ante notario o tribunal competente.
  4. Realizar inventario y avalúo de los bienes del causante.
  5. Firmar la partición de común acuerdo entre los herederos o por resolución judicial.
  6. Pagar el impuesto territorial de los bienes raíces y, si corresponde, el impuesto a la herencia, en pesos chilenos (CLP).

Ejemplo de asignaciones forzosas en Chile

Pedro, con patrimonio de 200.000.000 de pesos chilenos (CLP), fallece dejando esposa y dos hijos. Conforme a las asignaciones forzosas del Código Civil chileno:

  • Legítima (50%): 100.000.000 CLP, repartidos entre los legitimarios.
  • Cuarta de mejoras (25%): 50.000.000 CLP, que Pedro asigna al hijo menor para favorecerlo.
  • Cuarta de libre disposición (25%): 50.000.000 CLP, que destina a su esposa.
  • Impuestos: la familia paga el impuesto territorial sobre los inmuebles y, si aplica, el impuesto a las herencias, además de los honorarios del notario.

Sucesión testamentaria en Perú

En Perú, la sucesión testamentaria se rige por el Código Civil y se tramita ante notario o, en caso de controversia, ante el juzgado civil. La inscripción de los bienes heredados se realiza en la SUNARP. La moneda es el sol (PEN) y no existe un impuesto nacional a la herencia, por lo que la transmisión de inmuebles tributa el impuesto predial y los arbitrios del municipio, mientras que los demás bienes no pagan tributo nacional específico.

En zonas rurales alejadas, donde no hay notario, el juez de paz puede recibir testamentos ológrafos o especiales con formalidades previstas en el Código Civil peruano.

Libertad de testar y legítima en Perú

La legítima peruana alcanza a los hijos, al cónyuge o conviviente y a los ascendientes. La porción disponible cambia según quiénes concurran: si hay solo hijos, el testador puede disponer libremente de un tercio y dos tercios quedan como legítima estricta; cuando concurren cónyuge o ascendientes, las proporciones se ajustan conforme al Código Civil. El causante conserva un margen real para mejorar a uno o varios descendientes o asignar legados, siempre que no se vulnere la legítima.

Tipos de testamento en Perú

  • Testamento por escritura pública: otorgado ante notario; es la forma más común.
  • Testamento cerrado: escrito y firmado por el testador, presentado cerrado al notario, que levanta acta.
  • Testamento ológrafo: escrito de puño y letra del testador, con requisitos formales estrictos.
  • Testamentos especiales: militares, marítimos y ante juez de paz en zonas rurales, regulados por el Código Civil peruano.

Trámite de la sucesión testamentaria en Perú

  1. Obtener el acta de defunción en la municipalidad o RENIEC.
  2. Presentar la solicitud de sucesión testamentaria ante notario o juzgado, acompañando el testamento.
  3. Realizar inventario y valorización de los bienes del causante, en soles (PEN).
  4. Inscribir la sucesión y los bienes adjudicados en la SUNARP.
  5. Pagar el impuesto predial y los arbitrios de los inmuebles heredados, cuando corresponda.
  6. Entregar los bienes a los herederos y beneficiarios conforme a la adjudicación aprobada.

Ejemplo de reparto con legítima peruana

Rosa, con patrimonio de 800.000 soles (PEN), fallece en Lima dejando testamento por escritura pública. Su cónyuge Luis y sus dos hijos, Andrés y Camila, son los legitimarios.

  • Legítima estricta: dos tercios del caudal, es decir, 533.333 soles (PEN) repartidos conforme a las reglas del Código Civil.
  • Libre disposición: un tercio, 266.667 soles (PEN), que Rosa asigna a Luis como mejora.
  • Impuestos: la familia paga el impuesto predial y arbitrios de los inmuebles ante la municipalidad; no hay impuesto nacional a la herencia en Perú.
  • Inscripción: la adjudicación se inscribe en la SUNARP para formalizar la transferencia de los bienes.

Preguntas frecuentes sobre sucesión testamentaria

1. ¿Qué cambios recientes ha habido en las leyes de herencias en España?

En España rige el Código Civil y las leyes civiles autonómicas (por ejemplo, el Derecho civil de Cataluña, Aragón o País Vasco), que regulan legítimas, cuartas y reparto. Una reforma nacional reciente adapta el impuesto de sucesiones al contexto europeo y refuerza la libertad de testar en algunos puntos. Conviene revisar la norma de la comunidad autónoma donde residía el causante, porque allí se aplica la mayoría de las reglas.

2. ¿Cómo se reparte una herencia entre hermanos cuando hay testamento?

Si el testamento asigna cuotas a cada hermano, se respeta la voluntad del testador tras pagar deudas y legados. En España, cuando hay herederos forzosos (como hijos), el testador solo puede disponer libremente de una parte; el resto corresponde a la legítima. Si hay más hermanos que cuota disponible, se reduce proporcionalmente.

3. ¿Qué pasos hay que seguir para aceptar una herencia con testamento?

Se necesita el certificado de defunción, el testamento (copia autorizada) y, si hay bienes inmuebles, la escritura ante notario. En España se líquida el impuesto de sucesiones en la comunidad autónoma correspondiente y luego se inscribe en el Registro de la Propiedad. El plazo para aceptar o renunciar suele ser de treinta días desde que se conoce la condición de heredero.

4. ¿Puedes darme un ejemplo de reparto de herencia con testamento?

Imagina un testador en Madrid con tres hijos y un patrimonio de 300.000 euros. Reserva dos tercios como legítima (200.000 euros) y dispone libremente de 100.000 euros en su testamento; reparte 50.000 euros a un hijo y 50.000 euros a otro. El tercer hijo recibe su parte de la legítima junto con los otros dos, completándose el reparto previsto por la ley.

5. ¿Qué ocurre cuando alguien fallece sin testamento en España?

Se abre la sucesión intestada y la ley llama a los herederos por orden: descendientes, ascendientes, cónyuge y, en su defecto, colaterales hasta el cuarto grado. En España, los parientes del mismo grado reciben partes iguales. Si no hay nadie, la herencia pasa al Estado.

6. ¿Cuáles son las dudas más habituales sobre herencias en España?

Las preguntas frecuentes suelen girar en torno a la legítima, el impuesto de sucesiones (que varía según la comunidad autónoma), los plazos para aceptar y los derechos del cónyuge viudo. También preocupa qué pasa si hay testamento de otro país: en España se aplican las normas de la UE o los tratados bilaterales. Ante un caso concreto, lo mejor es consultar con un notario o un abogado especializado.

Fuentes

  1. AdministracionSucesiones o herencias – Últimas Voluntades – Administracion.gob.esconsultado el 31/08/2026
  2. Bbva¿En qué consiste un juicio de sucesión testamentaria? – BBVA Méxicoconsultado el 31/08/2026
  3. InfolegTITULO XI – Jus.gob.arconsultado el 31/08/2026
  4. GarciaalonsoSucesión testamentaria: pasos procesales. Oficios.consultado el 31/08/2026
  5. ChileatiendePosesión efectiva de herencias intestadas (sin testamento)consultado el 31/08/2026