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Embargo de nómina por juzgado: qué dice la ley y cómo cambia según el país

octubre 5, 2026 Derecho Facil 16 min read
Embargo de nómina por juzgado: qué dice la ley y cómo cambia según el país

Qué es un embargo de nómina por juzgado y qué derechos tienes

Un embargo de nómina por juzgado es una retención mensual que un empleador aplica sobre el salario de un trabajador por orden directa de un juez, para que una parte del sueldo se destine a pagar una deuda reconocida en una sentencia o en un proceso de cobro. La autoridad que lo decreta es siempre el juzgado competente (civil, de familia, laboral o de lo social, según el origen de la deuda), nunca la empresa, y el dinero retenido no llega a la cuenta del trabajador, sino que se ingresa en la del juzgado o en la cuenta designada por el tribunal.

En todos los países hispanohablantes el trabajador conserva dos derechos básicos: existe un tramo del salario que no puede ser embargado (el mínimo vital) y hay cauces para oponerse o solicitar una reducción cuando la retención pone en riesgo la subsistencia o las cargas familiares. Lo que cambia por completo de un país a otro son los porcentajes, los topes, los organismos y los plazos.

Lo que comparten casi todos los países hispanohablantes

  • El embargo sobre el salario se decreta por un juez y lo ejecuta el empleador como pagador; el patrón no decide la cantidad, solo retiene e ingresa.
  • Existe un tramo inembargable calculado sobre una unidad de referencia (salario mínimo, remuneración mínima vital, sueldo mínimo vital y móvil, etc.) que cambia de nombre y de importe en cada país.
  • Sobre la parte que excede ese mínimo se aplica una escala progresiva: cuanto más alto es el sueldo, mayor es el porcentaje embargable.
  • La pensión de alimentos a favor de hijos o pareja suele tener un tratamiento reforzado, con topes más altos e incluso la posibilidad de afectar ingresos por debajo del mínimo.
  • El trabajador puede oponerse al embargo, solicitar reducción por cargas familiares o pedir el levantamiento cuando la deuda está pagada, siempre ante el mismo juzgado que lo decretó.
  • Los importes exactos, los porcentajes, los plazos para oponerse y los organismos ante los que se tramita dependen por completo de la ley de cada país, y se desarrollan en las secciones siguientes.

España

En España el embargo de nómina judicial se regula en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y se complementa con el Estatuto de los Trabajadores, que prohíbe descuentos que no estén previstos por ley. El juzgado que lo decreta puede ser de primera instancia (deudas civiles) o de lo social (reclamaciones laborales), y la empresa actúa como pagadora obligada: recibe la diligencia de embargo, calcula la retención y la ingresa en la cuenta del tribunal. Conviene no confundirlo con los embargos que practican la Agencia Tributaria o la Tesorería General de la Seguridad Social, que tienen su propio procedimiento y tramos distintos.

Cuánto te pueden embargar según el salario en España

La escala del artículo 607.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se aplica sobre la parte del salario que supera el SMI y, en 2026, parte del SMI fijado en 1.221 EUR/mes según el Real Decreto 126/2026. Los tramos son:

Tramo (sobre el SMI de 2026) Porcentaje embargable
Hasta el importe del SMI 0 % (inembargable)
Desde el SMI hasta el doble del SMI (2.442 EUR) 30 %
Desde ahí hasta el triple del SMI (3.663 EUR) 50 %
Desde ahí hasta el cuádruple del SMI (4.884 EUR) 60 %
Desde ahí hasta el quíntuplo del SMI (6.105 EUR) 75 %
A partir del quíntuplo del SMI 90 %

Ejemplo resuelto con nómina de 2.500 EUR y SMI de 1.221 EUR: los primeros 1.221 EUR son inembargables; sobre los siguientes 1.221 EUR (de 1.221 a 2.442 EUR) se retiene el 30 %, es decir, 366,30 EUR; sobre los 58 EUR restantes (de 2.442 a 2.500 EUR) se aplica el 50 %, es decir, 29 EUR. Embargo total: 395,30 EUR al mes. Si el SMI se actualiza, los tramos se recalculan automáticamente en la misma proporción.

Cómo se tramita un embargo de nómina judicial en España

  1. El juzgado competente dicta una resolución o despacha una diligencia de embargo contra el trabajador y la notifica a la empresa por medio del Letrado de la Administración de Justicia.
  2. El empleador comunica al trabajador la existencia del embargo y le entrega el cálculo de la retención; el trabajador puede pagar directamente la deuda o aceptar la retención mensual.
  3. Cada mes la empresa retiene la parte que corresponda según la escala del artículo 607.2 LEC y la ingresa en la cuenta de consignaciones del juzgado dentro del plazo fijado, normalmente diez días hábiles desde el pago de la nómina.
  4. Cuando la deuda queda satisfecha, el Letrado de la Administración de Justicia dicta decreto de levantamiento y la empresa deja de aplicar la retención en la nómina siguiente.

Excepciones y reducciones en España

  • El artículo 607.3 de la LEC permite al Letrado de la Administración de Justicia reducir entre un 10 % y un 15 % la cantidad embargada cuando el trabajador acredita cargas familiares (hijos, cónyuge a cargo, ascendientes).
  • La pensión de alimentos impagada es la única excepción que rompe la regla del SMI inembargable: el juez puede fijar un porcentaje superior e incluso afectar ingresos por debajo del mínimo si lo justifica.
  • Si la retención calculada deja al trabajador por debajo del SMI, el embargo es nulo y puede impugnarse.
  • Cuando un trabajador tiene dos o más embargos simultáneos sobre el mismo salario, el artículo 610 de la LEC prohíbe acumularlos si perjudican al primer acreedor; la regla es esperar a que termine el primero antes de empezar el segundo.

En España, la fórmula del 607 se aplica tal cual: nada de «promedios» entre tramos, y los importes en EUR se redondean al céntimo.

México

En México el embargo sobre la nómina se regula por el Código Federal de Procedimientos Civiles y por la Ley Federal del Trabajo, que prohíbe descuentos que no estén previstos por ley o por resolución judicial. El juzgado que lo decreta es un juzgado civil o familiar, según el origen de la deuda, y la ejecución recae sobre el patrón, que retiene y deposita ante el propio juzgado. Conviene separar este embargo del que practica el SAT por créditos fiscales o del INFONAVIT por créditos de vivienda, que tienen su propio procedimiento. El salario mínimo general vigente en 2026 es de 315,04 MXN/día, equivalente a unos 9.582,47 MXN al mes, según la Resolución de la CONASAMI; en la Zona Libre de la Frontera Norte el salario mínimo es de 440,87 MXN/día. La UMA de 2026 equivale a 117,31 MXN/día, según el INEGI.

Cuánto te pueden embargar del salario en México

El Código Federal de Procedimientos Civiles fija como inembargable el salario mínimo general y permite embargar hasta un 30 % del excedente para deudas civiles ordinarias; el porcentaje y los topes cambian cuando se trata de alimentos. Para 2026, con un salario mínimo general de 315,04 MXN/día, la parte inembargable ronda los 9.582,47 MXN al mes.

Concepto (México, 2026) Cifra
Salario mínimo general diario 315,04 MXN
Salario mínimo general mensual aproximado 9.582,47 MXN
UMA diaria 117,31 MXN
UMA mensual 3.566,22 MXN
Porcentaje embargable en juicio civil (sobre excedente) hasta 30 %
Porcentaje embargable en alimentos (sobre excedente) hasta 50 % o más

Ejemplo resuelto en MXN: una nómina de 18.000 MXN al mes en 2026; los primeros 9.582,47 MXN son inembargables; sobre los 8.417,53 MXN restantes, si es deuda civil, se retiene el 30 % (unos 2.525,26 MXN). Si es pensión alimenticia, el porcentaje puede subir al 50 %, con una retención cercana a 4.208,77 MXN.

Procedimiento judicial del embargo de nómina en México

  1. El juez civil o familiar dicta un mandamiento de embargo y lo notifica al patrón, que queda obligado a retener mensualmente.
  2. El trabajador recibe copia de la resolución y puede formular oposición ante el mismo juzgado dentro del plazo que la ley le conceda.
  3. El patrón retiene la parte fijada y la deposita en la cuenta del juzgado o en el fondo que el juez determine.
  4. Si la oposición prospera o la deuda se paga, el juez decreta el levantamiento y la nómina deja de sufrir descuentos.

Alimentos y deudas fiscales en México: lo que cambia

  • En pensiones alimenticias, el porcentaje embargable puede alcanzar el 50 % o más del sueldo, e incluso afectar ingresos cercanos al salario mínimo si el juez lo justifica.
  • En créditos fiscales del SAT, el embargo se practica por la propia autoridad fiscal, con sus propias reglas, porcentajes y topes, y no por un juzgado civil.
  • En créditos del INFONAVIT por incumplimiento del patrón, el descuento se aplica vía fiscalización y no requiere orden judicial directa, aunque la ejecutoria pueda venir de un juzgado.
Tipo de deuda (México) Ventaja para el acreedor Inconveniente para el trabajador
Pensión alimenticia Porcentaje alto, mínimo vital matizable Reduce a la mitad el sueldo disponible
Deuda civil ordinaria Tope del 30 % sobre excedente Compite con otras prioridades del hogar
Crédito fiscal del SAT Procedimiento administrativo propio Se ejecuta vía la Tesorería y embarga cuentas si no hay nómina suficiente

Argentina

En Argentina el embargo sobre el salario se rige por el Código Civil y Comercial de la Nación y por la Ley de Contrato de Trabajo 20.744; lo decreta un juzgado civil o laboral y lo retiene el empleador. El salario mínimo, vital y móvil (SMVM) vigente en 2026 es de 372.400 ARS/mes, según la Resolución 9/2025 del Consejo Nacional del Empleo, y sube a 376.600 ARS desde agosto de 2026; la jurisprudencia de la Corte Suprema en el caso Kot fijó las reglas que hoy aplican los tribunales.

Topes de embargabilidad del sueldo en Argentina

Sobre la base del SMVM de 2026, el criterio de la Corte Suprema en el caso Kot y la práctica forense consolidada aplican tramos parecidos a estos:

Tramo (sobre el SMVM 2026) Porcentaje embargable
Hasta el SMVM (372.400 ARS) 0 % (inembargable)
De 1 a 2 SMVM (372.400 a 744.800 ARS) hasta 20 %
De 2 a 3 SMVM (744.800 a 1.117.200 ARS) hasta 30 %
Más de 3 SMVM (más de 1.117.200 ARS) hasta 50 %

Ejemplo resuelto en ARS con el SMVM de agosto de 2026 (376.600 ARS): una nómina de 950.000 ARS; los primeros 376.600 ARS son inembargables; sobre los siguientes 376.600 ARS (de 376.600 a 753.200 ARS) se retiene hasta el 20 %, es decir, 75.320 ARS; sobre los 196.800 ARS restantes (de 753.200 a 950.000 ARS) se aplica hasta el 30 %, es decir, 59.040 ARS. Embargo total aproximado: 134.360 ARS al mes. Estos topes son los que aplican los tribunales en deudas ordinarias; en alimentos los porcentajes pueden duplicarse.

Trámite judicial del embargo salarial en Argentina

  1. El juzgado libra un oficio al empleador ordenando la retención, con los montos y plazos a aplicar.
  2. El empleador intima al trabajador, le informa del embargo y le descuenta mensualmente la parte que corresponda.
  3. El dinero retenido se deposita en la cuenta del juzgado o se entrega al oficial de justicia según lo ordenado.
  4. El trabajador puede pedir la liberación o reducción al mismo juzgado acreditando cargas familiares o subsistencia insuficiente.

Embargo por alimentos y por deudas comunes en Argentina

Cuando el embargo proviene de una cuota alimenticia fijada por un juez de familia, los tribunales suelen autorizar porcentajes sensiblemente superiores, incluso de hasta el 50 % o el 60 % del sueldo, y pueden afectar ingresos cercanos al SMVM cuando hay hijos menores a cargo. En deudas comunes o fiscales (ARCA, antes AFIP) se respetan los topes generales derivados del fallo Kot, con la parte inembargable equivalente al SMVM y la escala progresiva sobre el excedente.

Chile

En Chile la embargabilidad del sueldo se rige por el artículo 57 del Código del Trabajo, que declara inembargables las remuneraciones salvo la parte que exceda de 56 Unidades de Fomento (UF). La Dirección del Trabajo interpreta la norma, mientras el cobro se ejecuta ante los tribunales de justicia o, en deudas tributarias, ante el Tesorero Comunal. El ingreso mínimo mensual vigente en 2026 es de 350.000 CLP/mes, y la UTM de julio de 2026 se ubica en 71.649 CLP, según el Servicio de Impuestos Internos. Las cifras se expresan en pesos chilenos (CLP).

Cuánto del sueldo es embargable en Chile

El tramo inembargable se calcula con la UF vigente al momento de la resolución; en septiembre de 2026 la UF ronda los 39.000 CLP, lo que deja como inembargable un piso cercano a 2.180.000 CLP mensuales.

Concepto (Chile, 2026) Cifra
Ingreso mínimo mensual 350.000 CLP
UTM (julio 2026) 71.649 CLP
UF estimada (septiembre 2026) aprox. 39.000 CLP (consultar valor del día)
Piso inembargable (56 UF) aprox. 2.180.000 CLP (depende de la UF del día)
Tope embargable lo que pase de 56 UF

Ejemplo resuelto en CLP: una remuneración de 2.600.000 CLP con UF a 39.000 CLP; los primeros 2.184.000 CLP son inembargables; sobre los 416.000 CLP restantes se retiene el porcentaje que fije el tribunal (por ejemplo, hasta el 100 % de la parte que excede las 56 UF, salvo que el juez lo module). El resultado concreto depende del valor de la UF del día del oficio y de lo que el tribunal ordene.

Embargo tributario y laboral en Chile: la antinomia resuelta

El artículo 57 del Código del Trabajo fija un piso de 56 UF; el artículo 170 del Código Tributario permitía al Tesorero Comunal embargar la parte que excediera de solo 5 UTM. El conflicto lo resolvió la Dirección del Trabajo en el Dictamen ORD. Nº 4591/51, de 27 de noviembre de 2013, aplicando la Ley Nº 18.018 como norma posterior y dejando como umbral único las 56 UF, también para cobros tributarios.

Cómo se ejecuta el embargo de nómina en Chile

  1. El tribunal o el Tesorero Comunal libra una orden al empleador con el monto o porcentaje a retener.
  2. El empleador retiene mensualmente la parte que exceda de 56 UF y la deposita en la cuenta del tribunal o en la Tesorería.
  3. Antes de la retención, el trabajador puede consultar a la Inspección del Trabajo sobre si el oficio respeta el artículo 57 del Código del Trabajo y, si no, reclamar.
  4. Cuando la deuda se paga, el tribunal o el Tesorero Comunal ordena el levantamiento y la nómina vuelve a su estado anterior.

Aunque la Dirección del Trabajo zanjó la antinomia a favor del artículo 57 del Código del Trabajo, este criterio podría revisarse si el legislador o los tribunales resuelven otra cosa.

Perú

En Perú el embargo sobre la remuneración se regula por la Ley Procesal del Trabajo y por el Código Procesal Civil; lo decreta un juez civil, laboral o de familia y lo ejecuta el empleador, que retiene y deposita en el Banco de la Nación o en la cuenta del juzgado. La remuneración mínima vital (RMV) vigente en 2026 es de 1.130 PEN/mes, sin cambios desde enero de 2025, y la UIT de 2026 es de 5.500 PEN, según el Decreto Supremo 301-2025-EF. Los importes se expresan en soles (PEN). Conviene separar este embargo del que practica SUNAT por deudas tributarias o del que ejecuta INDECOPI por sanciones administrativas, que tienen su propio procedimiento.

Porcentaje embargable del sueldo en Perú

El Código Procesal Civil declara inembargable la remuneración mínima vital y permite embargar hasta el 30 % del excedente en deudas civiles ordinarias; en alimentos el porcentaje puede elevarse.

Concepto (Perú, 2026) Cifra
Remuneración mínima vital mensual 1.130 PEN
UIT 2026 5.500 PEN
Porcentaje embargable en juicio civil (sobre excedente) hasta 30 %
Porcentaje embargable en alimentos (sobre excedente) hasta 60 %

Ejemplo resuelto en PEN: una remuneración de 4.500 PEN con RMV de 1.130 PEN; los primeros 1.130 PEN son inembargables; sobre los 3.370 PEN restantes, en deuda civil, se retiene el 30 % (unos 1.011 PEN); en alimentos, el porcentaje puede llegar al 60 %, con una retención cercana a 2.022 PEN.

Procedimiento del embargo de remuneraciones en Perú

  1. El juez dicta una resolución ordenando la medida cautelar o la ejecución y libra oficio al empleador.
  2. El empleador notifica al trabajador, retiene mensualmente la parte fijada y la deposita en el Banco de la Nación o en la cuenta del juzgado.
  3. El trabajador puede formular oposición ante el mismo juzgado, acreditando cargas familiares o que la retención supera sus posibilidades.
  4. Cuando la deuda se paga, el juez levanta el embargo y la nómina deja de sufrir descuentos.

Embargo por alimentos y por deudas tributarias en Perú

En pensiones alimenticias fijadas por un juzgado de familia, el porcentaje embargable puede alcanzar el 60 % del sueldo e incluso afectar ingresos cercanos a la RMV cuando hay menores a cargo. En deudas tributarias administradas por SUNAT, el embargo se tramita por la vía coactiva propia de la administración tributaria, con sus propios porcentajes y plazos, y no requiere orden judicial directa; en sanciones de INDECOPI el cobro sigue el procedimiento administrativo concursal o coactivo que corresponda.

Preguntas frecuentes sobre el embargo de nómina por juzgado

1. ¿Cuánto me pueden embargar del sueldo si cobro 1.300 euros al mes?

En España, sobre tu sueldo de 1.300 euros se calcula el SMI de 2026 (1.300 euros en 14 pagas) y la cantidad inembargable suele situarse en torno a esa cifra, así que el embargo normalmente no podrá tocar más allá del salario mínimo, salvo que se embargue por alimentos o deudas con la AEAT o el FOGASA, donde escale la protección.

2. ¿Cuánto te quitan de embargo de nómina si tienes hijos a cargo?

El porcentaje que te retienen del sueldo baja si cargas con hijos: por ejemplo, el 30% para uno, el 20% con dos y el 10% con tres en muchas legislaciones, además de que el mínimo inembargable sube en función de los convivientes, aunque la escala concreta cambia entre España, Argentina, Chile, Colombia, México y Perú.

3. ¿Cómo se levanta un embargo de nómina ya puesto?

Tienes que acreditar ante el juzgado que ejecuta el embargo que el importe supera el máximo legal o que se ha extinguido la deuda, presentando nóminas y un escrito con el cálculo de la parte inembargable en tu legislación, y el juzgado resolverá en España, México, Colombia, Chile, Argentina y Perú por sus cauces procesales propios.

4. ¿Existe una calculadora para saber cuánto te embargan del sueldo?

Hay calculadoras gratuitas en la web del CGPJ en España, de la PROFEDET en México, del MTSS en Chile o del Ministerio de Justicia de Argentina: meten tu base mensual, el número de hijos y el tipo de deuda, y te dan al instante el tope inembargable según la escala de cada país.

5. ¿Cómo saber de qué viene una retención judicial en tu nómina?

En la propia nómina figura el concepto «Embargo judicial» con el juzgado que lo decretó, y puedes pedir cita al órgano o a tu abogado del turno de oficio (en España), a la PROFEDET (en México) o a la Defensoría del Pueblo (en Argentina) para que te expliquen el origen y el importe.

6. ¿Te pueden embargar otra cuenta o un bien si ya tienes la nómina embargada?

Sí, porque el embargo de nómina no bloquea los demás bienes del deudor, así que el acreedor puede pedir al juzgado el sueldo o ampliar el embargo a cuentas corrientes, vehículos o inmuebles, descontando eso sí siempre los límites inembargables que fijen la LEC en España, el Código Procesal Civil en Chile o la legislación procesal de México, Colombia y Perú.

7. ¿Te pueden embargar el sueldo entero de una vez?

No, porque la ley prohíbe que un embargo te deje sin ingresos para vivir: en España nunca pasa del SMI salvo deudas por alimentos o con la AEAT, y en Argentina, Chile, Colombia, México y Perú funcionan reglas similares con topes distintos, pero el sueldo completo no es embargable salvo excepciones tasadas.

8. ¿Cómo averiguo de qué es un embargo de nómina que ya me están aplicando?

Mira tu nómina: tiene que decir «Embargo judicial», «Retención judicial» o similar, con el número de procedimiento y el juzgado, y con esos datos puedes ir al órgano competente de tu país —SVC español, juzgado federal o laboral en México, Chile, Colombia, Argentina o Perú— para pedir copia del mandamiento y conocer el origen.

Fuentes

  1. FactorialEmbargo de nómina: cómo funciona y las consecuencias que traeconsultado el 29/09/2026
  2. CronistaConfirmado | La Suprema Corte abrió la puerta al embargo de salariosconsultado el 29/09/2026
  3. TardivomanciniEmbargo de Sueldo en Argentina: cuánto pueden embargarteconsultado el 29/09/2026
  4. Circuloverde¿Se puede embargar la remuneración de un trabajador dependiente?consultado el 29/09/2026
  5. Reevalua¿Me pueden embargar el sueldo? La cifra exacta en 2026 – Reevalúaconsultado el 29/09/2026