Qué es el documento de compraventa y por qué no es igual en todos los países
El documento de compraventa es el soporte escrito del negocio jurídico por el que una persona se obliga a entregar una cosa y la otra a pagar un precio en dinero. Esa definición elemental —consentimiento, cosa, precio— se repite en los códigos civiles de España, México, Argentina, Chile y Perú, y sirve como punto de partida común.
Lo que cambia es todo lo demás: el nombre exacto del contrato, la solemnidad que exige la ley para que el negocio valga frente a terceros, el organismo ante el que se inscribe el bien y hasta el plazo para hacer ese trámite. Una compraventa de casa en Madrid se firma ante notario y se inscribe en el Registro de la Propiedad; en Buenos Aires, también escritura pública pero en el Registro de la Propiedad Inmueble de cada jurisdicción; en Santiago, escritura pública e inscripción en el Conservador de Bienes Raíces; en Lima, escritura pública y registro en la Sunarp; en Ciudad de México, escritura ante notario y registro público local.
Por eso conviene quedarse con el principio de fondo y aterrizar después en la regla de cada país. Quien compre un bien inmueble sin escritura pública no podrá inscribirlo, y quien compre un vehículo sin hacer el cambio de titularidad en plazo puede terminar asumiendo multas o embargos del antiguo dueño.
Lo que comparten casi todos los países hispanohablantes
- Consentimiento libre de vicios: el contrato exige voluntad sin error, dolo o violencia; el silencio o una firma arrancada pueden anularlo.
- Objeto cierto y determinado: la cosa vendida debe existir o poder existir, ser del comercio humano y estar individualizada; vender humo no es comprar nada.
- Precio cierto en dinero: una prestación en dinero fijada en una cantidad o determinable por referencia clara.
- Causa lícita: el motivo del contrato no puede ser contrario a la ley, la moral o el orden público.
- Obligación de entregar la cosa y de pagar el precio: ambas partes asumen prestaciones recíprocas; la transmisión de riesgos suele ir ligada a la entrega, salvo pacto en contrario.
- Buena fe y responsabilidad por incumplimiento: responder por vicios ocultos o por incumplimiento es un principio transversal, aunque los plazos y las sanciones cambian de un país a otro.
Con todo, los requisitos formales —escritura pública, inscripción registral, cambio de titularidad en plazos fijos— los fija cada legislación nacional o estadual, y eso es justamente lo que se desarrolla en los apartados siguientes.
España: documento de compraventa
En España, la compraventa se regula en el Código Civil y, para los bienes inmuebles, se completa con la Ley Hipotecaria. Es un contrato consensual: se perfecciona por el mero consentimiento, de modo que no requiere ninguna forma especial cuando se trata de muebles. La transmisión del dominio, en cambio, exige entregar la cosa para que el comprador adquiera la propiedad frente a terceros (salvo los bienes que por ley exigen otro modo, como los inmuebles, que necesitan escritura pública e inscripción registral).
Cuando lo vendido es un inmueble, la escritura pública no es solo una formalidad: es la llave para que el comprador quede protegido frente a embargos, hipotecas ocultas o ventas sucesivas. El notario revisa titularidades, cargas y urbanismo, y el Registro de la Propiedad publica la nueva titularidad. Sin ese paso, el comprador tiene un derecho personal contra el vendedor, pero no un derecho real oponible a terceros.
En vehículos usados, el Código Civil permite un contrato privado, pero la Dirección General de Tráfico (DGT) exige cambio de titularidad en 30 días para que el nuevo dueño figure como titular administrativo y pueda circular sin sanciones por morosidad del IVTM o por sanciones pendientes del vendedor.
Compraventa de inmuebles en España: escritura pública e inscripción registral
- El vendedor y el comprador otorgan escritura pública de compraventa ante notario, previa comprobación de titularidades, cargas y situación urbanística del inmueble.
- El notario liquida el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) o el IVA, según proceda, y remite la documentación al Registro de la Propiedad.
- El registrador inscribe la escritura, publica la nueva titularidad y cancela cargas anteriores si se ha acordado.
- El plazo entre escritura e inscripción suele ser de unos 15 días hábiles, aunque depende del Registro concreto; mientras no se inscribe, la venta es válida entre las partes pero no frente a terceros.
La base está en el Código Civil y en la Ley Hipotecaria, gestionada a través del Registro de la Propiedad.
Compraventa de vehículos en España: contrato y cambio de titularidad
- Comprador y vendedor firman contrato de compraventa por duplicado con datos personales, matrícula y precio.
- El comprador solicita a la DGT el cambio de titularidad en el plazo de 30 días, en línea, por la app miDGT, por teléfono o presencialmente.
- Se líquida el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620 o 621) ante la comunidad autónoma correspondiente.
- Si el vehículo tiene reserva de dominio por financiación pendiente, hay que aportar la carta de cancelación de la financiera e inscribirla en el Registro de Bienes Muebles; este trámite puede demorar unos 15 días.
El trámite se gestiona en la sede electrónica de la DGT y se documenta con el contrato de compraventa y el justificante del pago del impuesto.
Compraventa de bienes muebles y mercaderías en España
El Código Civil español no exige solemnidades especiales para los muebles: basta el consentimiento y la entrega para que la propiedad pase al comprador. Eso incluye desde un electrodoméstico hasta un lote de género en una tienda. Lo importante es dejar prueba escrita —factura, albarán o contrato— para acreditar la transmisión y poder reclamar por vicios o incumplimiento. Si las partes pactan que los riesgos pasen con la firma y no con la entrega, deben dejarlo por escrito.
México: documento de compraventa
En México la compraventa se regula en el Código Civil Federal y en los códigos civiles de cada entidad federativa, que es donde realmente se aplican los detalles del contrato. Es consensual: se perfecciona con el consentimiento y obliga al vendedor a entregar la cosa y al comprador a pagar el precio. Para los inmuebles, la solemnidad es la escritura ante notario y la inscripción en el Registro Público de la Propiedad local.
En la Ciudad de México, por ejemplo, la Ley del Notariado de la CDMX y el Registro Público de la Propiedad fijan los requisitos; en Monterrey opera el Registro Público de la Propiedad de Nuevo León, y en Guadalajara el de Jalisco. Cada estado tiene su propia autoridad registral, así que el comprador debe confirmar la competente.
Para vehículos, la regla general es firmar contrato de compraventa y hacer el cambio de propietario ante la Secretaría de Movilidad o la autoridad de tránsito estatal, con la inscripción en el Registro Público Vehicular cuando aplica.
Compraventa de inmuebles en México: escritura ante notario e inscripción registral
- Vendedor y comprador otorgan escritura pública ante notario, con revisión de gravámenes, linderos y uso de suelo.
- Se líquida el Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles ante la tesorería estatal o municipal (varía según la entidad).
- El notario envía la escritura al Registro Público de la Propiedad de la entidad correspondiente para su inscripción.
- El plazo de inscripción depende de cada Registro estatal; sin ella, el comprador no tiene protección frente a terceros.
La base está en el Código Civil Federal y en la legislación notarial y registral de cada estado.
Compraventa de vehículos en México: contrato y cambio de propietario
- Comprador y vendedor firman contrato de compraventa con datos del vehículo, precio y firmas, preferentemente con identificación oficial.
- El comprador tramita el cambio de propietario ante la Secretaría de Movilidad o equivalente estatal (por ejemplo, la SEMOVI en CDMX) en el plazo que fije la autoridad local.
- Se paga el Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y, cuando aplica, el trámite de verificación vehicular.
- Para inscripción en el Registro Público Vehicular federal se requiere el contrato, identificación, factura o carta de propiedad anterior y comprobante de pago.
Compraventa de bienes muebles en México
La regla general del Código Civil Federal es consensual: no se exigen solemnidades para los muebles, basta el consentimiento y la entrega de la cosa para que la propiedad cambie de manos. Vender un refrigerador, un lote de piezas o maquinaria se perfecciona con la entrega, pero conviene dejar factura o contrato escrito para acreditar la transmisión, sobre todo si el precio es alto o se paga a plazos.
Argentina: documento de compraventa
En Argentina la compraventa se rige por el Código Civil y Comercial de la Nación. Es un contrato consensual en general, y los inmuebles exigen escritura pública e inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble de la jurisdicción donde esté situado el bien (cada provincia y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen el suyo).
Los vehículos se transfieren en el Registro Nacional del Automotor de la radicación del vehículo, dependiente de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA). Las aeronaves, por su parte, siguen un régimen especial ante la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) y el Registro Nacional de Aeronaves.
Compraventa de inmuebles en Argentina: escritura y registro
- Vendedor y comprador firman escritura pública ante escribano, con verificación de titularidades, deudas y embargos.
- Se abona el impuesto de sellos provincial y se solicita el Certificado de Inhibiciones y el Informe de Dominio.
- El escribano presenta la escritura en el Registro de la Propiedad Inmueble correspondiente para su inscripción.
- Sin inscripción, la venta es válida entre las partes pero no protege frente a terceros adquirentes de buena fe.
La base está en el Código Civil y Comercial de la Nación y en la legislación registral de cada jurisdicción.
Compraventa de vehículos en Argentina: formulario y registro
- Comprador y vendedor completan el Formulario 08 ante el Registro del Automotor de la radicación.
- Se abonan los aranceles del Registro y el impuesto a la radicación o patente según la jurisdicción.
- Se presenta DNI, cédula verde, título del automotor y verificación policial cuando corresponde.
- El plazo para inscribir la transferencia lo fija cada Registro; conviene hacerlo cuanto antes para evitar responsabilidades por multas o deudas del antiguo titular.
Compraventa de aeronaves en Argentina: inscripción ante el RNA
- Se solicita el Certificado de Dominio del Motor ante el Registro Nacional de Aeronaves (RNA) con firma certificada por escribano o autoridad judicial, conforme al Decreto 4907/73.
- Se presenta el Formulario 101-B cumplimentado, con domicilio constituido en el radio urbano de la Ciudad de Buenos Aires, asiento del RNA.
- Se abona el arancel vigente en la tabla de aranceles de la ANAC.
- Se acompaña el testimonio de escritura o contrato de compraventa original con firmas certificadas, la planilla de datos personales del comprador y, si es persona jurídica, la planilla de datos societarios.
- Se cumple con el asentimiento del cónyuge del vendedor y, en su caso, con el artículo 1 de la Ley 25.345 sobre Prevención de Evasión Fiscal.
- Se completa el formulario de Prevención de Lavado de Activos exigido por la normativa vigente.
La información completa del trámite está en la guía de compraventa de aeronaves de ANAC.
Chile: documento de compraventa
En Chile, el artículo 1793 del Código Civil define la compraventa como el contrato por el cual una parte se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero. Es un contrato consensual, pero las solemnidades cambian según el bien vendido. El propio Código Civil distingue entre bienes muebles, inmuebles, fungibles y futuros, y la forma exigida para cada uno no es la misma.
Para vehículos rige, además, el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación. Para inmuebles, la escritura pública ante notario y la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces de la comuna donde está el bien.
Compraventa de inmuebles en Chile: escritura pública e inscripción en el Conservador de Bienes Raíces
- Comprador y vendedor otorgan escritura pública ante notario, previa revisión de títulos, gravámenes y deudas de contribuciones.
- Se paga el impuesto territorial al Conservador y, cuando corresponde, el IVA o el impuesto a la herencia según el caso.
- El notario inscribe la escritura en el Conservador de Bienes Raíces de la jurisdicción del inmueble.
- Sin inscripción, la compraventa es válida entre las partes pero no protege frente a terceros.
La base está en el artículo 1793 del Código Civil chileno y en la legislación del Conservador de Bienes Raíces.
Compraventa de vehículos en Chile: contrato e inscripción en el Registro de Vehículos Motorizados
- Vendedor y comprador firman un contrato de compraventa con datos del vehículo, precio, fecha y firmas.
- El comprador tramita el cambio de propietario en el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación.
- Se paga el permiso de circulación y los impuestos pendientes, y se obtiene el nuevo padrón a nombre del comprador.
- Conviene verificar en el mismo Registro que el vehículo no tenga prenda vigente ni multas impagas.
Tipos de compraventa en Chile según el bien
- Bienes muebles como vehículos o equipos electrónicos: no exigen solemnidades especiales, basta el consentimiento y la entrega.
- Bienes inmuebles como casas, terrenos o locales: requieren escritura pública e inscripción en el Conservador de Bienes Raíces.
- Títulos valores como acciones o letras de cambio: no exigen solemnidades especiales, pero el documento debe identificar valor nominal, vencimiento y demás condiciones del título.
- Bienes fungibles como granos o combustibles: intercambiables entre sí, sin solemnidades adicionales.
- Bienes futuros como cosechas pendientes o semovientes por nacer: venta de cosas que aún no existen, también consensual.
Perú: documento de compraventa
En Perú, la compraventa se regula en el Código Civil peruano. Es un contrato consensual para los bienes muebles: se perfecciona con el consentimiento y la entrega, salvo pacto distinto. Para los inmuebles exige escritura pública ante notario y su inscripción en el Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp).
En el caso de vehículos, la autoridad competente suele ser la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) o la municipalidad provincial donde se tramita la tarjeta de propiedad; conviene confirmarlo en cada jurisdicción.
Compraventa de inmuebles en Perú: escritura pública e inscripción registral
- Comprador y vendedor otorgan escritura pública ante notario, con verificación de cargas, linderos y la partida registral en Sunarp.
- Se paga el Impuesto a la Renta por la ganancia del vendedor cuando corresponde, y el Impuesto de Alcabala ante la municipalidad provincial.
- El notario o el propietario presentan la escritura en Sunarp para su inscripción en el Registro de Predios.
- Sin inscripción, el comprador tiene un derecho personal pero no un derecho real oponible a terceros.
La base está en el Código Civil peruano y en la normativa de Sunarp.
Compraventa de vehículos en Perú: contrato y cambio de propietario
- Vendedor y comprador firman un contrato de compraventa con firmas legalizadas ante notario.
- El comprador tramita el cambio de propietario ante la Sutran o la autoridad de tránsito local según la jurisdicción.
- Se paga el Impuesto al Patrimonio Vehicular y se obtiene la nueva tarjeta de propiedad.
- Conviene revisar que el vehículo no tenga multas pendientes, prenda ni orden de captura.
Reglas de compraventa en Perú según el bien
El Código Civil peruano sigue la regla general consensual para los muebles: basta el consentimiento y la entrega para que la propiedad pase al comprador, sin solemnidades especiales. Para los inmuebles, en cambio, exige escritura pública e inscripción en Sunarp como requisito para que el derecho real quede protegido frente a terceros. La autoridad registral es la Sunarp, y la notarial, los notarios públicos descentralizados en todo el país.
Preguntas frecuentes sobre el documento de compraventa
1. ¿Cómo es un contrato de compraventa entre particulares y dónde consigo un modelo?
Es un acuerdo privado firmado por comprador y vendedor donde constan datos de ambos, identificación y precio del bien, forma y fecha de entrega, y firma de los dos. En España lo habitual es descargarlo de la sede electrónica del Ministerio de Justicia o de la DGT si es un vehículo; en México, Argentina, Chile y Perú cada organismo registral o notarial publica sus propios formatos gratuitos, que conviene revisar antes de firmar.
2. ¿Cómo se hace un contrato de compraventa de un vehículo ante la DGT en España?
Ambas partes rellenan el impreso oficial de la DGT con datos del coche, precio, fecha y firmas; el comprador lo presenta en una Jefatura Provincial junto al permiso de circulación, la ficha técnica y el justificante del pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales de su comunidad autónoma para que le expidan el nuevo permiso de circulación a su nombre.
3. ¿Qué datos debe llevar un contrato de compraventa de vehículo para que sirva en Hispanoamérica?
Identificación completa de comprador y vendedor, matrícula o número de chasis, marca, modelo y año del vehículo, precio y moneda del país (pesos mexicanos, pesos argentinos, pesos chilenos, soles o euros), declaración de que está libre de embargos y firmas de ambos con sus documentos de identidad. En México se exige además la firma ante notario o la verificación en módulo vehicular para que el trámite ante la REPUVE o el Registro Público Vehicular tenga validez.
4. ¿Dónde encontrar un modelo de contrato de compraventa de moto y qué revisa la autoridad?
En España se usa el mismo impreso oficial de la DGT que para coches; en México la PROFECO ofrece modelos genéricos descargables, en Argentina la DNRPA tiene el Formulario 08 para automotores y motos, en Chile el Registro Civil dispone de su propio contrato tipo y en Perú la SUNARP acepta el formato notarial con cláusulas de tradición y entrega. Revisa que figure kilometraje, número de motor y cuadro, y que ambas partes firmen junto al documento de identidad vigente.
Fuentes
- DgtComprar un vehículo de segunda mano – DGTconsultado el 31/08/2026
- Coessfe1Diferencia entre boleto de compraventa y escrituraconsultado el 31/08/2026
- SchneiderabogadosContrato de Compraventa en Chile – Schneider Abogadosconsultado el 31/08/2026
- Properati¿Qué necesitas para firmar un contrato de compraventa en Perú?consultado el 31/08/2026
- TraficgestionModelo Contrato Compraventa Coche PDF y Word – Trafic Gestiónconsultado el 31/08/2026