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Visado H-2B en EE. UU.: requisitos, plazos y diferencias clave con las visas de trabajo temporales en los países hispanohablantes

octubre 30, 2026 Derecho Facil 15 min read
Visado H-2B en EE. UU.: requisitos, plazos y diferencias clave con las visas de trabajo temporales en los países hispanohablantes

Qué es la visa H-2B y para qué sirve

La visa H-2B de Estados Unidos es un permiso de trabajo temporal para ocupar puestos no agrícolas cuando no hay trabajadores estadounidenses disponibles, dispuestos o cualificados. La emite el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), que en septiembre de 2026 ya había alcanzado el tope reglamentario (statutory cap) de peticiones sujetas al cap para la primera mitad del año fiscal 2027 y rechazaba nuevas peticiones con fecha de inicio anterior al 1 de abril de 2027. La duración máxima inicial es de 1 año, prorrogable hasta 3 años en total, y para volver a entrar hay que iniciar el proceso desde fuera con una nueva oferta aprobada por el empleador.

Sectores típicos que contratan bajo H-2B:

  • Hostelería y servicios de comida (hoteles, restaurantes, clubes).
  • Construcción y mantenimiento.
  • Limpieza y jardinería.
  • Eventos, parques temáticos y cruceros.

Se diferencia de la H-2A porque la H-2A se reserva para trabajo agrícola estacional y tiene su propio cupo y su propia certificación laboral ante el Departamento de Trabajo de EE. UU. La H-2B, en cambio, cubre cualquier empleo temporal no agrícola. La página oficial de USCIS para la H-2B describe el procedimiento y enlaza el formulario I-129 (Petición para Trabajador No Inmigrante) que presenta el empleador.

La H-2B es una visa estadounidense, con ley y autoridad estadounidenses; los países hispanohablantes tienen sus propios visados temporales, que se explican más abajo país por país.

Tabla comparativa: la H-2B frente a las visas temporales de España, México, Argentina, Chile y Perú

País Nombre local de la visa temporal Ley y organismo competente Requisito principal Duración o plazo Fuente oficial
España Visado de trabajo por cuenta ajena de duración determinada y de temporada Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su Reglamento; consulado español de origen y Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones Oferta de empleo con contrato de duración determinada o de temporada registrado ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en España Hasta 9 meses en un periodo de 12 meses para el visado de temporada en España; el de hasta 90 días se ciñe a la duración del contrato Ley Orgánica 4/2000 y su Reglamento de Extranjería en el BOE
México Visa de visitante con permiso para trabajar (hasta 180 días) y Residente Temporal con oferta de empleo Ley de Migración de México y su Reglamento; Instituto Nacional de Migración (INM) en México Oferta de empleo formalizada ante autoridad laboral mexicana; entrevista consular de México Visitante con permiso para trabajar: hasta 180 días; Residente Temporal: hasta 4 años Ley de Migración y Reglamento en el DOF
Argentina Residencia temporaria con oferta de empleo y, para nacionales del Mercosur, residencia por trabajo en el bloque Ley de Migraciones 25.871 de Argentina; Dirección Nacional de Migraciones (DNM) en Argentina Contrato laboral formalizado o, en el caso Mercosur, documento de identidad del país miembro y certificado de antecedentes Residencia temporaria de hasta 3 años, renovable Ley 25.871 y normas complementarias en el Boletín Oficial de Argentina
Chile Visa de residencia temporal por trabajo (sujeta a contrato) y temporaria por trabajo estacional en Chile Ley 21.325 de Extranjería de Chile y su Reglamento; Servicio Nacional de Migraciones (DEM) en Chile y Dirección del Trabajo (DT) Contrato de trabajo firmado y visado por la Dirección del Trabajo de Chile Hasta 2 años, prorrogables; la estacional tiene un plazo acotado al ciclo productivo Ley 21.325 en BCN
Perú Residencia temporaria con vínculo laboral formalizado en Perú, por acuerdo de trabajo y por trabajador migrante andino cuando aplique Decreto Legislativo 1350 (Ley de Extranjería) de Perú y su Reglamento; Superintendencia Nacional de Migraciones (Migraciones Perú) Contrato de trabajo visado por la autoridad competente en Perú; entrevista en el consulado de Perú Hasta 1 año, renovable, con un máximo acumulado de 3 años para la temporaria con vínculo laboral Decreto Legislativo 1350 en el diario oficial El Peruano

España: visados de trabajo temporal y cómo se compara con la H-2B

En España, los visados de trabajo temporal se regulan por la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, y su desarrollo reglamentario, conocido como Reglamento de Extranjería. La autoridad competente en España para resolver la autorización inicial es la oficina de extranjería de la provincia donde se vaya a trabajar, mientras que la competencia nacional en materia de migraciones laborales corresponde al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. A diferencia de la H-2B de EE. UU., no existe un cupo semestral con tope numérico anual que cierre las puertas al alcanzar una cifra: la autorización depende de que la oferta de empleo cumpla los requisitos legales y de que el mercado laboral justifique la contratación.

Tipos de visado que se parecen a la H-2B

  • Visado de trabajo por cuenta ajena de duración determinada de hasta 90 días, pensado para cubrir campañas o picos de actividad cortos dentro de España.
  • Visado de trabajo por cuenta ajena de temporada, que se otorga cuando la actividad tiene carácter estacional y cíclico, regulado por la Ley Orgánica 4/2000.
  • Visado de prácticas, dirigido a quien completa su formación en una empresa española.
  • Visado por el régimen especial de investigadores, para personal científico y académico con convenio.

Requisitos y plazos clave

  1. El empleador en España debe presentar la oferta de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), acreditar que el puesto no puede cubrirse conDemandantes de Empleo en España y obtener la autorización de la oficina de extranjería.
  2. El trabajador aporta pasaporte válido, certificado de antecedentes, contrato firmado, prueba de capacitación cuando el puesto lo exija y, si procede, seguro médico.
  3. La oficina de extranjería en España resuelve en plazos que dependen del volumen de cada provincia; el visado posterior se estampa en el consulado de España en el país de origen.
  4. La duración de la autorización sigue la del contrato: los 90 días para el visado de corta duración, y un máximo de 9 meses dentro de un periodo de 12 meses consecutivos para el de temporada en España.

Dónde se solicita y qué lo hace distinto de la H-2B

El trámite arranca en el consulado de España en el país de origen y se completa en la oficina de extranjería de la provincia española donde se prestará el servicio. La diferencia clave con la H-2B es de filosofía: en España no hay un número cerrado de autorizaciones por semestre que pueda agotarse, como ocurre con los 33.000 cupos semestrales del programa estadounidense. En España, la autorización se otorga si el puesto cumple los requisitos del mercado laboral, no si quedan cupos.

México: la visa de trabajo temporal y por qué no equivale a una H-2B

En México, el régimen migratorio laboral se rige por la Ley de Migración y su Reglamento, con la autoridad en México en cabeza del Instituto Nacional de Migración (INM). El vínculo entre el trabajador y el empleador en México es lo que sostiene la autorización: no se concibe un permiso de trabajo mexicano desligado de un patrón mexicano con domicilio y actividad comprobable. La Ley de Migración de México recoge las distintas modalidades que admiten trabajar temporalmente dentro del territorio mexicano.

Tipos de autorización para trabajar temporalmente

  • Visa de visitante con permiso para trabajar, que se concede por un máximo de 180 días y se vincula a un empleador en México.
  • Residencia temporal con oferta de empleo, modalidad de mayor duración, pensada para contratos de más de 180 días y hasta 4 años.
  • Residencia temporal con actividades remuneradas por vínculo familiar o por unidad familiar de mexicano, contemplada en la Ley de Migración de México.

Requisitos, plazos y autoridad de salida

  1. El empleador en México debe formalizar la oferta de empleo ante la autoridad laboral mexicana y demostrar la imposibilidad de cubrir el puesto con personal mexicano.
  2. El solicitante presenta pasaporte vigente, antecedentes no penales y solvencia económica acreditada.
  3. La entrevista se realiza en el consulado de México en el exterior, donde se estampa la visa si todo está en orden.
  4. En territorio mexicano, el INM se encarga del canje por la tarjeta de residente y de las verificaciones laborales; los plazos del INM se cuentan en días hábiles y dependen de la carga de cada delegación.

Dónde se solicita y qué lo hace distinto de la H-2B

El primer contacto es el consulado de México en el exterior, y la culminación del trámite se hace en la oficina del INM en territorio mexicano. La diferencia con la H-2B es que en México no hay un cupo semestral tipo H-2B que se agote y bloquee nuevas peticiones: la autorización depende de la oferta y de la capacidad del mercado laboral mexicano, y va atada al empleador en México que firma el contrato.

Argentina: residencia temporaria con trabajo y diferencias con la H-2B

En Argentina, la Ley de Migraciones 25.871 reconoce el derecho a migrar como esencial e inalienable, y la autoridad en Argentina es la Dirección Nacional de Migraciones (DNM), dependiente del Ministerio del Interior. La estructura argentina combina la residencia temporaria con permiso de trabajo y, en el caso de los nacionales del Mercosur, un acceso específico al mercado laboral argentino por el simple hecho de serlo.

Modalidades de residencia temporaria con permiso de trabajo

  • Residencia temporaria con oferta de empleo en Argentina, que requiere contrato laboral formalizado ante la autoridad laboral argentina.
  • Residencia por trabajo para nacionales de países miembros del Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Bolivia), tramitada con documento de identidad del país de origen y certificado de antecedentes.
  • Residencia temporaria como trabajador migrante estacional cuando la legislación argentina la contemple para ciclos productivos concretos.

Requisitos, plazos y autoridad de salida

  1. El empleador en Argentina inscribe el contrato en la AFIP (hoy ARCA) y lo presenta ante la DNM para acreditar la relación laboral.
  2. El solicitante presenta pasaporte o documento de identidad válido, certificado de antecedentes de su país de origen y, en su caso, antecedentes argentinos.
  3. La entrevista en el consulado de Argentina en el exterior forma parte del circuito formal antes del ingreso al país.
  4. La DNM en Argentina otorga la residencia temporaria por plazos de hasta 3 años, renovables; el cómputo de los plazos de la DNM se hace en días hábiles y puede variar según la sede.

Dónde se solicita y qué lo hace distinto de la H-2B

La puerta de entrada es el consulado de Argentina en el exterior, y la formalización se completa en la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) en Argentina. La mayor diferencia estructural frente a la H-2B es el acceso por Mercosur: un brasileño, un uruguayo, un paraguayo o un boliviano puede vivir y trabajar en Argentina sin un visado especial, solo con su documento y sus antecedentes, algo que el programa estadounidense no ofrece a los nacionales de esos países.

Chile: visas temporales con permiso de trabajo y diferencias con la H-2B

En Chile, las visas temporales con permiso de trabajo se regulan por la Ley 21.325 de Extranjería de Chile y su Reglamento. La autoridad en Chile es el Servicio Nacional de Migraciones (DEM), y en lo laboral interviene también la Dirección del Trabajo (DT) de Chile, que registra y fiscaliza los contratos. Chile exige visado previo incluso para nacionales de la Alianza del Pacífico, a diferencia de lo que ocurre con el Mercosur en Argentina.

Tipos de visa que se asimilan a la H-2B

  • Visa de residencia temporal por trabajo bajo relación de dependencia, con contrato firmado en Chile.
  • Visa temporaria por trabajo estacional en Chile, limitada a ciclos productivos concretos.
  • Visa temporaria por acuerdo de trabajo de distintos tipos, según el origen del empleador o del convenio.

Requisitos, plazos y autoridad de salida

  1. El empleador en Chile firma el contrato y lo presenta a la Dirección del Trabajo de Chile, que lo registra y lo visará cuando corresponda.
  2. El solicitante reúne pasaporte válido, antecedentes, certificado de salud y, según el caso, títulos o certificaciones profesionales.
  3. La entrevista se realiza en el consulado de Chile en el exterior, donde se estampa la visa si la petición del DEM en Chile está aprobada.
  4. El DEM en Chile otorga plazos que pueden llegar hasta 2 años, prorrogables; la duración concreta depende de la naturaleza del contrato y del tipo de visa.

Dónde se solicita y qué lo hace distinto de la H-2B

El trámite se inicia en el consulado de Chile en el exterior y se completa ante el Servicio Nacional de Migraciones (DEM) en Chile. La diferencia con la H-2B es la exigencia de visado previo para todo nacional, sin importar el bloque regional: Chile pide visa incluso a quien viene de un país de la Alianza del Pacífico, y el acceso nunca es automático como sí lo es en el caso del Mercosur en Argentina.

Perú: visas temporales con trabajo y diferencias con la H-2B

En Perú, las visas temporales con permiso de trabajo se rigen por el Decreto Legislativo 1350 (Ley de Extranjería) de Perú y su Reglamento. La autoridad en Perú es la Superintendencia Nacional de Migraciones (Migraciones Perú), y la inspección laboral corresponde a SUNAFIL. La autorización va atada al empleador en Perú que firma el contrato, sin cupos semestrales al estilo H-2B.

Modalidades de residencia con permiso de trabajo

  • Residencia temporaria con vínculo laboral formalizado en Perú, modalidad principal para quien tiene contrato de trabajo con un empleador peruano.
  • Residencia por acuerdo de trabajo, cuando existe un convenio bilateral o un contrato visado por la autoridad peruana.
  • Residencia por trabajador migrante andino, cuando aplique por acuerdos comunitarios del bloque andino.

Requisitos, plazos y autoridad de salida

  1. El empleador en Perú formaliza el contrato de trabajo y lo presenta ante la autoridad competente para su registro.
  2. El solicitante presenta pasaporte vigente, antecedentes, solvencia económica y la documentación que Migraciones Perú exija según el motivo.
  3. La entrevista en el consulado de Perú en el exterior completa el circuito antes del ingreso.
  4. Migraciones Perú en Perú otorga plazos de hasta 1 año, renovables, con un máximo acumulado de 3 años para la residencia temporaria con vínculo laboral.

Dónde se solicita y qué lo hace distinto de la H-2B

El primer paso es el consulado de Perú en el exterior y la formalización se hace ante Migraciones Perú. La diferencia con la H-2B es doble: no hay cupo semestral que se agote, y la autorización siempre va atada al empleador en Perú, de manera que un cambio de empleador exige un nuevo trámite ante la autoridad peruana.

Resumen operativo: la H-2B estadounidense tiene cupo semestral, certificación laboral previa del empleador y tope de 3 años. Las visas temporales en España, México, Argentina, Chile y Perú funcionan por oferta de empleo válida, sin cupos numéricos, y con plazos propios en cada país.

Preguntas frecuentes sobre la visa H-2B y las visas temporales hispanohablantes

1. ¿Puedo solicitar la visa H-2B si soy español?

Sí. España forma parte de la lista de países cuyos nacionales pueden pedir una H-2B, según el USCIS. El primer paso es que un empleador estadounidense te ofrezca un puesto temporal no agrícola y presente una petición I-129 ante el USCIS antes de que tú solicites el visado en la embajada o consulado de EE. UU. en España.

2. ¿Dónde se consiguen ofertas de trabajo con visa H-2B?

Las ofertas con patrocinio H-2B suelen publicarse en portales como USAJOBS para el sector público, y en bolsas privadas como SimplyHired o Indeed con la palabra clave "H-2B". Otra vía es la lista de seasonaljobs.dol.gov, del Departamento de Trabajo de EE. UU., donde aparecen plazas temporales certificadas para trabajadores extranjeros.

3. ¿Qué requisitos tiene la visa H-2B?

Necesitas una oferta de empleo temporal no agrícola de un empleador de EE. UU. que haya obtenido antes una certificación laboral ante el Departamento de Trabajo. Además, debes demostrar que vas a regresar a tu país y, en el consulado, superar la entrevista y presentar documentos como pasaporte válido, formulario DS-160 y pago de tasas.

4. ¿Qué empleos en EE. UU. ofrecen visa H-2B?

La H-2B cubre oficios temporales no agrícolas: hostelería y restaurantes en zonas turísticas, construcción, mantenimiento de parques, jardinería, limpieza industrial y procesamiento de marisco o alimentos. El tope anual es de 66.000 visados, repartidos en dos mitades semestrales de 33.000, según el USCIS.

5. ¿Qué opciones de trabajo en EE. UU. hay para españoles?

Además de la H-2B, los españoles pueden optar a la H-1B para puestos cualificados, la J-1 para prácticas o au pair, o la visa O para personas con logros extraordinarios. Para trabajos temporales en agricultura existe la H-2A, y para traslados intraempresariales la L-1; cada una tiene sus propios requisitos y plazos ante el USCIS.

6. ¿La H-2B es un tipo de hipoteca?

No, la H-2B no tiene relación con hipotecas ni con créditos hipotecarios. Es una visa de trabajo temporal no agrícola en EE. UU. regulada por el USCIS, pensada para cubrir picos de mano de obra estacional de empresas estadounidenses con trabajadores extranjeros.

7. ¿En qué consiste la visa H-2B?

La H-2B es una visa de no inmigrante que permite a ciudadanos de ciertos países, incluidos varios hispanohablantes, entrar en EE. UU. para ocupar un empleo temporal no agrícola por un máximo inicial de un año, ampliable hasta tres. El empleador debe demostrar ante el Departamento de Trabajo que no hay suficientes trabajadores estadounidenses disponibles.

8. ¿Qué información sobre la H-2B publica El Portal del Migrante?

El Portal del Migrante, medio editado en español desde México, ofrece guías prácticas sobre la H-2B y otros visados de EE. UU., con orientación sobre patrocinadores, plazos y derechos laborales. Conviene contrastar su contenido con fuentes oficiales como uscis.gov o travel.state.gov antes de iniciar un trámite.

Fuentes

  1. AllianceabroadContratación de trabajadores extranjeros | Visados J-1, TN y H-2Bconsultado el 04/10/2026
  2. GlobalwfcVisa H2B: Requisitos y Empleos Temporales en EE.UU. | GWCconsultado el 04/10/2026
  3. LoigicaVisa H2B: guía para empleadores y trabajadores 2026 – Loigicaconsultado el 04/10/2026
  4. MaslaborH-2B Visa Employer Services – másLaborconsultado el 04/10/2026
  5. InfobaeVisas de trabajo en Estados Unidos: cómo y quiénes pueden …consultado el 04/10/2026