- Qué es: acuerdo por el que una parte entrega una cosa y la otra paga un precio en dinero.
- Qué cambia: la ley nacional, la autoridad de registro y la forma exigida para inmuebles.
- Forma para inmuebles: escritura pública ante notario e inscripción registral en cada país.
Un contrato de compraventa es un acuerdo por el que una parte entrega una cosa a otra y esta paga un precio en dinero. Aunque la idea de fondo es la misma en cualquier lugar, la ley que lo regula, la autoridad que lo controla y los requisitos formales cambian por completo de un país a otro. Por eso lo que vale en España puede no servir en México o en Chile, y un error de forma puede dejarte sin la propiedad que creías haber comprado.
Qué es un contrato de compraventa y por qué cambia de un país a otro
La compraventa es el contrato más usado en el tráfico civil y mercantil: alguien se obliga a entregar algo y otro a pagar por ello. Su definición se repite, con matices, en los códigos civiles de los cinco países que tratamos aquí. Ahora bien, cada Estado tiene su propio Código Civil (o su equivalente), su organismo de registro y sus reglas sobre forma, capacidad y saneamiento. Lo que aquí funciona como principio común —consentimiento, objeto, precio y capacidad— se llena de contenidos distintos cuando bajas al detalle: en México, por ejemplo, la forma escrita para inmuebles depende del Código Civil Federal y, por su carácter federal, puede convivir con los códigos civiles estatales; en España, la escritura pública ante notario es la regla para los bienes raíces, según el Código Civil. Por eso no existe un «contrato de compraventa internacional»: existe un contrato nacional, y conviene saber cuál te toca.
Elementos esenciales que se repiten en casi todos los países
Aunque el detalle cambia, casi todos los ordenamientos jurídicos comparten estos cuatro elementos como punto de partida. Conviene entenderlos como principios, no como reglas cerradas:
- Consentimiento: voluntad libre de vicios como el error, el dolo o la violencia. Sin un acuerdo real y libre sobre cosa y precio no hay contrato válido.
- Objeto: la cosa que se vende debe ser determinada o determinable, existir o poder existir, y estar en el comercio legal. Cada país acota esto a su manera.
- Precio: una cantidad cierta en dinero que paga el comprador. Cómo se determina y qué pasa si se deja al arbitrio de una parte varía según la ley.
- Capacidad: las partes deben poder contratar por sí mismas. Las personas con Disabilities o limitaciones específicas (menores, personas con Disabilities cognitivas bajo curatela, inhabilitados) tienen reglas especiales en cada país.
España: la compraventa en el Código Civil y la forma que exige la ley
En España, la compraventa se regula en el Código Civil, cuya normativa de forma y registro se complementa con la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, autoridad que vela por el Registro de la Propiedad. La regla general es que el contrato se perfecciona por el simple consentimiento, pero cuando el objeto es un bien inmueble la ley exige escritura pública para que la compraventa surta efectos frente a terceros y pueda inscribirse en el Registro.
Requisitos y forma del contrato en España
El contrato necesita consentimiento, objeto y precio ciertos, conforme al Código Civil español. Para los bienes inmuebles —pisos, locales, fincas— se exige escritura pública otorgada ante notario. Esta escritura es la que luego se presenta en el Registro de la Propiedad, cuya autoridad nacional es la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, para que la transmisión quede protegida frente a cualquier tercero. Para los bienes muebles no hay forma obligatoria, aunque un documento escrito siempre es recomendable como prueba.
Obligaciones del vendedor y del comprador en España
- El vendedor entrega la cosa y responde del saneamiento frente a evicción y vicios ocultos.
- El vendedor transmite la propiedad en los términos del Código Civil.
- El comprador paga el precio cierto en euros (EUR) en el momento y forma pactados.
- El comprador asume los gastos de la escritura salvo pacto en contrario.
Cuándo se puede anular una compraventa en España
- Vicios del consentimiento: error, violencia, intimidación o dolo en la formación del contrato.
- Falta de capacidad en alguna de las partes según la ley española.
- Objeto o precio inexistente, ilícito o indeterminado en los términos que la norma exige.
- Causas de nulidad reconocidas por el Código Civil, como la falta de consentimiento o la ilicitud de la causa.
México: la compraventa en el Código Civil Federal y sus modalidades
En México, la compraventa se rige por el Código Civil Federal, y la autoridad de marco en materia económica y comercial es la Secretaría de Economía. El Código Civil Federal fija las reglas generales, pero al ser México un país federal, cada estado puede tener su propio código civil con variaciones locales en requisitos de forma. La capacidad para vender se presume a partir de la mayoría de edad, con excepciones para menores emancipados y personas bajo tutela.
Elementos del contrato y la solemnidad en México
El precio se expresa en pesos mexicanos (MXN), la cosa debe ser determinada o determinable y, para inmuebles, la ley exige forma escrita que suele ser escritura pública ante notario. Esta solemnidad escrita es indispensable para inscribir la operación en el Registro Público de la Propiedad local y para que la transmisión tenga efectos frente a terceros.
Obligaciones de las partes en México
- El vendedor entrega la cosa en el plazo pactado y responde por evicción y vicios ocultos.
- El vendedor transfiere la propiedad en los términos del Código Civil Federal.
- El comprador paga el precio en pesos mexicanos (MXN) en la forma y fecha acordadas.
- El comprador asume los gastos notariales y registrales, salvo pacto distinto.
Modalidades especiales en México (ad Corpus, ad Mensuram, a Plazo)
En México se distinguen tres modalidades locales con nombres latinos que conviene conocer:
- Ad Corpus: la venta se hace «en bloque», por un precio global sin medir la cosa, frecuente en inmuebles.
- Ad Mensuram: la venta se hace por unidad de medida (metro cuadrado, por ejemplo), y el precio total depende de la medición real.
- A Plazo: el precio o la entrega se difiere en cuotas sucesivas, propia de ventas a crédito.
Argentina: la compraventa en el Código Civil y Comercial de la Nación
En Argentina, la compraventa se regula en el Código Civil y Comercial de la Nación, y la autoridad registral y de control societario es la Inspección General de Justicia (IGJ). El principio general del artículo 1.323 del Código Civil y Comercial argentino define la compraventa como el contrato por el cual una parte se obliga a transferir la propiedad de una cosa y la otra a pagar un precio cierto en dinero, expresado en pesos argentinos (ARS).
Acto jurídico por el que se entrega la cosa vendida al comprador y, en el caso de inmuebles, se materializa con la inscripción registral para que la transferencia surta efectos frente a terceros. No basta el pago del precio ni el simple acuerdo de voluntades.
Obligación legal del vendedor de responder frente al comprador por evicción y por los vicios ocultos que la cosa vendida pudiera tener. No es una garantía opcional: la impone la ley en cada uno de los cinco países.
Venta de cosa ajena y nulidades en Argentina
La regla de los artículos 1.329 y 1.330 del Código Civil y Comercial establece que las cosas ajenas no pueden venderse: si el vendedor no era dueño y actúa de buena fe, debe responder por pérdidas e intereses; la nulidad se puede cubrir si el propietario ratifica o si el vendedor adquiere después el dominio. La venta queda sin efecto si falta consentimiento válido, si el objeto es ilícito o si el precio se deja al arbitrio de una sola parte.
Venta por medida, en bloque y aleatoria en Argentina
- Venta en bloque o «por junto»: cuando se vende el conjunto sin distinguir peso, cuenta o medida, según los artículos 1.339 a 1.342.
- Venta por peso, cuenta o medida: el contrato no se perfecciona hasta que las cosas sean contadas, pesadas o medidas.
- Venta aleatoria: regulada por el artículo 1.332, comprende la venta de cosas futuras o riesgosas asumiendo el comprador el riesgo de que no lleguen a existir.
Prohibiciones de comprar en Argentina
El artículo 1.358 del Código Civil y Comercial argentino prohíbe la compraventa entre cónyuges, aun con separación judicial de bienes. También está vedado comprar en subasta pública a quienes ejercen cargos sobre los bienes subastados (tutores, curadores, albaceas), por el conflicto de intereses evidente.
Chile: la compraventa en el Código Civil y su naturaleza jurídica
En Chile, la compraventa se rige por el Código Civil, y la autoridad para inscribir inmuebles es el Conservador de Bienes Raíces, según la Ley 19496 sobre protección al consumidor. El Código Civil chileno, en su artículo 1793, define la compraventa como el contrato por el cual una parte se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero (pesos chilenos, CLP). El contrato es consensual: se perfecciona por el solo acuerdo de voluntades, salvo excepciones como los inmuebles, que exigen escritura pública para la tradición.
En Argentina está prohibida la compraventa entre cónyuges aun con separación judicial de bienes, según el artículo 1.358 del Código Civil y Comercial.
Características del contrato en Chile
- Consensual: se perfecciona por el consentimiento de las partes.
- Bilateral: genera obligaciones recíprocas para vendedor y comprador.
- Oneroso: ambas partes obtienen una ventaja patrimonial.
- Título traslaticio de dominio: por sí solo no transfiere la propiedad; para inmuebles se necesita tradición (entrega material o inscripción registral).
Requisitos, solemnidades y tradición en Chile
Consentimiento libre y sin vicios, objeto que sea cosa determinada o determinable y precio en dinero serio y determinado. La compraventa de bienes inmuebles exige solemnidad de escritura pública, y para que la transferencia del dominio surta efectos frente a terceros se requiere la tradición, según las normas del Código Civil chileno. El precio se pacta en pesos chilenos (CLP) y suele referirse a la UF (Unidad de Fomento) por su estabilidad, aunque el pago efectivo se haga en CLP.
Arras, retroventa y nulidades en Chile
Las arras confirmatorias funcionan como señal: si el comprador se retracta pierde lo entregado; si el vendedor se retracta debe devolver el doble. El pacto de retroventa permite al vendedor recuperar la cosa devolviendo el precio. El contrato es nulo si falta consentimiento válido, si el objeto es ilícito o si la causa es ilícita, conforme al Código Civil chileno.
Perú: la compraventa en el Código Civil y los registros públicos
En Perú, la compraventa se regula en el Código Civil peruano, y la autoridad registral es la Sunarp (Superintendencia Nacional de los Registros Públicos). La regla de transferencia de propiedad se complementa con el sistema registral: para que la compraventa de un inmueble surta efectos frente a terceros, es indispensable inscribirla en el registro correspondiente, conforme a la Ley 29571 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Elementos del contrato y obligación de entrega en Perú
- Bien determinado o determinable, conforme al Código Civil peruano.
- Precio cierto en dinero, expresado en soles (PEN).
- Obligación del vendedor de transferir la propiedad, no solo de entregar la posesión.
- Obligación del comprador de pagar el precio en la forma y plazo pactados.
Forma del contrato e inscripción registral en Perú
Para inmuebles se exige escritura pública otorgada ante notario, y la inscripción en la Sunarp es indispensable para que la compraventa surta efectos frente a terceros. Los bienes muebles, en cambio, pueden venderse sin formalidades especiales, aunque un documento escrito facilita la prueba en caso de conflicto.
Vicios de la voluntad y saneamiento en Perú
El Código Civil peruano reconoce como vicios de la voluntad el error, el dolo y la violencia, que pueden dar lugar a la anulabilidad del contrato. El vendedor está obligado a sanear la evicción y los vicios ocultos de la cosa vendida, respondiendo frente al comprador si un tercero reclama el dominio o si la cosa presenta defectos no declarados.
| País | Ley principal | Autoridad registral o de control | Moneda | Forma para inmuebles |
|---|---|---|---|---|
| España | Código Civil | Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública | EUR | Escritura pública ante notario |
| México | Código Civil Federal | Secretaría de Economía (marco) / Registros estatales | MXN | Escritura pública ante notario |
| Argentina | Código Civil y Comercial | Inspección General de Justicia | ARS | Escritura pública e inscripción registral |
| Chile | Código Civil | Conservador de Bienes Raíces | CLP | Escritura pública y tradición |
| Perú | Código Civil | Sunarp | PEN | Escritura pública e inscripción registral |
Los principios del contrato de compraventa —consentimiento, objeto, precio y capacidad— se repiten en los cinco países, pero cada uno llena esos principios con reglas propias. Antes de firmar, identifica siempre qué ley nacional te aplica y qué autoridad controla el registro de la propiedad en tu jurisdicción.
Dudas habituales sobre el contrato de compraventa
1. ¿Puedo hacer yo mismo un contrato de compraventa entre particulares o necesito un modelo oficial?
En casi todos los países hispanohablantes no existe un formulario único oficial para la compraventa entre particulares: puedes redactarlo tú mismo o usar una plantilla, siempre que consten las partes, el objeto, el precio y la firma. En España, por ejemplo, la DGT facilita modelos para vehículos y en México cada estado tiene sus propios formatos para bienes inscritos en el Registro Público.
2. ¿Dónde consigo una plantilla fiable para redactar un contrato de compraventa?
Lo más seguro es partir de un modelo del propio organismo público que interviene en la operación: en España, la Dirección General de Tráfico publica plantillas para coches; en México, el Registro Público de la Propiedad de cada entidad federativa suele ofrecer formatos; y en Argentina, Chile o Perú las notarías y el Registro de la Propiedad respectivo tienen modelos de referencia descargables.
3. ¿Qué tiene que incluir sí o sí un contrato de compraventa de un vehículo?
Como mínimo, identificación de comprador y vendedor con sus datos personales, descripción del vehículo con matrícula, número de bastidor y kilómetros, precio y forma de pago, fecha y firma de ambos, y en muchos países la declaración de que el vehículo está libre de cargas. En España se añade obligatoriamente el número de bastidor en el modelo de la DGT para evitar fraudes.
4. ¿Qué tramites tengo que hacer en la DGT después de firmar la compraventa de un coche?
En España, comprador y vendedor presentan juntos el contrato firmado y el impreso oficial de la DGT en una Jefatura de Tráfico o a través de su sede electrónica, abonando la tasa de transmisión (en 2026 ronda los 55 €) y entregando la ITV en vigor. Sin ese cambio de titularidad, las multas y el impuesto de circulación siguen llegando al vendedor.
5. ¿Sirve cualquier modelo de contrato entre particulares para vender un coche usado?
No: un contrato genérico de compraventa puede funcionar para muebles o servicios, pero para un vehículo lo habitual es usar el modelo específico del organismo de tránsito de cada país, ya que pide datos que otros contratos no recogen. En España está el de la DGT, en México el de cada entidad federativa, y en Chile la hoja de transferencia del Registro Civil o del municipio según corresponda.
6. ¿La DGT tiene un modelo de contrato de compraventa que pueda editar en Word?
En España, la DGT no publica un archivo editable en Word, sino un PDF rellenable en su sede electrónica con campos para comprador, vendedor y datos del vehículo. Si prefieres trabajar en Word, puedes partir de una plantilla genérica y añadir a mano matrícula, bastidor, ITV y firma, que son los datos que Tráfico exigirá en el cambio de titularidad.
7. ¿Merece la pena usar una plantilla de Word o es mejor que lo revise un abogado?
Una plantilla de Word sirve para ventas sencillas entre particulares, pero no sustituye al abogado cuando el bien es inmueble, hay deudas pendientes, se aplaza el pago o una de las partes es extranjera. En operaciones de cierto importe en México, España, Chile, Perú o Argentina, una revisión notarial o jurídica cuesta menos que el conflicto que puede evitar.
Fuentes
- DgtComprar un vehículo de segunda mano – DGTconsultado el 28/08/2026
- JustiaPreguntas y Respuestas Sobre Contrato de Compraventaconsultado el 28/08/2026
- MicrojurisEl contrato de compraventa en el Código Civil y Comercial de la …consultado el 28/08/2026
- SchneiderabogadosContrato de Compraventa en Chile – Schneider Abogadosconsultado el 28/08/2026
- JurisModelo de contrato de compraventa de bien mueble con pago por …consultado el 28/08/2026