Qué significa "tarjeta verde" y por qué no es un solo documento
La expresión tarjeta verde nació en Estados Unidos para nombrar la Green Card, pero en el resto del mundo hispanohablante se ha extendido como sinónimo de "documento que acredita que un extranjero puede vivir legalmente en un país". El fondo es el mismo: una constancia oficial de residencia legal o de permanencia prolongada. Lo que cambia de un Estado a otro es todo lo demás: el nombre del documento, el soporte, la autoridad que lo expide, el trámite, los plazos y los costos. Por eso, leer sobre la tarjeta verde de un país y aplicarla a otro es la receta más común para equivocarse.
España, México, Argentina, Chile y Perú tienen cada uno su propia figura: la tarjeta de residencia española, la tarjeta de residente mexicana, la radicación argentina, la residencia temporal y definitiva chilena, y el Carné de Extranjería peruano. Las cinco cumplen la misma función de fondo —acreditar una permanencia autorizada— pero se rigen por leyes y organismos distintos. A lo largo del artículo vas a ver cómo se llaman, quién las expide y cuánto cuestan en cada uno.
En resumen: la "tarjeta verde" no es un documento único; es una idea común con cinco nombres y cinco procedimientos diferentes.
Los nombres que recibe según el país
Antes de entrar en los detalles, conviene tener a mano un glosario rápido, porque en cada país el documento de residencia del extranjero recibe un nombre distinto y se tramita ante una autoridad distinta:
- España: Tarjeta de Residencia de Extranjero (régimen general y comunitario) y Certificado de Registro de Ciudadano de la UE para comunitarios, regulados por la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero y el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero.
- México: Tarjeta de Residente Temporal y Tarjeta de Residente Permanente, que emite el Instituto Nacional de Migración (INM) conforme a la Ley de Migración.
- Argentina: Credencial de Residencia (temporaria o permanente) que otorga la Dirección Nacional de Migraciones (DNM), bajo la Ley 25.871 de Migraciones.
- Chile: Residencia Temporal y Residencia Definitiva del Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG), según la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería.
- Perú: Carné de Extranjería que entrega la Superintendencia Nacional de Migraciones (MIGRACIONES), con base en la legislación de extranjería.
España
En España conviven dos regímenes de residencia para extranjeros. Por un lado está el comunitario, pensado para nacionales de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y de Suiza, que no necesitan visado pero sí un certificado de registro cuando vayan a quedarse más de tres meses. Por otro está el régimen general, para nacionales de terceros países, que necesitan un visado previo y una autorización de residencia que después se materializa en una tarjeta física. Las normas de cabecera son la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero y el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero. La autoridad que expide los documentos es la Dirección General de la Policía, y la solicitud se presenta en las Oficinas de Extranjería o, en su defecto, en las comisarías.
Certificado para ciudadanos de la UE, EEE y Suiza en España
El certificado verde para comunitarios acredita la inscripción en el Registro Central de Extranjeros y permite vivir en España más de tres meses. Se solicita personalmente en la Oficina de Extranjería de la provincia donde se vaya a residir, o en la Comisaría correspondiente, en el plazo de tres meses desde la entrada al territorio español.
- Pedir cita previa en la Oficina de Extranjería o Comisaría de la provincia de residencia.
- Presentar el formulario EX18 cumplimentado, junto con pasaporte o documento de identidad válido y en vigor.
- Aportar la documentación del artículo 7 del Real Decreto 240/2007 que justifique el motivo de la estancia (trabajo, recursos económicos, estudios, etc.).
- Pagar la tasa 790 código 012 en entidades bancarias o por la sede electrónica de la Policía.
- Recoger el certificado, que se expide de forma inmediata y contiene nombre, nacionalidad, NIE, domicilio y fecha de registro.
- Tras cinco años de residencia legal continuada, pedir el certificado de residencia permanente conforme al artículo 10 del Real Decreto 240/2007.
Tarjeta de residencia para nacionales de terceros países en España
Para los nacionales de terceros países, la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero prevé dos figuras principales: la residencia temporal, que se concede por un plazo determinado según el motivo (trabajo, estudios, reagrupación familiar), y la residencia de larga duración, que se obtiene después de cinco años de residencia legal y continuada y equivale a un permiso indefinido. La autorización la tramita la Oficina de Extranjería y la tarjeta física la expide la Dirección General de la Policía, asignando al interesado un Número de Identidad de Extranjero (NIE) que le acompañará de por vida.
Documentos, tasas y plazos en España
La documentación habitual para pedir la tarjeta de residencia en España incluye:
- Formulario EX18 (o el modelo específico que corresponda al régimen general) cumplimentado y firmado.
- Pasaporte o documento de identidad válido y en vigor, con copia si está caducado junto al justificante de renovación.
- Justificante de pago de la tasa 790 código 012, abonada en bancos, cajas o cooperativas de crédito.
- Documentación acreditativa del motivo de residencia, según el artículo 7 del Real Decreto 240/2007 (contrato de trabajo, medios económicos, admisión a estudios, etc.).
El plazo para el certificado comunitario es de tres meses desde la entrada en España; el plazo de resolución es inmediato. La resolución pone fin a la vía administrativa y el silencio es desestimatorio. Contra ella cabe recurso de reposición en un mes y contencioso-administrativo en dos meses.
México
En México, la condición de residente se divide en dos grandes modalidades: la residencia temporal, que permite vivir en el país hasta cuatro años con un permiso de salida y regreso, y la residencia permanente, que no tiene límite de vigencia y equivale a la vieja "tarjeta verde" mexicana. El marco legal es la Ley de Migración, con su Reglamento, y la autoridad de aplicación es el Instituto Nacional de Migración (INM). La Secretaría de Relaciones Exteriores participa en los trámites consulares previos cuando el extranjero todavía está en su país de origen.
Residencia temporal y residencia permanente en México
La residencia temporal se concede por motivos laborales, familiares, de estudios, humanitarios o de inversión, y se materializa en una tarjeta expedida por el INM. Una vez cumplidos cuatro años de residencia temporal —o tres si se es nacional de algún país con acuerdo específico—, el interesado puede solicitar la residencia permanente ante el INM, que de nuevo se acredita con una tarjeta sin caducidad. En ambos casos, el procedimiento arranca con un permiso de internación otorgado por la sección consular mexicana y culmina en la oficina del INM del lugar donde el extranjero fije su domicilio.
Canje y reposición de la tarjeta de residente en México
Cuando la tarjeta de residente caduca, se deteriora o cambian los datos personales, el titular debe acudir al INM para su reposición. El procedimiento utiliza los formatos migratorios oficiales del INM y el pago de derechos por reposicionamiento, cuya tarifa se actualiza cada año y se publica en el portal del instituto. El canje por cambio de calidad migratoria (de temporal a permanente) sigue un trámite paralelo ante el INM, que verifica el cumplimiento de los requisitos de antigüedad y antecedentes.
Costes aproximados en México
Las tarifas del INM por derechos migratorios se pagan en pesos mexicanos (MXN) y se actualizan cada año conforme a la Unidad de Medida y Actualización (UMA), fijada por el INEGI. El importe exacto cambia según el trámite (expedición, reposición o canje) y según la categoría migratoria, por lo que conviene consultar la tabla vigente en el portal del INM antes de iniciar el procedimiento. La UMA vigente desde febrero de 2026 es de 117,31 MXN diarios, según publica el INEGI.
Argentina
En Argentina, la permanencia legal de un extranjero se acredita con la radicación, que se traduce en una credencial de residencia temporaria o permanente. El marco legal es la Ley 25.871 de Migraciones, y la autoridad de aplicación es la Dirección Nacional de Migraciones (DNM), dependiente del Ministerio del Interior. La "tarjeta verde" argentina, en sentido coloquial, es esa credencial que el DNM entrega cuando el trámite de radicación prospera.
Residencia temporaria y residencia permanente en Argentina
La residencia temporaria se concede por motivos de trabajo, estudio, inversión, ciencia, reunificación familiar, razones humanitarias u otros motivos previstos en la normativa, y tiene plazos de uno a tres años según la categoría. Tras dos años de residencia temporaria —o antes en ciertos supuestos—, el extranjero puede solicitar la residencia permanente ante la DNM, que no tiene caducidad y permite vivir y trabajar en el país sin restricciones.
Ciudadanos MERCOSUR y de países OCDE en Argentina
Los nacionales de países miembros o asociados al MERCOSUR y de estados parte de la OCDE tienen un tratamiento diferenciado, previsto en la Resolución 137-E/2017, que simplifica plazos y requisitos:
- Los ciudadanos MERCOSUR pueden obtener una residencia temporaria de hasta dos años, con admisión automática por criterios de nacionalidad.
- Los nacionales de países OCDE acceden a una residencia temporaria inicial de hasta un año, prorrogable.
- En ambos casos, la autoridad de aplicación es la DNM y el trámite se inicia en sus delegaciones o por la plataforma Trámites a Distancia (TAD).
- Los plazos y la documentación pueden variar según el motivo específico (trabajo, estudio, científico, etc.).
Trámite y documentación en Argentina
- Reunir la documentación que justifique el motivo migratorio (contrato, acta de matrimonio, admisión educativa, etc.).
- Iniciar el trámite en la DNM por la plataforma Trámites a Distancia o presencialmente en la delegación correspondiente.
- Abonar las tasas en pesos argentinos (ARS) que fija la DNM para cada categoría.
- Asistir a la entrevista y, en su caso, al examen médico.
- Recibir la credencial de residencia temporaria o permanente, que oficia de "tarjeta verde" argentina.
Chile
En Chile, el SERMIG (Servicio Nacional de Migraciones) gestiona dos grandes figuras: la residencia temporal, con una vigencia máxima de dos años prorrogables, y la residencia definitiva, que equivale a una permanencia indefinida. El marco legal es la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería, y la puerta de entrada al trámite es el Portal de Trámites Digitales del SERMIG.
Residencia temporal en Chile
La residencia temporal chilena se organiza en quince subcategorías: reunificación familiar, actividades remuneradas, estudiantes, trabajadores de temporada, custodia de Gendarmería, orden judicial, razones humanitarias, acuerdos internacionales, religiosos, tratamiento médico, jubilados y rentistas, ex titulares de residencia definitiva, inversionistas, negocios múltiples y reciprocidad Mercosur. Todas tienen una vigencia de hasta dos años, salvo la de trabajadores de temporada, que puede llegar a cinco años con estadía máxima de seis meses por año calendario, según publica el SERMIG.
Residencia definitiva en Chile
La residencia definitiva se obtiene tras dos años de residencia temporal —o antes en casos como refugiados o cónyuges de chilenos— y acredita la permanencia indefinida del extranjero en Chile. El SERMIG la concede previa verificación de medios de vida, antecedentes y cumplimiento de los requisitos de la subcategoría de origen. Una vez obtenida, se estampa en el pasaporte y, según el caso, da derecho a la tarjeta de residente definitiva.
Documentos, plazos y Estampado Electrónico en Chile
La documentación común para pedir residencia temporal o definitiva incluye:
- Pasaporte vigente, con una antigüedad mínima de un año desde la fecha de solicitud cuando se tramita desde el extranjero (salvo Bolivia, que puede presentar DNI por Mercosur).
- Certificado de antecedentes penales o judiciales del país de origen o de los últimos cinco años de residencia, con una emisión no superior a 60 días.
- Fotografía reciente a color, fondo blanco, sin accesorios, en formato JPG o PNG.
- Documentos traducidos oficialmente si no están en español o inglés, y apostillados o legalizados conforme a los artículos 345 y 345 bis del Código de Procedimiento Civil chileno.
Una vez aprobada la solicitud, se descarga el Estampado Electrónico desde el portal del SERMIG. Si la solicitud se hizo desde el extranjero, hay 90 días corridos para ingresar a Chile y la vigencia cuenta desde el ingreso al país; si se hizo dentro de Chile, la vigencia cuenta desde la descarga del estampado.
Perú
En Perú, el documento que identifica al residente extranjero es el Carné de Extranjería, que entrega la Superintendencia Nacional de Migraciones (MIGRACIONES) tras reconocer una calidad migratoria al interesado. El marco legal es la legislación de extranjería vigente, con la Ley N° 30103 como referencia para la regularización de extranjeros en situación irregular.
Residencias que dan derecho al Carné de Extranjería en Perú
El Carné de Extranjería peruano se otorga a quienes han obtenido una calidad migratoria ante MIGRACIONES, entre otras:
- Trabajador (con contrato formal o actividad independiente).
- Familiar de peruano o de residente.
- Rentista o jubilado con ingresos desde el exterior.
- Estudiante en instituciones educativas reconocidas.
- Refugiado o solicitante de asilo.
- Inversionista, religioso, artista, periodista u otras categorías previstas en la normativa.
En todos los casos, la Superintendencia Nacional de Migraciones es la autoridad competente para reconocer la calidad y emitir el carné.
Trámite del Carné de Extranjería en Perú
- Reunir los requisitos de la calidad migratoria que se solicita (contrato, partida de matrimonio, constancia de estudios, etc.).
- Iniciar el trámite ante MIGRACIONES, presencialmente en sus oficinas o virtualmente por la plataforma de la entidad.
- Pagar los derechos en soles (PEN) conforme a la tasa publicada por MIGRACIONES.
- Asistir a la toma de datos biométricos si corresponde.
- Recoger el Carné de Extranjería en la sede de MIGRACIONES o, según el caso, recibirlo por la vía habilitada.
Renovación y pérdida del Carné en Perú
Cuando el Carné caduca por vencimiento, el titular debe solicitar su canje ante MIGRACIONES con la documentación actualizada. Si cambia la calidad migratoria (por ejemplo, de trabajador a familiar), también se solicita un nuevo carné que refleje la nueva condición. En caso de pérdida o robo, MIGRACIONES gestiona la reposición previa denuncia policial y verificación de identidad. En los tres casos —vencimiento, cambio de calidad y reposición— el trámite se sustancia ante la Superintendencia Nacional de Migraciones y el pago se realiza en soles (PEN).
Lo común a los cinco países: la tarjeta verde acredita residencia legal y se tramita ante un organismo público especializado. Lo distinto: el nombre del documento, la ley que lo rige, los plazos y los costos.
Preguntas frecuentes sobre la tarjeta verde para extranjeros
1. ¿Qué es la tarjeta verde en España y para qué sirve?
En España no existe un documento llamado “tarjeta verde”: lo que se conoce popularmente como tarjeta verde para extranjeros es la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), que acredita la residencia legal en territorio español. Se expide a personas extracomunitarias con una autorización de estancia o residencia vigente y debe renovarse si cambia esa situación.
2. ¿Qué diferencia hay entre la TIE y el NIE en España?
El NIE es un número identificativo que se asigna a cualquier extranjero que tenga intereses en España, económicos o administrativos, y no caduca por sí solo. La TIE es la tarjeta física que acredita que resides legalmente en España como ciudadano no comunitario; se solicita después de obtener el NIE y la autorización correspondiente.
3. ¿Cómo se solicita la Tarjeta de Identidad de Extranjero en España?
La TIE se pide en la oficina de extranjería de la provincia donde te hayas empadronado, pidiendo cita previa por la web de la Secretaría de Estado de Migraciones o, en algunas ciudades, a través del sistema de cita de la policía nacional. Hay que presentar pasaporte, resolución favorable de residencia o estancia, empadronamiento, pago de tasa y fotografías recientes.
4. ¿Qué información aparece en la tarjeta de identidad de extranjero (TIE) en España?
La TIE incluye tu fotografía, nombre, número de NIE, fecha de nacimiento, nacionalidad, tipo de autorización (por ejemplo, residencia temporal o de larga duración) y la fecha de validez del permiso. Ese periodo de vigencia es el que determina cuándo debes renovarla, generalmente en los 60 días anteriores a su caducidad.
5. ¿Cómo pedir la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano español?
Como familiar de un ciudadano español tienes derecho a una tarjeta de residencia comunitaria, que se solicita en la oficina de extranjería con cita previa. Hay que aportar pasaporte, documentación que acredite el vínculo familiar, medios económicos suficientes y, según el caso, seguro médico y empadronamiento.
6. ¿Qué es la tarjeta de residencia comunitaria permanente en España?
Es la tarjeta que pueden obtener los familiares de ciudadanos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y de Suiza que hayan residido legalmente en España de forma continuada durante cinco años. Te exime de la necesidad de renovar la autorización cada cierto tiempo y acredita tu derecho a vivir y trabajar en España en igualdad de condiciones con los españoles.
7. ¿Cómo pedir cita previa para la TIE en España?
La cita previa para la TIE se solicita en la plataforma oficial de la Secretaría de Estado de Migraciones o, según la provincia, en la sede electrónica de la policía nacional. Conviene reservar con varias semanas de antelación porque la demanda suele ser alta, y conviene llevar preparados todos los documentos para no perder la cita.
8. ¿Qué documentos necesita un extranjero para vivir legalmente en España?
Para residir legalmente en España un ciudadano no comunitario necesita, por lo general, un pasaporte en vigor, un visado adecuado cuando el país lo exija, la autorización de residencia concedida por la oficina de extranjería y la TIE una vez que le sea notificada la resolución favorable. En muchos casos se pide también empadronamiento, seguro médico sin copagos y prueba de medios económicos suficientes.
Fuentes
- LexmoveaCertificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea – NIE …consultado el 30/09/2026
- MigracionesAVE GLOBAL | DNM – Migracionesconsultado el 30/09/2026
- ExtranjeriaTramites_extranjeria – Migraciones Chileconsultado el 30/09/2026
- LexmoveaNIE Verde 2026: Requisitos, Cita y Cómo Solicitarlo – Lexmoveaconsultado el 30/09/2026
- MexicoteempleaCURP – Residente – México te Empleaconsultado el 30/09/2026