Qué es el arraigo y por qué cambia de un país a otro
El arraigo es la vía que tienen las personas migrantes para regularizar su situación cuando ya viven en el país y han creado vínculos: familiares, laborales o sociales. Existe en los cinco países hispanohablantes que más peso tienen en los flujos migratorios, pero su nombre, su regulación, sus plazos y la autoridad que lo tramita cambian por completo de uno a otro.
En España se llama "arraigo" y se regula por la Ley Orgánica 4/2000. En México se encuadra en las figuras de regularización por vínculo de la Ley de Migración y su Reglamento. En Argentina opera bajo la categoría de "Arraigo" dentro de las Residencias Temporarias de la Ley 25.871. En Chile se trabaja con la subcategoría Reunificación Familiar de la Residencia Temporal de la Ley 21.325. En Perú se tramita ante la Superintendencia Nacional de Migraciones, creada por el Decreto Legislativo 1130, bajo la normativa de extranjería.
El principio de fondo es el mismo: quien ya está, tiene lazos y carece de antecedentes puede acceder a un permiso. El resto, los requisitos concretos, lo decide cada legislación nacional.
Lo que casi todos los países hispanohablantes comparten
Aunque las cifras difieran, hay principios comunes que se repiten en España, México, Argentina, Chile y Perú:
- Vínculo acreditado: familiar con residente o ciudadano, relación laboral formalizada o informe social que acredite integración. El tipo de vínculo aceptado varía: mientras España prima el familiar en primer grado o el informe de la Comunidad Autónoma, Argentina pide dos años de residencia en condición irregular, y Chile exige parentesco con chileno o residente definitivo.
- Tiempo mínimo de permanencia continuada en territorio antes de pedir la regularización. En España son 2 años; en Argentina, 2 años; en México y Perú el plazo lo fija la autoridad migratoria; en Chile el plazo depende de la subcategoría.
- Antecedentes penales limpios en el país de residencia y, según el caso, en los de los últimos 5 años.
- No tener compromiso de no retorno ni ser rechazable en el espacio de acuerdos migratorios del país.
- Capacidad económica suficiente para sostenerse sin recurrir a ayudas públicas; el baremo concreto cambia por completo.
- Trámite personal ante una autoridad nacional: en cada país hay un organismo competente distinto, y aquí no cabe generalizar.
El arraigo es un principio compartido, pero los números —plazos, importes, porcentajes— son nacionales y cambian cada año.
España: arraigo social y otras modalidades
España concentra el régimen de arraigo más desarrollado del mundo hispanohablante. Lo regulan la Ley Orgánica 4/2000 y el Real Decreto 1155/2024, con criterios de aplicación fijados por las Instrucciones SEM 1/2025. La autoridad competente es la Secretaría de Estado de Migraciones, encuadrada en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. El trámite se inicia en la oficina de extranjería de la provincia donde se reside.
La vía más usada es el arraigo social, pensada para quien lleva tiempo en España, carece de antecedentes y demuestra integración. Además existen el arraigo laboral (para quien puede probar una relación laboral de al menos seis meses) y el arraigo familiar (para padre o madre de menor español, entre otros supuestos), regulados en el mismo Real Decreto 1155/2024. En los tres casos la solicitud se presenta en la oficina de extranjería y la tasa se paga por el modelo 790 código 052.
Requisitos del arraigo social en España
Para solicitar el arraigo social en España hay que cumplir, de forma acumulada, los siguientes requisitos según el art. 31.3 de la Ley Orgánica 4/2000:
- Ser ciudadano de un Estado no perteneciente a la UE, EEE ni Suiza, ni familiar con régimen comunitario.
- Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde se haya residido los últimos 5 años.
- No figurar como rechazable en países con convenio con España, ni tener compromiso de no retorno.
- Haber permanecido en España de forma continuada al menos 2 años antes de la solicitud, con ausencias que no superen los 90 días.
- Acreditar vínculo familiar con extranjero residente legal (cónyuge, pareja de hecho registrada o familiar en primer grado en línea directa) o, en su defecto, esfuerzo de integración social mediante informe favorable de la Comunidad Autónoma o, en su caso, del Ayuntamiento, emitido en un plazo máximo de 1 mes.
- Disponer de medios económicos suficientes: 100 % del IPREM para el solicitante y otro 100 % para el familiar.
Medios económicos y tasa del arraigo en España
El IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) es la unidad de referencia. El salario mínimo interprofesional en España para 2026 se sitúa en 1.221 EUR/mes (14 pagas), fijado por el Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero. El IPREM mensual para 2026 se publica en la sede electrónica del Ministerio y se utiliza como tope enBaremo: hay que acreditar el 100 % del IPREM para el solicitante y otro 100 % para el familiar, lo que supone un 200 % del IPREM en total, con independencia del número de miembros de la unidad familiar.
Para calcularlo con un ejemplo redondo: si el IPREM mensual en 2026 fuera de 600 EUR, el solicitante necesitaría 600 EUR y el familiar otros 600 EUR, es decir, 1.200 EUR al mes (200 % del IPREM). Sobre esa base se aplica la actualización oficial que publica el Ministerio cada año.
El trámite para pagar la tasa es el siguiente:
- Descargar el formulario 790 código 052 en la sede del Ministerio de Inclusión, epígrafe 2.3.1 "autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales por arraigo".
- Rellenarlo y abonarlo en entidad bancaria colaboradora.
- Adjuntar el justificante de pago a la solicitud, dentro de los 10 días hábiles siguientes al devengo de la tasa.
Otras figuras de arraigo en España
Además del social, en España existen otras dos vías de arraigo reguladas en el mismo Real Decreto 1155/2024:
- Arraigo laboral: para quien haya trabajado de forma continuada al menos seis meses en los últimos dos años, con relación laboral acreditable.
- Arraigo familiar: para padre o madre de menor de edad español, o para hijos de padre o madre originariamente españoles.
Ambas comparten el resto de exigencias del arraigo social, con particularidades que la autoridad de cada provincia concreta.
México: residencia por vínculos humanos y sociales
En México, la regularización por arraigo se encuadra en la Ley de Migración y su Reglamento de 2012, y la autoridad competente es el Instituto Nacional de Migración (INM), dependiente de la Secretaría de Gobernación. El sistema no usa la palabra "arraigo" como categoría única, sino que ofrece varias modalidades de regularización según el vínculo acreditado por la persona extranjera.
A diferencia de España, México no exige un plazo único nacional de permanencia continuada para acceder a todas las figuras: cada vía tiene sus propios requisitos y la autoridad los valora caso por caso. Por eso, antes de iniciar el trámite conviene revisar la página oficial del INM para confirmar el supuesto aplicable y la documentación exigida.
Vías de regularización por arraigo en México
Las modalidades de regularización por vínculo más habituales en México son las siguientes:
- Por vínculo familiar: cónyuge, concubino o familiar directo de mexicano o de residente permanente.
- Por vínculo laboral: relación de trabajo formalizada ante la autoridad laboral.
- Por vínculo social: lazos comunitarios, participación en redes sociales o informe de instituciones que avalen la integración.
- Por unidad familiar: cuando la persona extranjera forma parte de una unidad familiar con menores mexicanos o residentes permanentes.
- Por razones humanitarias: protección a víctimas de delito, personas en situación de vulnerabilidad o refugiados reconocidos.
Requisitos comunes y dónde se solicita en México
La documentación general que suele exigirse en México para estas vías incluye:
- Identidad vigente (pasaporte o documento de viaje).
- Acreditación del tiempo de permanencia en territorio mexicano.
- Antecedentes penales o documento equivalente del país de origen.
- Acreditación del vínculo (acta de matrimonio, constancia laboral, informe social o resolución humanitaria).
El trámite se realiza de forma presencial ante el INM, en sus oficinas regionales o representaciones en el interior del país. La autoridad puede requerir entrevista personal y, en algunos casos, visita de verificación domiciliaria.
Costes y plazos orientativos en México
El pago de derechos migratorios en México se calcula sobre la UMA (Unidad de Medida y Actualización), cuyo valor en 2026 es 117,31 MXN/día, fijado por el INEGI. El salario mínimo general para 2026 se sitúa en 315,04 MXN/día y en la Zona Libre de la Frontera Norte en 440,87 MXN/día, según la CONASAMI.
El coste exacto de cada solicitud varía según la modalidad y la UMA vigente, por lo que es imprescindible consultar la tarifa actualizada del INM antes de iniciar el trámite. Los plazos de resolución dependen de la carga de trabajo de cada delegación y del tipo de figura solicitada.
Argentina: radicación y residencias temporarias
En Argentina, la Ley 25.871 reconoce el "Arraigo" como una subcategoría dentro de las Residencias Temporarias para personas extranjeras que llevan tiempo en el país en condición irregular y tienen vínculos argentinos. La autoridad competente es la Dirección Nacional de Migraciones (DNM), dependiente del Ministerio del Interior. El trámite se diferencia según se haga dentro del país ("Radicación") o desde el exterior ("Permiso de Ingreso" o "Acto Consular").
La residencia se organiza en tres categorías principales: Transitoria (corto plazo, hasta 1 año), Temporaria (mediano plazo, hasta 3 años) y Permanente (sin vencimiento), cada una con subcategorías propias, incluidas las de arraigo y reunificación familiar.
Categorías migratorias en Argentina
- Residencias Transitorias (artículo 24 Ley 25.871): para actividades específicas de corto alcance. Plazo máximo: 1 año. No habilitan la obtención del DNI para extranjeros.
- Residencias Temporarias (artículo 23 Ley 25.871): basadas en subcategorías migratorias. Plazo de hasta 3 años según el criterio. Sí habilitan la obtención del DNI temporario.
- Residencias Permanentes (artículo 22 Ley 25.871): sin vencimiento, sustentadas en causales como dos años de residencia temporaria regular, matrimonio con argentino, o ser padre de hijo argentino. Habilitan el DNI permanente.
Radicación por arraigo en Argentina
Para radicar por arraigo en Argentina, los pasos generales son:
- Obtener turno previo en la plataforma de la DNM o en las delegaciones habilitadas.
- Reunir la documentación de identidad, antecedentes y acreditación del vínculo.
- Presentar la solicitud de Radicación a través del sistema de Trámites a Distancia (TAD) o de forma presencial.
- Abonar las tasas correspondientes y retirar la credencial de residencia una vez resuelta.
Toda la información oficial sobre Residencias se publica en la página argentina.gob.ar/migraciones/residencias, donde se detallan requisitos por subcategoría.
Prórrogas, rectificaciones y Registro de Requirentes en Argentina
Además de la solicitud inicial, la DNM ofrece varios servicios complementarios:
- Prórrogas de residencia ya obtenidas, dentro de los plazos de vencimiento.
- Protocolo de Apoderamiento para actuar mediante representante legal.
- Registro Nacional Único de Requirentes de Extranjeros, donde se inscriben los empleadores que requieren mano de obra migrante.
- Rectificaciones de datos personales, incluida la rectificación por identidad de género.
Chile: residencia temporal y reunificación familiar
En Chile, la Ley 21.325 regula la Residencia Temporal con subcategorías específicas, entre ellas la Reunificación Familiar, actualizada al 15 de mayo de 2026. La autoridad competente es el Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG), dependiente del Ministerio del Interior. El trámite se realiza por el Portal de Trámites Digitales del SERMIG, ya sea desde Chile o desde el extranjero.
El ingreso mínimo mensual en Chile para 2026 se sitúa en 350.000 CLP, vigente desde el 1 de enero de 2026, y la UTM (Unidad Tributaria Mensual) en 71.649 CLP para julio de 2026, valor que se reajusta mensualmente con el IPC según el Servicio de Impuestos Internos.
Quién puede pedir la residencia por reunificación familiar en Chile
Pueden solicitar este permiso las personas extranjeras con vínculo con chileno/a o con titular de Residencia Definitiva, en calidad de:
- Cónyuge o figura análoga al matrimonio.
- Padre o madre.
- Hijo/a menor de 18 años.
- Hijo/a con discapacidad.
- Hijo/a soltero/a menor de 24 años que estudie.
- Menor bajo cuidado personal o curaduría.
Documentos exigidos en Chile según el vínculo
La documentación varía según el parentesco:
- Cónyuge o Unión Civil: documento de identificación vigente, certificado de antecedentes penales de los últimos 5 años (mayores de 18), fotografía reciente en color con fondo blanco en formato JPG o PNG, y certificado de matrimonio o de Unión Civil emitido por el Registro Civil de Chile.
- Hijo/a menor de 18: identificación, certificado de nacimiento, fotografía y Declaración de Cuidados y expensas firmada ante notario con firma electrónica avanzada.
- Hijo/a soltero/a mayor de 18 y menor de 24 que estudie: identificación, certificado de nacimiento, antecedentes penales, fotografía y certificado de matrícula o alumno regular de institución educacional chilena reconocida por el Estado.
- Hijo/a con discapacidad: identificación, certificado de nacimiento, antecedentes, fotografía y acreditación de discapacidad mediante RND del Registro Civil, resolución de la COMPIN, o certificado del país de origen legalizado o apostillado.
- Menor bajo cuidado personal: identificación, certificado de nacimiento, fotografía, Declaración de Cuidados y expensas notarial y certificado de tutoría o custodia.
- Madre o padre: identificación, antecedentes penales, fotografía y certificado de nacimiento del hijo/a chileno emitido por el Registro Civil.
La solicitud puede presentarse dentro de Chile o desde el extranjero, según la modalidad.
Acreditación de discapacidad y antecedentes en Chile
La acreditación de discapacidad en Chile admite tres vías principales: la RND del Registro Civil (Resolución de Discapacidad), la resolución de la COMPIN (Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez), o el certificado del país de origen legalizado o apostillado, este último obligatorio cuando el trámite se realiza desde el extranjero. Los certificados de antecedentes extranjeros deben pasar por legalización o apostilla según el caso.
La guía oficial paso a paso para solicitar la Residencia Temporal por Reunificación Familiar dentro de Chile se publica en la página de ayuda del SERMIG.
Perú: residencia por arraigo familiar y laboral
En Perú, las figuras de residencia por arraigo se regulan por la normativa de extranjería y el Decreto Legislativo 1130, que creó la Superintendencia Nacional de Migraciones (Migraciones) como autoridad competente. El trámite se realiza ante Migraciones, organismo dependiente del Ministerio del Interior.
A diferencia de España, Perú no concentra todas las figuras en un solo cuerpo legal: cada supuesto tiene su propio procedimiento y sus requisitos documentados, por lo que conviene revisar la página oficial antes de iniciar el trámite.
Vías de arraigo en Perú
La legislación peruana distingue tres vías principales:
- Arraigo familiar: para personas extranjeras con vínculo con peruano o con residente legal (cónyuge, hijos, padres, entre otros).
- Arraigo laboral: para quien tiene una relación de trabajo formalizada o puede acreditar actividad económica sostenida.
- Arraigo social: basado en la integración social acreditada y la permanencia en territorio, según lo que valore la autoridad.
Requisitos y trámite ante Migraciones en Perú
La documentación típica para solicitar la residencia por arraigo en Perú incluye:
- Documento de identidad o pasaporte vigente.
- Acreditación del tiempo de permanencia en territorio peruano.
- Acreditación del vínculo (acta de matrimonio, partida de nacimiento, contrato laboral, entre otros).
- Certificado de antecedentes penales del país de origen y, en su caso, del país donde se haya residido.
- Comprobante de pago de las tasas migratorias.
El trámite se realiza de forma presencial ante las oficinas de la Superintendencia Nacional de Migraciones o por su plataforma digital, según el procedimiento vigente.
Plazos y derechos en Perú
Los plazos de resolución en Perú los fija la Superintendencia Nacional de Migraciones y pueden variar según la carga de trabajo y la complejidad del expediente. La remuneración mínima vital en Perú para 2026 se sitúa en 1.130 PEN/mes, sin cambios desde el 1 de enero de 2025, según el MTPE. La UIT (Unidad Impositiva Tributaria) para 2026 es de 5.500 PEN, fijada por el Decreto Supremo 301-2025-EF, disponible en el portal del MEF.
Por lo demás, Migraciones publica cada año los requisitos exactos y los aranceles aplicables a cada figura, por lo que conviene consultar el portal oficial antes de iniciar el trámite.
Preguntas frecuentes sobre arraigo y residencia
1. ¿Qué tipos de arraigo existen en España?
En España hay tres modalidades principales de arraigo reguladas en la Ley de Extranjería: social, familiar y sociolaboral (también llamado laboral). Las tres permiten acceder a un permiso de residencia y trabajo a personas en situación irregular que acrediten, según el caso, vínculos con España de tipo social, familiar o laboral.
2. ¿En qué consiste el arraigo social?
El arraigo social en España exige llevar al menos tres años continuados en el país, contar con un contrato de trabajo y un informe de inserción social emitido por tu comunidad autónoma. Es la modalidad más antigua y la que suele solicitarse cuando no hay parentesco directo ni oferta previa de empleo estable.
3. ¿Cuándo se pide el arraigo familiar?
El arraigo familiar en España está pensado para personas con hijos menores de edad nacidos en territorio español o con vínculo familiar directo con un ciudadano español o de otro Estado miembro de la UE. A diferencia de las otras dos modalidades, no exige un mínimo de años de estancia continuada ni contrato laboral previo.
4. ¿Qué requisitos tiene el arraigo sociolaboral?
El arraigo sociolaboral en España, conocido también como arraigo laboral, requiere haber permanecido al menos dos años en territorio español y acreditar una relación laboral de al menos seis meses, ya sea por sentencia judicial o por resolución administrativa. Si la relación fue irregular, se exige una denuncia previa.
5. ¿Cómo están regulados los arraigos en España en 2026?
Los arraigos en España siguen regulados por la Ley Orgánica 4/2000 y su Reglamento, y no hubo cambios normativos en 2026. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones mantiene la guía oficial actualizada con los formularios y documentación necesaria para cada modalidad.
Fuentes
- LexmoveaArraigos en España – Lexmoveaconsultado el 29/09/2026
- ConcytecLa valoración del arraigo laboral y domiciliario como elementos del …consultado el 29/09/2026
- StabogadosArraigo migratorio: familia, prueba y defensa – ST Abogadosconsultado el 29/09/2026
- PdichileMigraciones y Policía Internacional – Santiago – PDIconsultado el 29/09/2026
- CoeeciArraigo y Futuro: Permanecer en el Perú después del desplazamientoconsultado el 29/09/2026